Código de Ética de la Universidad de El Salvador (2021)
Chapter 2
29. Mantener, resguardar y contribuir con la protección y seguridad de todos los miembros de la comunidad universitaria y del patrimonio universitario. Por tanto, no se permitirá el ingreso a los recintos universitarios de personas que porten armas blancas o de fuego, o de cualquier otra índole tales como: explosivos, químicos peligrosos, incluso en el caso de que el portador posea permiso emitido por autoridades nacionales a excepción del personal de custodio de la Universidad de El Salvador y según lo estipulado en el Reglamento General del Servicio de Seguridad Institucional de la Universidad de El Salvador. Tampoco se podrá ingresar o consumir estupefacientes, sustancias psicotrópicas y bebidas alcohólicas, ni ingresar bajo los efectos de los mismos en virtud que pongan en peligro la estabilidad laboral y el desarrollo de las actividades académicas dentro de los recintos universitarios, esto mientras no contradiga lo que establezca el Reglamento Disciplinario de la Universidad de El Salvador;
30. Respetar los distintivos universitarios mediante una conducta ejemplar en todas las situaciones y lugares donde se represente a la Universidad;
31. Respetar las instalaciones de la Universidad como un lugar propicio para el estudio, la docencia, la investigación y la extensión universitaria, dando lugar a un ambiente donde reine la dignidad personal, la lealtad, el decoro y la compostura;
32. Contribuir con la difusión, cumplimiento y utilización del presente Código de Ética y de los reglamentos internos de la Universidad, adaptándose a las necesidades y demandas de los diversos sectores de la comunidad universitaria, en previsión del impacto que esto tendrá en el campo institucional; y
33. Propiciar a partir del modelaje, el cumplimiento de las disposiciones de las leyes del país, el presente Código de Ética y demás leyes y reglamentos internos de la Universidad de El Salvador.
Artículo 11. Se considera un acto de deshonestidad, identificarse y firmar fingiendo ser otra persona, esto aplica para toda la comunidad universitaria.
Artículo 12. Considerando que, al personal académico de la Universidad de El Salvador, le concierne dedicarse al trabajo docente, de investigación y de Proyección Social con plena conciencia de servicio y compromiso con la sociedad, por lo tanto, debe:
1. Propiciar un ambiente académico caracterizado por la equidad, el respeto mutuo, la tolerancia, la cordialidad y la actitud de servicio, garantizando así un trato digno hacia los estudiantes sin discriminación de raza, nacionalidad, discapacidad, sexo, credo, ideología, identidad de género y/o de orientación sexual o cualquier otra forma de discriminación;
2. Conservar en todo momento una conducta intachable, dentro y fuera de los recintos universitarios;
3. Contribuir con una mejor formación de profesionales dando cumplimiento a las actividades académicas y administrativas conforme a los planes de estudios, alcanzando la totalidad de los objetivos y desarrollando los contenidos y actividades establecidas en los programas de estudio de la institución;
4. Implementar nuevas modalidades educativas, de manera que se garantice una sólida formación profesional, con el objetivo de propiciar la incorporación exitosa de los profesionales a la sociedad a fin de dar respuesta a las exigencias del mercado laboral;
5. Propiciar la mejora continua de los procesos académicos y administrativos universitarios, con el propósito que puedan servir como modelo a los estudiantes para su formación profesional y personal, mediante la participación en programas de actualización, capacitación y especialización;
6. Enfocar la enseñanza hacia una sólida formación científica, humanística, técnica y tecnológica de los estudiantes;
7. Desarrollar planes de evaluación integral, sistemática, reflexiva, y pertinente de acuerdo a las normativas específicas de la Universidad de El Salvador;
8. Fomentar el desarrollo intelectual del personal académico de la Universidad de El Salvador en beneficio de mejorar la calidad de vida de la sociedad;
9. Informar al estudiante al inicio de cada ciclo académico respecto al programa de estudio, horario de clases y otras normas que se consideren pertinentes, según lo establecen el Reglamento de la Gestión Académico-Administrativo de la Universidad de El Salvador.
