Escritos políticos, económicos y literarios
Part 16
[19] Basta, para probar esa desnaturalizacion y ese abuso, el hecho de que hombres que votaron en 1826 por la forma _federal_ andan hoy proscriptos por Rosas, como sucede, entre otros, con el Dr. D. Mateo Vidal, diputado entonces por la Banda Oriental, y emigrado hoy en Sta. Catalina; y por el contrario, hombres como D. Lucio Mancilla, Jeneral de Rosas, diputado de Rosas, cuñado de Rosas, fué, en el Congreso de 1826, como representante de la provincia de San Luis un exaltadisimo _unitario_.
La Constitucion de 1826 tuvo la misma suerte que la de 1819. Cuando fué sancionada, la guerra civil habia asomado ya en los pueblos de la república; el Congreso nombró comisionados de su seno que fuesen á presentarla á cada provincia, y á persuadir la conveniencia de su adopcion; algunos meses pasaron en esa tentativa, la resistencia al gobierno provisorio nacional creció considerablemente, en ese intervalo, dentro y fuera del Congreso; la mayor parte de las provincias rechazó la constitucion; mientras que D. Bernardino Rivadavia, Presidente de la República, hacia expontánea renuncia de su puesto, en Junio de 1827, por considerar quebrantada la autoridad nacional, y sin vigor para continuar la guerra con el Brasil, despues del inconcebible y bochornoso desenlace que dió á la primera negociacion de paz el plenipotenciario arjentino.
A la renuncia del Presidente de la República, siguió muy luego la disolucion del Congreso en 18 de Agosto de 1827; y las provincias volvieron nuevamente al aislamiento completo en que se hallaban antes de 1824. Ningun vínculo de union quedó existente entre ellas. El coronel D. Manuel Dorrego, jefe del partido federal en el Congreso, donde era diputado por Santiago del Estero, fué elejido gobernador de la provincia de Buenos Aires.
Tal es la historia de la tentativa mas ruidosa y mas séria, de las que se han hecho para constituir los pueblos arjentinos; y del oríjen de esas denominaciones, mas ruidosas todavia, de _federales y unitarios_. El fué, como se ha visto, _pura y exclusivamente parlamentario y constitucional_; circunstancia que deseariamos que jamas se olvidase. Desde la disolucion del Congreso, en 1827, esos nombres dejaron enteramente de tener significacion real; en la guerra civil, que empezó un año despues, los partidos adoptaron, no hay duda, esas mismas denominaciones; pero no es verdad que combatian por hacer adoptar en la república la forma de gobierno _unitaria_ ó la _federal_: esas palabras habian venido á ser puramente distintivos de partido, tan vacios de sentido político, como las palabras _blancos y colorados_ que adoptaron los partidos en la República Oriental.
Entre tanto, es evidente que, á la disolucion del Congreso, en 1827, tampoco quedó existente vínculo ninguno de union, y mucho ménos federal, entre las provincias Arjentinas.
Otro artículo completará la demostracion de que tampoco le ha habido desde entonces hasta hoy.
_Noviembre 11 de 1846._
II.
Disueltos en 1827 el gobierno de la presidencia y el Congreso Jeneral de las provincias arjentinas, se trató de reunirlas nuevamente en una _Convencion_ en la capital de Santa Fé: parte de ellas mandaron allí sus diputados; otras varias rehusaron hacerlo; en este número se contaban algunas tan importantes como Salta y Tucuman. Las que concurrieron se hallaron, desde el momento mismo en que sus diputados empezaron á reunirse, completamente divididas en intereses y en miras: Córdoba retiró sus diputados, aunque volvió despues á enviarlos; la division y los obstáculos fueron tales, que pasó cerca de un año sin que los miembros presentes en Santa Fé pudieran instalar la Convencion. No lo estaba todavia, cuando se recibió en Buenos Aires el tratado preliminar de paz con el Brasil; era necesario, para ratificarle, obtener la autorizacion de las provincias, ó del cuerpo que se suponia que las representaba; el gobernador Dorrego despachó dos comisionados á Santa Fé, con el fin de acelerar la instalacion de aquel cuerpo, y obtener de él la autorizacion para ratificar el tratado. Los SS. Moreno y Cávia llegaron á aquella ciudad el 23 de Setiembre; en el mismo dia "se pusieron de acuerdo, dice su nota, con el presidente del Congreso Nacional reunido en sesiones preparatorias;" que se instaló, por fin, el dia 24. Su primer acto fué aprobar el tratado y autorizar su ratificacion.[20]
[20] Para ratificar el tratado de amistad, comercio y navegacion con la Gran Bretaña, en 1825, el gobierno de Buenos Aires, encargado del Poder Ejecutivo nacional, fué especialmente autorizado por el Congreso General, reunido entonces en aquella capital.
