Part 2
Y como no, sin mucha gloria de nuestra España el primer Inquisidor General fue nuestro Ilustrísimo Patriarca Santo Domingo, señalado por Inocencio III año 1216, y de aquí se fue propagando con más autoridad en estos Reinos comenzando por Cataluña y Aragón, como afirma el citado Paramo. _Lib. 2. tit. 2. cap. 8. nu. I_, a instancias del milagroso San Raimundo de Peñafort: así podemos decir que habiendo tenido en España su oriente llegó en ella a lograr de lleno el mediodía de su autoridad, y su gloria, desde que a ruegos de los Serenísimos Reyes Católicos Don Fernando y Doña Isabel, El Sumo Pontífice Sixto IV el año 1483, unió en una cabeza suprema toda la autoridad, que estaba repartida en los Inquisidores particulares de estos Reinos: Formando de todos una como monarquía espiritual de la Fe, en un tribunal tan supremo, que es solo inferior al que de todo el Orbe Cristiano es soberana cabeza. Mas dígase también, que si España ha sido quien con mayor piedad, celo y constancia le ha añadido cultos de la mayor veneración, estimación y respeto, es ella también sin duda quien mejor que otro Reino alguno del mundo, ha logrado en la entereza y pureza de su Fe, los más soberanos fines de la vigilancia, aplicación, actividad, celo y cuidado del Santo Tribunal, o para obviar o para disipar en pareciendo, los errores que como oscuras nubes pudieran ofuscar el claro día de su Católica Romana Fe. Y permítasele a la sinceridad de mi pluma decir aquí sin sospecha de lisonja, que siendo este nobilísimo Reino de Mallorca, el que a ninguno cede, cuando no se adelante a todos, en los más finos esmeros de autorizar con su más calificada nobleza los ejercicios y ministerios de este Tribunal Sagrado, preciándose casi todos de acreditar la nobilísima antigüedad de su sangre, con el blasón de Ministros o Familiares de este Santo Oficio: así, ni más ni menos, ha experimentado felizmente desde sus principios, el más vivo desvelo en atajar los incendios de la perfidia, para que, ya que abrasaban los corazones infames de algunos mal convertidos, no se extendieran ni a uno solo fuera del barrio o parentela de ellos mismos, de que haremos evidencia después.
Y siendo así que en todos los siglos ha dado contínuas demostraciones de esta verdad la experiencia: sin embargo ha querido la Providencia Divina mostrar más claramente singular su Paternal cuidado con esta su tan favorecida porción de la Iglesia, sacando a luz el fuego de la perfidia que bajo las cenizas del más solapado fingimiento hipócrita, se encubría.
Lastimóse este Catolicísimo Reino el año pasado de 1679, de ver que entre tantos ejemplos de virtud y piedad cristiana, tanta frecuencia de Sacramento, tanto sudor de celosísimos Predicadores Evangélicos y Apostólicos de todas las Religiones Sagradas, tantos ministerios de oración fervorosa, tan multiplicadas, repetidas y continuas explicaciones de la Doctrina de Cristo (en todo lo cual no tiene que ceder esta Nobilísima Ciudad a otra alguna de la Iglesia) hubiera podido mantenerse, y avivarse la proterva obstinación del judaismo en los corazones de más de doscientos y doce Reos que en cuatro juicios, o Autos, abjurada su perfidia, se reconciliaron con la Iglesia los días 16, 23 y 30 de Abril y 3 de Mayo del dicho año 1679. Y para mayor admiración debe ponderarse, que los años anteriores a éste se habían celebrado en esta ciudad dos Autos Generales, el uno a 2 de Abril de 1645, y el otro más vecino a 13 de Enero de 1675, sacando en el primero quince penitentes por varios crímenes, con cuatro más, relajados en estátua; y en el postrero veinte y cuatro reos, con otros seis en estátua, uno relajado en persona, quemado vivo por obstinado y pertinaz; sin embargo, ni en uno ni en otro Auto salió más que un judío, y este forastero, matritense, que fue el que murió en las llamas; siendo así que de los doscientos y doce que se reconciliaron el año 1679, los más, si no todos, como después confesaron ellos propios, eran ya muy de atrás judaizantes. Para que se repare, cuan hipócritamente sabe solaparse el judaismo en tales hombres, siendo ellos los que más frecuentaban las Fiestas, Sermones y aun Sacramentos, sin dar lugar a la piedad inocente de los fieles a formar juicio de su malicia, tan rebozada con capa de aparente virtud.
