Part 10
2. Mas se le admiten en C.ta las quarenta y dos libras y diez Sueldos del num. 2. del Cargo que no estan recaudadas á causa de que la Vniverzidad de este Reyno va atrassada mas de quatro años en la paga de los Corridos de los Censos impuestos sobre los derechos Nuebos por la poca contratacion que ay y ha havido desde que se rompieron las pazes entre las dos Coronas de España y Francia. . . . . . . . . . 42 [su] 10 [li].
3. Mas se le admiten en C.ta las Cien libras del num. 3. del Cargo por quanto son el propio de quatro libras, y diez Sueldos de Censo que estan en ser. . . . . . . . . . 100 [su] [li].
4. Mas se le admiten en C.ta las nuebe libras del num. 4. del Cargo por no estar recaudadas por las mesmas razones contenidas en la partida del num. 2. de esta Datta. . . . . . . . . . 9 [su] [li].
5. Mas se le admiten en C.ta Cinquenta y Cinco libras vn Sueldo y ocho mrs. de num. de las ducientas y Cinquenta y Cinco libras onse Sueldos y ocho mrs. del num. 5. del Cargo por no estar recaudadas mas que ducientas libras y diez Sueldos á causa de que la referida cantidad proviene de Corridos de Censos impuestos sobre los derechos Nuebos de la Vniverzidad, la qual va mas de quatro años atrassada en la paga de los Corridos de dichos Censos por las razones contenidas en la partida del num. 2. de esta Datta. . . . . . . . . . 55 [li] 1 [su] 8.
6. Mas y finalmente se le admiten la Datta, Cinco libras y tres mrs. por la exacción, de ducientas libras y diez Sueldos cobradas por dicho Receptor, y Corridos de Censos sobre la Vniverzidad Contada la Exacción á razon de dos libras, y diez Sueldos por Ciento en la Conformidad que se mandó por decreto del Tribunal de 19. de Octubre de 1678. . . . . . . . . . 5 [li] [su] 3.
Sumario de las Colunas de este Vnico Pliego de esta Datta del Seq.º y Confisc.on de Thereza Cortes V.ª relaxada.
=Pliego Vnico.=--500 [li] [su] 206 [li] 11 [su] 8 5 [li] [su] 3 0 [li] [su] ------------------------------------- 711 [li] 11 [su] 11 ------------------------------------- =Cargo= --907 [li] 1 [su] 8 =Datta= --711 [li] 11 [su] 11 ------------------------------------- =Alcanze= --193 [li] 9 [su] 9 ------------------------------------- =Prueba= --907 [li] 1 [su] 8 -------------------------------------
Por manera q. Suma e importa la Datta contenida en el unico pliego juntamente con las Resultas del Descargo del Sequestro y Confiscacion de Thereza Cortes V.ª de Honofre Aguilo Relaxada que fue por esta Inqq.n de Mallorca en la Complicidad de Judaismo que se sussito en el año passado de _1688_ Sietecientas y Onse libras, onse sueldos y onse mrs. las quales admite en Datta y descargo el S.r D.n Pedro Juan Vaquer p.ro que hase Officio de Contador al S.r D.n Leonardo Çafortesa Receptor de esta Inqq.on, las quales dhas. Sietecientas y Onse libras tresientas y cinco libras Onse sueldos y Onse mrs. restadas con las nuebecientas y siete libras Vn sueldo y Ocho mrs. del Vnico pliego del Cargo q. resulta Alcansa Ciento, y noventa y sincho libras nuebe Sueldos y nuebe mrs. quedando por hasienda del fisco las partidas dadas y admitidas en Resulta; delas quales dhas. Ciento y noventa y sincho libras nuebe Sueldos y nuebe mrs. el dho. S.r D.n Leonardo Çafortesa se dió por alcansado; y obligo todos sus bienes ala paga y satisfaccion destas; y lo firma dho. S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que hase Officio de Contador, y dho. S.r D.n Leonardo Çafortesa Receptor por ante mi Domingo Ferregut nott.º de sequestros de dha. Inquisicion de Mallorca en dha. Inqq.on a veinte y dos dias del mes de Agosto d. 1695 años presentes por testigos Fran.co Mesquida y Juan Arbona naturales y vesinos de esta Ciudad á quien yo el dho. nott.º doy fee Conosco
D.n Leonardo Çaforteça D.n Pedro Juan Vaquer p.ro Dasso ante mi Domingo Ferregut.
