Escritos políticos, económicos y literarios
Part 8
Escribir sobre esta materia, despues de tanto como se ha escrito, de dos años acá en las dos márjenes del Rio de la Plata, parecerá tal vez una repeticion fastidiosa. Profesando, sin embargo, opiniones muy diversas de las que jeneralmente hemos oido emitir sobre el particular, deseamos ver si podemos traer la discusion á un terreno nuevo, en vez de seguir á Rosas en el que sus adversarios le han permitido, hasta ahora, elejir á su placer.
El ha mostrado su natural astucia, elijiendo el único que le ofrecia ventaja.--Jeneralizando las teorías abstractas del derecho público, sobre navegacion de aguas interiores, ha evitado la discusion esencial y práctica de la libertad de navegar el Paraná:--tratando únicamente del derecho _que Buenos Aires_ tiene para excluir al extranjero, de la navegacion de ese rio, ha evadido fácilmente el exámen del que tienen _las otras provincias litorales_ para admitir en sus puertos todos los pabellones. El ha cuidado esmeradamente de no ventilar sus derechos, sino como cuestion de _la Nacion Arjentina_ con el extranjero: nosotros creemos que ha debido, y debe tratarse, como cuestion entre Buenos Aires y las demas provincias litorales. La complicacion, que en los momentos actuales ha sobrevenido, de un elemento extranjero, aparecerá entonces en su verdadera luz.
Rosas, atrincherado en citas y doctrinas del derecho de jentes y en declaraciones generales del Conde Aberdeen, prueba muy fácilmente que ninguna nacion extranjera puede exijir, de derecho, la navegacion de un rio interior contra la voluntad del soberano á quien ese rio pertenece; y aplicando esa doctrina á los sucesos de Hoy, concluye que la Francia y la Inglaterra atropellan inicuamente _los derechos de la Confederacion Arjentina_. Otros le han negado aquel principio jeneral: nosotros se lo concedemos de plano; pero negamos la aplicacion, y con ella la consecuencia final. No es la Nacion Arjentina quien se opone á la libre navegacion del Paraná; es el solo y único gobierno de Buenos Aires; mientras que las otras provincias arjentinas, á quienes la cuestion interesa, desean, piden á voces, necesitan vitalmente esa libertad de navegacion, tan léjos de oponerse á ella. La historia de las revueltas domésticas de aquellos pueblos, desde poco despues de la comun emancipacion, y los hechos que Hoy vemos, prueban incontestablemente esa verdad.
El Paraná, desde la confluencia del Paraguay hasta que se vacia en el Plata, corre bañando territorio de cuatro provincias arjentinas;--Corrientes y Entre Rios en la márjen izquierda, Santa Fé y Buenos Aires en la derecha. De todas ellas, solo esta última tiene interés--interés segun el sistema anti-económico y estrecho que hasta ahora se ha seguido--en que buques extranjeros no suban el Paraná; por qué mientras el término final de las expediciones de ultramar sea la rada de Buenos Aires, ella sola hace todo el comercio de tránsito con las demas provincias. Estas, por el contrario, tienen el mas alto interés mercantil, económico y político, en hacer el comercio directo con el extranjero; en no pagar á Buenos Aires los derechos y gastos del comercio de tránsito, en particular de las rentas de las Aduanas; y en no permanecer en impotente dependencia de la voluntad del Gobierno de Buenos Aires; que, alegando necesidades de guerra ciertas ó supuestas, cierra cuando le parece toda comunicacion por las aguas, incluso el comercio mismo de tránsito.
Esa posicion, los sentimientos y disposiciones que ella engendra en las provincias litorales, son tan evidentes, que argumento ninguno puede ponerlas en duda. Haber desconocido Buenos Aires esos intereses y esos sentimientos, ha sido en todos tiempos, una de las primeras causas de desavenencia y rompimiento de parte de las provincias. Casi siempre han justificado ellas sus procedimientos alegando el domino exclusivo que Buenos Aires pretendia en las aguas de la República, y la no participacion de las otras provincias en las ventajas pecuniarias que de esas aguas sacaba la Capital.
