La Política de los Estados Unidos en el Continente Americano

Part 11

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En 16 de septiembre del año 1821 el Emperador de Rusia expidió un úkase prohibiéndole a los extranjeros comerciar y navegar dentro de una zona de cien millas italianas, situada entre la costa noroeste de América, el estrecho de Behring y el paralelo número 51 de latitud norte.

La Gran Bretaña y los Estados Unidos se creían con derecho a esa zona, y sus respectivos gobiernos protestaron contra aquella disposición.

En 17 de julio de 1823 el Secretario de Estado J. Q. Adams se encontraba tratando de este asunto con el Barón de Tuyl, Ministro ruso, y hubo de hacerle esta arrogante declaración que resumía su manera de pensar en el asunto y que era una expresión del estado general de la opinión ante las amenazas de Europa:

Le negamos a Rusia derecho a ningún establecimiento territorial en este Continente, y desde ahora proclamamos el principio de que los Continentes americanos, en lo futuro, no serán objeto de nuevas colonizaciones por parte de Europa.

Cinco días después, Adams le enviaba instrucciones a Middleton, Ministro en Rusia, con respecto a este asunto, y le decía:

Ninguna ocasión más a propósito que ésta para expresarle al Gobierno de Rusia, con toda franqueza, que el mantenimiento de la paz y el interés mismo de Rusia son incompatibles con el establecimiento, por esta nación, de nuevas posesiones en el Continente Americano. Con excepción de las colonias británicas situadas al Norte de los Estados Unidos, el resto de los dos Continentes no debe ser gobernado más que por manos americanas... Negamos, pues, el derecho de Rusia a establecer colonias en este Continente... Las nuevas repúblicas americanas sentiríanse intranquilas si vieran a Rusia de vecina con los Estados Unidos; esto aparte de que las pretensiones rusas en esta materia resultan incompatibles con las de la Gran Bretaña.

Obsérvese que esta declaración de Adams está perfectamente inspirada en la doctrina de "las dos esferas". Lo propio aconteció con otra declaración que formuló también por aquella época, con motivo de determinadas gestiones del propio Ministro ruso, según vamos a ver.

En 16 de octubre del año 1823, el Ministro ruso, Barón de Tuyl, visitó a Adams en la Secretaría de Estado y le expuso, siguiendo instrucciones de su Gobierno, que al conocimiento de éste había llegado que la República de Colombia había designado como Ministro en aquel Imperio al General Devereaux, y que se había resuelto no recibirlo y adoptar análoga determinación con todos los diplomáticos que enviaran los nuevos gobiernos de Hispano-América.

Adams hubo de contestarle que por encontrarse ausente en Virginia el Presidente de la República, no podía darle una contestación oficial; pero que podía hacerle presente que la declaración de los Estados Unidos, al reconocer la independencia de los Estados americanos, de continuar en la neutralidad hasta entonces observada respecto a España y sus colonias emancipadas, había tenido por base la observancia de igual neutralidad por todas las potencias de Europa con respecto a dicha lucha; que mientras aquel estado de cosas continuara sin modificación, podía asegurarle que los Estados Unidos no se apartarían de la neutralidad declarada; pero que si uno o más Estados europeos se separaban de este camino, el cambio de circunstancias necesitaría consideraciones de parte del gobierno americano, cuyo resultado le era imposible predecir.

El día 5 de noviembre, de regreso el Presidente, Adams le dió cuenta de la entrevista y de las manifestaciones que había hecho, y aquél no sólo las aprobó, sino que le expuso que así se lo hiciera saber al diplomático ruso; cumpliéndose esto en una entrevista que tuvo efecto tres días después.

Pero no terminó con eso este asunto. Se continuó tratando del mismo en el Gabinete, y el 25 del propio mes se redactó una declaración, dos días después leída por Adams a Tuyl, concebida así:

Los Estados Unidos ni su Gobierno pueden ver con indiferencia que ninguna nación europea, no siendo la propia España, trate de restablecer, ya el dominio de ésta sobre sus colonias emancipadas, ya de fundar monarquías en dichas colonias, ya de adquirir alguna de las que aún se encuentran bajo el dominio de España.

Bueno es hacer constar, para la mejor inteligencia de esta declaración, que uno de los proyectos que acariciaba la Santa Alianza era el de establecer monarquías en América.