* * * * *
Cargo
Delas Segundas quentas del Sequestro y confisc.on de Thereza Cortes relaxada Viuda de Honofre Aguilo.==
Contador
El D.r Pedro Juan Vaquer presb.º Abogado de presos de fee del S.to Officio de la Inqq.on de Mallorca.
Pliego primero del Cargo
Quenta del Cargo del Sequestro de confiscazion de Thereza Cortes Viuda, de Honofre Aguilo de Pedro relaxada que fue por el S.to Officio de la Inqq.on de Mallorca en la Complizidad de Judaismo que fue sucitada en el año de _1688_. Comprehende los años de _1691-1692_ y _1693_.
* * * * *
Cargo al Receptor
Censos sobre los derechos nuebos d. la Univerzidad
1. Primeramente se le Cargan al dicho Receptor quinientas libras por el propio de veinte y vna libras y Cinco Sueldos de Censo al fuero de quatro libras, y Cinco Sueldos por Ciento que en _26_ de Mayo hase dicha Vniverzidad C.ta de las q.tas passadas n.º 2. . . . . . . . . . 500 [li] [su].
2. Mas se le Cargan quarenta y dos libras y diez Sueldos por los Corridos de dho. Censo de los años de 1692 y 1693, havida Consideracion de que este Censo fue Cedido al dho. Receptor por Raphael y Miguel Aguilons hijos de dicha relaxada en _22._ de Diziembre del año de 1691. dia en que se firmo el auto de transaccion por ante Nicolas Rubert nott.º. . . . . . . . . . 42 [li] 10 [su].
3. Mas se le Cargan Cien libras por el propio de quatro libras y diez Sueldos d. Censo que en _20._ de Septiembre haze dicha Vniverz.d C.ta n.º 3. . . . . . . . . . 100 [li] [su].
4. Mas se le Cargan nuebe libras que debe dicha Vniverzidad por los Corridos de dicho Censo de los años de _1692_ y _1693_ havida Consideracion de que fue este Censo Cedido al Receptor por Miguel y Raphael Aguilons hijos de la dicha relaxada en _22._ de Diciembre del año de _1691._ por ante dicho Rubert nott.º. . . . . . . . . . 9 [li] [su].
5. Mas se le Cargan ducientas y Cinquenta y Cinco libras onze Sueldos y ocho mrs. que debe dicha Vniverzidad, esto es ochenta y Cinco libras por los Corridos de los años 1688-1689-1690 y 1691. de Veinte y vna libras y Cinco Sueldos de Censo de _21_ de Mayo impuestas sobre los derechos nuebos==48 [li] [su] por los Corridos de los años de 1688-1689-1690 y 1691. de quatro libras y diez Sueldos d. Censo que en 20. de Septiembre haze dicha Vniverzidad sobre dichos derechos nuebos.==Y 152 [li] 11 [su] 8. á quenta de los Corridos de los años de 1689-1690 y 1691. de 61 [li] 12 [su] 6. de Censo que en _24_ de Febrero haze dicha Vniverzidad impuestas sobre dichos derechos nuebos; las quales dichas 255 [li] 11 [su] 8. Cedieron al dicho Receptor contra dha. Univerzidad por el Cumplimiento de 561 [li] [su] que huvieron de pagar los dhos. Miguel y Raphael Aguilons hijos de la dicha relaxada, por los Corridos de las 150 [li] [su] d. reddito de Censo que Honofre Aguilo su marido le mando en su Testamento, segun mas largamente parece del auto de transaccion que fue otorgado por ante Nicolas Ruber Nott.º en 22. d. Diz.e de 1691. C.ta núm. 4.. . . . . . . . . . 255 [li] 11 [su] 8.
