La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano

Part 3

Chapter 33,955 wordsPublic domain

John Quincy Adams, a la sazón Senador por Massachusetts, dijo que el Tratado envolvía una verdadera infracción de la Constitución. Se dijo por otros que no estaban claros los títulos por los cuales Francia había adquirido la Louisiana; a lo que se contestó que el hecho de que aquella nación la vendiera, y el de que las propias autoridades españolas de Nueva Orleans, al recibir las protestas con motivo de los obstáculos sobre la navegación del río, hubieran contestado que ya no eran ellas, sino el Gobierno de Francia el llamado a resolverlas, eran prueba de que Su Majestad Católica había transferido su dominio; y se apuntó también lo significativo que resultaba el hecho de que los federales, antes tan dispuestos a tomar a Nueva Orleans por medio de las armas, ahora pusieran reparos a los papeles del nuevo territorio. Se dijo también que el Presidente y el Senado se habían excedido; que la Constitución no facultaba al Gobierno de los Estados Unidos para adquirir nuevos territorios; a lo que se contestó que si en la declaración de independencia se había estipulado que la Unión, como Estado soberano, se colocaba en las condiciones de los otros que también lo eran, era indudable que podía hacer todo lo que a éstos les estaba permitido, incluso adquirir nuevos territorios; lo que, por lo demás, podía entenderse como una derivación de la facultad de hacer Tratados y de la de declarar la guerra.

Apelaron también los impugnadores de la venta al recuerdo del nacimiento de la Unión, a que había surgido a virtud de un pacto o de una convención, para sostener que siendo su origen contractual, no se la podía hacer extensiva a territorios ajenos a la Confederación; pero se adujo en contra de este argumento el precedente del territorio que no estaba comprendido dentro del área de las primitivas colonias, a que nos referimos antes, y cuya adquisición consagró el Tratado de París (3 de septiembre de 1783).

No quedó por ser examinado un solo aspecto del problema. Se denunció como una infracción constitucional la circunstancia de que el Tratado les otorgara a los barcos franceses y españoles, en Nueva Orleans, determinadas ventajas de que no disfrutaban en los Estados de la Unión. Se habló de la mucha distancia que separaba la Louisiana de la capital de la nación; de que el pueblo era de otra raza; de que gran parte de la población de los primitivos Estados era posible que abandonara su antigua residencia en busca de nuevas tierras, lo que habría de redundar en perjuicio de aquéllos; de que España era opuesta al Tratado, lo que a la larga traería serias desavenencias con dicha nación; de que la Unión iba a tener que distraer todo un ejército en la vigilancia y custodia del nuevo territorio; y se habló también, por último, de este aspecto que con seguridad tuvo que ejercer más impresión que ninguno otro en los jeffersonianos, ya que éstos se consideraban como los voceros de la democracia: ¿con qué derecho se disponía de la suerte de un país, sin el consentimiento de sus moradores?

Indudablemente que el principio según el cual los poderes de todo gobierno no debían tener otra base que no fuera la del consentimiento de los gobernados, y al que con tanta brillantez se había referido el propio Jefferson al redactar la declaración de independencia, sufría ahora un paréntesis. El día 30 de noviembre de 1803, en la casa del Cabildo de Nueva Orleans, el Marqués de Casa Calvo y don Manuel Salcedo, a nombre del rey de España, transferían la Louisiana, en medio de ceremonias rodeadas de mucho aparato y esplendor, al Gobierno del Primer Cónsul, representado en aquel acto por Pedro Clemente Laussat; y con el mismo ceremonial, el día 20 del mes siguiente, era transferido el dominio de la Louisiana al Gobierno de los Estados Unidos, representado por W. C. Claiborne, Gobernador de Mississippi; sin que en ninguno de esos dos actos tuvieran los habitantes de la vieja provincia española otro carácter que el de meros espectadores.

Pero el principio en cuestión no tardó en resplandecer de nuevo y en brillar con toda intensidad. Véase, si no, lo ocurrido con el gobierno de Louisiana en los nueve años que transcurrieron desde 1803 hasta 1812, fecha en que parte del territorio fué admitida como un Estado de la Unión. Nada más digno de admiración que el estudio de las cuatro fases por que atravesó el gobierno de la nueva región durante dichos nueve años. Obsérvese dicho proceso, y se verá que cada nueva etapa significó un paso de avance hacia el principio del gobierno propio.

