Los Indios, su Historia y su Civilización

Part 14

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Solórzano[151] nota que, por el año 1568 en las provincias de Guatemala y en otras de Chile, Quito y Nueva España, no acababa de desarraigarse el servicio personal que muchos encomenderos exigían por vía de tributo, rehusando de todo punto su tasación. Herrera (5, 10 y 9,) hablando de mediados del siglo XVI, expone que al fin de mucho tiempo se ejecutaron las nuevas leyes en el Perú, Nicaragua y Guatemala, á costa de mucho caudal de la real hacienda, muchas muertes y destrucciones; y refiriéndose al mismo siglo XVI, añade: despues acá por remisión de algunos viso-reyes y lo mismo presidentes y gobernadores, y por otras razones, las reales provisiones hechas con muy buen acuerdo de su consejo para la conservación de los indios, se relajaron con gran daño de ellos. Agía, que escribió el año de 1603, supone vigente en su tiempo en las mismas provincias esta especie de esclavitud; y no parece haberse extinguido hasta haber sido sustituida por otra muy diferente en sus trámites, pero idéntica en la sustancia, y acaso más funesta en sus estragos.

[151] Libro II, cap. II.

Otra especie de servicio personal, que también se enderezaba á particulares comodidades y aprovechamientos, se introdujo antiguamente en todas las provincias de las Indias; y aún se conservó en muchas, con haber tantas leyes y ordenanzas que lo prohiben. Pidiendo los españoles, pobladores y habitantes de ellas, á las justicias, que para el servicio de sus personas y casas, y traerles agua y leña, ó cuidar de sus cocinas y caballerizas, les repartan algunos indios por semanas ó meses; que les sirvan, aunque no quieran, pagándoles un corto jornal, á los cuales en el Perú llaman mitayos de servicio, y violentándoles y oprimiéndoles con este color, á servicios graves y laboriosos. Estos repartimientos se llamaron en el país mandamientos, y prevalecieron después de la edad del célebre Casas.

Apenas por el año de 1552 se despachó carta á la Audiencia de Guatemala, encargando á los oidores de ella que saliesen á la visita de la tierra, tuviesen cuenta de hacer que los indios trabajasen en sus haciendas y heredades, y en las ajenas, y no se les permitiese la ociosidad, dando por razón, que se dice, son flojos y holgazanes, y si no se provee que trabajen para su provecho, no tendrán ningún género de policía, ni aprovechamiento, lo cual sería en daño suyo. Todavía en el propio año de 52, se prohibió, por cédula de 20 de Marzo, el dar los indios para labrar las casas de españoles, y se manda que no se les den, si no los que quisieren trabajar de su voluntad, y pagándoles muy bien sus jornales.

Pero ya en cabildo de 12 de Noviembre de 72 se recibe mal que el señor presidente reserve del servicio ordinario de la ciudad á los indios, y se acuerda pedir no los reserve, y no remediándolo, se apele de su proveído para la Real Audiencia, y se siga por todas instancias. En cédula de 74, ya se permiten estos servicios expresamente, y se ordena que se den repartimientos para edificar y reparar las casas de los españoles, y otras obras públicas, como sea con moderación, y buena paga en mano propia. Entre las obras públicas cuenta este escritor las fuentes, puentes, puertos, aperturas y reparos de caminos. Entre tanto, en cédula remitida á Méjico se nota que los pueblos de indios hacen las obras públicas, que son muchas y son compelidos á poner los materiales y el trabajo de sus personas, sin que por razón de esto, se les descuente en sus tributos: que sobre ello son muy molestados, y por otra parte pagan los tributos enteramente, y reciben notable daño.

No obstante, en carta de 75, se dice al virrey de Méjico, que siendo necesario, se apremie á los indios á trabajar en las minas, sacándolos por repartimiento de sus pueblos, como se hace para las obras públicas y sementeras. En cabildo de 18 de Febrero de 78 se trata sobre una cédula que tienen los indios del barrio de la Candelaria y los de las Milpas para no servir; y se acuerda seguir información secreta, con parecer de la Audiencia, sobre ser ganada con siniestra información, y ante un alcalde indio sin autoridad.

