Una historia del eBook

Chapter 9

Chapter 93,802 wordsPublic domain

Según Xavier Malbreil, autor multimedia entrevistado en marzo de 2001, "hay dos cosas distintas. La web no debe ser una zona de no derecho, y éste es un principio que debe aplicarse a todo, y especialmente al derecho de autor. Cualquier utilización comercial de una obra debe dar lugar a una retribución. Pero la web también es un lugar donde compartir. Intercambiar con los amigos fragmentos de un texto que a uno le han gustado, de la misma manera que uno podría copiar fragmentos de un libro que le ha gustado particularmente, para compartir el gusto de su lectura, eso no puede en absoluto perjudicar las obras ni los autores, todo lo contrario. La literatura sufre sobre todo de que no logra alcanzar una difusión suficiente. Todo lo que pueda contribuir a sacarla del ghetto en el que está metida será positivo."

= Copyleft y Creative Commons

Muchos autores y otros creadores desean respetar la vocación primera de la web, concebida como una red de difusión de escala mundial. Por lo tanto, cada vez hay más adeptos de los contratos flexibles – copyleft, GPL (general public license) y Creative Commons.

La idea del copyleft fue lanzada en 1984 por Richard Stallman, ingeniero informático y defensor incansable del movimiento Open Source dentro de la Free Software Foundation (FSF: Fundación por el software libre). Concebido al principio para los softwares, el copyleft fue formalizado luego por la GPL (general public license) y extendido a continuación a cualquier tipo de obra de creación. Contiene la declaración de copyright normal en la que se afirma el derecho de autor. Su originalidad radica en que le proporciona al lector el derecho de redistribuir libremente el documento y de modificarlo. El lector se compromete no obstante a no reivindicar ni la obra original, ni los cambios efectuados por otras personas. Además, todas las realizaciones derivadas de la obra original están sujetas también al copyleft.

Lanzada en 2001 a iniciativa de Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Stanford Law School (California), la licencia Creative Commons (Bienes comunes creativos) también tiene como meta favorecer la difusión de obras digitales protegiendo a la vez el derecho de autor. El organismo del mismo nombre propone licencias típicas, que se presentan como contratos flexibles de derecho de autor compatibles con una difusión en el internet. Redactadas con un lenguaje sencillo, estas autorizaciones no exclusivas permiten a los titulares de los derechos autorizar al público a utilizar sus creaciones conservando la posibilidad de limitar las explotaciones comerciales y obras derivadas. El autor puede por ejemplo decidir autorizar o no la reproducción y reemisión de sus obras. Estos contratos pueden ser utilizados para cualquier tipo de creación: texto, película, foto, música, sitio web, etc.

Finalizada en febrero de 2007, la versión 3.0 de la Creative Commons instaura una licencia internacional y una compatibilidad con otras licencias similares, entre las cuales el copyleft y la GPL.

Un millón de obras utilizan una licencia Creative Commons en 2003, 4,7 millones de obras en 2004, 20 millones de obras en 2005, 50 millones de obras en 2006, 90 millones de obras en 2007 y 130 millones de obras en 2008.

En complemento, se funda Science Commons en 2005 para definir las estrategias y los instrumentos necesarios a la difusión en la web de la investigación científica, y se funda también ccLearn en 2007 con la misma meta, pero aplicada a la enseñanza.

= Dominio público y copyright

Ahora que estamos en una "sociedad de la información", parece preocupante que el dominio público se esté encogiéndose como piel de zapa. No hace tanto tiempo, el 50% de las obras pertenecía al dominio público, y por lo tanto podían ser utilizadas libremente por todos. De aquí a 2100, 99% de las obras estarían sujetas a derechos de autor, con un escaso 1% preservado para el dominio público. Se trata de un problema espinoso para todos aquéllos que administran bibliotecas digitales, y afecta tanto al Proyecto Gutenberg como a Google Books.

Si bien el Proyecto Gutenberg se ha propuesto difundir gratuitamente por vía electrónica el mayor número posible de obras del dominio público, su tarea no es facilitada por los repetidos ataques contra el dominio público. Michael Hart, su fundador, lleva unos treinta años examinando esta cuestión, con la ayuda de un grupo de abogados especialistas del derecho de autor.

