Documentos para la historia del virreinato del Rio de la Plata, tomo 1

Part 31

Chapter 314,044 wordsPublic domain

En Buenos Aires dicho dia mes y año Yo el ess.ⁿᵒ de Cavildo interino de Gobierno, sali De la R.ˡ fortaleza de esta Ciudad acompañado de la Tropa que se destinó y a son de Cajas de Guerra y p.ʳ voz de Pregonero hice que publicase el vando antecedente fijando copias de él en los Parages Publicos.

Firmado:

_Pedro Nuñez._ Hay rúbrica.

NUMERO 81

=Bando del Virrey Vertiz ordenando las ceremonias con motivo del Santo patrono.=

(Noviembre 8 de 1780).

Papal sellado de un quartillo para los años de mil setecientos y ochenta y uno.

D.ⁿ Juan Joseph de Vertiz y Salcedo, Cav.ʳᵒ comendador de Puerto Llano en la orden de Calatrava Theniente General de los Reales extos., Virrey Gov.ᵒʳ y Cap.ᵃⁿ general de estas Provincias del Rio de la Plata. Por quanto la vispera y día del S.ᵒʳ S.ⁿ Martin Patron de esta Ciudad se ha de sacar en paseo el Real Estandarte como es costumbre deviendose hacer esta funcion con el maior lucimiento, ordeno y mando a todos los vecinos y residentes en esta Ciudad asistan a el y acompañarle y al Rexidor d.ⁿ Pablo Ruiz Gaona q.ᵉ lo ha de Sacar y assi mismo yluminaran las noches de los dos dias expresados las Calles de esta Ciudad segun estilo. Buenos Ayres ocho de Noviembre de mil setecientos y ochenta.

JUAN JOSEPH DE VERTIZ.

Por m.ᵈᵒ de S. Ex.ᵃ

_Joseph Zenzano_, Esc.ⁿᵒ de Gov.ⁿᵒ.

A ocho de Noviembre de mil set.ˢ y ochenta Yo el Ess.ⁿᵒ de Gov.ⁿᵒ sali de la real Fortaleza con la tropa que se señalo y con cajas y pifanos de guerra batidas hise publicar y se publico el antesed.ᵗᵉ Vando en los parages publicos y acostumbrados de q.ᵉ doy fee.

_Zenzano._

NUMERO 82

=Bando del Virrey Vertiz, estableciendo las disposiciones á observarse en atención que se aproxima la época de la cosecha.=

(Diciembre 15 de 1780).

D.ⁿ Juan Josef de Vertiz y Salcedo Comendador de Puerto Llano en la Orden de Calatrava, Teniente General De los R.ˢ Egercitos, Virrey, Gobernador y Cap.ⁿ General De las Provincias del Rio de la Plata &.ᵃ

Por quanto conbiene al bien de esta Ciudad, sus havitadores y Provincias q.ᵉ la recogida de la Cosecha de Trigos y de los Granos, se verifique con la mayor prontitud de que depende el logro de las sementeras, sin desperdicio como se experimenta ocasionado de q.ᵉ los Labradores no suelen hallar Peones q.ᵉ Conchavar y de otros desordenes q.ᵉ se cometen, p.ᵃ cuyo remedio se guardaran los Capitulos sig.ᵗᵉˢ:

Que cesen todas las obras q.ᵉ hay en esta Ciudad, y los Obrages de hacer Ladrillos, y Teja, hasta que se acave la Siega, y que todos los Peones que se ocupan en esto, y los Indios, Mulatos, y Negros Libres salgan á las Chacras á Conchavarse para la referida recogida de Trigo, pena al que asi no lo hiciere de cien azotes, y q.ᵉ la misma se egecutará en los que se cogiesen travajando en dichas obras, y obrages ó jugando en las Canchas de volas, ú otras partes durante la siega, y q.ᵉ á los Dueños de las Obras, y Canchas q.ᵉ lo permitiesen se les exigiran cien pesos de multa aplicados p.ᵃ la obra pia de niño expósitos.

Que ninguna Persona durante la siega salga de esta Ciudad á vender con Pulperias volantes, p.ʳ los desordenes que se siguen con la vevida y juegos, y no se venda a los Segadores aguard.ᵗᵉ por las Pulperias permitidas, ni otra bevida q.ᵉ embriague, pena de perdimiento de la Pulperia, y veinte, y cinco p.ˢ de multa aplicados en la misma forma.

Que los Dueños de las Sementeras de ningun modo permitan juegos, so la misma pena.

