Proceso del Dr. José Rizal Mercado y Alonso
Part 9
Concluídas las diligencias, Rizal, se presenta pidiendo acta de lo ocurrido, la que me ha parecido prudente negarle á pretexto de que, incoada la causa, no podía hacerlo, haciendo de uso particular y público lo que hasta ahora estaba en secreto sumarial. Indignado, herido y molesto como está, con el procedimiento empleado con él, un documento de esta clase, en sus manos, puede remover cenizas.
De V. E. como siempre atento S. S. y respetuoso subordinado--Q. S. M. B.--Juan Sitges.--Dapitan 10 de Nobiembre de 1893.
Tribunal de Dapitan | Diligencias practicadas | Contra | Pablo Mercado | Juez: El Gobernadorcillo D. Anastasio Adriático.
[Sello al margen:] Comandancia P. M. de Dapitan.--Núm. 573.--Gobernadorcillo de Dapitan.--Sírvase V. proceder á las diligencias correspondientes á la aclaración del objeto de la llegada á este pueblo del individuo Pablo Mercado, con cédula á nombre de Florencio Nanaman, y á quien se le ha encontrado un retrato que le acompaño, á fin de que figure en ellas, manteniendo incomunicado al procesado hasta nueva orden.--Dapitan 6 de Noviembre de 1893.-- El Gobernador P. M.,--Juan Sitges.
Tribunal de Dapitan, á seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres.
Auto.--Por recibida la anterior orden del Señor Comandante Político Militar de este Distrito con la persona de Pablo Mercado, un retrato y una cédula personal, únanse éstos á continuación; póngase en clase de detenido al citado individuo en el cuarto de detenidos de esta Casa Tribunal; recíbasele indagatoria con arreglo á Ley y practíquense todas cuantas diligencias fuesen necesarias. Así lo mando y firmo con mis testigos de asistencia D. Mariano Hamoy y D. Tomás Galleposo, que certificamos. (Siguen las firmas.)
En la misma fecha seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres, se verificó la unión mandada, de que certificamos.
[La cédula, de 6.a clase, expedida en Cagayán (Misamis) á 18 de Febrero de 1893,--Pueblo de Iligan. Año de 1893. D. Florencio Nanaman, natural de Cagayán, provincia de Misamis, de 30 años de edad, de estado solt.o y profesión labd.r, habita en el pueblo de Cagayán y se halla empadronado en esta Admon. con al núm. 702.--El retrato, tamaño «americana», lo es de un grupo de tres filipinos, uno de los cuales lleva arriba y abajo, con tinta, la palabra Rizal.]
En Dapitan á seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El gobernadorcillo actuante D. Anastasio Adriático asistido de nosotros los testigos de asistencia, teniendo presente al que se llama Pablo Mercado é interrogado por sus circunstancias personales, dijo tener las que aparecían en la cédula que va unida á las presentes, y son: Florencio Nanaman natural de Cagayán (Misamis) de treinta años de edad, soltero, de oficio labrador, y se le examinó de la manera siguiente.
Preguntado: Con qué objeto había llegado á esta Cabecera, dijo: Que había venido á desempeñar una comisión cerca del Señor Rizal.
Preguntado: Explique los conceptos de la Comisión, dijo: Que había recibido instrucciones á fin de adquirir un retrato del Señor Rizal para no equivocarse cuando hubiera ocasión de hablarle, recorrer los pueblos del Distrito, llegar á Dapitan recogiendo en su tránsito cuantos libros escritos por aquél encontrare, conocer al señor Rizal y presentársele como amigo político y pariente, comisionado por los suyos de Manila para enterarse de su situación y necesidades y ofrecérsele para ayudarle en su propaganda hasta lograr arrancarle cartas ó escritos en sentido separatista. Y que al efecto se le dejó un retrato que, del Señor Rizal, le había facilitado Estanislao Legazpi, vecino de la calle de Madrid, número 17 ó 37 (Manila) y un par de botones con las iniciales P. M. correspondientes al nombre de Pablo y al apellido Mercado del Señor Rizal para inspirarle más confianza con su supuesto apellido. Que después de recorrer los pueblos donde no tuvo más remedio que sustraer dos libros que encontró, llegó aquí el día tres del actual, hospedándose en casa del Teniente Ramón, y que al oscurecer salió por las afueras del pueblo, llegando á casa del Señor Rizal, á quien trató de sacarle escritos y solo consiguió ser arrojado por él; que entonces se retiró á su casa, en donde permaneció oculto hasta la noche de ayer, en que el Señor Comandante Político-Militar le redujo á prisión en persona, encontrando el retrato y la cédula que está encima de la mesa.