Y así mismo se vea cuan ciegamente proceden en su caduca ley; pues es cierto que ni ella ni otra alguna que sea razonable, podía permitirles ni aun por la vida cuanto menos por el vil interés de sus riquezas, que se ejercitaran en tantas acciones exteriormente potestativas de la fe contraria, ni se emplearan en tantas operaciones que en su falsa creencia habían de juzgar por idolatrías manifiestas. Pero así se convence cuan engañados del demonio vivían, ni profesando el cristianismo por no haber de abrazar en su interior y más sagrado la perfección de su ley, ni aun el judaismo más que por una vil pasión, tesón ciego y soberbio o presunción obstinada de sus depravadas inclinaciones, y no por verdadero deseo de salvarse, como necia y soberbiamente se jactaban. Pues en la forma de vivir que llevaban, aun siendo viva y no fenecida, como ya es, la ley de Moisés, no les pudiera salvar, con que siendo malos católicos ni aun eran buenos judíos. Argumento a que nunca ví que supiesen o pudiesen satisfacer en las audiencias que delante Graves Calificadores se dieron a los que entre ellos querían presumir de Rabinos. Mas Dios que los había destinado en sacrificios de su justicia, los dejó obstinar en su protervia, cerrándoles los ojos para que viendo no viesen, y viéramos cumplido lo que tanto antes profetizó Isaías y se los aplicó y reveló Nuestro Señor Jesucristo, por San Juan, _cap. 12. v. 40 Eccaecavit oculos corum, ut videat oculis & non intelligant corde & convertanteur & sanem cos. Hec dixit Isaías cap. 6. 9_.
Pero mal puede a la larga dejar de manifestarse el fuego por hondo que se haga: o en las lenguas de las llamas, o del humo, o del ardor, o del olor, él se publica; ni todo lo ha de aguardar Dios para el día del juicio universal de todo el mundo. Disimula, calla, sufre, espera, avisa, amonesta, amenaza, llama, aconseja, aterra, y cuando nada basta descarga el golpe y castiga, tanto con más rigor de justicia la pertinaz rebeldía cuanto con más dilatado sufrimiento la toleró más benigno. _Nam, quoe diú ut convertantur tolerat, non conversos durius condemnat._ Greg. hom. 13 in Evan. Y en fin, al más ocultado delito sucede de ordinario la más infame publicidad del castigo: _Ocultam culpam sequitur aperta percussio_. Cassian, super Psal. _Deixit insipiens._
Quiso pues Dios, cuando quiso, que por medio de una inocencia inculpable, se cogiera el cabo del ovillo, por cuyo medio se empezó a correr el año 1678 o poco antes, con el necesario secreto, por las intrincadas minas de tan ciego laberinto, tropezando a cada paso, como en más sendas, más reos. Entendiéronse las contracifras con que se hablaban y entendían aún delante de los católicos: descubriéronse los disimulos con que se disfrazaban las vanas observancias de la Ley vieja. Súpose el huerto donde si no prendían a Cristo, le vendían teniendo en él, como en su Sinagoga, con varios pretextos sus juntas, y en fin se hallaron, prendieron y castigaron con la benignidad que acostumbra la Iglesia, aquellas más de doscientas personas sobredichas, reas de judaismo, con más o menos gravedad, a que se proporcionó su castigo.