Con efecto, al verificarse la cesión en 1803, el Congreso dejó en manos del Presidente cuanto se refería al Gobierno de la Louisiana, y dicho funcionario nombró un Gobernador con las facultades de que durante la soberanía española estuvieron investidos el Gobernador General y el Intendente, y un Comandante Militar, los dos con omnímodas facultades. Este gobierno duró pocos meses: ante las protestas de los comerciantes y de las personas más influyentes de Nueva Orleans, el Congreso de la Unión votó una ley dividiendo la antigua provincia en dos partes, una al sur, con categoría de "Territorio", que se denominó de Orleans, y otra al Norte, que se llamó Louisiana y que no había de ser más que un "Distrito". El territorio de Louisiana se regiría por un Gobernador y trece consejeros designados por el Presidente; y como este sistema de gobierno tampoco agradara a los habitantes del territorio de Orleans, ni a los del Distrito de Louisiana, ante las nuevas protestas, en enero de 1805 el Congreso resolvió elevar el citado distrito de Louisiana a la categoría de "Territorio" y otorgarle a Orleans una Cámara de origen popular, con promesa de ser admitido como Estado cuando contara sesenta mil habitantes libres; y como esto ocurrió en 1812, en este año dicho territorio fué reconocido como Estado, con el nombre de Louisiana.

Un detalle de la discusión, en el Congreso, sobre la admisión del nuevo Estado, evidenció que los principios democráticos continuaban animando el espíritu de los hombres que ostentaban los poderes públicos. Una parte del Congreso, inspirada en principios conservadores, veía con desconfianza y recelos la formación de nuevos estados; temía que éstos hicieran prevalecer dentro de la confederación ideas y principios que no fueran los que habían caracterizado a la Unión de los trece Estados primitivos. El Representante Josiah Quincy estaba entre los disgustados con la admisión de Louisiana; y como en el calor de su oposición llegara a hablar de que la formación de un nuevo Estado facultaba a los antiguos para separarse de la Unión, fué llamado al orden por el Presidente de la Cámara, quien dijo que no podía consentir que públicamente se hablara del derecho de secesión. De este requerimiento apeló Quincy ante la Cámara, y ésta, por una mayoría de 56 votos contra 53, declaró que era lícito referirse al derecho de secesión e invocarlo.

De esa manera quedó reconocido, por la Cámara de Representantes, que por lo menos era lícito discutir el derecho de secesión.

(C)

(1819) FLORIDA.

Si la adquisición de la Louisiana significó, por una parte, la doble extensión territorial de los Estados Unidos, por otro lado trajo, como consecuencia, nuevos motivos de inquietud para la nación. Tenía ésta un frente al Atlántico y otro al Golfo de Méjico, y era motivo de preocupación que la continuidad de las costas se viera interrumpida en la Florida, pues aunque por el momento no existía ningún peligro inminente, ¿quién podía asegurar que no se presentaría en lo futuro? ¿Quién podía afirmar que España, sometida entonces a tantas calamidades, no se pudiera ver en el trance de tener que ceder esa posición, de grado o por fuerza, a otra potencia europea?

Había, además de esa causa de inquietud respecto a la seguridad exterior de la Unión, otro motivo de malestar, atinente a la tranquilidad interior. La Florida--en la que no existía una verdadera colonización, y en la que España no había podido o no había querido establecer un Gobierno con recursos suficientes para defender todos los intereses--constituía el refugio de las tribus de indios "semínolas," de instintos salvajes; y éstos, en sus continuas incursiones en el territorio de la Unión, asolando cuanto a su paso encontraban, hicieron nacer la zozobra en los ánimos. Agréguese a esto la resistencia pasiva de España a determinar cuáles eran los verdaderos linderos de la Louisiana, particular en que hicieron los Estados Unidos gran hincapié porque quedase resuelto, apenas suscrito el Tratado de 30 de abril de 1803, y se explicará que en la vecina República se comenzara a acariciar la idea de la anexión de la Florida.

Ciertas cartas escritas por Jefferson a significados políticos, cuando aún no habían transcurrido cuatro meses de la fecha en que fué suscrito aquel Tratado, nos revelan que el propio Presidente no se ocultaba para decir que ambicionaba dicha adquisición. No hay más, les decía, que esperar a que España se encuentre en guerra y ofrecerle dinero, con la amenaza de que si no lo acepta recurriremos a la fuerza para ocupar la Florida.

Los Estados Unidos pudieron, de una acometida, haber conquistado la Florida; y sin embargo no lo hicieron. A pesar de aquellos propósitos; a pesar de que era del dominio público la idea de que la seguridad y la conveniencia de la nación exigían la posesión de la Florida, no recurrieron a la violencia. Confiaron sus propósitos a la diplomacia, la cual, como se ha de ver, produjo sus frutos. Hemos de ver, sin embargo, que antes de que llegue el momento de que los Estados Unidos compren la Florida por medio de un Tratado, en más de una ocasión el Gobierno de Washington perturbó la posesión que ostentaba España; por más que a ello le obligara el desgobierno reinante en la Florida.