Sumario de las Colunas del Vnico Pliego de este Cargo del Seq.º y Conf.on de Thereza Cortes V.ª Relaxada.
=Pliego Vnico.=--500 [li] [su] 151 [li] 10 [su] 255 [li] 11 [su] 8 0 [li] [su] ----------------------------------- 907 [li] 1 [su] 8 -----------------------------------
Por manera que Suman e importan las sinco partidas Contenidas en el Vnico pliego de este Cargo del Sequestro y Confiscasion de Thereza Cortes V.ª de Honofre Aguilo relajada que fue por esta Inqq.on de Mallorca en la Complisidad de Judaismo, que se susito en el año passado de _1688_. Nueuecientas y siete libras vn Sueldo y ocho marauedis, de los quales el S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que haze off.º de Contador haze cargo al S.r Don Leonardo Çaforteza Receptor del S.º off.º de dicha Inqq.on y Juraron dicho S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro in verbo Saserdotis y nott. S.r D.r Leonardo Çaforteza a Dios y vna Crus, que no tienen notisia de otras partidas de los bienes de la dicha Thereza Cortes V.ª, de que se pueda hazer Cargo a dicho S.r R.or, el qual obligo todos sus bienes a la paga y satisfacsion de las dichas nueveçientas y siete libras vn sueldo y ocho marauedis, rebajandole de ellas las partidas, que dara en Datta y resulta, y assi lo ottorgaron y firmaron en la Inqq.on de Mallorca. Veinte y dos dias del mes de Agosto de mil seiscientos y nobenta y sinco años, por ante mi Domingo Ferregut nott.º de Sequestros de dicha Inqq.on presentes por testigos Fran.co Masquida, y Juán Arbona naturales y vesinos de esta Ciudad, a quien yo el diso nott.º doy fe conosco
D.r Leonardo Çaforteça D.r Pedro Juan Vaquer p.ro Dasso ante mi Domingo Ferregut.
* * * * *
Cargo
Del Sequestro de Confisc.on de Thereza Cortes V.da de Honofre relajada en la Complicidad de Judaismo que fue sucitada en el año de 1688.
Contador
El D.r Pedro Juan Vaquer p.ro Abogado de presos de fee del S.to Officio de la Inqq.on de Mallorca.
Pliego primero de la Datta
Descargo y Datta que da D.n Leonardo Çaforteza, Receptor del S.to Officio de la Inqq.on de Mallorca del Sequestro de los bienes Confiscados a Thereza Cortes V.ª de Honofre Aguilo relajada que fue por dho. S.to Off.º en la Complicidad de Judaysmo Sucitada en el año de _1688_.==
Censos sobre los derechos nuebos de la Univerz.d
2. Primeramente se le admiten en C.ta al dho. Receptor, las quinientas libras del num. 2. del Cargo por quanto son el propio de veinte y vna libras y Cinco Sueldos de Censo que estan en ser. . . . . . . . . . 500 [li] [su]
3. Mas se le admiten en C.ta las Cien libras del num. 3. del Cargo por quanto son el propio de quatro libras y Cinco Sueldos de Censo que estan en ser. . . . . . . . . . 100 [li] [su]
4. Mas se le admiten en C.ta ducientas y Cinquenta y Cinco libras once Sueldos y ocho mrs. de núm. de las quinientas y Sesenta y vna libras del núm. 4. del Cargo por no estar recaudadas mas que trecientas y Cinco libras ocho Sueldos y quatro mrs. a Causa de que en el auto de transaccion que firmo el dho. Receptor de vna parte y de otra, Miguel y Raphael Aguilo hermanos hijos de dha. relajada, por ante Nicolas Rubert nott.