Se ve, pues, por lo expuesto, que desde el mes de julio del año 1823 la Cancillería norteamericana había levantado, frente a las ambiciones de Europa, el principio de la "no colonización", y que en noviembre de ese mismo año había levantado, también frente a la ingerencia que pudieran adoptar las naciones del Viejo Continente en los asuntos americanos, el principio de la "no intervención".

Estos principios, que no son otra cosa que una enunciación de la doctrina de "las dos esferas", fueron repetidos por el Presidente Monroe en su Mensaje al Congreso, de 2 de diciembre del citado año. Desde entonces se conocen las ideas expuestas en ese documento, con el nombre de "Doctrina de Monroe".

El principio de la "no colonización" está expuesto así:

En las discusiones a que han dado origen estos intereses, y en los arreglos que deben terminarlas, he creído llegada la ocasión de afirmar, como un principio en que están envueltos los derechos e intereses de los Estados Unidos, que los continentes americanos, por la libre e independiente condición que han asumido y mantienen, no deberán considerarse en lo adelante sujetos a futuras colonizaciones por las potencias europeas (_are henseforth not to be considered as subjects of future colonization by any European powers_).

Y a su vez se refirió al principio de la "no intervención" en los términos siguientes:

Respecto de los acontecimientos en esa parte del Globo, con que tenemos tantas relaciones y de donde derivamos nuestro origen, hemos sido siempre interesados y ansiosos espectadores. Los ciudadanos de los Estados Unidos alimentan los sentimientos más amigables en favor de la libertad y felicidad de sus prójimos en aquella parte del Atlántico. Jamás hemos tomado parte en las guerras de las potencias europeas, sobre los asuntos que a ellas tocan: ni nuestra política permite hacerlo. Unicamente cuando nuestros derechos son invadidos o seriamente amenazados, nos resentimos por la injuria o nos preparamos a la defensa.

Estamos, por necesidad, más inmediatamente relacionados con los movimientos en este hemisferio, por causas fáciles de comprender a todas las personas ilustradas y a los observadores imparciales. El sistema político de las potencias aliadas es esencialmente distinto, en este respecto, del de América. La diferencia procede de la que existe entre los respectivos gobiernos. Nuestra nación está interesada y decidida a defender el propio hogar, que ha sido construído a expensas de tanto tesoro y de tanta sangre y acrecentado por la sabiduría de los más inteligentes ciudadanos, y en el cual hemos disfrutado de una felicidad envidiable.

Cumple por consiguiente a la ingenuidad y a las amigables relaciones existentes entre los Estados Unidos y aquellas potencias, el deber de declarar: que consideraríamos cualquier tentativa por su parte, de extender su sistema a cualquier porción de este hemisferio, como peligrosa para nuestra paz y seguridad. Nosotros no hemos intervenido ni intervendremos en las colonias o dependencias existentes de ninguna potencia europea. Pero respecto de los gobiernos que han declarado y mantenido su independencia, que hemos reconocido, apoyados en grandes consideraciones y justos principios, veríamos cualquier intervención con el propósito de oprimirlas o disponer en cualquiera otra forma de sus destinos, por cualquier potencia europea, como la señal de una no amigable (_unfriendly_) disposición hacia los Estados Unidos.

En la guerra entre aquellos nuevos gobiernos y España declaramos nuestra neutralidad al tiempo de su reconocimiento, que hemos observado y observaremos, con tal que no ocurra cambio alguno que, a juicio de competentes autoridades o de este Gobierno, amerite, por parte de los Estados Unidos, un cambio correspondiente a indispensable a su seguridad.

Los últimos acontecimientos en España y Portugal demuestran que la Europa está todavía perturbada (_unsettled_). La mejor prueba que puede producirse respecto de ese importante hecho, es que las potencias aliadas han creído conveniente y satisfactorio para ellas la intervención por la fuerza en los asuntos interiores de España. Hasta qué punto pueda llevarse tal intervención, bajo los mismos principios, es cuestión en que están interesadas todas las naciones independientes cuyos gobiernos difieran de los suyos, incluso las más remotas, y de seguro ninguna con mayor motivo que los Estados Unidos.

Nuestra política respecto de Europa, adoptada desde el comienzo de las guerras que han agitado por largo tiempo aquella parte del Globo, permaneció siempre igual en el hecho de no intervenir en los asuntos interiores de aquellos Estados; considerar el gobierno de facto como legítimo; cultivar con él relaciones amigables y conservarlas con franca, firme y varonil política; aceptar siempre las justas reclamaciones de todas las potencias; y no someternos a las injurias de ninguna de ellas.