Nada mejor, para conocer el proceso que culminó en la compra de la Florida, que recurrir a los documentos oficiales.

En 20 de mayo de 1804, el Presidente, haciendo uso de una ley que recientemente había votado el Congreso, declaró, por medio de una proclama, que a los efectos del cobro de los derechos de aduana se había establecido el "Distrito de Mobila", que comprendía el territorio que corría desde la ribera occidental del río de ese nombre, hasta Pascagoula. Contra esa medida estableció su protesta el Ministro español en Washington, por entender que se trataba de un territorio sometido a la dominación de España; mas aquel Gobierno no tomó en cuenta dicha protesta.

En el Mensaje anual al Congreso, de 3 de diciembre de 1805, refirió el Presidente de la República que las relaciones con España no eran lo satisfactorias que se deseaba; que esta nación se negaba a solucionar sus diferencias con los Estados Unidos, consignando además, entre otras cosas, que constantemente se realizaban incursiones dentro de la frontera americana, que causaban positivos daños y a las que no eran ajenos los oficiales y soldados españoles. Tres días después, en un Mensaje especial, el Presidente insiste sobre el mismo asunto, exponiendo que a pesar de los esfuerzos del Ministro residente en Madrid, a fin de solucionar la cuestión de los linderos de la Louisiana, así como otras que estaban pendientes con España--gestiones en las cuales había colaborado Monroe, que a ese objeto se dirigió expresamente a esta nación--, nada se había obtenido, como no fuera la declaración de que los Estados Unidos sólo tenían derecho, en el territorio situado en la parte oriental del Mississippi, a una estrecha faja de territorio inmediato a este río.

Por el mes de febrero del año 1806, el Congreso acordó en secreto votar un crédito de dos millones de pesos para la compra de la Florida; y a fin de estudiar el asunto en Madrid, el Presidente nombró dos Comisionados que no pudieron adelantar nada.

En el mensaje anual de 2 de diciembre de 1806, aludió el Presidente a que una fuerza española había penetrado en el territorio de la Louisiana y a que era necesario fortificar a Nueva Orleans y la desembocadura del río a fin de evitar esos hechos; y en el de 27 de octubre de 1807 hizo mención de un Decreto que acababa de dictar el rey Carlos IV, remedando el que había dictado Napoleón en 21 de noviembre de 1806, y por el que les resultaba imposible mantener su comercio a los que fueran neutrales en los conflictos de Europa.

Pronto toman los acontecimientos un nuevo sesgo. En la parte de la Florida Occidental, situada desde el río Amita hasta la Louisiana, se había establecido un gran número de ciudadanos norteamericanos; y reunidos éstos en 1810, cerca de Baton Rouge, resuelven no reconocer la soberanía de España; y aunque en los primeros momentos acordaron establecer un gobierno independiente, después recurrieron a los Estados Unidos pidiendo la anexión.

Desde el mes de marzo del año anterior ocupaba James Madison la presidencia de la República; y éste, en vista de esos sucesos, lanza una proclama en 27 de octubre de 1810 ordenándole al Gobernador del territorio de Nueva Orleans que ocupara, a nombre de los Estados Unidos, todo el territorio situado entre el río Mississippi y el Perdido. Esta orden estaba razonada. Se decía en ella que era bien sabido que ese territorio siempre había formado parte de la colonia de la Louisiana, y aunque España lo había retenido, los Estados Unidos no habían cesado de reclamarlo; que si hasta entonces no se habían decidido a ocuparlo, era porque siempre se pensó que España, convencida de la justicia de la reclamación, no dejaría que las cosas llegaran hasta el punto de que el Gobierno de Washington tuviera que proceder por su propia cuenta, y que el nuevo orden de cosas creado en dicho territorio podía ser, por la proximidad de éste a los Estados Unidos, altamente perjudicial a su comercio y a sus intereses, supuesto que a los que quisieran violar las leyes que prohibían la introducción de esclavos y las que establecían impuestos de aduanas, había de resultarles fácil desenvolver sus actividades desde aquellos lugares. En cumplimiento de dicha proclama, a fines del año 1810 el Gobernador del territorio de Nueva Orleans, William C. C. Claiborne, toma posesión no de todo el territorio enclavado entre los ríos Mississippi y Perdido, sino de una parte del mismo, o séase de la situada entre el primero de dichos ríos y el llamado Perla; y al año siguiente, por orden del Presidente Madison, fué fortificada esa región y agregada al territorio del Mississippi. Contra esa ocupación protestaron los Gobiernos de España, Inglaterra y Francia, por medio de sus diplomáticos acreditados en Washington.