º en 22 de Diziembre de 1691. en Cumplimiento de lo acordado en Junta de hazienda de 29 de Nob.e de dho. año fuegastado el que de las dhas. 255 [li] 11 [su] 8. hiziessen Cession al dho. Receptor los dhos Miguel y Raphael Aguilons Contra la Univerz.d a quenta de lo que se les debía de Corridos de Censos sobre los derechos nuebos, y Con efecto hicieron de ellas Cessión, en virtud de dho. citado auto en las partidas Siguientes, esto es de 85 [li] [su] que les debía dha. Univerz.d por los Corridos de Veinte y Vna libras, y Cinco Sueldos de Censo de 21 de Mayo por los años de 1688-1689-1690 y 1691--de 18 [li] [su] que tambien Cedieron por los Corridos de 4 [li] 10 [su] de Censo de 20 de Sep.e devidas por los años de 1688-1689-1690 y 1691--y de 152 [li] 11 [su] 8. á quenta de lo que dha. Vni.d les debía, por Corridos de los años de 1689-1690 y 1691. de 61 [li] 12 [su] 6. de Censo que en 24 de Febrero les haze dha. Univ.d impuestas Sobre los derechos nuebos, y todavía no se han podido recaudar dhas. 255 [li] 11 [su] 8. por hir atrassada dha. Univ.d en la paga de dhos. Corridos á Causa de la esterilidad de estos años passados y presente... 255 [li] 11 [su] 8.
Sumario de las Colunas de este Unico Pliego de la Datta del Sequestro y Confisc.on de Thereza Cortes V.ª relajada.
=Pliego Unico.=--600 [li] [su] 0 [li] [su] 255 [li] 11 [su] 8 0 [li] [su] ----------------------------------- 855 [li] 11 [su] 8 ----------------------------------- =Cargo.= --3340 [li] 06 [su] 9 =Datta.= --855 [li] 11 [su] 8 ----------------------------------- =Alcanse.= --2484 [li] 15 [su] 1 ----------------------------------- =Prueba.= --3340 [li] 06 [su] 9 -----------------------------------
Por manera que suma e importa la Datta Contenida en el unico pliego juntamente con las Resultas del Descargo del Sequestro y Confiscacion de Thereza Cortes V.ª de Honofre Aguilo relajada que fue por esta Inqq.on de Mallorca en la Complicidad de Judaismo que se sucito en el año de _1688_ ochocientas y Cinquenta y Cinco libras onse Sueldos y ocho mrs. Las quales admite en Datta y Descargo el S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que hase off. de Contador al S.r D. Leonardo Çafortesa Reseptor de esta Inqq.on Las quales dichas ochocientas y Cinq.ta y Cinco libras onse Sueldos y ocho mrs. restadas con las tres mil trecientas y quarenta Libras Seis Sueldos y nuebe mrs. de los dos pliegos de el Cargo, resulta de Alcanse Dos mil quatrocientas y ochenta y quatro Libras quinse Sueldos y vn ms., quedando por hazienda de el fisco. Las partidas dadas y admitidas en Resulta de las quales dichas Dos mil quatrocientas y ochenta y quatro Libras quinse Sueldos y vn ms. el dho. S.r D. Leonardo Çaforteza se dio por alcansado y obligo sus bienes a la paga y satisfacion de ellas y lo firmo dho. S.r D.r Pedro Juan Vaquer p.ro que hase off.º de Contador y dho. S.r D. Leonardo Çaforteza Reseptor por ante mi Domingo Ferregut nott.º de Sequestros de dha. Inqq.on de Mallorca en dha. Inqq.on en diez y seis dias del mes de Agosto de _1692_ años pntes. por Testigos Fran.co Mesquida y Juan Arbona naturales y vesinos de esta Ciudad a quien yo el dho. nott. doy fee conosco
D.n Leonardo Çaforteza D.r Pedro Juan Verdera p.ro Dasso ante mi Dom.º Ferregut.
* * * * *
Cargo
Del sequestro y Confiscacion de Thereza Cortez V.ª de Onofre Aguilo Relaxada en la Complicidad de Judaizantes del año passado de 1688.