Dos meses despues de instalado, tuvo lugar el movimiento de 1.° de Diciembre de 1828; á consecuencia del cual Buenos Aires retiró, poco despues, los diputados que el anterior gobierno habia enviado á Santa Fé, y avisó á los de las otras provincias que no les continuaria las asignaciones que les pasaba: algun tiempo despues los pocos diputados que quedaron en Santa Fé se fueron dispersando, hasta que la Convencion se halló enteramente disuelta. Escusado es decir que en ella nada absolutamente se decidió sobre arreglos constitucionales; ningun vínculo político se estableció entre las provincias.
Con la Convencion de Santa Fé concluyen las reuniones jenerales de diputados de provincias y las tentativas de constituir el pais por medio de Congresos. La revista que de ellas hemos hecho prueba acabadamente que en ninguna desde 1810 hasta hoy, se estableció esa _Confederacion Arjentina_ que el dictador Rosas pregona; que ninguna, dejó tampoco vínculo de union nacional subsistente entre las diversas provincias arjentinas.
De los Congresos y Constituciones pasemos ahora á los Tratados, que son la fuente de obligaciones en que mas se apoya el dictador para suponer la existencia de su acariciada Confederacion.
Otra vez hemos dicho que esos tratados prueban perentoriamente contra el dictador, que son ellos el mejor documento de que no existe _el dia de hoy_ vínculo ninguno de union nacional entre los miembros diversos destinados á formar algun dia la nacion arjentina. Ahora habremos de repetir una parte de lo que entonces dijimos, pero añadiremos nuevas é importantes demostraciones.
Desde luego, es preciso no olvidar que los tratados que el dictador Rosas invoca solo ligan entre sí á las cuatro provincias litorales, Buenos Aires, Santa Fé, Entre Rios y Corrientes; y á la primera con la de Córdoba: las nueve provincias restantes no tienen tratado alguno que las ligue; y hemos provocado á los papeles del dictador á que digan donde se hallan publicados, como lo están los antes referidos. De ese hecho resulta ya una consecuencia importante;--que, cualquiera que sea la naturaleza política de los pactos existentes, estos no pasan de una liga _entre cuatro provincias_; y no pueden, bajo pretesto ninguno, ser considerados como un pacto de union federativa entre todas las que formaron,--y esperamos confiadamente que han de formar--la República Arjentina.
Pero ¿cual es la naturaleza política de esos mismos pactos? ¿Qué establecen; aun respecto de las mismas provincias que los firmaron? Todos ellos, sin excepcion, expresan la voluntad, y el deseo de las cuatro provincias litorales y de la de Córdoba, de reunirse en cuerpo de nacion, bajo la forma federal; pero no hay uno solo que diga, ni aun indique, que las Partes contratantes se reunian ya en tal cuerpo de nacion, ó que formaban una república federativa: es enteramente lo contrario; todos ellos declaran que la nacion no existe reunida; que estamos _en un periodo de acefalía nacional_, segun dos de ellos; y todos contienen artículos expresos obligándose á invitar _á todas las provincias_ á que se reunan y formen la Confederacion, que los propios tratados reconocen no existir. Entretanto, y mientras no se reunen, mientras dura el presente estado de aislamiento, las Provincias Contratantes se ligaron simplemente en alianzas defensivas y ofensivas. Tal es la naturaleza; tal el objeto único de esos tratados.