Dada la comprometida situación de España frente a las guerras entre Francia e Inglaterra, el Gobierno de los Estados Unidos temía, con sobradas razones, que alguna de estas dos naciones ocupara la Florida. A veces se le atribuían esos propósitos a una y a veces a otra, y a ese estado de cosas, inquietante para la República americana, supuesto que tenía que ser motivo de preocupación que tal cosa ocurriera, obedeció la siguiente Resolución Conjunta, aprobada por el Congreso en 15 de enero de 1811:

Teniendo en cuenta la situación especial por que atraviesan España y sus provincias de América; y considerando que es del mayor interés para los Estados Unidos, desde el punto de vista de su seguridad, de su tranquilidad y de su comercio, el futuro destino del territorio con que lindan por el Sur.

Se resuelve: que los Estados Unidos, dada la peculiaridad de las actuales circunstancias, no pueden asistir, sino en medio de la mayor inquietud, al hecho de que parte del antes referido territorio pase a manos de otro poder; que se verán compelidos, si lo requieren las circunstancias, a ocupar temporalmente dicho territorio, por exigirlo así su seguridad, sin perjuicio de iniciar después las oportunas negociaciones para tratar de su destino ulterior.

Al mismo tiempo que se votaba esa Resolución Conjunta, se autorizaba al Presidente de la República para ocupar todo o parte del territorio de la Florida, siempre que existiera el temor de que lo pudiera ocupar una nación extranjera, y para emplear con ese objeto la Marina y el Ejército de los Estados Unidos.

Unos días después se presenta en el Congreso un _bill_ declarando que los límites del territorio de Orleans llegaban hasta el río Perdido. Se quería, sin duda, darle la sanción del Congreso a la acción del Poder Ejecutivo; pero dicho _bill_ tropezó en la Cámara con una fuerte oposición. Se dijo, por los adversarios del Gobierno, que esa medida envolvía una violencia, y al fin se acordó que aquel lindero fuera fijado en Iberville. Adoptado el _bill_ en esa forma, fué sancionado por el Presidente en 20 de febrero de 1811.

No pasó mucho tiempo sin que el Gobierno de los Estados Unidos se viera en la necesidad, por causas diversas, de mandar que sus fuerzas penetrasen en la Florida. Los indios semínolas vivían y tenían su refugio en la Florida, pero continuamente penetraban en el Estado de Georgia y asesinaban, saqueaban las propiedades y cometían todo género de depredaciones. El Gobierno de España no disponía de medios para someterlos, ni para evitar tampoco que aquella región fuera un refugio de los piratas y de todos los malhechores que se escapaban de los Estados Unidos. En noviembre de 1812, la legislatura de Georgia resolvió que era esencial para la seguridad del Estado ponerle un término a semejante situación, y a principios del año siguiente el general Andrew Jackson, al frente de un ejército, penetra en territorio español y les da una batida a las tribus de los semínolas.

Poco tiempo después, a mediados del año 1814, el general Jackson penetró nuevamente en territorio español. Con motivo de la guerra entre los Estados Unidos e Inglaterra, iniciada en 1812, dicho general, nombrado Jefe del Departamento del Sur, estableció su cuartel en Mobila; y como llegara a sus noticias que en Pensacola había desembarcado un contingente inglés, que había tomado dicha población como base de sus operaciones, y que se estaba armando a las tribus de indios enemigas de los Estados Unidos para combatir contra éstos, allí se dirigió Jackson, sin esperar órdenes de su Gobierno. Con poco esfuerzo desalojó a los ingleses, devolviéndoles la población, pocos días después, a los españoles y regresando a Mobila.

Con motivo de la ocupación de la Florida Occidental, España había roto sus relaciones con los Estados Unidos desde 1808. En 1815 las reanudó. Nombrado Ministro en Washington don Luis de Onís, éste le dirigió al Secretario de Estado, a nombre de su Gobierno, una petición que abarcaba tres extremos: ante todo, previamente, debía ser devuelta a España la Florida Occidental, sin lo cual no se continuarían las negociaciones; se debía impedir que en Nueva Orleans se armaran expediciones que fueran a auxiliar a los insurrectos mejicanos y en las que se afirmaba que tomaban parte oficiales y soldados del ejército de los Estados Unidos, y se debía impedir que en los puertos de la Unión penetraran barcos con banderas de las revueltas colonias de la América del Sur.