No se habían cumplido los nueve años desde dicha conciliación que se celebró el de 1679, cuando por alta Providencia Divina comenzó a rasgarse otra vez el velo de la hipocresía y descubrirse la reconcentrada abominación de la obstinación depravada. Veían estos hombres la poca o ninguna seguridad de sus vidas si se mantenían en este Reino donde no solo les acusaba la virtud agena, y los hacía temblar la vara del Santo Oficio que miraban sobre sí toda ojos de celo y de vigilancia; pero les tenía en contínuos sustos la formidable reprensión de su mala conciencia, y por no querer dar en el verdadero y solo seguro camino de la virtud y la fe, iban tentando y tropezando en todos los precipitados caminos de su ruína. Temían de sus propias sombras, recelábanse de sí propios, y como el impío huye sin que le persiga nadie: _fugit impius nemine persecuente_. Prov. 28. I. Así estos míseros, por huir de su conciencia que contínua e importuna los acusaba y acosaba, quisieron hacer fuga del Reino, esperando hallar en países libres la quietud que en éste no hallaban, sin quererse dar por entendidos de que adonde quiera que fuesen se llevarían a sí mismos. Sucedió que se prendieron tres o cuatro, y entre esperanzas y miedos, remordimientos, y sobresaltos, fluctuaban los otros indecisos sobre qué harían? No les fuera tan difícil librarse a los hombres solos, mas el amor a sus mujeres o hijas que habían hecho cómplices de su relapsia no les dejó sosegar en este pensamiento. En fin, un día juntos, como solían, los más en casa de una mujer vieja, que era como su Profetiza, llamada Margarita Martí, viuda de Miguel Tarongí, dicho de la Volta, tomaron resolución de hacer la fuga con sus mujeres en la primera ocasión que se ofreciera, aunque fuese con riesgo de perderse.
Mas Dios que lo ve todo, quiso declararles en breve con bien singular demostración, lo mucho que se ofendía, así de sus intentos como de sus consultas. Pues aquella misma noche, y poco después que se fueron, se hundió la casa de dicha Margarita, y el peso de las ruínas y más el de su culpa, la llevó a hundirse y ahogarse infelizmente en un algibe grande de aceite que por acá usan, aunque estaba bien cubierto y cerrado por arriba. Los acasos son para los hombres y ninguno lo es para la Providencia Divina. Mas aun que no todo es misterio, todo es acuerdo, y quiso Dios en este fracaso piadosamente amoroso advertirles cuan cerca habían estado de su ruína, los que no la merecían quizá menos que la que la padeció. Quería Dios que aquella fatalidad impensada les sirviera de escarmiento, como la de la Torre de Siloe, cuyas voces pavorosas del estruendo explicó la Magestad de JESUS, que decían: escarmentad en los diez y ocho que sepultó en sus ruínas la torre porque si no enmendais vuestras vidas, pereceréis todos así: _Nisi poenitentiam habueritis omnes similiter peribitis; sicut illi decem, & octo, super quos cecidit turris in Siloe_ Luc. 13. 4. Ni fue quizá sin misterio el morir aquella mujer anegada en óleo, símbolo de la clemencia, pues si al un cómplice la misericordia le mata, ¿qué no le queda al otro que temer de la Justicia? Y si una balsa de aceite sabe hacerse tempestad para anegar a un delincuente en tierra firme, ¿qué tormentas de vengadoras olas no le han de sepultar en el mar airado al cómplice del delito?
Mas la necedad endurecida no se entiende con las voces del amor piadoso, sino solo con las del dolor pungente; ni sabe abrir los ojos a la luz del relámpago que amenaza sino solo a la del rayo que hiere; torpe al amago preservativo, y solo sensible y despierto al golpe ya sin remedio: _Malo accepto stultus sapit_. Senec. y mientras no se duele, ni le duele ni se enmienda. Así estos míseros, habiendo de sacar de esta fatalidad escarmientos, sacaron prisas para ejecutar su fuga premeditada, alentándoles Rafael Valls, que lo pagó después vivo en las llamas, y pagará para siempre en el infierno, con asegurarles que les había Dios de enviar un Angel, como a los niños del horno de Babilonia, y librarles, como a ellos, de las llamas; pues creían en el mismo Dios y se exponían a igual peligro por no querer adorar otro Dios: _Misit Angelum suum se eruit servos suos, qui crediderunt in eum &. Et tradiderunt corpora sua, ne servirent, & ne adorarent omnem Deum, excepto Deo suo_. Daniel 3. 95. y hallando aprestado un navío inglés, y concertado el viaje y pagado el flete, blasonaba soberbio que ya les había oído Dios, atribuyendo blasfemo a su bondad lo que solo era solicitud del Demonio que por aquel medio del Patrón hereje ayudaba a sus depravados intentos para llevarlos al golfo de su desdicha perpetua. Permitióle Dios que se embarcaran, mas como sabe conducir al profeta Jonás a Nínive, por el camino de Tarsis, por más que opuesto, así supo desde la nave conducirlos a éstos a la prisión. Había estado tranquilo el mar por muchos días, y apenas pusieron el pié en la nave cuando se cerró el cielo, bramaron contrarios los vientos, y no pudiendo sufrir aquel elemento el peso de tantas culpas se alborotó a toda furia, oponiéndose a sus destinos hasta sacudir la carga de encima de sus espaldas. Arrojóles la nave y como para Jonás fugitivo estuvo prevenida la cárcel del buque de la ballena, que a su pesar le condujo al término del destino de Dios, así en nuestro caso recibieron las cárceles del Santo Oficio a los que escupió la Nave, el mar y sus olas.