Rosas, que se proclama fundador de la _Confederacion Arjentina_, es entre todos los gobiernos de Buenos Aires, el que mas tirantez y obstinacion ha mostrado en negar á las provincias _confederadas_, que ocupan las márgenes del Paraná, toda participacion en las ventajas que Buenos Aires deriva del comercio directo con el extrangero. Aplicando la lejislacion y los arreglos hechos para la navegacion de rios que, como el Escalda, corren por territorios _de naciones diversas é independientes_, á la de un rio que solo baña _provincias de una misma nacion_ niega á las que llama sus hermanas, á las que tienen derechos perfectamente iguales á él, lo que aquella legislacion niega á las naciones extrangeras. Arrogándose el derecho de someter esas provincias á su sistema, basta que una se separe de él, como sucede Hoy en Corrientes, para que el Dictador cierre de un golpe el Paraná, y aniquile en todas las otras aun el mezquino comercio de tránsito que permite á los que le obedecen.
El solo es, pues, quien cierra los rios al extranjero, contra la voluntad, contra los intereses mas esenciales de las demas provincias. Estas tienen, para abrirlos, el mismo derecho que tiene él para cerrarlos. No es verdad, por consiguiente, que _la Nacion Arjentina_ rehuse al extranjero la entrada al Paraná; Corrientes, provincia tan Arjentina como Buenos Aires, tiene abiertos sus puertos á todos los pabellones, por expresas leyes de su legislatura, hace mas de cinco años; Santa Fé y Entre Rios, los admitieron igualmente en el tiempo en que se vieron emancipados del poder de Rosas; y los admitirian Hoy, como el principio de su prosperidad y engrandecimiento.
Sin negar, pues, el principio jeneral de que los extranjeros no tienen derecho á navegar el Paraná contra la voluntad de la nacion Arjentina, negamos la aplicacion que hace Rosas de ese principio; y decimos: que tres de las cuatro Provincias Arjentinas bañadas por el Paraná, quieren que el extranjero le navegue, y que solo hay una que se opone á las demas.
No pretendemos que esa circunstancia dá derecho al extranjero para forzar, en tiempo de paz, y sin negociacion alguna previa, el paso por las aguas de la provincia que resiste: pero no se puede desconocer que modifica de tal manera el principio general del derecho público, que su aplicacion viene á ser completamente imposible.
La República Arjentina no tiene Hoy autoridad alguna nacional: la investidura dada á Rosas de entretener las relaciones exteriores no se extiende á decidir por sí y ante sí, una cuestion tan grave; á disponer de los derechos é intereses de las otras provincias. El extranjero, pues, que acepta el permiso que las provincias del Alto Paraná le conceden de comerciar con ellas, que desea aprovecharse de él, y que no encuentra autoridad nacional á quien recurrir para que remueva el obstáculo que la sola provincia de Buenos Aires opone; puede, cuando ménos, pedir, con buen derecho, al gobierno de esta, que haga tales arreglos, que salvando lo que crea convenir á sus intereses provinciales, y evitando el comercio con las costas de su provincia, no le prive del beneficio que las otras le conceden y deje libre el tránsito hácia ellas; porque las aguas que bañan las costas de la Provincia de Buenos Aires no son aguas del particular dominio de esa provincia, sino de la Nacion Arjentina; y del mismo modo que Corrientes no podria hacer en la parte del rio que corre por su territorio, obras que impidiesen su curso, ó le desviasen, en daño de las provincias de mas abajo, así tampoco estas pueden poner trabas á la libre comunicacion que las de arriba desean.