Preguntado: Cuál es su verdadero nombre, dijo: que el de la cédula; pero que tenía órdenes de presentarse con el de Pablo Mercado.
Preguntado: De quién recibió esas órdenes y conoce el objeto de ellas, dijo: que en el mes de Mayo el Padre Recoleto de Cagayán le ordenó hiciese el viaje en las condiciones declaradas; le entregó setenta pesos para sus gastos y ropa decente con que debía presentarse al Señor Rizal y los botones, y le dijo que caso de morir, pues se encontraba enfermo, entregase cuanto sacase del Señor Rizal al Procurador de Recoletos, que ya tenía orden de gratificarle con largueza; que ignora el objeto que se proponía el Padre; que solo le dijo al despedirle que fuera listo y que no tuviese cuidado, que ellos lo podían todo y que lo sacarían adelante, si algo le ocurría, y que en esta seguridad lo había hecho todo.
Preguntado: Si puede presentar documento ó testigo que le abonen, dijo: que no; que el Padre no quiso darle más que dinero y palabras; pero que en el Convento ó la Procuración debe existir las dos obras que adquirió cuando empezó á cumplir sus órdenes.
Preguntado: Si tiene algo más que añadir ó quitar, dijo: que no; que solo tenía el propósito de embarcar en el próximo correo para Manila á dar cuenta al Procurador de recoletos, á quien conoce, de su gestión. Y habiéndosele leído lo escrito, lo halló conforme, ratificó su contenido y firmó conmigo, de que nosotros los testigos damos fé. (Siguen las firmas.)
Tribunal de Dapitan, á seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres.
Auto.--Procedase al registro del equipaje de Florencio Nanaman, poniéndose en depósito en este Tribunal el par de botones á que se refiere en su anterior declaración: recíbase declaración al Señor Doctor Don José Rizal y al Teniente Don Ramón Carreón. Así lo mandó y firmó el Gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
Dapitan seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El Gobernadorcillo actuante con sus testigos de asistencia y estando presente Florencio Nanaman, se procedió al registro de su equipaje, que consiste en un envoltorio de ropa ordinaria de vestir, una camiseta ya usada, con las iniciales en seda colorada de P. M., la que por disposición de dicho Gobernadorcillo queda en poder de nosotros los testigos de asistencia; por lo que y no habiéndose encontrado otra cosa más, se dió por terminado el presente, después de haber practicado las pesquisas legales; firmando con dicho Gobernadorcillo el citado Florencio Nanaman, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
Dapitan á seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El Gobernadorcillo actuante D. Anastasio Adriático, asistido de nosotros los testigos de asistencia; compareció Don José Rizal, Doctor en Medicina y Cirugía, natural del pueblo de Calamba, transeúnte en este pueblo, soltero, de treinta y dos años de edad, se le recibió juramento que prestó en debida forma de decir verdad en cuanto supiere y le fuere.
Preguntado: Si conoce ó noticias tiene de la llegada del individuo que dice se llama Pablo Mercado; dijo: Que no.
Preguntado: Si en la noche del día tres ha tenido con dicho individuo alguna conversación, y caso afirmativo, especifique la hora aproximada en que había sido, y lo que le refirió acerca del objeto de su venida y demás particulares, dijo: Que entre ocho y nueve de la noche del día tres del actual, un individuo se presentó en su domicilio sin avisar á nadie, y preguntado por el declarante qué deseaba, contestó que venía á visitarle. Dijo asimismo que venía de Oroquieta por tierra y á pié, descalzo, con dos objetos: uno de ellos el de visitar al declarante, y otro que explicó con mucha vaguedad; mostró al declarante un retrato en grupo, en que éste figuraba; hablóle de personas residentes en Manila con las cuales pretendía poner al declarante en comunicación; manifestó haber traído dos obras del declarante, pero que las había dejado en Cagayán en poder de ciertas personas; pretendió haber visto al declarante en Manila en compañía de personas con quienes el declarante nunca había estado durante su permanencia en la Capital. Al fin, como el declarante le diese á entender que debía marcharse, ofreció entonces sus servicios para ser portador de la correspondencia que el declarante no juzgase conveniente confiar al buzón; instó, además, á que el declarante escribiese, especialmente á los Señores D. Eduardo Litonjúa y D. Mariano Ramírez, con quienes el declarante nunca se había carteado, y de los cuales sólo al último conoció, por haber sido su compañero de Colegio. Después de ésto, se despidió; mas como la noche era lluviosa, tuvo que volver y pedir al declarante hospitalidad, la que le fué concedida hasta el día siguiente, en que se le despertó para hacerle abandonar la casa.