Los españoles y pobladores no se detenían en solicitar y obtener repartimientos de indígenas para todo género de trabajos, de modo que para propender á su alivio, se fué haciendo distinción de trabajos necesarios en la agricultura, como la sementera de granos y cuidado de los ganados, y otros menos necesarios, como los de viñas y olivares, y en ésta última clase se consideró el beneficio del jiquilite, en cédula del año de 79, despachada á la audiencia de Méjico, y carta del año 81 dirigida á esta de Guatemala."[152].

[152] García Peláez, Memorias para la historia del Antiguo Reino de Guatemala, t.º I, p. 192.

Los españoles se creyeron con derecho á repartirse á los indios desde que Colón descubrió la América, y así con mucha candidez enseña el célebre autor de la Política Indiana--que tánto he citado, y que es el que mejor describe el gobierno de estos países--"que les pareció preciso desde un principio á los conquistadores el aprovecharse, como era natural, del trabajo de los aborígenes, y dando los encomenderos, á su modo, varias salidas á las leyes y mandatos reales que se lo prohibían, y siempre desearon el alivio de los indios"[153]. Confiesa aquel célebre jurisconsulto que estos fueron tratados como bestias, y que á consecuencia de las quejas del obispo Las Casas, se expidieron varias provisiones á Diego Velázquez el año 1518 y á Fernando Cortés, en 1523, en las que, después de referir los daños y vejaciones, se agrega: "Que habiéndose mandado platicar sobre ello á los del Consejo y á Theólogos religiosos, y personas de muchas letras y de buena y santa vida, pareció que Nos (con buenas conciencias), pues Dios Nuestro Señor crió á los indios libres y no sujetos, no podíamos mandar encomendar ni hacer repartimiento de ellos á los Christianos; y así mandamos no se hagan, y se quiten los hechos."

[153] Solórzano y Pereira, Pol. Ind. t.º I, Lib. III, cap. I. pág. 221.

Creeráse, desde luego, que con esa expansión, por decirlo así, de sentimiento honrado, con esa ley que abolía la servidumbre de los indios, quedaron libres; pero por desgracia no fué así. Ni los trabajos del P. Las Casas, ni los informes de las Audiencias, ni los votos de todos cuantos se condolían de la penosa situación de los primitivos pobladores del Nuevo Mundo, fueron bastantes á salvar de la esclavitud á los infelices conquistados[154]. Los cabildos y los gobernadores hicieron presente á S. M. que sin los repartimientos no se podían conservar las Indias, sino que habría que desampararlas, y ante esa alternativa, se revocó aquella humanitaria providencia. Si Las Casas escribió contra las encomiendas, muchos otros célebres juristas, como el Lic. Bartholomé de Albornoz, Antonio de León, Juan Matienzo y Antonio de Herrera, las defendían con ahinco. Sobre todo, las sostuvo el interés de los mismos encomenderos, y siguieron los indios siendo esclavos de hecho, no obstante el cúmulo de leyes que por su bienestar promulgaban los reyes de Castilla.[155].

[154] Las mujeres de los presidentes, oidores y otros magnates no andaban sino en sillas de manos, á hombros de indios; y no faltaron presidentes que viajaran de ese modo.

[155] Merece citarse aquí el Auto acordado de la Real Audiencia de Guatemala, de 13 de Noviembre de 1801, que prohibió los repartimientos de indios, y comercio de los Corregidores, Alcaldes Mayores y demás jueces, recomendándoles evitaran los abusos que se cometían contra los naturales.