Contador
El D.r Pedro Juan Vaquer P.ro Abogado de Presos de fee del S.to Off.º de la Inqq.on de Mallorca.
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Pliego Vnico del Cargo
Quenta del Cargo del sequestro y Confiscacion de Theresa Cortez V.ª de Onofre Aguilo Relaxada a la justicia y Brasso Seglar por el S.to Officio de la Inqq.on de Mallorca en la Complicidad de Judaizantes del año passado de 1688. Comprehende los años desde el de 1694 hasta el de 1716.==
Cargo del Receptor
Censos impuestos sobre los Derechos nuebos de la Vni.d del Reyno
1. Primeram.e sele cargan entrada y salida, al dicho Receptor, quinientas libras son el propio de 21 [li] 5 [su] de redditto de censo al fuero de 4 [li] 5 [su] y 100 que en 26 de Mayo hase la dicha Uni.d R.ta n.º 1. Por hallarse incluido el dicho censo en n.º de las diez mil libras de redditto que se mandaron aplicar para la dotacion del Tribunal; Como y tambien 106 [li] 5 [su] que se estavan deviendo de corridos hasta el año de 1697. . . . . . . . . . [J] [li] [su]
2. Mas sele cargan entrada, y salida, cien libras, son el propio de 4 [li] 0 [su] de redditto de censo al fuero de 4 [li] 0 [su] y 100 que en 20 de sep.bre haze la dicha Univ.d R.ta n.º 3. Por hallarse aplicado el dicho censo á la referida Dotacion del Tribunal como q. tambien 22 [li] 0 [su] q. se eslava deviendo hasta el año de 1697. . . . . . . . . . [J] [li] [su]
Un censo impuesto sobre la Uni.l Consig.n del Reyno
3. Mas sele cargan entrada y salida, quarenta y ocho libras diez sueld. y dos mar. son el propio de 2 [li] 14 [su] 4 de redditto de censo al fuero de 5 [li] 12 [su] y 100 q.e en 12 de Henero haze la dicha Uni.l Consig.n en n.º de 22 [li] 8 [su]; Como las restantes 19 [li] 13 [su] 8 de redditto de censo sean tocantes á la Confiscacion de Joseph Aguilo hijo de la dicha Relaxada y van continuadas en el cargo de su quenta, que es la de n.º 7. y sele carga entrada y salida y hallarse aplicado el dho. censo en n.º de las referidas 22 [li] 8 de redditto á la referida Dotacion del Tribunal. . . . . . . . . . [J] [li] [su]
4. Mas y finalmente se le cargan entrada por salida, sinquenta y cinco libras vn suel. y ocho mar. en polipas sobre la Uni.l Consig.n restantes de 255 [li] 12 [su] 8. R.ta n.º 5. Por haverlas percibido el Receptor difuncto en n.º de las dichas 255 [li] 12 [su] 8 q.e fueron
[imagen:
NOTTA. En 4 de Ag.to de 1720. Saque Copia destas q.tas de orden del Trib.l para remitir.lo alos SS. del Consejo==J. Arbona.]