Pero respecto de estos continentes, las circunstancias son enteramente distintas. Es imposible que las potencias aliadas puedan extender su sistema político a cualquiera porción de este hemisferio, sin peligro para nuestra paz y felicidad, ni nadie puede creer que nuestros hermanos del Sud, si se les dejase solos, lo consintiesen de buen grado. Es igualmente imposible, por lo tanto, que nosotros mirásemos con indiferencia tal intervención, en cualquier forma que ocurriese.

Si comparamos las fuerzas y los recursos de España con los de aquellos gobiernos, y la distancia que los separa, es claro que la primera nunca podrá subyugar a los segundos.

Es también política de los Estados Unidos la de dejar las partes entenderse entre sí, en la esperanza de que las otras potencias adopten el mismo principio.

Repetimos lo que antes dijimos. No se expuso en el Mensaje ninguna idea nueva. Eran las mismas consignadas con ocasión de los dos incidentes con el Gobierno de Rusia.

Está fuera de discusión que el verdadero autor de la doctrina en cuestión fué Adams, no sólo porque fué concebida por el criterio de éste, sino porque fué él quien redactó los párrafos que se acaban de transcribir.

Cuando en Europa se conoció el Mensaje de Monroe, produjo un efecto sorprendente. A todos causó verdadero asombro que una nación que había surgido hacía poco, que no contaba más que con diez millones de habitantes, se atreviera a encararse, por así decirlo, de una manera tan atrevida, con las viejas monarquías europeas. Las declaraciones formuladas con este motivo por el Príncipe de Metternich, por Von Gent, por Chateaubriand, por los más insignes estadistas europeos, denotan que el Mensaje les había producido la sorpresa que ocasiona un acto de arrojo y de valor.

El periódico francés _L'Etoile_ se expresaba así:

Mr. Monroe no es más, después de todo, que el Presidente temporal de una República situada en la costa oriental de la América del Norte. Esa República está situada entre unas posesiones del Rey de España y otras del Rey de Inglaterra, y no hace más que cuarenta años que fué reconocida su independencia. ¿Con qué derecho coloca ahora bajo su control a las dos Américas, desde la bahía de Hudson hasta el Cabo de Hornos?

Al mismo Canning no le agradaron los términos del Mensaje.

Probablemente--le decía a Rush en 2 de enero de 1824--la Gran Bretaña se verá en el caso de tener que combatir el principio de la no colonización.

Pero, a pesar de todos esos comentarios, el Mensaje produjo el efecto que se buscaba; pues aunque Francia le había dado la seguridad a la Gran Bretaña de que no ayudaría a España en la Empresa de someter a las colonias, la actitud de la Santa Alianza, a ese respecto, lejos de ser franca, era aun para inspirar desconfianza en América.

La mejor prueba de que el Mensaje tuvo eficacia, la revela el hecho de que todos los sudamericanos lo recibieron con marcadas señales de regocijo.

Y por lo pronto, Rusia, antes tan amenazadora, transiguió sus diferencias con los Estados Unidos, en cuanto al comercio y la navegación de la zona situada al noroeste del Continente, por un tratado que se apresuró a suscribir en la primavera del año 1824.

III

RELACIÓN DE LOS CASOS EN QUE HA SIDO APLICADA

La doctrina de Monroe ha sido invocada por el gobierno de Washington en casos tan distintos, en circunstancias tan diversas, haciéndose en unos casos afirmaciones positivas y en otros negativas, que nos parece oportuno hacer una clasificación de tales casos en la siguiente forma:

AFIRMACIONES POSITIVAS.

(A).--Los Estados Unidos no consienten que naciones europeas adquieran territorios en América; ni que realicen acto alguno del que se pueda derivar esa adquisición.

(B).--Los Estados Unidos tampoco consienten que una nación europea obligue a otra de América a cambiar su forma de gobierno.

(C).--Los Estados Unidos no toleran que una colonia europea sea transferida por su Metrópoli a otra potencia europea.

AFIRMACIONES NEGATIVAS.

(D).--Los Estados Unidos no hacen materia de pacto los principios que envuelve la "Doctrina de Monroe".

(E).--La "Doctrina de Monroe" no reza con las colonias europeas existentes al ser promulgada; ni se aplica a la lucha de una colonia con su metrópoli.

(F).--Los Estados Unidos no intervienen en las demostraciones puramente punitivas que hagan los gobiernos europeos contra naciones americanas, con tal de que de esos actos no se derive una ocupación de territorio.