Para poner fin á este capítulo, es conveniente transcribir lo que escribe Gage, acerca del tratamiento que se daba á los indios en Guatemala, allá por el año 1625. "Los españoles, dice, que viven en este país y particularmente los hacendados del valle de Mixco, Pinula, Petapa y Amatitlán y los de Sacatepéquez, han representado cómo todo su comercio y trabajo tendiendo al bien del Estado, y no habiendo bastantes españoles para hacer todas las obras necesarias en un país tan grande, y no teniendo todos los medios de comprar esclavos y negros, se encuentran en la necesidad de servirse de indios dándoles un salario razonable. Por esto se mandó que se distribuyese cierto número de trabajadores indios todos los lunes ó los domingos por la tarde, y que serían repartidos entre los españoles según la calidad de sus haciendas ó empleos; tanto para la cultura de sus tierras como para conducir sus mulas y ayudarles en lo que cada uno pudiese tener necesidad en sus ocupaciones.

De suerte que en cada distrito hay un oficial para esto, que llaman juez repartidor, el cual, según la lista que tiene de las casas y haciendas de los españoles, está obligado á darles cierto número de indios todas las semanas; cosa muy cómoda para el presidente de Guatemala y otros jueces, para poder hacer adelantar á sus criados dándoles ordinariamente estos destinos.

Ellos nombran el pueblo ó sitio, donde deben juntarse los domingos ó lunes, y allí se encuentran con todos los españoles de este distrito.

Los indios de los pueblos deben también por su parte tener dispuesto el número de trabajadores que están obligados á suministrar cada semana, por orden de la corte de Guatemala, que son conducidos á la asamblea general por un oficial indio de su misma ciudad. Cuando han llegado á este sitio, con todos los útiles necesarios para el trabajo, como azadones, palas, picos, hachas y víveres para alimentarse una semana, que regularmente son tortas secas de maíz, frijoles ó judías, un poco de chile ó pimiento largo, y algunos pedazos de carne fría, para uno ó dos días, con la cama sobre las espaldas, que no es otra cosa más que una manta de lana gorda con que ellos se embozan para acostarse sobre el suelo; los encierran en la casa de la ciudad, dándoles al uno algunos palos y á otros bofetones y puntapiés si no quieren entrar.

Cuando están todos unidos y la casa de la ciudad llena, el oficial ó juez repartidor llama á los españoles según el orden en que están en la lista, y al mismo tiempo tantos indios cuantos la corte le ha ordenado. Hay quienes deben tener tres ó cuatro, y otros quince ó veinte, según su necesidad y el trabajo que tienen que hacer. De esta manera se distribuyen á cada uno de los españoles los indios que debe tener, hasta que no quede uno.

Concluída esta distribución, los españoles quitan una manta ú otra alhaja á cada uno de sus indios, para que sirva de prenda, por temor de que no se vaya, y dan al oficial que ha hecho el reparto, por sus derechos, medio real de á cinco sueldos por cada indio, lo que les vale mucho al año; porque hay oficiales de éstos que tendrán tres ó cuatrocientos indios para distribuir cada semana.

Si un español se queja de que algún indio se le ha escapado, y no le ha servido la semana entera, se le hace buscar hasta que se encuentra, y después se le ata de los brazos á un poste en la plaza del mercado, donde se le azota públicamente sobre las espaldas.

Mas si un pobre indio se queja de que los españoles le han engañado y hurtado su pala, hacha, pica, su frazada ó sus salarios, no se hace ninguna justicia contra el español que ha robado, ó engañado al pobre indio; aunque es muy justo que se les haga justicia igual á los unos como á los otros.

De esta manera se venden los indios cada semana como esclavos por cinco sueldos seis dineros cada uno, sin permitirles por la noche ir á ver á sus mujeres, aunque el lugar en donde trabajen no diste más de mil pasos del pueblo de su residencia; mas hay otros que llevan á tres ó cuatro leguas más allá y no se atreven á volverse sino hasta el sábado en la noche, después de haber ejecutado cuanto á su amo se le antoja mandarles.

Es tal el salario que se les da, que apenas se pueden sustentar con él; porque no llega á cinco sueldos por día lo que les corresponde, no teniendo más que veinticinco sueldos por semana en todo.