Tratando ahora de la entrada que buques extrangeros se han forzado en el Paraná, fácil será demostrar que ella no viola principio alguno de derecho internacional, ni ofende las prerogativas de la Nacion Arjentina. La Inglaterra y la Francia no han dicho; "entramos al Paraná por que la ley comun de las naciones nos dá derecho de entrar, aunque la Nacion Arjentina no quiera." No; ellas reconocen plenamente el derecho de los arjentinos: sus gobiernos lo han declarado así solemnemente: pero han entrado al Paraná por razones del todo independientes de ese derecho.
Desde luego, la Francia y la Inglaterra no fueron á aquel Rio, sino _despues de hallarse en guerra con_ _Rosas_; ¿y quien no sabe que la guerra envuelve el desconocimiento de todos los derechos?
Pero, á mas de eso, hay otro motivo que autorizaria para entrar al Paraná, no solamente á la Inglaterra y á la Francia, sino á todas las demas naciones cuyos súbditos se hallan en el caso que expresaremos.
Extrangeros de diversos paises se han establecido en las provincias arjentinas del alto Paraná, y en el Paraguay, con pleno consentimiento de los Gobiernos de los respectivos paises: eso les dió el derecho de disponer libremente de los frutos de su industria, y de la propiedad que acumulasen. Sobreviene una cuestion, puramente doméstica, entre dos provincias arjentinas--la de Buenos Aires y la de Corrientes; y abusando entonces de la ventaja que le dá el dominio de la parte baja del rio, Rosas cierra enteramente la comunicacion con aquella provincia; y priva á los extranjeros establecidos en ella y en todo el alto Paraná de disponer de los frutos y propiedades que acumularon lícitamente.--No permite que se saquen de allí bajo bandera ninguna neutral, y niega á la suya, única que navega el rio, el permiso de traerlas á los mercados á que eran destinadas. Quedan, pues, todos esos extranjeros privados del libre uso de su propiedad, y sufren inmensas pérdidas, por una querella puramente doméstica de Rosas; quedan esas propiedades encerradas no solo en Corrientes que está en guerra con el Dictador, sino en el Paraguay y otros puntos, que no lo están. Semejantes trabas violan abiertamente derechos adquiridos por los súbditos extranjeros, sea en virtud de tratados existentes, sea por el consentimiento del libre ejercicio de su comercio y de su industria en aquellos parajes. Si Rosas, pues, abusa de su dominio en los rios, en perjuicio de los extranjeros, claro es que dá á estos el derecho de oponerse al abuso; de emplear la fuerza contra la fuerza; de penetrar á traer la propiedad extranjera, que el Dictador, en violacion de derechos incuestionables, no consiente buenamente que se traiga.
Esas son las razones por que se fuerza la entrada al Paraná; no por desconocer el derecho ni la soberania de la Nacion Arjentina en aquel Rio. Rosas, solo Rosas, es el causador de esa hostilidad; como él, y solo él, es quien se opone á la libertad de la navegacion, que Corrientes, Entre Rios y Santa Fé desean y necesitan para prosperar.
Puede ser que otra vez volvamos sobre este asunto.
_Enero 2 de 1846._
II.
Manifestamos en uno de nuestros números anteriores el aspecto en que, á juicio nuestro, debe considerarse la cuestion de la navegacion del Paraná;--no con relacion á pretensiones del extranjero, sino como cuestion de entre las diversas provincias Arjentinas situadas sobre las márjenes de aquel rio. La nueva declaracion de principios del Paraguay viene á apoyar los derechos y las ventajas de esas provincias. Aquella República abre sus puertos á todos los extranjeros, declara que tiene derecho á la navegacion libre del Paraná, y que la oposicion del Dictador de Buenos Aires al goce de ese derecho es una de las causas que motivan y justifican la guerra.