Todos los que comprenden á las provincias litorales, desde 1820 se hallan refundidos en el de 4 de Enero de 1831, _que es el último de todos_; cuyo primer artículo declara en "su vigor y fuerza los tratados anteriores, en la parte que estipulan paz firme, amistad y union estrecha y permanente, _reconociendo recíprocamente su libertad, independencia, representacion, y derechos_." Hablar de este tratado es, pues, hablar de todos los anteriores.
Ya hemos observado en otra ocasion que su artículo 3.° establece alianza ofensiva y defensiva contra agresiones de las otras provincias; lo que escluye perentoriamente la idea de _Confederacion_, ó de cuerpo nacional, bajo cualquiera forma; y hemos dicho tambien que una de las estipulaciones del artículo 16 es la siguiente:
"Invitar á todas las demas Provincias de la República cuando estén en plena libertad y tranquilidad, á reunirse en federacion con las tres litorales, y á que por medio de un Congreso General federativo se arregle la administracion general del pais bajo el sistema federal, su comercio interior y esterior, su navegacion, el cobro y distribucion de las rentas generales, y el pago de la deuda de la República, consultando del mejor modo posible la seguridad y engrandecimiento general de la República, su crédito interior y exterior, y la soberania, libertad é independencia de cada una de las Provincias."
Es imposible demostracion mas completa de que, al tiempo de celebrarse ese tratado, no existia Confederacion Arjentina; pues que se pactaba invitar _á todas las demas provincias_, ménos las cuatro litorales, á formar esa misma Confederacion. El Dictador Rosas, en su _Gaceta_ del 6 de este mes, comprendiendo toda la fuerza de esa demostracion, que ya habiamos hecho otra vez, dice que las demas provincias _han adherido_ á ese tratado: no indica _cuando_, ni existe publicado un solo documento que pruebe esa adhesion; aunque es claro que la constitucion ó el pacto federal de un Estado, no tiene por que ser documento reservado.
Pero eso es lo de ménos: el dictador Rosas, al afirmar la adhesion de las provincias al tratado de 1831, no ha pensado lo que dijo; no ha tenido presente sus propios documentos. Un decreto suyo de 22 de Mayo de 1835, ordenó que en las fechas de todo acto oficial se pusiese siempre:--"Año tantos de la libertad, tantos de la independencia _y tantos de la Confederacion Arjentina_;" y empezó en ese mismo decreto, y ha continuado hasta hoy, contando los años de la supuesta Confederacion _desde_ 1830. ¿Porqué?--Cuando dice, en sus documentos de hoy; _año 37 de la libertad_, todo el mundo sabe que se cuenta desde el 25 de Mayo de 1810, dia en que tuvo lugar en Buenos Aires el movimiento popular que depuso al Virrey, y dió principio á la revolucion: del mismo modo, el _año 31 de la Independencia_ se cuenta desde el 9 de Julio de 1816, dia en que la declaró solemnemente el Congreso, reunido en Tucuman. Pero ¿desde que dia, desde _que suceso_, de 1830, se cuenta _el año 17 de la Confederacion Arjentina_? ¿Que responde á eso la _Gaceta de Rosas_? Ella sostiene que su decantada _Confederacion_ tiene por fundamento el tratado de 4 de Enero en 1831; sostiene que las demas provincias adhirieron á él, necesariamente _despues de esa fecha_; ¿como es entonces que se cuenta la _Confederacion_ desde 1830?
Algo mas--y esto acaba de demostrar la farsa de ese embuste, consagrado por la ignorancia en el exterior, por el miedo y la adulacion en el interior:--Rosas sostiene unas veces que su Confederacion empezó en 1830; otras, que existe por el tratado de 1831; sea como él quiera, la provincia de Buenos Aires sancionó una ley, el 8 de Julio de 1833, cuyo artículo 3.° disponia literalmente que
"La provincia _no se reunirá en nacion_ sino bajo la forma federal, _en conformidad con los pactos que tiene celebrados con las provincias hermanas_."
