El libro rojo, 1520-1867, Tomo I
Part 16
«Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el garrote del molledo derecho, y dijo llorando: quítenme la vida, que ya la he dicho; quiébranme el brazo: acábese la vida de una vez.
[Sidenote: Segundo.]
«Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote del molledo del brazo izquierdo. Ay, hermano, que me matais; la verdad digo, así ella me valga, acábenme de una vez.
[Sidenote: Tercero.]
«Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el garrote del muslo derecho, y decía con voz baja muchas veces: acábame ya, hermano, que ya la he dicho.
[Sidenote: Cuarto.]
«Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote del muslo izquierdo, y decia con voz baja: ay, ay, ay, acábame la vida; quedáos con Dios, hijos.
[Sidenote: Quinto.]
«Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote de la espinilla derecha, y dijo con voz baja, que la ha dicho: ya se acabó la vida, muchas veces.
[Sidenote: Sexto.]
«Amonestado que diga la verdad, se le apretó el garrote de la espinilla izquierda, y con voz muy baja dijo, que la ha dicho; ya se acabó la vida, hijos mios, quedaos con Dios: ya he dicho la verdad, señor, ya mi vida se me arranca, no permitan que yo muera aquí.
[Sidenote: Séptimo]
«Amonestado que diga la verdad, se le dió y apretó el molledo del brazo derecho, y dijo algo más alto: señores, acábenme la vida de una vez; acábenme la vida de una vez, el que lo padece lo sabe.
[Sidenote: Apriétanse más los garrotes.]
«Amonestado que diga la verdad, se mandaron apretar todos los dichos garrotes, dándosele vuelta: ay, Dios de mi alma, ya la he dicho; lo cual dijo con voz alta, y quejábase mucho, como llorando: que ya la he dicho; ay, ay, que ya he dicho la verdad, así ella me valga.
[Sidenote: Jarros de agua.--Primero.]
«Pasósele la toca sobre la boca, metida hasta la garganta con un palo, y echado un jarrillo de agua, que hacía un cuartillo, dijo: sáquenme de aquí, no permitan que muera aquí, no permitan que diga lo que no hice.
[Sidenote: Segundo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Tercero.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Cuarto.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.
[Sidenote: Quinto.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Sexto.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Séptimo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.
[Sidenote: Octavo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Noveno.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Décimo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma.
[Sidenote: Undécimo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.
[Sidenote: Duodécimo.]
«Echósele otro jarro de agua, la mesma forma, y quitada la toca dijo que ya ha dicho la verdad.
«Quitada la argolla de hierro de la garganta, y preguntado si quiere decir algo, dijo que la verdad ha dicho, así ella le valga, y quejábase con voz baja, y que más valiera que fuera verdad.
«Fué mandado quitar los garrotes y desligar del potro, y levantado, sentado sobre el potro, amonestado que diga la verdad, dijo que ya ha dicho la verdad.
«Amonestado que diga la verdad, fué tendido en el potro: dijo que no se permita que diga lo que no es verdad: señores, no muera yo aquí.
«Amonestado que diga la verdad, se le tornó á poner la argolla de hierro en el cuello, y dijo en voz algo alta: ay, Sr. Illmo., que ya la he dicho, así Dios se acuerde de mi alma.
«Lo cual todo visto por los dichos Sres. Inquisidores y ordinario, mandaron cesar en el tormento, no lo habiendo por suficientemente atormentado y con protestacion de lo continuar cada y cuando que convenga. Y asi se le notificó y dijo que lo oia.
«Y con esto fué desligado de los brazos y llevado á su cárcel, donde curado y mirado á lo que pareció, aunque lastimado, no habia lission ni quebradura.
«Acabóse esta diligencia del tormento como á las diez horas y media de la mañana.
«Passó ante mí.--_Pedro de Mañosca._»
A pesar de todo, á este testigo le fué dado garrote, y fué quemado en el auto de fe del día 8 de diciembre de 1596, en cuyo auto corrieron la misma suerte la mayor parte de las personas de la familia Carabajal, como se verá más adelante.