Este orden se observa en la ciudad de Guatemala y en los pueblos de los españoles, donde se da á cada casa los indios que necesita para llevar agua ó leña y otras cosas necesarias, y con tal objeto están obligados los pueblos vecinos á suministrar indios como he dicho arriba.

No hay un verdadero cristiano que pueda creer el mal trato que se da á estos miserables, por ciertos españoles, en la semana que están á su servicio. Hay algunos que van á abusar de sus mujeres cuando los pobres maridos están ocupados en labrar la tierra de otros, que los azotan, porque les parecen demasiado perezosos, ó que les dan de cuchilladas ó rompen la cabeza por haberse querido disculpar de sus acusaciones, ó bien les roban sus instrumentes ó privan de una parte ó del total de sus salarios, diciéndolos que ellos pagan medio real por el servicio que deben hacer y que no habiéndolo hecho no están obligados al pago.

Yo he conocido algunos que tenían por costumbre, cuando ya habían sembrado su trigo y que casi no tenían en que ocupar á los indios, retener en su casa á todos los que les habían dado para la siembra, y sabiendo bien la afección que estas pobres gentes tienen de volver á su familia, después de haberles hecho cortar leña, el lunes y martes, el miércoles les preguntaban ¿cuánto querían darles por dejarlos ir? y de esta manera sacaban de unos un real y de otros dos y tres, de modo que no solamente se hacían surtir de leña para su casa, sino que sacaban también bastante dinero para comprar carne y chocolate para quince días, viviendo ociosamente á costa de estos pobres indios.

Hay otros también que se los alquilan á sus vecinos, que tienen que hacer por aquella semana, en un real cada uno, que ellos tienen buen cuidado de reducir de sus salarios.

También están sujetos á una servidumbre igual en todos los pueblos, porque los muchos viajeros que transitan por allí pueden pedir al más próximo, cuantos indios necesitan para conducir sus mulas y llevar sus equipajes, y al fin del viaje les arman una querella bajo cualquier pretexto, y las más veces les despachan con algunos golpes por toda recompensa.

Ellos hacen cargar á estos pobres miserables, por espacio de uno ó dos días, maletas que pesan cuatro arrobas, atándoselas á la cintura y pasándoles por la frente una ancha correa, atada á la misma maleta, que hace que todo el peso de este fardo caiga sobre la frente arriba de las cejas, cuya señal les queda de tal suerte que por ella se pueden distinguir fácilmente de los demás habitantes del pueblo, y porque al mismo tiempo esta correa les hace caer el pelo y los vuelve calvos de delante.

Así es como este pobre pueblo trata de ganar su vida entre los españoles; pero es con tanto dolor y agonía, que las más veces piden á Dios los ponga en libertad, y no tienen otro consuelo que el que les dan los sacerdotes, aconsejándoles que sufran todo por amor de Dios y por el bien del Estado.

Sus inflexibles capataces los hacen trabajar y caminar en todas las estaciones, haya calor ó frío en los llanos, en las montañas, en los malos y buenos caminos, sin embargo de que sus vestidos no sirven más que para cubrir su desnudez, y muchas veces están tan hechos pedazos que no les cubren ni la mitad del cuerpo."

No hay que olvidar, en todo caso, que los monarcas españoles, hasta el hechizado Carlos II, todos se inspiraron en el deseo de que se tratara bien á los indios; mientras que el interés de los conquistadores; la codicia de los emigrantes de España; el espíritu de enriquecerse, primero por aventuras y después por encomiendas; la distancia de la metrópoli; lo largo y dispendioso de los trámites--todo ahogaba en la América hispana el propósito laudable que doña Isabel la Católica y sus regios sucesores, en favor de los naturales del Nuevo Mundo tuvieron.