Bien pudiera Dios rigurosamente piadoso dejarles apartar de estos mares y sepultarles después en golfos de agua para eternizar su muerte en las llamas que merecían. Mas los adorables juicios de la Providencia Divina, aunque siempre inescrutables a la mayor perspicacia, también a veces se nos dan a venerar dejándose traslucir en la benignidad de sus efectos. Y a la verdad del devoto y católico modo de morir de casi todos, como después veremos, juzgo se puede piadosamente creer que el embarazarles la fuga fue efecto de la predestinación eterna, que quiso librarles de perderse en el agua para que pereciendo en las llamas se lograran para siempre. Dejándolos ir les dejaba perecer en su perfidia; prendiéndoles en las cárceles les dió tiempo, oportunidad y luz para conocer sus delitos y llorar arrepentidos su pecado, y en todo caso así justificó Dios en los unos su causa, y lució en los otros su clemencia. Ni faltó entre ellos quien reconoció esta verdad, improperando al vano profeta Valls, la estólida vanidad de su esperanza, infiriendo de ahí la locura de su error en pensar que era del gusto de Dios su falsa creencia, pues en vez de un Angel que los librara les había enviado un Alguacil que los prendiera. Argumento, que me dijo un confidente suyo le había confesado el propio Valls, que le apretaba no poco y que le había tenido desvelado toda una noche. Pero había el triste jurado de pertinaz y obstinándose en cerrar los ojos a todas las luces de la misericordia de Dios y de su gracia, sin querer reconocer que era Angel de Dios el que le quitó la libertad para perderse, y le prendía en el cuerpo para ponerle en la verdadera libertad de hijo de Dios, si se hubiera querido valer, como se debe esperar de muchos cómplices suyos. Desde entonces comenzaron a correr con suma aplicación y no menor fatiga las causas de tantos reos, siendo preciso alargarse todos los días lo menos a siete horas de tribunal, sin vacar más que los de precepto, en casi todos los tres años de esta complicidad.
Formaban a esta sazón el Sagrado Tribunal de esta Inquisición de Mallorca:
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. José Hualte, Catedrático propietario de Digesto viejo en la Universidad de Huesca, Fiscal e Inquisidor más antiguo que fue en el Santo Oficio de la Inquisición de Cerdeña, y aquí Inquisidor Apostólico más antiguo.
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. Pedro Guerrero de Bolaños, Abogado de los Reales Consejos de Castilla; Fiscal e Inquisidor Apostólico de este Tribunal.
El Muy Ilustre Señor Licenciado D. Santiago Hidalgo, Abogado de los Reales Consejos, Fiscal de esta Inquisición.
Juez Ordinario por el Ilustrísimo y Rmo. Sr. Arzobispo, Obispo de esta ciudad, primero el Rmo. Padre Maestro Fray Pedro Roig de la Religión de Sto. Domingo, Calificador del Santo Oficio y Examinador Sinodal, y por su muerte el Reverendísimo P. Maestro Fr. Sebastián Guaite, de la Orden de San Francisco de Paula; Exprovincial una y otra vez de su Religión; Calificador el más antiguo; Examinador Sinodal continuado de muchos Señores Obispos; Lector jubilado y Maestro en Sagrada Teología.