Isabel Rodríguez, mujer de este desgraciado y madre de sus cinco hijos, sufrió también el tormento, soportando nueve vueltas de cordel en los brazos, nueve garrotes en el potro y tres jarros de agua, después de lo cual confesó y salió también al auto de fe mencionado, condenada á cárcel perpetua.
El marido tenía 36 años de edad y la mujer 32.
* * * * *
D. Luis de Carabajal siguió en la prisión, y siguiéronse los procesos de su madre y hermanas, sólo que ya entonces Luis de Carabajal fué conocido con el nombre de José Lumbroso porque declaró
«Que Lumbroso tomó por un sueño que soñó, estando preso en esta cárcel agora cinco años, y fué que soñó que via una redoma llena de un licor muy precioso, metida en una fundilla como de sombrero, y que le decia Dios á Salomon: toma una cuchara de este licor y métela en la boca de este muchacho; y Salomon le metió una cucharada de aquel licor en la boca de este, y entonces este despertó, y quedó tan consolado, que no sentia la prision de allí adelante tanto como antes, y entendió este que aquel sueño fué una lumbre que Dios le quiso dar para que guardase la Ley de Moysen y entendiese la Sagrada Escritura.»
Luis de Carabajal no tuvo fuerzas ni para sostener la fuerza del tormento, porque era tal el terror que le causaban los Inquisidores, que en una de sus declaraciones dijo: «que no se haye en ella el Sr. Inquisidor Lic. D. Alonso de Peralta, porque le tiemblan las carnes en verle.»
Un día, al salir de la Audiencia Luis de Carabajal, y conduciéndolo á su cárcel Gaspar de los Reyes y Pedro de Fonseca, aquel infeliz, cansado ya de sufrir y no teniendo más porvenir que la hoguera, quiso acabar de una vez con su vida, y arrancándose violentamente de las manos de sus conductores, se arrojó al patio desde el corredor de la Audiencia.
Pero aun en esto le fué adversa la suerte, y fué conducido á su calabozo sin haber sufrido daño alguno de consideración.
Por fin, Luis de Carabajal fué condenado, no sin que antes se hubiera procurado, conforme á lo dispuesto por las leyes que regían en la Inquisición, convencerle de sus errores, haciéndole abjurar de la ley de Moisés y convencerle de la de Jesucristo, para lo cual se echaba mano en dichos casos de los maestros más notables en la Teología. Consta en el proceso esta razón: «En la ciudad de México, sábado 24 dias del mes de Agosto de mil y quinientos y noventa y seis años, dia del Glorioso y bienaventurado Apóstol, estando en su Audiencia de la tarde los Sres. Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y Lic. D. Alonso de Peralta, presentes los Maestros Fray Pedro de Agurto y Fray Diego de Contreras, de la Orden de S. Agustin, qualificadores de este Santo Oficio, mandaron traer de su cárcel al dicho Luis de Carabajal, y siendo presente, le fué dicho como habian venido los dichos Maestros Fray Pedro de Agurto y Fray Diego de Contreras, para satisfacerle de las dudas que tiene, y que por amor de Dios esté atento á lo que le dijeren, para satisfacerle de ellas, y habiendo estado con él tres horas y media, satisfaciéndole sus dudas y diciéndole despues qué era lo que queria creer y tener, dijo: que queria tener y creer, vivir y morir en la ley que Dios Nuestro Señor dió al Santo Moysen.
«Y visto lo susodicho, los dichos Sres. Inquisidores lo mandaron llevar á su cárcel, con lo que cesó la Audiencia y se salieron de ella, y á los dichos qualificadores se les mandó que guarden secreto debajo del juramento que tienen hecho.»