Preguntado: Si tenía algo más que añadir ó quitar á lo declarado; dijo: que no.
Y habiéndosele leído lo escrito, lo halla conforme, ratificó su contenido y firmó con el Gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
En Dapitan á siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El Señor Gobernadorcillo actuante Don Anastasio Adriático, acompañado de nosotros los testigos de asistencia, teniendo presente á D. Ramón Carreón, se le recibió juramento, que prestó en debida forma, y manifestó ser natural y vecino de este pueblo, casado, de cincuenta y cinco años de edad, de profesión labrador y empadronado en la Cabecería número 30 con el número 8; y fué examinado de la manera siguiente:
Preguntado: Si conoce ó noticias tiene de la llegada á esta cabecera del individuo que se llamaba Pablo Mercado; dijo: que sí conoce al citado Pablo Mercado.
Preguntado: Cómo y cuándo se hospedó en la casa del declarante el referido individuo; dijo: Que en la noche día jueves ultimó se presentó en su casa pidiendo hospitalidad el citado individuo, y por ser conocido del declarante desde Cagayán de Misamis le fué concedida su petición, como así había sido.
Preguntado: Si sabe ó conoce el objeto de la venida de aquél; dijo: que no; y sí solo dijo que su intención era el de embarcarse en el próximo correo.
Preguntado: Si había visto, ó noticias tuvo del retrato y cédula que traía consigo el citado Pablo; dijo: que no.
Y habiéndosele leído lo escrito, lo halló conforme, ratificó su contenido y firmó con el gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
Tribunal de Dapitan, á siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres.
Auto.--Amplíese la declaración de Florencio Nanaman. Así lo mandó y firmó el Gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
En Dapitan, á siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El gobernadorcillo actuante D. Anastasio Adriático, asistido de nosotros los testigos de asistencia, teniendo presente á Florencio Nanaman, cuyas circunstancias personales ya quedan escritas en su anterior declaración, se le hizo saber la obligación que tiene de decir verdad en cuanto supiese y fuere
Preguntado: En qué fecha salió de Cagayán de Misamis para esta Cabecera, dijo: En la fecha veintisiete del pasado Octubre.
Preguntado: Por qué pueblos había pasado ó parado, dijo: Que de Cagayán á Iligan hizo el viaje á pie, parando un día en el pueblo de Initao: de Iligan á Oroquieta hizo el viaje por mar, yendo de pasajero en el vapor «Serrantes», y de Oroquieta á esta Cabecera, á pie.
Preguntado: En qué pueblos obtuvo los dos libros que refiere en su primera declaración, dijo: Que estando aún en Manila, adquirió dos ejemplares de «El Filibusterismo» escrito por el Señor Rizal, de Estanislao Legazpi.
Preguntado: En dónde se encuentran en la actualidad dichos libros, dijo: Que en poder del Padre Recoleto de Cagayán, á quien los había entregado.
Preguntado: Por el nombre y apellido del Padre de quien recibió órdenes, dijo: Que se llama Padre Gerardo, é ignora su apellido.
Preguntado: Por el nombre y apellido del Padre Procurador, dijo: Que se llama Padre Demetrio, é ignora asimismo su apellido.
Preguntado: Quiénes era ó eran sus compañeros en el viaje, dijo: Que desde el barrio de la Conquista vino acompañado de un individuo cuyo nombre era Basilio y de un alguacil; cuyo Basilio era su compañero al ir á casa del Señor Rizal, pernoctando ambos allí á causa de una lluvia que les alcanzó en su retirada.
Preguntado: Si se ratifica en la pregunta tercera de su primera declaración acerca de su verdadero nombre, dijo: Que por equivocación y por habérsele perdido su verdadera cédula, presentó al Señor Comandante Político-Militar una cédula que no era la suya, y dijo que su verdadero nombre era el que aparecía en ella; pero que en realidad su nombre legítimo y propio era el de Pablo Mercado.