APÉNDICE IV
CABREO MAYOR O LIBRO BESSERRO
HECHO POR EL D.r PEDRO JUAN VAQUER P.ro ABOGADO DE PRESOS DE FEE Y ARCHIVERO DEL S.to OFFIÇIO DE LA INQUISICION DE MALLORCA. EN QUE SE HALLAN CONTINUADOS TODOS LOS BIENES SITIOS Y CENSOS CONFISCADOS EN EL AÑO MDCLXXVIIII Y 1691 RAPHAEL VALLS JABONERO
En bienes del qual se hallan vnas cassas en la Parroquia de San Nicolas situadas en la Plazuela de la Inq.on tenidas en alodio de Joseph Bonin escriuiente. Las quales dicho Raphael Valls adquirio del dicho Joseph Bonin escriuiente con censo reseruativo de 12 [li] a raçon de 8 por 100 y entrada de 110 [li] ademas de 24 [li] Censo propietario aque dichas Cassas se hallauan obligadas, es a saber 16 [li] a 29 Março a los herederos del Mg.co Pedro Juan Canet de N.º de que se prestauan 8 [li] a los Religiosos Padres de Combento de la Trinidad que fueron por dicho Valls luidas, y quitadas a saber es 8 [li] a dichos Padres conforme auto ante Miguel Bibiloni nott.º 1671. Segun pareçe del deposito de la propiedad hizo en poder del Mag.co Dep.rio Real en su ma.or n.º a 26 Junio 1671. Continuado en libro suyo de albaranes C.tas 42 y 8 [li] al D.r Pedro Juan Canet del Real Consejo conforme consta por polissa en tabla le hizo de la prop.d y pensiones a 28 de Junio 1677. Continuada en dicho libro C.tas 56. y 8 [li]; por cúmplimiento de dichas 24 [li] á 13. Febrero á Catt.ª Rosello y Mas V.ª que assi mesmo por el dicho Valls fueron, quitadas a Mathias Roselló escriuiente lugar auiente de dicha Catt.ª Como y sigun parece por de posito de la prop.d y renta de dicho censo hizo en poder del Mag.co de positario Real en m.or n. á 26 Junio 1671. que tenemos continuado en dicho libro de albaranes fol. 42. De suerte que si solamente se hallan dichas Cassas obligadas a la prestacion de 12 [li] censo al dicho Bonin de 11 Março que fueron redimidas del Receptor en 8 de Octubre de 1696 ante Nicholas Rubert notts en virtut de lo acordado en junta de hacienda dia 3 de dicho mes y año.
De la qual adquisicion consta por auto ante Miguel Bibiloni notts a 11 Março 1668 que tenemos en pliego de los autos de rayses n.º 1.
Las quales Cassas dicho Bonin posehía en virtud de los titulos continuados en la cabreuasion que a la Real visita hize en 26 Febrero 1657.[Q]
Mas fueron halladas otras cassas confiscadas a dicho Valls situadas en la Villa de Campos tenidas en alodio del S.or Rey en la porcion del B. P. N. S. arc.no œluismo.
Las quales cassas adquirio dcho Valls de D. Juan Gual y Sanglada convenio reseruatiuo de 6 [li] 12 [su] Censo arazon de 8 por 100 n.º las quales consigno dos libras y dos sueldos, a sauer dos libras del D.r Fran.co Mesquida y ennombre de posedor de cierta capellania fundada enla parroquial de dcha Villa 1 [li] 8 [su] a R.do Comun de los Sacerdotes de dcha Parroquial segù parece por auto continuado del S.º Rey en 31 de Junio de 1666. Y asta agora se hazen dchos censos alos referidos 31 de Junio.
Las dchas Cassas vendió el R.º del S.º Offcio a Joseph Fran.co Forteza de N y precio de contado 150 [li] de contado ademas de los censos propietarios ag.s dchas Cassas obligadas segù parece del auto del remate que se hizo en 20 de feb.º del 1685.
Censos Sobre Par.res
A 14 Mayo hace Antonio Ferra Carpintero o sus herederos 16 [li] censo en dos partidas es á saber dicho dia 8 [li] y a 19 Noviembre 8 [li] a raçon de 8 por 100 por cassas en la Parroquia de Sta. Olalla situadas a la Calle de la Sombrerería; En alodio del Mag.co Raymundo Dez Cos, o de su muger Armengola sucediendo al Mag.co Juan Liulla que de propiedad valen 200 [li]. Las quales 8 [li] de los 14 Mayo vendio en n.º de mas partidas Maria Ferrera y Artigues a Gabriel Piña mercader conforme avto ante Gabriel Llaneras nott.º y a 14. Febrero 1597 que tenemos en pliego de los autos de censo n.º 1. Las quales 8 [li] posehia
Raphael Valls m.or y Padre del dicho Raphael en virtud de auto de transacsion firmado ante Jayme Pujol nott.º y Pedro Femenia nott.º
De las quales 16 [li] el dicho Valls en n.º de mas partidas hizo donasion Contemplatione matrimonis a favor de dicho Raphael su hijo conforme auto ante Francisco Groñart nott.º a 25 junio 1659 que va junto con el dicho n.º 1º
Como las restantes 8 [li] que hazen el comp.to de dhas 16 [li] proceden de pensiones cessos de dichas 8 [li] fueron al dicho Valls m.or adjudicadas pleno jure en virtud de sentencia echa por el mag.co Bayle de la presente Ciudad a 11 de O.bre de 1655. Las quales cassas obligadas antes eran posehidas p. Rullan boticario que compró p. curiam dicho Ferra con cargo de dicho censo.