A 121 ascendió el número de las personas testificadas ó acusadas por Luis de Carabajal en su proceso, y contra todas ellas se siguió causa. La sentencia definitiva contra Luis de Carabajal, fué la siguiente:
_Christi Nomine Invocato._
«Fallamos atentos los autos y méritos del dicho proceso, el dicho Promotor fiscal, haber probado bien y cumplidamente su acusación, segun y como probarle convino, damos y pronunciamos su intención por bien probada; en consecuencia de lo cual, que debemos de declarar, y declaramos que el dicho Luis de Carabajal haber sido y ser hereje, judaisante, apóstata de nuestra Santa Fé Católica, fautor y encubridor de herejes, judaisantes, ficto y simulado confitente, impenitente relapso, dogmatista pertinaz, y por ello haber caido y incurrido en sentencia de excomunion mayor, y estar de ella ligado y en confiscacion y perdimiento de todos sus bienes, los cuales mandamos aplicar y aplicamos á la Cámara y fisco real de Su Magestad, y á su receptor en su nombre, desde el dia y tiempo que comenzó á cometer los dichos delitos de herejía, cuya declaracion en nos reservamos, y que debemos de relajar y relajamos la persona de dicho Luis de Carabajal á la justicia y brazo seglar, especialmente al Lic. Vasco López de Bivero, corregidor de esta ciudad, al cual rogamos y encargamos como de derecho mejor podemos, se hagan piadosamente con él, y declaramos los hijos y hijas del dicho Luis de Carabajal, y sus nietos por línea masculina, ser inhábiles é incapaces, y los inhabilitamos para que no puedan tener ni obtener dignidades, beneficios ni oficios, así eclesiásticos como seglares, ni otros oficios públicos ó de honra, ni poder traer sobre sí ni sus personas, oro, plata, perlas, piedras preciosas ni corales, seda, camelote, ni paño fino, ni andar á caballo, ni traer armas, ni ejercer, ni usar de las otras cosas que por derecho comun, leyes y pramáticas de estos Reinos é instrucciones y estilo del Santo Oficio, á los semejantes inhábiles son prohibidas. Por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos escritos, y por ellos.--_El Dr. Lobo Guerrero._--_El Lic. D. Alonso de Peralta._--_Mr. D. Juan de Cervantes._»
«Esta sentencia se pronunció estando celebrando auto público de la fé, en la Plaza mayor de esta ciudad, en las Casas de cabildo de ella, sobre unos cadalsos y tribunal alto de madera que en ellas habia, domingo, dia de Ntra. Sra. de la Concepción, 8 dias del mes de Diciembre de mil y quinientos y noventa y seis años.»
* * * * *
Entregado Luis de Carabajal al brazo secular, acto contínuo, se pronunció la sentencia siguiente:
«En la ciudad de México, domingo, 8 dias de Diciembre de mil y quinientos y noventa y seis años: estando en la Plaza mayor de ella, en las Casas del Cabildo, haciéndose y celebrándose auto público de la fé, por los Sres. Inquisidores apostólicos de esta Nueva España, fué leida una causa y sentencia contra Luis de Carabajal, reconciliado que ha sido en este Santo Oficio, que está presente, por la cual se manda relajar á la justicia y brazo seglar por relapso, impenitente pertinaz, y vista por el Lic. Vasco López de Bivero, corregidor de esta dicha ciudad, por Su Majestad, la dicha causa y sentencia y remision fecha, y la culpa que resulta contra dicho Luis de Carabajal, y que se le entregó personalmente, pronunció contra él estando sentado en su tribunal, adonde para este efecto fué llevado, la sentencia del tenor siguiente:
«Fallo, atenta la culpa que resulta contra el dicho Luis de Carabajal, que lo debo de condenar y condeno á que sea llevado por las calles públicas de esta ciudad, caballero en una bestia de albarda y con voz de pregonero, que manifieste su delipto, sea llevado al Tiangues de San Hipólito, y en la parte y lugar que para esto está señalado, sea quemado vivo y en vivas llamas de fuego, hasta que se convierta en cenizas y dél no haya ni quede memoria. Y por esta mi sentencia definitiva, juzgando, ansí lo pronuncio y mando.--_El Lic. Bivero._»
* * * * *
Cumplióse la dicha sentencia, y la misma suerte cupo á la madre y hermanas de Luis de Carabajal.