10. Cumplir de manera estricta con lo establecido en los calendarios académicos, con los procedimientos administrativos, la calificación de las pruebas, la entrega de notas, entre otras actividades;
11. Fomentar los valores ciudadanos entre los estudiantes, teniendo como eje principal a la persona humana;
12. Forjar en los estudiantes una relación de confianza compresiva y exigente que fomente el respeto absoluto a la dignidad de la persona, la autoestima y el desarrollo integral;
13. Proteger y promover el respeto del patrimonio de la Universidad de El Salvador; y
14. Cumplir con las leyes y reglamentos establecidos por la Universidad de El Salvador.
Artículo 13. Con el propósito de cumplir con lo dispuesto en el presente Código de Ética, los estudiantes deberán:
1. Mostrar una conducta intachable apegada a la moral y buenas costumbres dentro y fuera de los recintos universitarios, para que ésta sea una característica auténtica de la población estudiantil de la Universidad;
2. Respetar al personal académico, reconociendo sus competencias profesionales cuya misión es conducir eficazmente el proceso educativo;
3. Manifestar un comportamiento proactivo hacia la búsqueda del conocimiento y el logro de los hábitos de estudio;
4. Asistir con puntualidad a las actividades académicas, dedicando el tiempo necesario al estudio para la adquisición del conocimiento, destreza y actitud que consoliden la formación de un profesional integral;
5. Mostrar honestidad intelectual durante el desarrollo de las actividades académicas, propiciando el trabajo en equipo, respetando las ideas de los compañeros con la intención de impulsar los conocimientos a través de la colaboración;
6. Cultivar y practicar en todas las circunstancias, los valores de la Universidad de El Salvador;
7. Promover el uso adecuado de las instalaciones, recursos de aprendizaje, equipos y demás bienes de la universidad, demostrando sentido de pertenencia a la comunidad universitaria;
8. Asistir y participar a las actividades convocadas por los organismos universitarios competentes;
9. Expresarse correctamente, con respeto hacia los demás miembros de la comunidad universitaria;
10. Mantener una actitud de integridad en todos los procesos académicos y administrativos;
11. Evitar el plagio total o parcial en actividades académicas sumativas o formativas, así mismo prohibir dádivas a terceras personas para la realización de las mismas;
12. Promover acciones tendientes a la conservación y restauración del medio ambiente; contribuyendo al logro de un ambiente saludable tanto en espacios abiertos como cerrados;
13. Se prohíbe comparecer o firmar para suplantar la identidad de otra persona, ya que no sólo constituye un acto deshonesto, sino también está contemplado como un delito de falsedad material e ideológica; y
14. Cumplir con las leyes y reglamentos establecidos por la Universidad de El Salvador.
Artículo 14. Las autoridades, organismos de gobierno, el personal académico, administrativo y de servicios de la Universidad de El Salvador, deberán cumplir en todo momento, las disposiciones siguientes:
1. Mostrar una conducta ajustada a la ética profesional, a la moral y a las buenas costumbres, contribuyendo con su buena conducta al enaltecimiento educativo y laboral de la Universidad de El Salvador;
2. Realizar las tareas asignadas de manera eficiente y oportuna, promoviendo un clima de cordialidad laboral, evitando interrumpir el trabajo de sus compañeros, logrando la sana convivencia;
3. Fomentar la integración de los miembros de la comunidad universitaria mediante actividades colectivas donde se propongan ideas, respetando el pensamiento y la actuación de los demás;
4. Propiciar un trato justo e igualitario para cada uno de los integrantes de la comunidad universitaria;
5. Propiciar que las tareas asignadas se realicen con excelencia;
6. Cuidar el patrimonio universitario, mediante el buen uso de los espacios físicos, materiales y equipos utilizados para el cumplimiento de sus tareas;
7. Incorporarse a los programas de formación y capacitación permanente que la Universidad ofrezca, para un constante crecimiento personal y profesional, de adquisición de conocimientos, habilidades y destrezas que mejoren el desempeño laboral;
8. Cumplir con los instructivos y lineamientos establecidos por la Universidad, en cuanto a sus obligaciones laborales y horarios de trabajo;
9. Respetar y cumplir las leyes, reglamentos, códigos y manuales aplicables por la Universidad de El Salvador; y,
10. Queda prohibido el contrato de familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o primer o segundo grado de afinidad, que está bajo nombramiento de la autoridad en la que el representante universitario ha participado en su elección de forma directa.
Artículo 15. Las conductas éticas y disciplinarias establecidas en este código son enunciados y nunca taxativas, por lo tanto, en caso que algún miembro de la comunidad o corporación universitaria incurra en conducta deshonesta y desleal de las no previstas en esta normativa, podrá imponérsele sanción disciplinaria, siguiendo el debido proceso.
Artículo 16. Para el fiel cumplimiento de lo establecido en el presente código, el Consejo Superior Universitario nombrará un Comité de Ética conformado por 5 miembros representativos de los diferentes sectores de la comunidad universitaria.
Artículo 17.- Lo no previsto en el presente código, será resuelto ante las instancias legales correspondientes.
Artículo 18.- El presente código entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.
DADO EN SESIÓN PLENARIA EXTRAORDINARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR. Ciudad Universitaria Dr. Fabio Castillo Figueroa, San Salvador, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veintiuno.
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