Las naciones que han reconocido la independencia del Paraguay, y las que en adelante la reconozcan, envuelven naturalmente en ese reconocimiento el de los derechos todos de la soberania, incluso el dominio de las aguas y su uso para el comercio. Una de las mas naturales y mas comunes consecuencias del reconocimiento de la independencia de un nuevo Estado es la celebracion de tratados de comercio, navegacion y amistad: aquellas naciones, pues, los celebrarán con el Paraguay; adquirirán, por ellos, derechos á navegar en las aguas y puertos de esa República; y por consecuencia á transitar por las que pertenecen á las provincias arjentinas, que forman la parte mas baja del rio. El Paraguay quedará, respecto de estas provincias, en una posicion análoga--y no decimos _idéntica_ por razones que daremos mas adelante--á la en que se halló la Béljica despues de su separacion de la Holanda en 1832. Las aguas y puertos belgas en la parte superior del Escalda de nada, ó de muy poco, servirian al comercio del mundo, si las pretensiones del Rey de Holanda al uso y navegacion exclusiva de la parte baja de aquel rio hubiesen sido respetadas en toda su estension. La Béljica seria un pais independiente, con puertos tan importantes como Amberes, y no podria usar de su derecho de abrirlos al comercio de todo el mundo; cosa, en realidad, opuesta á toda idea de conveniencia y de justicia comun. Los mismos motivos que hubo para hacer los arreglos que sobre el Escalda existen, habrá para que se reduzca á Rosas á entrar por algunos, cualesquiera que sean, con tal que dén por resultado el tránsito por sus aguas hasta el alto Paraná. Si hay diferencia en esos motivos, es enteramente en contra de las pretensiones del Dictador: porque no ofrece el Paraná las grandes dificultades que el Escalda para conciliar los intereses de sus diversos soberanos. Aquel rio europeo corre por entre ciudades y comarcas opulentas, las mas industriosas, tal vez, de todo el continente europeo; y que perteneciendo á Estados diversos, tienen rivalidades y celos comerciales; tienen intereses fabriles que protejer, las unas contra la supremacia de las otras; tienen que multiplicar sus medios de vijilancia contra el contrabando y el fraude, en proporcion de las inmensas facilidades que ofrecen á esas operaciones clandestinas los centenares de vapores que cruzan aquellas aguas, los muchos y rapidísimos medios de comunicacion y de transporte por tierra. Conciliar esos intereses, que no es posible, en realidad desatender, era y es Hoy la gran dificultad para el arreglo de la navegacion del Escalda. Pero nada de eso sucede respecto de nuestro magnífico Paraná, que baja por entre soledades incultas, y bosques primitivos; y sobre cuyas márjenes, en una extension de 150 leguas, se hallan apénas tres ciudades capitales de Provincia, y 7 ú 8 villas de escasísima poblacion, de ninguna industria, de muy poco comercio, y aun ese, dependiente de la Capital de Buenos Aires. Entre ellos, por consiguiente, ni puede existir rivalidad alguna fundada, ni hay intereses notables que conciliar. Siempre hemos creido, por eso, que no es posible, ni sensato, aplicar á los rios interiores de nuestra América, especialmente á los afluentes del Plata, los principios de derecho de jentes, ni la lejislacion y reglamentos prácticos, que rijen la navegacion de los Rios en Europa; sino que deben sufrir grandes modificaciones, en virtud de las diferencias expresadas, y de otras muchas de análoga naturaleza.
Creemos, entretanto, que un arreglo _justo y racional_ para la navegacion del Paraná hasta el Paraguay no puede ofrecer las dificultades que la del Escalda; y que, si en este último rio se ha hallado medio de conciliar, en parte, intereses tan complicados como los que existen, debe esperarse que se llegue mas fácilmente á un arreglo respecto del Paraná.
Reconocida la independencia del Paraguay, y con ella la soberania y el uso de sus aguas, Rosas no tendria, en realidad, derecho para quejarse de que se le exijieran esos arreglos: la cuestion que podria promover seria contra el reconocimiento de la independencia paraguaya; pero consumado este, la navegacion del rio, fundada en tratados del Estado reconocido, no es mas que una consecuencia natural del reconocimiento.