Y en el auto de fe celebrado el 8 de diciembre de 1596, murieron en la hoguera, según la relación original de dicho auto, D.ª Francisca de Carabajal y sus hijos D.ª Isabel de Carabajal, D.ª Catalina de Carabajal, D.ª Leonor de Carabajal y Luis de Carabajal. Además de éstos, fueron también relajados en persona, y murieron en el mismo día, Manuel Díaz, Beatriz Enríquez, Diego Enríquez y Manuel de Lucena. Sólo D.ª Mariana de Carabajal quedó por entonces libre, en atención á que estaba demente; pero como se verá más adelante, fué también quemada en el año de 1601.
* * * * *
D.ª Mariana de Carabajal, sin duda por el terror que le causaron los procesos seguidos contra su familia, perdió la razón.
Los Inquisidores esperaron con paciencia á que la recobrara; recobróla en efecto, y fué juzgada y sentenciada á _relajar_, y entregada al brazo seglar en el auto de fe del 25 de marzo de 1601. La sentencia del Corregidor dice así:
«Fallo atenta la culpa que resulta contra la dicha D.ª Mariana de Carabajal, que la debo de condenar y condeno á que sea llevada por las calles públicas de esta ciudad, caballera, en una bestia de albarda, y con voz de pregonero que manifieste su delito, sea llevada al Tiangues de San Hipólito, y en la parte y lugar que para esto está señalado, se le dé garrote hasta que muera naturalmente, y luego sea quemada en vivas llamas de fuego, hasta que se convierta en ceniza y de ella no haya ni quede memoria. Y por esta mi sentencia, &c.--_El Lic. Morfonte._»
En este mismo auto salió entre los penitentes, Anica, la más pequeña de todas las hermanas, y que era entonces, verdaderamente, una niña; única persona que, á lo que parece, logró escapar con vida de las garras del sangriento tribunal.
El auto de fe de 1601, en el que murió Dª. Mariana, fué sin duda en el que más lujo desplegaron los Inquisidores. Sería difícil hacer una descripción de él sin que pareciera exagerada; para evitar este inconveniente, y para que los lectores del _Libro Rojo_ tengan una noticia exacta de aquel auto, en el número próximo publicaré una relación de todo lo acontecido en aquel día, escrita por orden del Santo Oficio, y que logré encontrar en los revueltos archivos de ese tribunal.
_Vicente Riva Palacio._
LA FAMILIA CARABAJAL
AUTO DE FÉ DE 1601
Relación muy verdadera del triunfo de la ffe, y auto general que se celebró por el Santo Oficio de esta nueva España, y Real Corte de México, en 25 de Marzo de 1601, años, siendo Inquisidores los Sres. Licenciados Don Alonso de Peralta y Gutierre, Bernardo de Quiroz, y Promotor fiscal de sus caussas, el Dr. Martos de Bohorquez, en la cual se da cierta y caval noticia de todo lo que por órden de estos Sres. se puso en obra para el aparato solene y suntuoso del dicho auto, cuyo testimonio darán las personas que en esta ciudad se hallaron desde el dia de la publicacion hasta el de su celebracion, á la qual se añadirá la memoria y lista de los penitenciados que salieron á él, con las particulares penitencias que les fueron impuestas, y el effecto que hubo el cumplimiento de ellas.