(G).--Los Estados Unidos no intervienen en caso de guerra entre naciones americanas.

(H).--Los Estados Unidos no se oponen a que una nación europea sea árbitro en una cuestión entre naciones americanas.

* * * * *

Hecha la anterior clasificación, entremos de lleno en sus diversos apartados. Veamos las afirmaciones positivas.

(A).--"Los Estados Unidos no consienten que las naciones europeas adquieran territorios en América; ni que realicen acto alguno del que se pueda derivar esa adquisición."

(1825). En 25 de marzo de 1825, a la sazón en que John Quincy Adams ocupaba la Presidencia de la República y Henry Clay la Secretaría de Estado, este último hubo de dirigir una comunicación a Joel R. Poinsett, Ministro en Méjico, la que, después de hacer una extensa referencia al famoso mensaje de Monroe, terminaba así:

Los dos principios en cuestión fueron enunciados por la última administración, después de una detenida deliberación. El actual Presidente, que formaba parte de aquella administración, sigue manteniendo dichos principios con el mismo entusiasmo que su antecesor. Entre los deberes que confiamos a usted está el de indicarle al Gobierno de Méjico que mantenga nuestra misma doctrina, si llega la ocasión.

(1835). A principio de este año, un grupo de inmigrantes ingleses, establecidos en el territorio inmediato a la bahía de Honduras, proyectaron convertir dicho territorio en colonia de la Gran Bretaña, e iniciaron sus gestiones enviando un comisionado a Londres. Deseosa la Corte de Saint James, a la que por lo visto no desagradaba el proyecto, de proceder de acuerdo con el Gobierno de Madrid, hizo ir a esta ciudad a dicho comisionado. Alarmado el Gobierno de Centro América se dirigió al de Washington, y en 30 de junio de 1835, Forsit, Secretario de Estado, libró una comunicación a Barry, Ministro en Madrid, la que, después de contener extensos detalles sobre el asunto, terminaba así:

Espero, pues, que usted esté muy al corriente de las gestiones que realice, en Madrid, el Comisionado y que prevendrá, por cuantos medios prudentes estén en sus manos, que se llegue a ningún acuerdo entre los Gobiernos de España y la Gran Bretaña, pues esto, aparte de que sería incompatible con los derechos de la República de Centro América, resultaría altamente perjudicial a los intereses comerciales del mundo entero, incluso a los de la misma España.

(1845). El territorio que actualmente forma el Estado de Tejas, perteneció antes, como es sabido, a la República Mejicana; y una colonia de norteamericanos, que ocupaban su parte oriental, en 1835 se sublevó proclamando la República de Tejas. El Gobierno de esta efímera República pidió que se la admitiera en la Unión, y, tras dilatadas discusiones, en 1845 el Presidente James Knox Polk envió al general Taylor, al frente de un ejército, a ocupar el territorio tejano. Vencedor este ejército contra los mejicanos, este mismo año se verificó la anexión.

Las cancillerías europeas, temerosas del poderío y extensión que iban tomando los Estados Unidos, comenzaron a discurrir sobre la necesidad de extender a América su doctrina de la "Balanza de los Poderes", como medio de impedir ese incremento. El Gobierno de Washington se enteró de esto, y el Presidente Polk, en su mensaje anual del 2 de diciembre de 1845, explicó con diafanidad cuáles eran los derechos de los gobiernos de Europa y cuáles los de los Estados Unidos, frente a los problemas de América.

Se refirió, en primer término, a que de la misma manera que los Estados Unidos no se mezclaban en los asuntos de Europa, a ésta tampoco debían interesarle las cosas de América.

Por eso--decía--el pueblo de los Estados Unidos no puede ver con indiferencia que los Poderes Europeos se mezclen en los actos que realicen las naciones de este Continente. Si un pueblo americano que constituye un estado independiente--añadía--quiere entrar a formar parte de nuestra confederación, esa cuestión sólo a nosotros incumbe y no consentiremos que Europa se mezcle en ella invocando la doctrina de la "Balanza de los Poderes", que no hay razón para que se extienda a este Continente.

Terminaba afirmando que los Estados Unidos estaban decididos a mantener la doctrina del Presidente Monroe.

