Dictamen Del Tratado De Libre Comercio De America Del Norte Y D

Chapter 10

Chapter 10792 wordsPublic domain

Finalmente, el capítulo contiene disposiciones para fomentar la cooperación técnica entre los tres países en lo referente a la explicación y descripción de sus respectivos sistemas de adquisición, así como en lo que hace a la capacitación de personal especializado en los procedimientos de compra y licitación. Igualmente se prevé integrar un comité tripartito especializado en industrias pequeñas y medianas, para que se puedan aprovechar mejor las oportunidades que surgirán con la apertura de los mercados públicos en la América del Norte. Consideraciones Las disposiciones del capítulo X del tratado permite mejores oportunidades de acceso -el cual hoy está completamente vedado- a favor de nuestras empresas en los mercados públicos de Estados Unidos y el Canadá. El capítulo es aplicable en el ámbito de las empresas y entidades gubernamentales y paraestatales de los tres países. en caso de que alguna de estas empresas y entidades fuera desincorporada del sector público, no se establece ningún proceso compensatorio, como podría ser, por ejemplo, la ampliación del monto de compras negociado. Este hecho es importante por cuanto respecta y protege el margen de acción y de discrecionalidad propios para manejar y definir nuestro sector público. La estructura y contenido de este capítulo, que en ambos casos responde a los principios de trato nacional y no discriminatorio, asegura que los productores nacionales que acudan a competir en los mercados públicos el Canadá y Estados Unidos recibirán el mismo trato que el resto de los proveedores que concursen en cada licitación. En tal virtud, la legislación del "compre lo estadounidense" y la política del "contenido nacional" de Estados Unidos y Canadá no se aplicarán ya contra los proveedores mexicanos a partir que el tratado entre en vigor.

Por otra parte, en este sentido se reconoce la disparidad de grados de desarrollo entre México, por una parte, y Estados Unidos y de Canadá, por la otra. En función de tal reconocimiento, México no sólo tendrá una serie de reservas, sino que gozará de plazos especiales de transición. Este hecho es de vital importancia para que los productores nacionales realicen a tiempo los ajustes necesarios con vistas a participar competitivamente en el abastecimiento del mercado nacional de bienes, servicios y obra contratados por el sector público, y para ingresar, en condiciones también más competitivas, en los mercados públicos de los otros dos países signatarios del Tratado.

El capítulo protege el derecho de inconformarse e impugnar para los proveedores que consideren no haber sido tratados de manera adecuada y conforme a lo dispuesto en el otorgamiento de contratos públicos. Pero lo más importante en este último caso es que todas las disposiciones en materia de impugnación que este capítulo contiene son completamente compatibles con las normas y prácticas mexicanas actuales en esta materia, por ejemplo la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Inmuebles, y la de Obras Públicas.

Debe considerarse, por último que el artículo 34 constitucional establece que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal se realizará mediante licitaciones públicas, a fin de que se presenten libremente propuestas que garanticen al Estado las mejores condiciones disponibles. En este sentido, las disposiciones y procedimientos del capítulo X del Tratado se ajustan a lo señalado por nuestra Constitución, dado que establecen los requisitos y procedimientos de licitación e impugnación necesarios para asegurar la competencia sana entre proveedores, al tiempo que contribuyen a mejorar las condiciones de compra para las entidades gubernamentales del país.

QUINTA PARTE

INVERSION, SERVICIOS Y ASUNTOS RELACIONADOS

CAPITULO XI

INVERSION

Marco de referencia Se ocupa de este tema el capítulo XI del Tratado, cual consta de dos secciones, abarca los artículos 1101 a 1139 y tiene cuatro anexos: 1120.1, 1137.2, 1137.4 y 1138.2. En una época de acelerado cambio tecnológico como la que se está viviendo en este fin de siglo, las necesidades de inversión son muy grandes en todo el mundo. Esto ha propiciado una fuerte competencia internacional por atraer inversiones. En dicha competencia participan por igual naciones muy industrializadas y naciones en vías de desarrollo.

los recursos disponibles para financiar tales necesidades de inversión son escasos, y por ello puede afirmarse que la mayor parte de los países disputan entre sí por allegarse el ahorro internacional. La relativa escasez de recursos internacionales de capital determina que el ahorro fluya hacia las naciones más competitivas y mejor colocadas en los mercados mundiales.

La parte de esos recursos internacionales que fluye entre los países industrializados representa en la actualidad el 85% del total, lo cual pone de relieve la marginación creciente del conjunto de los países en vías de desarrollo en lo que respecta a su capacidad para captar esa clase de recursos.