En la sección "Copyright HowTo", el sitio web del Proyecto Gutenberg detalla los cálculos que hay que hacer para determinar si un título publicado en los Estados Unidos pertenece o no al dominio público. Las obras publicadas antes de 1923 están sujetas a derechos de autor durante 75 años a partir de su fecha de publicación (luego ya han pasado hoy al dominio público). Las obras publicadas entre 1923 y 1977 están sujetas a derechos de autor durante 95 años a partir de su fecha de publicación (o sea que ninguna pasará al dominio público hasta 2019). Una obra publicada en 1998 y en los años siguientes está sujeta a derechos de autor durante 70 años a partir de la fecha de fallecimiento del autor si se trata de un autor único (en este caso ninguna obra pasará al dominio público antes de 2049), o bien durante 95 años a partir de la fecha de publicación – o 120 años a partir de la fecha de creación – si se trata de un autor colectivo (nada antes de 2074). Así se presentan las cosas, a grandes rasgos. A estas reglas básicas se añaden otras, tomando en cuenta que la ley de copyright ha sido enmendada varias veces desde 1971, fecha en que se fundó el Proyecto Gutenberg.

Mucho más restrictiva que la anterior, una nueva enmienda al copyright fue ratificada por el Congreso el 27 de octubre de 1998 para contrarrestar la formidable potencia del internet como vehículo de difusión. Andando los siglos, cada avance técnico se ha acompañado de un endurecimiento del copyright. Al parecer suele ser ésta la respuesta de los editores frente al miedo que les inspira el acceso cada vez más fácil al saber, porque temen que esta nueva situación les haga perder parte de sus royalties.

Michael Hart explica en julio de 1999: "La duración del copyright ha sido extendida de 20 años. Antes había que esperar 75 años, y ahora hay que esperar 95 años. Mucho antes todavía, el copyright duraba 28 años (más una extensión de 28 años sí uno la pedía antes de la expiración del plazo), y este último modelo ya había substituido a su vez un copyright de 14 años (más una extensión de 14 años si uno la pedía antes de la expiración del plazo). Bien se ve entonces que asistimos a un deterioro regular y constante del dominio público."

Las fechas evocadas por Michael son las siguientes, como lo explica en detalle en su blog:

(a) 1790 es la fecha en la que la Corporación de impresores (es decir los editores de la época en Inglaterra) empezó a ejercer su influencia sobre los autores, lo que suscitó el nacimiento del copyright. El 1790 Copyright Act instituye un copyright de 14 años después de la fecha de publicación de la obra, más una extensión de 28 años siempre y cuando se pida antes de la expiración del plazo. Las obras que pueden imprimirse legalmente pasan de repente de 6.000 a 600, y nueve de cada diez títulos desaparecen de las librerías. Unos 335 años después del nacimiento de la imprenta, cuya misión - se suponía - era abrir las puertas del saber a todos, el mundo del libro deja de estar bajo el control de los autores para caer en manos de los editores. Esta nueva legislación también se lleva a efecto en los Estados Unidos y en Francia.

(b) En 1831 es cuando tiene lugar el primer fortalecimiento del copyright para compensar la reedición de vastas colecciones del dominio público en las nuevas prensas de vapor. El 1831 Copyright Act instituye un copyright de 28 años tras la fecha de publicación de la obra, más una extensión de 14 años siempre y cuando se pida antes de la expiración del plazo, a saber un total de 42 años.

(c) En 1909 es cuando tiene lugar un segundo fortalecimiento del copyright para compensar la reedición de las colecciones del dominio público en las nuevas prensas eléctricas. El 1909 Copyright Act duplica el periodo de copyright, que se extiende a 28 años, o sea en total un plazo de 56 años.

(d) En 1976 es cuando interviene un nuevo fortalecimiento del copyright tras la aparición de la fotocopiadora lanzada por Xerox. El 1976 Copyright Act instituye un copyright de 50 años tras el fallecimiento del autor. Por tanto, cualquier copyright vigente antes del 19 de septiembre de 1962 no iba a expirar antes del 31 de diciembre de 1976.

(e) En 1998 es cuando tiene lugar otro fortalecimiento del copyright debido al desarrollo rápido de las tecnologías digitales y a los cientos de miles de obras disponibles a partir de entonces en CD o DVD y en la web, gratuitamente o a precios muy bajos. El 1998 Copyright Act extiende la duración del copyright a 70 años después del fallecimiento del autor, para proteger el imperio de Disney (por eso se suele hablar del Mickey Mouse Copyright Act) y el de varias multinacionales culturales.