Como se ve, los principios de Monroe se alegaron ahora en condiciones distintas de las del año 1823. En 1823 las naciones de Europa querían desenvolver en América determinada acción, y los Estados Unidos les salieron al encuentro; y en 1845 fué Europa la que quiso salirle al encuentro a los Estados Unidos por la anexión de Tejas, y entonces la República Norteamericana alegó que, de acuerdo con la "Doctrina de Monroe", ese asunto sólo incumbía a América, nunca a Europa. No se puede afirmar por esto, como lo hacen algunos escritores, que el Presidente Polk realizara la anexión de Tejas invocando la doctrina de Monroe, pues esto no lo proclaman ni los hechos, ni las palabras.

(1846). A fines del año 1845 Francia e Inglaterra realizaron una intervención armada en la Plata, como consecuencia de ciertas diferencias habidas con el Gobierno de la República Argentina. El Gobierno de Washington se dirigió al de Londres para que le explicara el alcance de esa intervención, y éste, según consta de una comunicación que le fué entregada al Ministro de los Estados Unidos en 3 de octubre, le garantizó que dicha intervención no tenía por finalidad adquirir territorios.

En 30 de marzo de 1846, Buchanan expidió un despacho a Harris, Ministro en la Argentina, en el que le decía, con relación a las protestas hechas por el Gobierno de la Gran Bretaña, lo siguiente:

Debe usted velar cuidadosamente los movimientos de Francia e Inglaterra en ese país; y si violan su declaración, si pretenden realizar adquisiciones territoriales, comuníquelo inmediatamente a esta Cancillería.

(1848). El año 1848 estalló en Yucatán un formidable levantamiento de los indios, y las autoridades de dicha península determinaron ofrecerle su dominio al Gobierno de los Estados Unidos. Análogo ofrecimiento se le hizo a los Gobiernos de la Gran Bretaña y España. El Presidente, en un Mensaje especial que dirigió al Congreso en 29 de abril, se expresaba de este asunto en estos términos:

Aunque no es mi propósito recomendar la adopción de ninguna medida que implique la adquisición del dominio y de la soberanía de Yucatán, debo hacer constar, de acuerdo con la política que tenemos adoptada, que no consentiremos que Yucatán pase a poder de España o de Inglaterra, ni al de ninguna otra nación europea... De acuerdo con los términos empleados en el Mensaje del Presidente Monroe, de diciembre de 1823, considero que cualquier intento, por parte de las naciones de Europa, de extender su sistema a cualquier parte de este hemisferio, sería perjudicial a nuestra paz y a nuestra seguridad.

Terminaba con esta declaración:

Las actuales circunstancias son oportunas para declarar, una vez más, mi decidida adhesión a la sabia y juiciosa política proclamada por Mr. Monroe.

Ninguna decisión se llegó a adoptar, pues en mayo de ese mismo año las autoridades yucatecas pudieron conjurar el conflicto.

Por este mismo año, y en ocasión no menos importante, hubo de invocar el Gobierno de Washington la "Doctrina de Monroe". Decíase desde 1846 que el general Flores preparaba desde Europa una expedición con la que iba a atentar contra la soberanía de la República del Ecuador, deseoso de ganar la Presidencia.

En 9 de diciembre de ese año, Stanhope Prevost, cónsul de los Estados Unidos en Lima, había informado a su Gobierno sobre los planes de dicho General. Preocupado Buchanan, Secretario de Estado, por lo que pudiera ocurrir, encargó a los funcionarios de su Gobierno en Europa que investigaran lo que hubiera de cierto en el particular; y como se comprobara que los planes expedicionarios de Flores no ofrecían peligro, así se le hizo saber a Prevost, para que lo pusiera en conocimiento del Presidente del Perú, en un despacho, fechado en 24 de marzo de 1847, en el que además se hizo alusión a que el Gobierno de España había dado la seguridad de que era completamente ajeno a la expedición.

En 13 de mayo de 1848 el propio Buchanan dirigió un despacho a Livingston, Ministro en el Ecuador, en el que después de hacerle una detenida exposición de las gestiones que había practicado la Secretaría de Estado, con relación a la proyectada expedición de Flores, le confiaba el encargo siguiente:

Usted le hará saber al Ministro de Relaciones Exteriores del Ecuador que la intervención o la presión directa o indirecta de los gobiernos europeos en los asuntos de los Estados independientes del Continente Americano, jamás será vista con indiferencia por el Gobierno de los Estados Unidos. Antes al contrario, cuando menos, se pondrá en ejecución nuestra fuerza moral para evitar que se realice esa intervención.