Que los Cavos Militares, Jueces comisionados, y Alcades de la Hermandad de la Campaña obliguen a todos los Ganderios, Vagamundos, y gente ociosa a que se Conchaven para segar, y a lo mismo se les obligará á los que se hallaren en esta Ciudad, sus Arravales, y Quintas, celando el que asi se cumpla, las Patrullas, Alcaldes ordinarios, Alguacil Mayor, su Teniente y demas ministros de Justicia, apreendiendo a los que assi no lo hicieren.

Que todos tengan grandissimo, cuidado de que no se arroje fuego en las Sementeras, Campañas, ni Caminos, para evitar los Incendios que suelen experimentarse, pena que al que lo hiciese con malicia, se le castigará con las inpuestas a los Incendiarios, y al que lo egecutare por falta de cuidado, con las q.ᵉ correspondan ademas de pagar los daños q.ᵉ causaren.

Y en los Ranchos y Cocinas en q.ᵉ es preciso mantener fuego para hacer las comidas guardaran las precauciones y cautelas á evitar todo motivo de Incendio: Cuyos Capitulos haran cumplir las Justicias Cavos Militares, y Jueces Comicionados con el mayor celo, y actividad p.ᵃ q.ᵉ de este modo, se logre el recojer las cosechas, y lo mismo el Alcalde Provincial, los de la Hermandad, y Quadrilleros de modo q.ᵉ todos han de correr la Campaña precisamente durante la siega, pena de que seran responsables por su poco celo á las desgracias q.ᵉ sucedieren de q.ᵉ se les hará cargo.

Buenos Ayres quince de Diziembre de mil setezientos y ochenta.

Firmado:

JUAN JOSEPH DE VERTIZ. Hay rúbrica.

Por m.ᵈᵒ de S. Ex.ᵃ

_Joseph Zenzano_, Esc.ⁿᵒ de Gov.ⁿᵒ. Hay rúbrica.

En Buenos Aires dho. dia mes y año, yo el ess.ⁿᵒ sali de la R.ˡ fortaleza de esta Ciu.ᵈ con la tropa que se destinó y con Cajas y Pifanes de Guerra hice publicar y se publicó el Vando antcedente y fijé copia del, y di seis para la Rev.ˢˢᵒⁿ, de ello doifé.

Firmado:

_Zenzano._ Hay rúbrica.

HIGIENE PÚBLICA

NUMERO 83

=Expediente sobre destinar cirujanos y demas á la campaña á la curacion de la epidemia del año de 1778, y solicitud de los que se emplearon sobre cobranza de salarios.=

Este expediente ha sido ordenado por orden cronológico para su mejor comprensión.

(1778-1789)

NOTA DEL MAESTRE DE CAMPO M. DE PINAZO

S.ᵒʳ Then.ᵗᵉ de Rey y Goberna.ʳ interino: S.ʳ el Alferez D.ⁿ Domingo Lorenzo que lo es de la Compania del Salto, en su Carta de 20 del Corr.ᵗᵉ me ha comunicado hallarse todas las jentes de la campaña agitadas de un contajio que los reduce a su ultimo exterminio haviendose estendido a ese lugar, Pergamino, Fuentesuelas Arrezife, Arroyo del tala, Rincon de S.ⁿ Pedro, Baradero y Curato de S.ⁿ Nicolas en los Arroyos y asi mismo me participa que de las quatro compañías del cargo de el sargento mayor D.ⁿ Diego Trillo iban muerto siento nobenta y seis ombres, sin incluir Mugeres, niños y forasteros, continuando esta fatalidad con igual desgracia por las sumas necesidades que padecen de Medicos Medicinas y assistencias, como es notario, y porque en el remedio publico es mui justo haiga de interesarse la piedad de los superiores principalmente teniendo V. S. largas [****] del desamparo en que viben estas jentes, me parecio mui de mi obligacion representarlo a V. S. p.ᵃ que se sirba tomar la providencia que le dictare su piedad en alivio de aquellos miserables principalmente ordenando se les socorra con el pasto espiritual de que lastimosamente carecen, pues aunque esta el Cura del Baradero, un Then.ᵗᵉ de Cura en el Arrezife, otro en el Pergamino y algunos Religiosos en el Rincon de S.ⁿ Pedro, pero todos no dan abasto, ni pueden concurrir a la Comun necesidad de aquellas jentes, en cuio remedio espero de la eficazia de V. S. y su gran piedad se sirba atender la necesidad espiritual y corporal q.ᵉ padece el publico para impartiles como Padre el remedio: Nro. S.ᵒʳ G.ᵈᵉ a V. S. m.ˢ a.ˢ Cañada de Escobar y Julio 22 de 1778--B. L. M. de V. S. su maior servidor--Manuel de Pinazo.