Luego en 1833 no estaba todavia _reunida en nacion_; luego los pactos con las provincias litorales y con Córdoba _no eran una reunion en nacion_; luego es una supercheria, una fantasma, esa Confederacion Arjentina, que el dictador hace contar desde 1830.
Creemos que, llegando aquí, nadie que tenga buen sentido puede desconocer que semejante _Confederacion_ no ha existido jamas, ni existe hoy. No se halla en las constituciones; no fué creada por los Congresos jenerales; no está pactada en los tratados, ¿donde existe, pues, ese pacto de union federal? En vano se le buscará: no existe, ni existió jamas. ¿Por qué, pues, ha mandado el decreto de Rosas que se cuente la existencia de la _Confederacion Arjentina_ desde el año 1830? Porque en ese año entró Rosas á mandar en Buenos Aires; es la única razon.--Él solo, es la Confederacion Arjentina.
_Noviembre 14 de 1846._
Orijen de los males y desgracias de las Repúblicas del Plata.
DOCUMENTOS CURIOSOS PARA LA HISTORIA, PUBLICADOS POR EL JENERAL G. A. DE LA M.--MONTEVIDEO NOVIEMBRE DE 1846.[21]
Con ese título se ha publicado, hace pocos dias, en esta capital, un folleto que encierra cuatro documentos, _de cuya autenticidad_, dice su editor, _no debe dudarse_. Dejamos á un lado el primero, porque, auténtico ú apócrifo, nada puede interesar á la historia ni al crédito de la revolucion americana: los que han hojeado un poco los papeles de 1819 y 1820 saben que nada era mas comun, en aquella época de anarquía y disolucion social, que esas apasionadas acusaciones de los hombres y de las provincias, las unas contra las otras; siendo por lo general, la de Buenos Aires el blanco á que mas tiros se asestaban, por lo mismo que en ella residian las autoridades nacionales, de las que todos se quejaban. Cien documentos de esa clase presentariamos sin dificultad, contrarios los unos á los otros: pero el que en ellos se propusiese buscar la verdad de los hechos y de sus causas--estudiar la historia,--se mostraria tan incapaz de escribirla como de comprenderla. ¿Qué importancia histórica pueden tener las acusaciones que hoy dirije contra el gobierno oriental su enemigo del otro lado del Plata? Pues á esa misma categoria corresponde el primer documento del folleto.
[21] Los artículos sobre la _Confederacion Arjentina_, y la refutacion al escrito publicado por el General La Madrid, fueron reproducidos en folletos, que el Dr. Varela hizo circular profusamente. _L. D._
No sucede lo mismo respecto de los otros tres: y, á pesar de la fé que individualmente nos merece el jefe, compatriota nuestro, que los ha dado luz, no solo dudamos de su autenticidad, sino que la contradecimos abiertamente; y esperamos que no ha de haber una persona sola que la admita, despues que haya leido lo que en este artículo diremos.
Desempeñamos, al escribirle, un imprescindible deber de patriotismo; hijos del Rio de la Plata, con un periódico á nuestra disposicion, no hallariamos disculpa ante nuestros compatriotas, ni ante nuestra conciencia propia, si dejásemos correr, sin procurar atajarle, ese torrente de negra difamacion contra las glorias y las tradiciones de la revolucion americana, y contra el carácter moral de los pueblos á que pertenecemos. No son los hombres por esos documentos difamados los que tratamos de defender; ese cuidado será suyo: hay entre ellos muy pocos á quienes conozcamos hoy; otros de cuya amistad nos honrábamos cuando vivian, y cuya memoria veneramos ahora; otros, por fin, que mandan en la actualidad batallones del dictador Rosas, que son sus consejeros íntimos, ó sus ajentes en el exterior: todos nos son iguales en este caso: no son ellos, lo repetimos, es el pais, es la moralidad de su revolucion de 1810, son las glorias y los principios políticos y sociales de su guerra de la independencia lo que vemos atacado, lo que tenemos que defender. Nada queda á nuestros pueblos del Rio de la Plata, que pueda todavia sostener alzada su frente, en medio del descrédito á que los condena su estado actual, sino es la moralidad, la elevacion, el fin político y social del pensamiento de la emancipacion americana; y los sacrificios y los triunfos con que la conquistaron: es eso lo único que estos pueblos conservan para probar que no siempre han sido lo que son hoy, y que tienen capacidad para elevarse á grandes concepciones y á grandes hechos. Bórrese todo esto de los anales del Rio de la Plata, ¿y qué nos queda?