James Monroe, Secretario de Estado, contestó esas peticiones por medio de una comunicación de 15 de enero de 1816, la que después de hacer relación a todas las cuestiones suscitadas entre las dos naciones desde 1802 y a que los Estados Unidos se habían esforzado por arreglarlas, mientras que el Gobierno de Madrid no había querido abordar ninguna solución, se expresaba en estos términos: rechazaba, desde luego, la demanda sobre devolución de la Florida Occidental, como trámite previo para entrar en las negociaciones; negaba la afirmación relativa a que oficiales y soldados del ejército de los Estados Unidos estuviesen ayudando a los revolucionarios mejicanos; y con respecto a la solicitud de que no fueran admitidos en los puertos de la Unión barcos de las colonias insurreccionadas de la América española, replicaba que según la política de los Estados Unidos, la bandera de una nación, fuese cual fuera, no era obstáculo para impedir la entrada de ninguna embarcación.

No es posible referir punto por punto estas negociaciones. Tendríamos que extendernos más de lo que queremos. Basta consignar que antes de que llegaran a su término, hubo que vencer grandes obstáculos; unas veces se llevaban en Madrid y otras en Washington, y en más de una ocasión estuvieron a punto de romperse. Al fin culminaron en el Tratado de 22 de febrero de 1819. Por dicho tratado, el rey de España cedía a los Estados Unidos todo el territorio situado al Este del río Mississippi, conocido por la Florida Occidental y Oriental y recibía una indemnización de $5,000.000. También se fijaban en dicho tratado los linderos, por el Oeste, de la Louisiana; renunciaban las dos naciones a las reclamaciones pendientes por daños a sus ciudadanos; se le concedía a los barcos españoles, durante doce años, el derecho de entrar en "Pensacola" y en "San Agustín" en las mismas condiciones que los americanos, estipulándose, por último, que el nuevo territorio sería admitido como Estado tan pronto como esto no resultara incompatible con la Constitución federal.

A pesar de que el tratado prevenía que habría de ser ratificado dentro de seis meses, pasaron cerca de dos años antes de que fuese aprobado por las Cortes españolas. En San Agustín y en Pensacola, en 10 y 17 de julio de 1821, respectivamente, tuvieron efecto las ceremonias del cambio de soberanía. Fué de esa manera como los Estados Unidos agregaron a sus adquisiciones territoriales una nueva área compuesta de 59,268 millas cuadradas.

(D)

(1845) TEJAS.

El tratado de la Florida dió a la Louisiana por límite oriental el río Sabina, con lo cual le reconoció a España su dominio sobre el territorio de Tejas, que en lo político formaba parte de Méjico y que posteriormente, al obtener el país azteca su independencia, fué erigido en un Estado de la confederación. Cronológicamente, tiene el turno ahora dicho territorio en el estudio del movimiento expansionista de los Estados Unidos.

Los orígenes de la expansión norteamericana hacia Tejas se encuentran en este caso, como en otros, en la iniciativa particular. Comenzó por la ambición de gran parte de la población, principalmente la del Sur, de obtener nuevos terrenos para su actividad productora. Cuando cesó en Méjico la soberanía española, estaban establecidos en Tejas unos tres mil norteamericanos y apenas ocurrido ese cambio político, los "empresarios" de terrenos pusieron sus miras en dicho territorio. El Gobierno mejicano, deseoso de que se poblase, no fué remiso en otorgar concesiones de tierras. A la primera, hecha a Moisés Austin, de Connecticut, para establecer una colonia de trescientas familias, y que fué el fundador de la ciudad que lleva su nombre, siguieron otras muchas otorgadas a ciudadanos de diversos estados de la Unión, especialmente los del Sur. Bien pronto casi todo el territorio del Estado tejano fué repartido entre norteamericanos; todo el que estaba ávido de correr fortuna decidía ir allí. "Vaya a Tejas", llegó a ser la frase en boga, según nos refiere Edwin E. Sparks, en su obra _La expansión social y territorial del pueblo norteamericano_. A consecuencia de esa corriente migratoria, en 1830 llegó a haber en dicho Estado más de 20,000 ciudadanos de la Unión.

La comunidad norteamericana, residente en Tejas, apenas formada, comenzó a acariciar la idea de declararse independiente. Desde 1819, es decir, desde antes de cesar la dominación española, un grupo numeroso, dirigido por James Long, proclamó la libertad e independencia del país; y, efectuado aquel cambio de soberanía, reunióse una convención en 1826, que abogó por esa misma aspiración. Esas declaraciones, sin embargo, no tuvieron la sanción de todos, ni verdadera trascendencia en los destinos de Tejas.