* * * * *
La primera prevencion que tuvo effecto, fué dar principio á este auto, y tratar de su publicacion, la qual se puso en hobra, Jueves, antes del medio dia, que se contaron, 15 de Febrero de este año, para cuya solenidad salieron este dia de las casas del Santo Oficio y bastante número de familiares, y el Corregidor y Rejimiento y otras muchas personas de lo mas Ylustre y noble de esta Ciudad, los quales con el ornato que semejantes publicaciones suelen llevar de Libreas, trompetas, y atabales, paseando lo mas cercano y público de la plaza, publicaron con voz de pregoneros el dicho auto, dando el primer pregon á las puertas del Sancto Oficio, y el segundo á las de Palacio, y el 3.º, 4.º, 5.º, junto á las casas de Cabildo, calle de Sant Francisco, y junto á su combento; y el último á la entrada de la calle de Tacuba, señalando de término el que avia de este dia hasta 25 de Marzo, Domingo felicísimo, en que el divino Jesus bajando del seno de su Eterno Padre al profundo valle de umildad de la purísima Vírgen María, vino á darnos nueva ley de gracia, escrita en dos tablas de piedra yncorrutible de su palabra, y obras, tiempo acomodado á la ocasion en que su santa ley de ffé católica ollava los Cuellos de los que dejaban la luz, y ley de gracia, por las sobras de la ley escripta, la figura por lo fijurado, y por la casa del mal labrado évano, la coluna de nevado marfil y terso marmol; así que para mayor solenidad se elijió este dia tan acomodado y nacido para el hacto que en él se avia de celebrar.
En el qual para el seguro de que no hubiese fuga yn ausencia por los presos que avian de ser penitenciados, se destribuyó por los Sres. Inquisidores, las noches de cada semana, entre los familiares, para que en cada una de ellas velasen por su órden las calles, quadras y prisiones de su casa, hasta el dia del auto, lo qual hizo y cumplió muy cavalmente, haciendo cuerpo de guardia en el saguan de la Inquisición, donde cada familiar procuró aventajarse la noche que le cupo llevando en su compañía jente luzida y noble, de donde á la luz de muchos fuegos que se hacian se repartian á hacer su vela, estorbando el paso á la jente que iva con armas no conocida.
No causó poca admiracion á la Ciudad, ver que eran ya 10 de Marzo, y no se trataba de hacer el cadalso, entendiendo por esto, que no sería tan suntuoso ni para tanta jente como despues pareció, y la causa de esto fué, porque dentro, en las casas del Sancto Oficio, en una de sus plazas, la mas secreta, avia gran número de oficiales, hasí de carpintería como de pintura, obrando lo mas esencial y de momento, para su ornato, á la sombra de una sala grande que para su guarda se avia edificado con acuerdo y parecer de los Sres. Inquisidores, por escusar costas y gastos que en semejantes ocasiones se podia ofrecer adelante, y aprovechar en ellas las que el presente les avia causado, de donde á su tiempo se ivan llevando al cadalso segun era necesario, el qual cadalso se comenzó hacer á los 12 de este mes, casi en el comedio y arrimado á los portales de los mercaderes y sederos en la plaza pública de esta Ciudad.
Y luego el segundo Domingo de quaresma, que fué el de la Trasfiguracion del Señor, 18 de Marzo, se publicó el edicto de la fé en la Catedral de esta Ciudad, al qual ocurrió la mas jente que sufrió la capacidad de la Iglesia y la autorizó con su presencia el Ilustrísimo conde de Monte Rey, virey de esta nueva España, teniendo el sitial en la capilla mayor de ella, asiento el Sto. oficio de la Inquisicion, y habiéndose sentado comenzaron los oficios divinos, y antes del sermon, se leió el Edicto, y predicó el Provincial de los Franciscos, Fray Buenabentura de Paredes, hombre doctísimo y digno del sermon, por su mucha cristiandad y erudicion y eloquencia en alabanza de la festividad y ensalsamiento de las obras del Sancto Oficio para gran confusion de los enemigos de nuestra santa ffé cathólica.