Pues todo eso aparece borrado en los documentos que nos ocupan. Los grandes hechos políticos y militares de la revolucion se presentan ahí como la obra oscura de la casualidad, sin que el jénio los preparase ni los ejecutase el valor: Montevideo aparece arrancado á sus conquistadores, en 1814, contra las intenciones y los deseos del jefe que le rescató; el asombroso paso de los Andes aparece efectuado á pesar de los obstáculos que pérfidamente oponian los mismos que aparecian promoviendo la colosal empresa; y la libertad de todo Chile, ganada en un solo dia sobre los llanos de Maipú, no se debió segun esos oprobiosos documentos, sino _á un acceso de locura, á uno de los accidentes comunes en la guerra_. ¿Qué mas dirian--que mas han dicho, en realidad--los acérrimos enemigos de la independencia americana, que en épocas diversas, han escrito para difamarla? Ninguno, á la verdad, ni el mismo historiador Torrente, empleado por el rey Fernando con el objeto solo de desfigurar la revolucion, y de denigrar á sus autores, ha rebajado las glorias de aquella tanto como el papel de que tratamos, ni ha trazado jamas un cuadro de desórden, de inmoralidad, de corrupcion profunda, de pérfida traicion, y de desvergonzado cinismo, en los hombres que dirijian la revolucion, y en las clases elevadas de la sociedad americana, como el que esos documentos suponen absurdamente trazado por los mismos personajes del cuadro. Las acusaciones de nuestros enemigos han podido pasar sin refutacion; su crédito venia viciado en su propio oríjen; pero ¿como dejar de refutar las que se publican como confesiones auténticas de los propios criminales?
Vamos, pues, á entrar en esa refutacion; será detenida, porque es necesario que sea completa. Empezarémos por la historia de los documentos mismos.
Ellos no son nuevos para nosotros: los conocemos _hace dos años_, y lo conocen muchas personas en Montevideo y fuera de él, como adelante diremos. Nunca pudimos, por mucho empeño que antes de ahora hemos hecho, averiguar, _con entera exactitud_, quien fué el hombre degradado que se manchó con esa falsificacion indigna; ni la época precisa en que ese crímen se cometió; ni el objeto directo que se tuvo en vista al cometerle.--Muchos le suponen obra de un desgraciado que ya no existe, no sin buenos fundamentos para creerlo. En cuanto á la época, escasa duda nos queda de que fué por los años 1821, cuando el partido que se llamó de Sarratea perdió toda esperanza de volver al gobierno, establecido sólidamente por el Jeneral D. Martin Rodriguez. Hay quien piensa que el objeto fué el de ganar prosélitos para aquel partido en la eleccion de diputados á un congreso que se proyectaba; pero cualquiera que fuese, es evidente que no pudo dejar de ser una alevosia, una calumnia fraguada contra hombres, á quienes habia designio de sacrificar en la opinion de los pueblos.