CAPITULO CUARTO

=Vejaciones á los indios en Guatemala, y notable disminución de ellos en toda la América española=

SUMARIO

Los indios eran tratados como esclavos.--Sistema que se adoptó en Guatemala, desde un principio, para la formación de poblaciones indígenas.--Pueblos que desaparecieron.--Relación que hace Remesal de cómo se despoblaban los asientos de los indios.--El P. Las Casas narra peculiaridades referentes á Guatemala, San Salvador, Honduras y Nicaragua.--A mediados del siglo XVI mudóse la naturaleza de las encomiendas en el reino de Guatemala.--Real Cédula de 27 de Mayo de 1582, dirigida al Presidente y Oidores de Guatemala, haciéndoles cargo de los malos tratamientos que sufrían los indios.--Informe estadístico del partido de Suchitepéquez de 20 de Mayo de 1814.--Queda diezmada la población indígena.--Resultado funesto de las _Misiones_.

Por más que, la atroz codicia y la inclemente saña de los conquistadores españoles hubiese sido crimen del tiempo y no de la metrópoli, como dice el poeta clásico, no se puede desconocer que á los desgraciados indios se les trató con suma crueldad, marcándolos á veces con hierros candentes, convirtiéndolos en esclavos, martirizándolos sin conmiseración y haciéndoles, en fin, odiosa la existencia.[156]

[156] Ximénez, libro III. cap. 62.

Por real cédula fecha en Valladolid á 1.º de Septiembre de 1548, ordenó el Rey que el Presidente de la Audiencia de Guatemala mandase averiguar el número de indios que había en la provincia de Honduras, y de los que hubiera en disponibilidad de dar en encomiendas. Véase el "_Extracto cronológico de las Cédulas y Reales Ordenes referentes á Guatemala, escrito por don Manuel Antonio del Campo y Rivas_", que contiene 2,294 cédulas, en II tomos, formado en la ciudad de Guatemala, año de 1801.

Por lo que á Guatemala concierne, el sistema que se adoptó desde un principio para la formación de las poblaciones indígenas, no pudo inducir otra cosa que el desamparo y desocupación de sus labores; porque, como escribe el arzobispo Peláez, reduciéndose á un pueblo, no los caseríos de las estancias, sino pueblos enteros, acumulándose para formar uno solo, y habiéndose de dar un solo egido á este último, todos los demás habían de perder su territorio y pertenencias comunes y particulares. Así es que cinco pueblos grandes y otros tantos pequeños, que formaron Chichicastenango, tenían cinco y diez egidos y entraron á tener uno solo: once pueblos principales y otros tantos accesorios que formaron el de Sacapulas, y disfrutaban veintidós egidos, no tuvieron en adelante más que uno. Nebah, que se compone de diez y seis pueblos mayores y otros tantos menores, y había de tener treinta y dos porciones de egidos, no tiene sino uno. Lo mismo Amatitlán, cuyos seis pueblos debieron poseer seis egidos, quedó reducido á uno, dentro los egidos de la capital; y por este tenor es de discurrir de los otros pueblos. Por lo cual no es de extrañar desapareciese entonces el pueblo de Ucubil, en que, según relación de Juarros, se acamparon las huestes castellanas y sacatepéquez, como tampoco parecieron más los pueblos de Samastepeque é Inestiquixa en el mismo valle, y en las inmediaciones de Escuintla los de Guacacapa, Chialchitán, Malacatepeque y Marma, que se mencionan en actas de los años de 41 y 42 Humboldt, en el Ens., lib. 2, cap. 6, lamentando lo deplorable que la conquista hizo el estado de los indígenas, escribe: toda propiedad india, fuese mueble ó raíz, era mirada como perteneciente al vencedor; y esta máxima atroz llegó á ser sancionada por una ley, la cual concede á los indígenas una pequeña porción de terreno al rededor de las iglesias nuevamente construídas.