Por tomar sólo un ejemplo, el clásico mundial "Lo que el viento se llevó" (Gone With the Wind) de Margaret Mitchell, publicado en 1939, debería haber pasado al dominio publico al cabo de 56 años, en 1995, de conformidad con la legislación de la época, liberando de este modo los derechos para adaptaciones de todo tipo. Debido a las modificaciones legales de 1976 y 1998, este clásico no habrá de pasar al dominio público antes del año 2035.

La legislación de 1998 fue un golpe muy duro para las bibliotecas digitales, en pleno crecimiento gracias al desarrollo de la web, y escandalizó a sus administradores, empezando por Michael Hart y John Mark Ockerbloom, creador de la Online Books Page. ¿Pero cómo dar la talla frente a eminencias del mundo editorial? Desgraciadamente hubo que sacar de las colecciones parte de los libros.

Michael escribió en julio de 1999: "Yo fui el principal enemigo de las extensiones de copyright (ley del 27 de octubre de 1998), pero Hollywood y los principales editores actuaron de tal modo que el Congreso ni siquiera mencionó mi acción en público. Los debates actuales son totalmente irrealistas. Van encabezados por 'la aristocracia terrateniente de la edad de la información' y sirven únicamente sus propios intereses. ¿Una edad de la información? ¿Y para quién entonces?"

No cabe duda. Las instancias políticas no dejan de hablar de la edad de la información mientras que, al mismo tiempo, son ellas las que fortalecen la legislación relativa a la puesta a disposición de dicha información. La contradicción es obvia. El copyright ha pasado de una duración de 30 años de promedio en 1909 a una duración de 95 años de promedio en 1998, explica Michael en su blog. En 89 años, entre 1909 y 1998, el copyright ha padecido una extensión de 65 años que se aplica a tres cuartos de la producción del siglo 20. Sólo un libro publicado antes de 1923 puede ser considerado a ciencia cierta como parte del dominio público.

Un endurecimiento similar afecta a los países de la Unión europea. Ahora y en adelante, la regla general es un copyright de 70 años tras la muerte del autor, en vez de 50 años – como solía ser antes – debido a las presiones ejercidas por los editores de contenido con el pretexto de "armonizar" las leyes nacionales relativas al copyright para oponer una respuesta a la globalización del mercado.

A esto se añade la legislación sobre el copyright de las ediciones digitales en aplicación de los tratados internacionales de la Organización mundial de la propiedad intelectual (OMPI). Estos tratados se firmaron en 1996 con el objetivo de controlar la gestión de los derechos digitales.

El Digital Millenium Copyright Act (DMCA) fue ratificado en octubre de 1998 en los Estados Unidos.

La directiva de la Unión europea sobre derecho de autor (EUCD: European Union Copyright Directive) fue ratificada en mayo de 2001 por la Comunidad europea. Su título exacto es "Directiva 2001/29/EC del Parlamento europeo y el Consejo sobre la armonización de ciertos aspectos del derecho de autor y derechos relacionados en la sociedad de la información". Se inscribe en la continuación de la directiva de febrero de 1993 (Directiva 93/98/EEC) cuyo objeto era armonizar las legislaciones de los diferentes países en materia de protección del derecho de autor. La directiva EUCD va entrando poco a poco en vigor en todos los países de la Unión europea, con la elaboración de una legislación nacional, el objetivo oficial siendo el de reforzar el respeto de los derechos de autor en el internet para limitar así el pirateo. En Francia por ejemplo, la ley DADVSI (Derecho de autor y derechos vecinos en la sociedad de la información - Droit d'auteur et droits voisins dans la société de l'information) fue promulgada en agosto de 2006, y no dejó de levantar polvareda.

2002: LA WEB SE CONVIERTE EN UNA VASTA ENCICLOPEDIA

= [Resumen]

En 2002, el MIT (Massachusetts Institute of Technology) decide publicar en línea el contenido de sus clases, con acceso libre y gratuito, privilegiando así la difusión libre del saber. La versión piloto del MIT OpenCourseWare se puso en línea en septiembre de 2002 ofreciendo libre acceso al material de estudio de 32 cursos representativos de las cinco escuelas del MIT. El material de estudio se compone de textos de conferencias, trabajos prácticos, ejercicios con las soluciones correspondientes, bibliografías, documentos audio y videos, etc. Al mismo tiempo, la Public Library of Science implementa revistas científicas de alto nivel en línea. En lo que a las enciclopedias se refiere, Wikipedia abre el paso en 2001, lanzando una enciclopedia escrita colectivamente y cuyo contenido puede ser reutilizado libremente. Wikipedia es redactada por miles de voluntarios, con posibilidad para cada contribuidor de corregir y completar los artículos, tanto los suyos propios como los de otros contribuidores. Luego siguen otras enciclopedias como Citizendium y la Encyclopedia of Life.