Dicho Censo de 16 [li] juntamente con 144 [li] de corridos atrasados y 3 [li] 3 [su] 8 m. del prorroteo fue cedido por el V.n Juanflor Meduo acump.to de 3481 [li] que tenia de credito contra la Confis.on de dicho Valls de que se tenia despachada libransa en tiempo de la prision de dicho Valls segun de todo parece por auto firmado en Mayo de sequestros en 3 de N.bre _1686_.
A 24 Agosto hace Catharina Martí V.ª de Raphael Martí del Arpa cuyos bienes son sequestrados. 18 [li]. Censo a raçon de 6 por 100 de n.º de 50 [li] á raçon de 8 por 100, que de propiedad valen 800 [li], las quales son de n.º de dichas 50 [li]. Censo reservativo con cargo de que la dicha Catt.ª Martí adquirio de Raphael Valls ma.or ciertas Cassas situadas en la parroquia de S.ta Olalla a la Calle de la Bolsería alodio del S.r Rey á merced de luismo con forme auto en la escribania de C.tas Reales continuado a 24. Agosto 1665. que tenemos en pliego de los autos de censo n.º 2.
De n.º de las quales 50 [li] fueron al dicho Valls luidas y quitadas 2 [li] con que quedaron solamente 24 [li] que fueron por dicho Valls a la dicha Martí, redimidas al fuero de 6 por 100. de suerte que solo tuvo obligasion prestarle 18 [li] de que al dicho Raphael Valls su hijo hizo donasion con forme auto ante Pedro Esbart nott.º á 31 LO.bre 1674 que va junto con el auto de dicho n.º 2.
Dicho censo paga agora R. Marti del arpa recons.do por hauer comprado las cassas obligadas del Receptor del S.to Ofc.io con obligacion de pagar dhas. 28 [li] de censo todos años. Segun parece del auto del remate de dhas. Cassas que se hizo en p.ro de Sep.bre de 1684. Vease este libro Bezerro fl. 269.--Este censo fue redimido por Isabel Pomar V.da del dho. Rap.l Marti del Arpa.
A 21. Octubre haçe Pedro Ferregó Marinero ante Antonia Domingo 4 [li] Censo a raçon de 8 por 100 que de propiedad valen 50 [li] las quales Catt.ª Coll V.ª de Raphael Coll hornero vendio á Gabriel Piña mercader que todos años dicho dia le era tenido Jayme Dionis brodador por cassas en la Parroquia de San Jayme situadas a la Calle de buen ayre delante el Colegio de san Martin alodio del S.r Rey como parece por auto en la escribania de C.tas reales continuado a 21 8.bre 1582 que tenemos en pliego de los autos de censos n.º 3. Este censo tenia y poseya dicho Raphael Valls en virtud de los mismos titulos continuados en calse de la partida p.ra de los censos, las quales cassas obligadas Miguel Bayle nott.º Contador testamentario de la herencia de dicha Antt.ª Domingo vendio al dicho Ferregó con cargo de dichas 4 [li] conforme auto en la escribania de C.tas Reales continuado a 7 9.bre 1665 que va dicho con el dicho n.º 3.