Sin mas investigar lo que no puede averiguarse, el hecho es que semejantes documentos fueron jeneralmente ignorados hasta despues que el dictador Rosas ocupó el gobierno de Buenos Aires: no se sabe de donde los obtuvo; pero consta que, desde 1836, _cuando ménos_, empezó él á esparcir copias manuscritas, dándolas como enteramente auténticas, y con aire de grande reserva. Muchas envió á las Provincias Arjentinas, y á los Estados vecinos; y fué especialmente solícito en darlas á diversos ajentes extranjeros que residian en Buenos Aires; de esto último tenemos personal conocimiento, como le tienen de la existencia de copias en los pueblos arjentinos, en Chile, en Bolivia, y otros Estados, personas diversas residentes en esta capital. Esos documentos, que tan equivocadamente se publican ahora como armas contra el dictador, han sido precisamente en sus manos grandes auxiliares de sus miras; con ellos trataba él de persuadir, especialmente á los extranjeros, á que todos los gobiernos anteriores al suyo habian sido anarquía, confusion, traicion y desórden, y que solo un poder de fierro podia rejenerar paises tan profundamente desmoralizados, como en esos documentos se pintan. Ese era el uso que de ellos hacia Rosas; para eso los derramaba con misterio, guardándose de publicarlos, por que sabía bien que, como toda intriga destinada á jerminar en la oscuridad, caeria aniquilada con solo presentarla á la luz. En este sentido, miramos como una fortuna la publicacion de esos documentos: corrian sijilosamente evitando una desmentida que destruiria el efecto con que se circulaban: ahora su publicacion ofrece la oportunidad de quebrantar ese instrumento de perfidia.
Entremos ya en esa tarea.
El suceso que sirve de oportunidad, ó de motivo, á la falsificacion de esos documentos--es decir, la llegada á Buenos Aires; en 1820, de una comision española, que se anunció como encargada de negociar--ocurrió del modo siguiente: El dia 4 de diciembre de aquel año, se presentó en la rada de Buenos Aires el bergantin de guerra español _Aquiles_, teniendo á su bordo á los Sres. D. Manuel Herrera, D. Tomas Comyn, D. Feliciano del Rio y D. Manuel Martin Mateo; que se decian _Comisionados Rejios_: el mismo dia 4, dirijieron á la Junta de Representantes una nota en la que anunciaban que Fernando VII, Rey Constitucional de las Españas, habia confiado á su celo el encargo de "acelerar la terminacion de las diferencias existentes entre individuos de una misma familia, y procurar dejar sólidamente cimentada la concordia jeneral;" y pedian, para poder desempeñar su comision con la debida independencia, que la Junta expidiese--
"El mas amplio salvo-conducto revestido de las solemnidades y garantias necesarias, para que, declarada la inviolabilidad de sus personas, papeles, y equipajes, y las inmunidades, y demas privilejios, que prescribe el derecho de jentes en tales casos, se pudiesen considerar en un todo asegurados bajo del sagrado de la fé pública como legados del rey constitucional de las Españas, y desembarcar con sus criados, y equipajes de abordo del bergantin de la armada nacional el _Aquiles_, al mando del teniente de navio de la misma D. Pedro Hurtado de Corcuera, y pasar á alojarse, y residir con plena libertad y seguridad en la ciudad de la Santísima Trinidad de Buenos Aires; durante el espacio de tiempo, que fuere necesario para tratarse y ser llevado al cabo este importante negocio; debiéndose especificar precisamente en dicho salvo-conducto para el inesperado caso de interrumpirse los tratos entablados, un plazo cómodo, dentro del cual haya de realizar la comision réjia su embarque, y seguro regreso marítimo, bajo del sagrado de la fé pública, con bandera parlamentaria, y en los propios términos, en que se la hubiese librado el salvo-conducto para su residencia en tierra."
La Junta contestó esa nota de un modo que bastaria, por sí solo, para desbaratar todo el armazon de calumnia levantado en los documentos que desmentimos; por mucho que en ellos se diga que aquella respuesta solo fué calculada para alucinar al pueblo. He aquí su tenor:
"_Contestacion de la muy Honorable Junta de Representantes_.
"Sala de sesiones de la Honorable Junta provincial en Buenos Aires y diciembre 6 de 1820.