= Hacia un saber digital

Vinton Cerf explica en el sitio de la Internet Society (ISOC), fundada a iniciativa suya en 1992 para promover el desarrollo del internet: "La red permite dos cosas (...): como los libros, permite acumular conocimientos. Pero sobre todo presenta este conocimiento bajo una forma que lo relaciona con otra información. Mientras que en un libro la información queda aislada."

Además la información contenida en los libros sigue siendo la misma siempre, al menos durante determinado periodo de tiempo, mientras que el internet privilegia la información más reciente y constantemente actualizada.

Con ocasión de una conferencia organizada por la Federación internacional del tratamiento de la información (IFIP: International Federation of Information Processing) en septiembre de 1996, Dale Spender, profesora y investigatora, intenta destacar los cambios fundamentales aportados por el internet en la adquisición del saber y los métodos de enseñanza. He aquí un resumen de su argumentación en dos párrafos.

Durante los quinientos últimos años, la enseñanza se basaba principalmente en la información contenida en los libros. Ahora bien las costumbres vinculadas con el documento impreso no se pueden transferir al mundo digital. La enseñanza online ofrece posibilidades tan novedosas que ya casi no es posible efectuar las distinciones tradicionales entre docente y alumno. El paso de la cultura impresa a la cultura digital exige reconsiderar enteramente el proceso de enseñanza, ya que ahora tenemos la oportunidad sin precedente de poder influir sobre el tipo de enseñanza que deseamos.

Con la cultura impresa, la información contenida en los libros seguía siendo la misma durante bastante tiempo, lo que nos ha incitado a pensar que la información era estable. La misma naturaleza de lo impreso está vinculada con la noción de verdad, que también es estable. Esta estabilidad y el orden que engendra ha sido uno de los fundamentos de la edad industrial y de la revolución científica. Las nociones de verdad, de leyes, de objetividad y de pruebas han sido los elementos de referencia de nuestras creencias y de nuestras culturas. Pero la revolución digital lo cambia todo. De repente la información en línea suplanta la información impresa para convertirse en la más fiable y la más útil, y el usuario está dispuesto a pagarla en consecuencia. Es esta transformación radical en la naturaleza de la información la que debe estar en el centro del debate sobre los métodos de enseñanza.

Así lo demuestra la experiencia de Russon Wooldridge, profesor en el departamento de estudios franceses de la Universidad de Toronto (Canadá), quien relata en febrero de 2001: “Todo mi método de enseñanza aprovecha a lo máximo los recursos del internet (la web y el correo electrónico): los dos lugares comunes son el aula de clase y el sitio web del curso, en el cual coloco todo el material didáctico. Pongo a disposición en la web todos los datos de mi labor de investigación de los últimos veinte años (reedición de libros, artículos, texto integral de diccionarios antiguos en bases de datos interactivas, de tratados del siglo 16, etc.). Publico actas de coloquios, edito un periódico, colaboro con colegas franceses, poniendo en línea en Toronto lo que ellos no pueden publicar en línea en su país. En mayo de 2000 organicé en Toronto un coloquio internacional sobre 'Los estudios franceses valorizados por las nuevas tecnologías' (Les études françaises valorisées par les nouvelles technologies). (...)

Me doy cuenta de que sin el internet mis actividades serían mucho más limitadas, o al menos serían muy diferentes de lo que son en la actualidad. Luego no me imagino el futuro sin el internet. Pero es esencial que aquéllos que creen en la libre difusión del conocimiento cuiden de que el saber no se deje dominar por los intereses comerciales, que buscan sobre todo venderlo. Lo que está ocurriendo en Francia en el mundo de la edición de libros, donde las librerías ya casi no ofrecen más que manuales escolares o libros para preparar oposiciones (como ocurrió por ejemplo con la lingüística), debe evitarse en la web. Si uno anda buscando el saber desinteresado, no acudirá a sitios web como amazon.com. En mi sitio web, me niego a aceptar cualquier tipo de sponsor."