Remesal, libro 8, cap. 25, expone: que asentados los pueblos en la forma referida, donde daban la vuelta los padres, eran desamparados de sus nuevos moradores, y era menester volverlos á juntar otra vez, acariciarlos, ponerlos en sus casas nuevas, derribarles las antiguas, deshacer los sitios de su anterior superstición, y para todo esto, estudiar el modo de hablarles, para que entendiesen que cuanto se hacía era por su bien. Lo mucho que los padres trabajaron, se echa de ver claramente por una cédula del rey don Felipe II, de 5 de Marzo de 1557, en que hace memoria de cierta relación que le hizo el P. Fr. Domingo de Alva, procurador de esta provincia: que los indios se comenzaban á salir de los pueblos en que vivían, y se volvían á los antiguos asientos que solían tener, y si se les consentía hacer esto, sería causa para que se perdiesen, y los pueblos quedarían deshechos, de que también resultaría disminuirse la hacienda real, y para quitar estos inconvenientes, manda S. M. á la Audiencia de Guatemala que no consienta que los indios se vuelvan á los sitios antiguos. Por este estilo debió suceder, que muchos indígenas propietarios abandonasen uno y otro sitio juntamente: el nuevo, porque no les acomodaba, y el antiguo, porque no se les permitía, y así verse en la necesidad de emigrar, y destituídos de propiedad. Otros adoptarían el nuevo domicilio llanamente, mas aunque se acomodasen en él, no podían recibir mucho contento sus antiguos moradores, llegándoles otros dueños y vecinos, con quienes habían de partir sus terrenos y formar comunidad, con lo que los indígenas eran mortificados en todos conceptos."[157]

[157] García Peláez, Memorias para la Historia del antiguo reino de Guatemala, 1.º I, pág. 181.

El P. Las Casas narra peculiaridades que se refieren á Guatemala, San Salvador, Honduras y Nicaragua. La menos mala, dice, y menos fea causa que los españoles tuvieron para hacer á los indios esclavos, fué moviendo contra ellos injustas guerras, según fueron las otras llenas al menos de mayor nequicia y deformidad, porque todas las más han sido espantables y nunca vistas ni oídas tales novedades de maldad, para poner en admiración á todos los hombres. Aquí referiré de muchas, algunas pocas.

Unos, por engaños que hacían á los indios, que estuviesen con ellos, ó por miedos ó por halagos, los atraín á su poder, y después les hacían confesar delante de las justicias, que eran esclavos, sin saber ó entender los inocentes, que quería decir ser esclavos; y con esta confesión las inicuas justicias y gobernadores pasaban y mandábanles imprimir el hierro del rey en la cara, siendo sabedores ellos mismos de la maldad. Otros provocaban algunos indios malos con media arroba de vino, ó por una camisa ú otra cosa que les daban, á que hurtasen algunos muchachos huérfanos, ó los trajesen por engaños como para convidarles, y con una manada de ellos veníase a los españoles y haciéndoles del ojo que los tomasen: los cuales los ataban y los metían á los navíos, ó llevábanlos por tierra y sin hierro y vendíanlos por esclavos; y aquellos plagiarios primeros, ó los segundos que los compraban, iban delante del gobernador ó justicia, y decían que los habían comprado por esclavos, y luego sin más averiguar los herraban. Algunas veces los han herrado con hierro del rey en las caras, otras en los muslos.

Otras veces á muchos de los indios pusiéronles nombres naborías por fuerza, habiendo vergüenza de llamarlos esclavos, aunque como cosa muy segura y bien ganada, de unas manos á otras los venden y traspasan, y de esta manera y con esta justicia, orden y buena conciencia, han traído á las islas Española y Cuba, San Juan de la costa de la Perla, de Honduras y de Yucatán, en gran manera y en inmensa cantidad, y con detestables y tiránicas desvergüenzas, del infeliz reino de Venezuela y de Guatemala y Nicaragua, para llevar á vender á Panamá y al Perú. Ninguna vez traían en navío trescientas ó cuatrocientas personas, que no echasen en la mar cien ó ciento cincuenta muertas por no darles de comer y de beber: porque tantos cargaban que las vasijas que metían para agua, ni los bastimentos que llevaban bastaban, sino para muy poco más que para sustentarse los plagiarios que los salteaban, ó de los otros salteadores los compraban".[158]

[158] Fr. Bartolome de Las Casas. La esclavitud de los indígenas.