Ese es, á juicio nuestro, el nuevo punto de vista en que las últimas declaraciones del Paraguay colocan la cuestion de la navegacion del Paraná. Si Buenos Aires tuviera otro Gobierno que el de Rosas, él comprenderia, á la primera mirada, que su interés estaba en no dar entrada á cuestion ninguna; sino, por el contrario, en adoptar de plano la basa de la libre navegacion, como un principio seguro de riqueza, de desarrollo, de engrandecimiento futuro; limitando los arreglos á las leyes de policia y aduanas, para protejer su comercio contra el contrabando, y para derivar del permiso de tránsito una renta, que, sin gravar desproporcionadamente al comercio ni á la navegacion extranjera, creceria y llegaria á ser muy considerable, á medida que aquellos se desarrollasen. Pero nada de esto puede esperarse de gobernantes de los principios de Rosas: por fortuna creemos no engañarnos cuando pensamos que nuestros principios son los que profesan jeneralmente los enemigos del dictador, los que en el órden natural de las cosas han de ser llamados á reemplazar el sistema y las ideas de aquel mandon, cuando suene la hora de su castigo. Aun por eso consideramos como dos ideas íntimamente ligadas, la del desaparecimiento de Rosas, y la de la prosperidad futura de los pueblos que baña el Paraná.
_Enero 15 de 1846._
III.
Al lado de la reconvencion á que contestamos ayer se nos hace otra, de naturaleza análoga relativa á las ideas que profesamos y hemos emitido sobre la navegacion del Paraná. ¡Como! se dice: ¿Un hijo de Buenos Aires aboga por franquicias comerciales en favor de las otras provincias, cuando no pueden concedérseles sino á expensas de las ventajas que el comercio y la navegacion de Buenos Aires reportarán, mientras sea este el único puerto donde todos los demas pueblos de la República hayan de venir á proveerse de lo que consumen? Es este un reproche en que toman parte aun algunos enemigos mortales de Rosas, persuadidos, de buena fé, á que las ventajas comerciales de las provincias ribereñas importan necesariamente pérdidas proporcionales para la de Buenos Aires.
Ese error, á juicio nuestro, ha sido una de las causas principales de apartamiento y de guerras civiles en las provincias arjentinas: ni creemos posible reconciliarlas, ó unirlas en un vínculo de _sincera y permanente_ amistad, mientras se obre en consonancia con aquel error. No se nos oculta que la adopcion práctica de nuestras ideas nada ménos importaria que un cambio fundamental en el sistema político y económico seguido en Buenos Aires, en todas las épocas--lo mismo en las de su aislamiento que en las que ha formado parte de la república reunida en una representacion comun. Pero precisamente por eso es que deseamos que se medite seriamente ese cambio; que se estudien en los ensangrentados anales de nuestro atraso social, los efectos del sistema hasta hoy seguido; y se examinen los que producirá el opuesto.
Desde luego tenemos el convencimiento de que Buenos Aires, muy léjos de perder con la libre navegacion del Paraná, ganaria inmensamente en ella y en la consiguiente prosperidad de las provincias litorales. La situacion de Buenos Aires le dá ventajas que conservará siempre porque nadie puede quitárselas. Las expediciones de ultramar llegan á sus puertos sin grandes dificultades; mientras que para llegar á los puertos del Paraná necesitan la mitad mas de tiempo, y á veces otro tanto, que el que emplean para venir de Europa á Buenos Aires.