= Algunos proyectos pilotos

# Clases del MIT

Profesor en la Universidad de Ottawa (Canadá), Christian Vandendorpe acoge con entusiasmo en mayo de 2001 "la decisión del MIT (Massachusetts Institute of Technology) de cargar todo el contenido de sus cursos en la web en un plazo de diez años, poniéndolo a disposición de todos de forma gratuita. Entre las tendencias a la privatización del saber y las que preconizan el saber compartido y abierto a todos, creo que a fin de cuentas esta última opción es la que llegará a triunfar." En efecto el MIT decide publicar el contenido de sus clases en línea, con acceso libre y gratuito, una iniciativa que se llevó a cabo con el apoyo financiero de la Hewlett Foundation y de la Mellon Foundation.

La versión piloto del MIT OpenCourseWare (MIT OCW) fue puesta en línea en septiembre de 2002. Ofrece acceso libre al material de estudio de 32 cursos representativos de cinco escuelas del MIT. El material de estudio se compone de textos de conferencias, trabajos prácticos, ejercicios con las soluciones correspondientes, bibliografías, documentos audio y videos, etc. El lanzamiento oficial del sitio web se concretiza un año más tarde, en septiembre de 2003, proponiendo acceso a unos cien cursos. En marzo de 2004, están disponibles 500 cursos relativos a 33 asignaturas diferentes. En mayo de 2006, están disponible 1.400 cursos para 34 asignaturas. Finalmente, en noviembre de 2007 es posible consultar en línea la totalidad de los 1.800 cursos impartidos por el MIT y actualizados con frecuencia. Algunas clases se han traducido al español, al portugués y al chino con ayuda de otros organismos.

La esperanza del MIT es que esta experiencia de publicación electrónica – la primera de este género – permita definir un estándar y un método de publicación, e incite a otras universidades a crear un OpenCourseWare para proporcionar libre acceso a sus propias clases. Un OpenCourseWare puede definirse como la publicación electrónica en libre acceso del material didáctico de un conjunto de clases. A tal efecto, el MIT lanza el OpenCourseWare Consortium (OCW Consortium) en diciembre de 2005, que proporciona acceso libre y gratuito al material didáctico de cien universidades en el mundo, un año más tarde.

# Public Library of Science

En la era del internet, parece bastante vergonzoso que algunos editores especializados se apoderen del fruto de trabajos de investigación – trabajos originales y que requieren largos años de esfuerzo – para enriquecerse vendiéndolo a precio de oro. La actividad de los investigadores suele ser costeada con dinero público, y esto de manera substancial en Norteamérica. Por lo tanto parecería normal que la comunidad científica y el público llano pudieran beneficiar libremente del resultado de estas investigaciones.

En el campo científico y médico por ejemplo, se publican cada día 1.000 nuevos artículos, y esta cifra toma en cuenta únicamente la revisión por pares. Basándose en esta constatación, la Public Library of Science (o sea Biblioteca pública de ciencia) se funda en octubre de 2000 en San Francisco (California) a iniciativa de Harold Varmus, Patrick Brown y Michael Eisen, un grupo de investigadores de las universidades de Stanford y de Berkeley (California). La meta es oponerse a las prácticas de la edición especializada juntando todos los artículos científicos y médicos dentro de archivos en línea de libre acceso. En vez de una información diseminada entre millones de informes y miles de periódicos en línea con condiciones de acceso diferentes, un punto de acceso único permitiría leer el contenido integral de esos artículos, con un buscador multicriterio y un sistema de hipervínculos entre los artículos.

Para tal efecto, la Public Library of Science hace circular una carta abierta pidiendo que los artículos publicados por los editores especializados sean distribuidos libremente vía un servicio de archivos en línea, incitando a los firmantes de la carta a que promuevan a los editores dispuestos a apoyar el proyecto. La respuesta de la comunidad científica internacional es admirable. Durante los dos años que siguen, unos 30.000 investigadores procedentes de 180 países diferentes firman la carta abierta. En cuanto a los editores, aunque con mucho menos entusiasmo, varios dan su aprobación para una distribución inmediata de los artículos que publican, o bien para una distribución de éstos en un plazo de seis meses. Sin embargo, en la práctica, incluso los editores que han aprobado el proyecto formulan cantidad de objeciones para con el nuevo modelo propuesto, de tal modo que el proyecto de archivos en línea finalmente no ve la luz.