El sábado siguiente, 24 de Marzo, á medio dia, se acabó la hobra del cadalso y su ornato, el qual era dividido en dos partes iguales, de 60 varas en largo y 30 de ancho, aunque la primera parte era mas alta que la segunda cantidad de una vara, respecto de que la gente pudiese ver y gozar de todo lo que en ella obiese, y esta division hacian una calle de ancho de 10 varas, para que la gente pudiese pasar de un lado á otro: esta primera parte tenia de alto 4 varas, y la segunda tres, y ambas se formaron sobre gruesos pilastrones de madera, fortificados con otros atravesados, que hacian labor de claraboyas y sobre las puntas sus traviesas de buenas vigas, en las quales se yso el planice pro cuyos lados en circuito, hazian los tablados una ceja de ancho de una vara, porque la gente no subiese arriba por los pilastrones, y ambas partes cercavan por lo alto unas muy lucidas barandas pintadas sobre campo blanco de amarillo, escurecido con pardo y negro. Y á esta primera parte se subia por una escalera sercada, juntas bigas á modo de aposento, de ancho de 2 varas, que tenia 18 gradas muy fuertes y bien labradas, á la qual se entrava por una puerta grande y fuerte, adornada de buena clavason, y por la parte dentro con su serrojo y llave, y á este modo tenia otro el tablado de la segunda parte, salvo que la escalera tenia 14 gradas, ambas acian frente á la calle de Sancto Domingo, y á los lados de estas escaleras se formaron dos aposentos de madera, devajo de la primera y segunda parte, cada uno: algo espacioso, con sus puertas, y lovas que avian de servir de cárceles para la gente descomedida y descompuesta que se prendiese el dia del auto.
Desde la puerta de la primera parte se hizo un palenque que de 80 varas de largo y seis de ancho, porque la gente no estorvase su entrada, y á los lados de la puerta avia hechos poyos para en que se apeasen en él, Santo Oficio, virey, audiencia y demas gente de á cavallo que los acompañase, porque los cavallos no se estorvasen al apearse unos con otros, se hizo al lado de los portales un apartamiento, por donde saliesen, y al modo de este palenque se hizo otro á la puerta de la segunda parte, que su largo será de 80 varas, y el ancho de 6, por el qual se avian de entrar los penitentes á su tablado, y á los colaterales del cadahalso se hicieron 2 tablados para cabildos eclesiástico y seglar, cada qual con sus asientos, muy bien aderesados, que con su compañía le hacia de muy gran majestad.
Al principio, y sobre esta primera parte que hacia muro con los portales de los mercaderes, hácia Oriente, se levantó un medio Teatro del ancho del tablado, cuya subida tenia 12 gradas divididas en tres partes y pendientes las unas de las otras, y las de su mitad sobrepujaban á las de las otras casi media vara y tenían de ancho 2 varas, por las cuales podian subir tres personas juntas, y por los lados subian unas barandas de 3 quartas de alto y daban vuelta á las Tribunas que serán de media vara, y el planice tenia el largo de todas las gradas y 4 varas de ancho, en cuyos lados y estremos avia 2 Pedrestales prolongados que cada uno recibia en sí dos colunas quadradas de horden dórico, de alto de 4 varas, en cuyos lissos avia pintados unos escudos de muy buen artificio con las armas que luego se dirán, y las basas y capiteles corria su cornisamento proporcionado á las colunas, y por ellas un bien labrado friso, en cuyo campo se leyan en letras latinas grandes, estas palabras: «_Veritas stabit et fides convalescet Esdras. Lib._ 4.º, _cap._ 7.º, _vers._ 34,--que mostraban la majestad de este lugar, hablando con los herejes y penitenciados, como quien les decia; la verdad permanecerá, y será firme y estable, y prevalecerá la fé con triunfo glorioso para vuestra confusión y desengaño, en confirmación de la verdad que siguen los fieles.
Y los costados de este cornisamento se labraron costosamente, con mucho primor; y en este friso habia puestos por su órden, cuatro escudos, en los quales y en los de las colunas se pintaron las armas siguientes: En los primeros un cuchillo ensangrentado, que hacia forma de cruz con una hacha de armas, y entre ellos una palma, con tres coronas, doradas, armas del glorioso Sant Pedro mártir, cuidadoso protector de la fé, y primer inquisidor de la Iglesia Católica.