Juez de Bienes confiscados por Su Magestad, el Doctor Juan Bautista Danús, Ciudadano militar.
Don Gaspar de Puig de Orfila y Dameto, Alguacil Mayor.
Don Leonardo Zaforteza y Sureda de San Martín, Receptor.
Don Manuel Ximénez de Sotomayor, Secretario del Secreto.
El Doctor Sebastián Ferragut, Catedrático de Teología en esta Universidad, Secretario del Secreto.
Jaime Fábregas y Rex, Secretario del Secreto.
Don Diego Embid de Moros, Secretario del Rey Nuestro Señor en el Supremo Consejo de Aragón y del Secreto de esta Inquisición, que lo fue de la del Reino de Cerdeña.
Don Juan de la Puebla Moreno, Oficial Mayor que fue de la Secretaría de Cámara del Excmo. Sr. Obispo Inquisidor General; Secretario interino del Secreto de la Inquisición de Corte y propietario del Reino de Murcia, que al presente es Secretario del Secreto en esta de Mallorca.
Don Juan Odón Desclapez y Puig de Orfila, Contador.
El Doctor Bernardino Bauzá, Caballero Abogado del Fisco.
Domingo Ferragut, Notario de Secuestros.
Don Marcos Antonio Cotoner y Sureda, Capitán de la Familia.
Don Ramón Brondo, Caballero del Hábito de Calatrava, Almirante de la Mar.
Don Francisco Desbrull y Font de Roqueta, del Hábito de Calatrava, Depositario de Pretendientes.
Don Gabriel Fuster, Depositario de la Curia Civil.
Jaime Mas, Alcaide de las Cárceles Secretas.
Miguel Seguí, Notario y Nuncio del Secreto.
Gabriel Guasp, Portero del Secreto.
Nicolau Rubert, Notario, Procurador del Fisco.
Martín Seguí, Notario, Escribano Mayor de la Curia Civil y del Juzgado de bienes confiscados.
Con la actividad celosa, e incesante aplicación a tan fatigosas tareas, sin dejar de acudir a otros muchos importunos incidentes, que forzosamente ocupaban si no divertían, llegaron a tener ochenta y ocho causas de Fe concluídas, votadas, consultadas y despachadas para la ejecución, en tres años, sin otras muchas, que es verosímil, que por falta de probanzas no saldrían. Y así para los siete de Marzo del año corriente de 1691, día del gloriosísimo Dr. de la Iglesia y Defensor de la Fe, Sto. Tomás de Aquino, y día en que tres años antes había sido la prisión de los embarcados, se mandaron levantar tablados, en la capacísima Iglesia de los Religiosísimos Padres de Sto. Domingo: uno a la parte de la Epístola en igual plano de la peaña del Altar, que se había revelado sobre el pavimento de la Iglesia nueve gradas, y en este tablado adornado ostentosamente estuvieron bajo dosel carmesí con magestad de Tribunal, los Señores Inquisidores comenzando por la parte de arriba el más antiguo. En frente de éste, a la parte del Evangelio, sobre la misma línea de pavimento se levantaban como aparador, ocho gradas de maderaje desnudo hasta rematarse en la pared para asiento de los reos, con proporcionado soslayo que los exponía al registro y curiosidad de casi toda la iglesia. De esta parte se desprendía un corredor con barandado basto, que era la calleja de amargura por donde se habían de conducir los Reos a oir sus sentencias en una como jaula bolada, hacia el frente del Altar, en proporcionada distancia. A uno y otro lado se habían hecho otros tablados más bajos, que esplayándose en las Capillas colaterales, salían a ocupar casi todo el espacio que corre entre las espaldas del Coro bajo, y las Capillas. El primero y segundo de la parte del Evangelio se celaban con celosías para embozo respetuoso de la autoridad del Ilustrísimo Sr. Marqués de la Casta, Virrey y Capitán General de este Reino, y los Muy Ilustres Señores Jurados, el Sr. Marqués del Belpuche D. Alberto Dameto y Español, Antonio Custurer y Garriga, D. Juan Bautista Bordils y Truyols, Ciudadanos militares; Francisco Cañellas, Pedro Andrés Campos, Mercaderes, y Joaquín Bassa, Cirujano, que con otros personajes de la Ciudad, ocupaban el primero; autorizando el segundo el Muy Ilustre Cabildo de esta Catedral. En los de enfrente se lucía la Nobleza Mallorquina en las más principales Señoras que los ocupaban. Todo el Templo estaba magestuosamente adornado con ricas colgaduras de damasco y terciopelo carmesí, y atestado todo de lo más lucido y grave de la Ciudad, sin haber tribuna, coro, ni sobrecoro que no estuviera lleno, ocupando autorizadamente la primera tribuna de la Epístola el Ilustrísimo y Reverendísimo Sr. D. Pedro de Alagón, Arzobispo Obispo de Mallorca.