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PETICION DEL CARPINTERO C. ESPINOSA

En 7 de sep.ʳᵉ de 95 se hizo represent.ᵒⁿ

N.ᵒ 7.

Exmo. Señor.

Señor

Cristoval espinosa vecino de esta ciudad y Mro. Carpintero con el mas rendido respeto a V. E. expone: Que estando governando el Sr. Theniente de Rey se le mandó por el mro. maior de carpinteria Manuel Miró pusiese por obra dos cajones para el deposito de la medecina que devia marchar a la campaña los que en el termino de medio dia dió finalizados mediante la aceleracion con que se los pedian y para dar este devido cumplimiento se vio precisado á buscar mas oficiales de los que tenia en su tienda a fin de desempeñar tan importante cargo los que satisfizo immediatamente dejando para esto cuanto trabajo tenia a su cargo y noticioso de que los acaldes deven satisfacer esta obra como es costumbre que han sacado algunas para el pago de las carretillas que fueron á dho. efecto en esta atencion.

A. V. E. supp.ᶜᵃ se sirva se les satisfaga el importe de los dos expresados cajones que ymportan veinte y ocho pesos tanto por ser trabajo personal quanto por haver sufragado los jornales y maderas para su construccion favor y gracia que espera de la recta Justificacion de V. E.

B.ˢ A.ˢ 22 de setiembre de 1778.

Informe el Mro. maior de Carpinteria Man.ˡ Miró.

_Aldao._

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Ex.ᵐᵒ Señor Birrey:

En doce de Julio proximo pasado me mando el Then.ᵗᵉ de Rey se construiesen en la carpinteria de esta R.ˡ fortaleza quatro cajas para medisina que segun tengo entendido se conducieron a algunos partidos de esta Jurisdision al cargo de Zirujanos que por disposision Governa... fueron destinados á la asistencia de los enfermos que se allavan acometidos del contaxio, y no siendo posible cumplir aquella orden con la prontitud que se me ordenaba por hallarme con otras obr.ˢ entre manos q.ᵉ no podia abandonar, me vali del suplicante para que hiciese dos dhas. cajas, lo que executo con la prontitud que se podia desear; y por lo mismo me parece es acreedor se le satisfaga su importe a que es el que solicita y considero arreglado: V. E. dispondrá lo que sea de superior agrado, Buenos Ayres Sep.ʳᵉ 25 de 1778.

_Manuel Miró._

Buenos Aires, 26 de Septiembre de 1778.

Informe el Thent. Rey.

_Aldao._

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Exmo. Señor.

Señor: Es cierto que a el maestro maior de Carpinteria Manuel Miró le mande construir las quatro caxas, que cita en su informe, que sirvieron para llevar medicinas al cargo de Cirujanos que con sangradores y capellanes, dispuse pasasen á otros tantos Partidos de esta Jurisdiccion, para la asistencia Espiritual y temporal de muchos enfermos que se hallavan acometidos de un achaque epidémico, en conformidad de lo que me representó el Maestre de campo D.ⁿ Manuel de Pinazo y de que di cuenta a V. E. en fecha de 28 de Julio del año proximo pasado, con testimonio de todo lo obrado sobre el particular. Que es lo que devo exponer a V. E. obedeciendo su superior decreto, y sobre el pago que se solicita V. E. determinará lo que tenga por combeniente y sea del beneplácito de V. E.

Buenos Ayres 27 de Sepbre. de 1778.

_Diego de Salas._

Buenos Aires 3 de Octubre de 1778.

Ocurra al Cavildo para que a consequencia de las providencias que me dictó en sus acuerdos para subvenir á estas urgencias provea acerca de la satisfaccion que solicita de esta parte.

_Aldao._

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M. Ilt.ᵉ Cav.ᵒ Just.ᵃ y Rex.ᵗᵒ

El Procurador sindico de la ciudad satisfaciendo al pedimento de Cristobal Espinosa Maestro de Carpintero que con justicia pide se le satisfagan los veinte y ocho pesos del costo que tuvieron los dos cajones que hizo para llevar la medicina a la campaña Dice lo primero que la satisfacion á este se le debe hacer; pero el Procurador hecho cargo de que la ciudad oy no tiene arvitrio para poderlo verificar; respecto a que con los cortos propios no alcanza para pagar las cargas é intereses que tiene que pagar, como es notorio, no puede menos que pedir a V. SS. se sirvan suplicar rendidamente al Ex.ᵐᵒ S.ʳ Virrey, se digne mandar se satisfaga de pronto al ramo de Guerra propio de la Ciudad como asi se pidio en el acuerdo que a este efecto se celebro. Y se podrá reintegrar quando los Hacendados cumplan la satisfaccion de los pesos que ofrecieron a la Ciudad y respecto de que estos gastos son a su beneficio como es la de socorrerlos en el grande contagio de peste, que la campaña padece, le parece al procurador combeniente se les mande al comun de los Hacendados concurran en el modo que les sea mas favorable a esta satisfaccion, y sobre todo determinaran V. SS. lo que hallaren por mas combeniente.