Preguntado: Dónde, cuándo y cómo conoció á D. Eduardo Litonjúa y D. Mariano Ramírez, dijo: Que en una noche cuya fecha no recuerda, se encontró en la Botica de la calle de Jaboneros, Binondo, con los dos citados individuos, y en donde llegaron á conocerse, y de quienes ningún encargo había recibido.
Preguntado: Si había estado preso ó procesado alguna vez. dijo: que preso, nunca, y sí procesado por lesiones.
Y habiéndosele leído lo escrito, lo halló conforme, ratificó su contenido y firmó conmigo, de que nosotros los testigos de asistencia damos fe. (Siguen las firmas.--Pablo Mercado deja de firmar, como antes lo había hecho, con el nombre de Florencio Nanaman.)
Dapitan, á siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. El Gobernadorcillo actuante D. Anastasio Adriático, asistido de nosotros los testigos de asistencia, teniendo presente [á] Basilio de la Peña, se le recibió juramento, que prestó en debida forma, de decir verdad en cuanto supiere y le fuere interrogado, y manifestó ser indio, natural y vecino de este pueblo, soltero, de veintitres años de edad, de profesión labrador y con cédula personal de décima clase número 1978159, y fué examinado de la manera siguiente:
Preguntado: Si conoce al individuo que se llamaba Pablo Mercado, dijo: que no.
Preguntado: En qué sitio se había encontrado con dicho individuo, y cómo vino con él, dijo: Que viniendo del barrio de la Conquista, se encontró en el camino á un individuo á que no conoce, haciendo el viaje con él, y á llegar á esta cabecera preguntó al declarante por la casa del teniente Ramón; y
Preguntado: Por el motivo de haber acompañado al citado individuo á casa del Señor Rizal, dijo: Que el día siguiente á su llegada y estando en la tienda del chino Santiago Roldan Sy-Canjo, le llamó el individuo que fué compañero suyo del viaje haciéndole acompañar á casa del Señor Rizal, como así hizo.
Preguntado: Qué ha hecho llegado que fue á casa del Señor Rizal, dijo: Que el declarante se quedó en la escalera, yendo solo adelante su compañero, y al salir éste, como los alcanzara una lluvia, volvieron y pernoctaron en la casa de dicho Señor, y al día siguiente éste despertó al declarante y su compañero para que se retiraran, como así hicieron, y en llegando al pueblo cada uno de los dos se retiró á su domicilio.
Preguntado: Si ha estado preso ó procesado alguna vez, dijo: que no.
Y habiéndosele leído lo escrito, lo halló conforme; ratificó su contenido y no firmó por decir no saber; hízolo, el Gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
Dapitan y su Tribunal, á siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres.
Auto.--Recibida la orden del Señor Comandante Político-Militar de este distrito, levántese la incomunicación de Pablo Mercado, y elévense las presentes originales á dicho Señor mediante atenta comunicación. Así lo mandó y firmó el Gobernadorcillo actuante, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
[La orden aludida, dice: «Gobernadorcillo de Dapitan.--Habiendo transcurrido el tiempo legal de la incomunicación del individuo Pablo Mercado, sírvase V. proceder á levantarla, siempre y cuando que de las diligencias no resulte contraproducente.--Dapitan 7 de Noviembre de 1893.--El Gobernador P. M.,--Juan Sitges].
Hacemos constar hoy siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. Se levantó la incomunicación de Pablo Mercado, como está mandado en el auto anterior, de que certificamos. (Siguen las firmas.)
Hacemos constar que hoy siete de Noviembre de mil ochocientos noventa y tres. Se elevaron las presentes, constantes de quince fojas útiles mediante atenta comunicación al Señor Comandante Político-Militar de este Distrito, de que certificamos. (Siguen las firmas.»)
[Oficio de remisión] Comandancia P. M. del Distrito de Dapitan.--Núm. 404.--Excmo. Señor:--Por el vapor correo del presente mes, que deberá llegar á esa sobre el día 26, remitiré á disposición de la Superior Autoridad de V. E. la persona de Pablo Mercado, á que se refieren las adjuntas diligencias, que aprovechando la mayor anticipación del «Baiz» tengo la honra de acompañar á V. E., vía Cebú.--Dios, [etc.]--Dapitan, 9 de Noviembre de 1893.--Excmo. Sr.--El Comandante P. M.,--Juan Sitges.--Excmo. Sr. Gobernador general de estas Islas. Manila,»
(Escribiente.)