Llegado pues el dicho día siete de Marzo fueron conducidos de muchos Familiares por entre innumerable gentío de todo sexo, estado y edad, desde la Inquisición hasta el dicho Templo de Sto. Domingo, veinte y cinco reos, cerrando la procesión los Muy Ilustres Señores Inquisidores asistidos de una gravísima comitiva de Reverendísimos Calificadores y Familiares Nobilísimos, que habiendo tomado todos lugar en sus puestos, y comenzada la Misa según costumbre, se pasó a leer las sentencias a los Reos que son los siguientes:
REOS RECONCILIADOS EN FORMA CON abjuración formal: en el Auto primero de 7 de Marzo 1691
1. Gabriel Cortés, Soltero, hijo de Rafael Cortés, difunto, y de Isabel Cortés, alias la Moianeta, mercader de oficio, natural y vecino de esta Ciudad, de edad de veinte y un año, preso por delito de judaismo. Salió al Auto en forma de penitente con su sambenito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores y fue reconciliado en forma, advertido gravemente, reprendido y conminado, condenado a cárcel y hábito por un año, y en confiscación de bienes.
2. Jerónima Pomar, mujer de Pedro Juan Miró, mercante de oficio, natural y vecina de esta Ciudad, de edad de cincuenta y nueve años, presa por delito de judaismo. Salió al Auto en forma de penitente con su sambenito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores, fue reconciliada en forma, advertida, reprendida y conminada, con condenación de cárcel y hábito por un año, y confiscación de bienes.
3. Francisco Valls, Soltero, hijo de Rafael Valls mayor y de Isabel Bonnin, su mujer, natural y vecino de esta ciudad, botiguero de oficio, de edad de veinte y cuatro años, preso por delito de judaismo. Salió al Auto en forma de penitente, con sambenito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos, abjuró formalmente sus errores; fue reconciliado en forma, advertido, reprendido y conminado, con condenación de cárcel y hábito por dos años.
4. Miguel Valls, Soltero, hijo del sobredicho Rafael Valls, mayor, y de Isabel Bonnin, su mujer, natural y vecino de esta Ciudad, mercante de oficio, de edad de veinte y un años, preso por judaizante. Salió en forma de penitente con sambenito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores, fue reconciliado en forma, advertido, reprendido y conminado, y condenado a hábito y cárcel por dos años, y confiscación de sus bienes.
5. Rafael Joaquín Valls, hermano de estos dos últimos, natural y vecino de esta Ciudad, de edad de veinte y ocho años, preso por delito de judaismo. Salió en forma de penitente, con sambenito de dos aspas, soga de esparto al pescuezo y vela verde en las manos. Leyósele su sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores, fue reconciliado en forma, advertido, reprendido y conminado; condenado a hábito y cárcel perpétua irremisible, doscientos azotes y siete años de Galeras, y que pasados éstos reasuma el hábito y carcelería con confiscación de sus bienes.
6. Francisca Cortés, Doncella, hija de Agustín Cortés de Rafael, alias Bruguea, mercante de oficio y de Isabel Terongí su mujer, natural y vecina de esta Ciudad, de edad de diez y ocho años, presa por judaizante. Salió en forma de penitente con sambenito de dos aspas y vela verde en las manos. Leyósele la sentencia con méritos; abjuró formalmente sus errores y fue reconciliada en forma, advertida, reprendida y conminada, y condenada a un año de hábito y cárcel y confiscación de bienes.