Los obstáculos puramente naturales que causan ese retardo solo pueden vencerse por buques de vapor, pero estos no se pueden emplear como marina mercante, destinada al comercio de ultramar; las expediciones mercantiles han de continuar haciéndose, como basta hoy, en buques de vela, y estos han de hallar, por lo general, mas economía, en rendir su viaje en Buenos Aires que en Santa Fé, en la Bajada, en Corrientes. Buques de vapor se ocuparán entonces en transportar los electos de Buenos Aires á todos aquellos puertos; como para ese tráfico, y en rios como los nuestros, son admirablemente propios los buques de aquella clase. Buenos Aires conservará, pues, sus ventajas de puerto de depósito, y aunque no todas las expediciones se detengan precisamente allí, y suban algunas como subirán, directamente á los puertos del Paraná, lo que por esas dejaria Buenos Aires de ganar, siempre seria mucho ménos que lo que aventajaria en el aumento del comercio, consecuencia necesaria de la libertad.
Por otra parte, la mejora y prosperidad de las provincias vecinas será siempre uno de los mayores beneficios que Buenos Aires puede recibir. ¿Que gana él, que ganaria jamas, en tener por vecinos pueblos miserables, obligados á buscar en el pillage y en la guerra lo que no pueden adquirir por el comercio ó por la industria; que se hacen soldados por que no hallan otra profesion á que dedicarse, que consumen muy poco y nada producen? ¿Qué ha adelantado Buenos Aires con la pobreza de su vecina Santa Fé? Veinteicinco años hace que tuvo que comprar la paz á precio de un tributo anual; de un tributo que no era otra cosa que dar buenamente á aquel pueble lo que, si no se le daba, venia él á arrebatar de las estancias del norte de su vecina. Si en vez de esa miseria, Santa Fé hubiese gozado, al ménos, una situacion igual á la de Buenos Aires, guardadas las proporciones de la poblacion de ambas, claro es que esa última provincia, léjos de tener que contribuir al sosten de su vecina, habria mantenido con ella un cambio de artículos que recíprocamente necesitasen, y que seria de ventaja comun. Pregúntese si entre la multitud de ciudades que cubren las márjenes del Misissipi, del Rin, ó del Escalda, hay alguna atrasada y en miseria, por causa de la prosperidad de las otras; ó si, por el contrario, todas progresan á un mismo tiempo, sirviéndose las unas de auxiliares á las otras. ¿Por qué no han de seguir nuestras provincias esa misma ley, que es ley natural del desarrollo social y económico de los pueblos? ¿No es una contradiccion inesplicable el empeño con que Buenos Aires procura alejar de sus fronteras las hordas depredadoras de los indios ó de los ladrones alzados, que las saquean, y la obstinacion en un sistema cuyo efecto es aumentar en esas propias fronteras el número de pobres, que tienen por necesidad, que hacerse depredadores y ladrones? Las exijencias de una política sensata y las necesidades de la administracion vienen tambien en apoyo de los intereses puramente mercantiles y materiales. No es posible--no es racional--esperar que haya paz y cordial intelijencia entre diversas provincias de un mismo estado, cuando las unas jimen en miseria completa, mientras otras nadan comparativamente en la abundancia; sin que esa diferencia sea efecto de causas naturales, si no de malos sistemas administrativos. Los mismos celos, la misma envidia que nace en el seno de una familia, cuando uno de sus miembros, con iguales derechos á los otros, es objeto de una exclusion injusta que lo condena á inferior condicion, esos mismos deben necesariamente existir entre los varios miembros de un cuerpo político: el que se mire injustamente deprimido, ha de vivir en perpétua rebelion contra los que quieren gozar solos, de ventajas que deben ser comunes. Claro es, que sistema ninguno político ó económico, puede alcanzar á destruir las desventajas que nacen de la naturaleza. Las provincias enclavadas en el corazon de la República, como Catamarca, la Rioja, Santiago, jamas podrán por muchas concesiones que se les hicieran adelantar en la misma proporcion que Buenos Aires, Santa Fé ó Corrientes, situadas sobre rios navegables. Pero esas diferencias no ofenden, por que no son efecto de la injusticia de los hombres, sino obra de la naturaleza misma: no son ellas de las que nosotros hablamos.