[Dapitan, 14 Febro. 1894.]
APENDICE "C"
Excmo. Sr. Ministro de Ultramar:
Los Superiores de las Corporaciones de Agustinos, Franciscanos, Recoletos, Dominicos y Jesuítas, establecidas en Filipinas, cumpliendo lo ofrecido en telegrama presentado al Excmo. Sr. Gobernador general Vice Real Patrono el día primero de los corrientes para que se transmitiera oficialmente á V. E., lo cual dicha Superior Autoridad ha efectuado, según se sirvió participarnos, tenemos el honor de elevar esta Exposición á S. M. el Rey D. Alfonso XIII (q. D. g.), y en su Real nombre á S. M. la Reina Regente D.a María Cristina, al Presidente y Vocales del Consejo de Ministros de la Corona, y muy especialmente á V. E., como Ministro de Ultramar, á quien directamente, según ley y costumbre, la dirigimos, para que á su vez se digne ponerla en conocimiento de las altas personalidades antes mencionadas, é incluso, si lo estima conveniente, de la Nación entera, debidamente congregada en las Cortes del Reino.
Y al redactar esta Exposición, unidos en un alma y un corazón como fieles hermanos, los Religiosos de las Corporaciones de antiguo existentes en el país, nos cabe la honra en primer término de cumplir respetuosamente el deber gratísimo de reiterar nuestra adhesión al Rey, á su Gobierno, á las autoridades todas de la Patria, á las cuales, por fuero de conciencia, que es el más fuerte vínculo del hombre, hemos tenido siempre á gloria mantenernos sumisos y obedientes, procurando incesantemente y en todos los terrenos, desde nuestra respectiva esfera de acción, cooperar con toda clase de esfuerzos al mantenimiento del orden público en Filipinas, á su legítimo y santo progreso, al desarrollo de sus intereses intelectuales y aún materiales, y de modo muy especial, á la propagación y conservación de las divinas enseñanzas del Catolicismo, al fomento de las buenas costumbres, y al afianzamiento de los prestigios morales, única fuerza que hasta ahora ha sido el gran lazo de unión de estas hermosas tierras con su cariñosa madre la Metrópoli.
Motivo de esta Exposición.
Y en verdad, Excmo. Sr., que si las circunstancias en extremo difíciles por que atraviesa la dominación española en el archipiélago, y la acerba campaña (mejor dicho, conjura) de difamación y proyectos antimonásticos, provocada contra nosotros principalmente desde que estalló la insurrección, no nos obligaran á hablar, muy gustosos dejaríamos á los políticos ocuparse en los problemas que afectan á este país, y nos mantendríamos en el silencio que viene siendo nuestra norma de conducta ha ya muchos años, no hablando sino cuando oficialmente hemos sido preguntados, celosos con esa manera de retraimiento de evitar la nota que tantas veces, con sobrada ligereza ó malicia, se nos ha imputado, de que nos inmiscuíamos en el gobierno temporal de estas Islas.
Hora es ya de que, como fieles patriotas y constantes mantenedores del señorío español en Filipinas, rompamos ese silencio, para que nunca, ni como religiosos, ni como súbditos de España, se pueda con motivo decir de nosotros la terrible acusación del Profeta canes muti non valentes latrare. Hora es ya también de que salgamos en defensa de nuestra honra, de muchos modos atrozmente mancillada, de nuestro santo y patriótico ministerio, en fin, que ha sido objeto de las más terribles calumnias y de las más incalificables acusaciones. Que si las personas privadas pueden alguna vez hacer generosa renuncia de su buen nombre difamado, ofreciendo á Dios el sacrificio de lo que más estima el hombre culto, eso jamás, y en ninguna forma, es lícito, conforme enseñan los santos doctores de la Iglesia, á las personas públicas, á los Prelados, á los Superiores, á las Corporaciones, que tienen necesidad de defender y conservar su prestigio, su crédito y fama, para cumplir dignamente sus respectivas funciones. Una Corporación Religiosa desacreditada y públicamente denostada, es en su línea una nación cuya bandera se insulta, ó cuyos derechos se desconocen: morir debe luchando por su honor antes que consentir que se pisotee su buen nombre, y que sus derechos no sean reconocidos y acatados.
Desamparo de las Corporaciones religiosas y su paciencia y prudencia en estas circunstancias.