Buenos Aires, Octubre 7 de 1778.

_Bernardo Sancho Larrea._

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PETICION DE EL MEDICO J. GRANADO Y EL SANGRADOR G. GONZALEZ

_Exmo. Sr. Birrei y Capitan General._

Bs. As. 28 de Septiembre de 1778.

D.ⁿ Joseph Granado Médico y D.ⁿ Gerónimo Gonzales Sangrador, puestos a la obediencia de V. Ex.ᵃ con la devida beneracion; dicen que haviendo sido destinados por el S.ʳ Tet. de Rey, a este Partido de los Arrecifes, en donde se hallan en susidio de los apestados y hallandose con la ropa lacerada, y no teniendo medios con que reenplazarla, ni de donde le vengan, pues estan sirviendo en caridad, segun la Mente de V. Ex.ᵃ y como consta a todo el partido an de merecer la Beninidad y caridad de V. Ex.ᵃ se les asigne un socorro, con que puedan soportar la fatiga, y remediar la necesidad que llevamos manifestada: Por tanto a V. Ex.ᵃ piden y suplican se sirva conceder segun y conforme se pide por ser asi de Justicia.

_Joseph Granado._ _Geronimo Gonzalez._

Pase al cavildo de esta ciudad el adjunto memorial, para que _a_ consequencia de las resoluciones, que acordó al tiempo de estas providencias que se tomaron al fin de reparar la necesidad en que se hallavan los havitantes de las campañas determine sobre este particular.

_Aldao._

Buenos Aires y octubre 7 de 1778.

En Acuerdo que celebró el M. I. C. Justicia, y Reximiento de esta ciudad, hoy dia de la fecha, se Leyó el memorial y Decreto de la buelta y enterados los señores de su contenido, despues de conferenciado largo rato sobre el particular de una voz y conformidad dijeron, dese vista de él al S.ʳ Sindico Procurador General para que con arreglo al Decreto de S. E. y demas acuerdos que sobre el asumpto se le han pasado exponga con la maior antizipacion lo que se le ofresca y en su vista tomar este I. C. las providencias que conzeptue de Justicia--Asi consta de dicho acuerdo a que me remito.

_Pedro Nuñez._

_M. Ilt.ᵉ Cav.ᵒ Justicia y Reg.ᵗᵒ_

El Procurador sindico de la Ciudad satisfaciendo el pedimento de D.ⁿ Jph de Granado, y Médico, y D.ⁿ Jeronimo Gonzalez sangrador, q.ᵉ solicitan se les pague su travajo en que se hallan auxiliando al crecido numero de enfermos apestados en la campaña, dice lo primero que es justo y de Justicia se les pague con consideracion á su grande travajo, pero el Procurador hecho cargo de que la ciudad oy no tiene arvitrio para poderlo verificar respecto a que con los costos propios no alcanza para pagar las cargos, e intereses que tiene que pagar, como es notorio, no puede menos que pedir a V. S. S. se sirvan suplicar rendidamente al Excmo. Sr. Virrey se digne mandar se satisfaga pronto del ramo de Guerra propio de la ciudad como assi se pidio en el acuerdo que a este efecto se celebro y se podrá reintegrar quando los Hacendados cumplan la satisfaccion de los pesos que ofrecieron a la ciudad y respecto de que estos gastos son a su beneficio, como es el de ampararla y curarlas en el grande contagio de peste que la campaña padece, le parece al Procurador combeniente se les mande al comun de los citados Hacendados, concurran en el modo que les sea mas favorable á esta satisfaccion y sobre todo determinaran V. S. lo que hallasen por mas conveniente.

Bs. Aires y Octubre de 1778.

_Bernardo Sandio Larrea._

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PETICION DEL SANGRADOR M. DE SEGOVIA

_M. I. C. J. y R._

Manuel de Segovia puesto ante V. S. con el devido respecto Dice: ha sido uno de los sangradores destinados a la campaña por la presente epidemia y haviendo servido desde el dia seis de Octubre hasta cinco de Noviembre del presente año de setenta y ocho como aparece de los dos documentos adjuntos.

Por tanto a V. E. pide y suplica se sirvan dar la correspondiente orn. para que se me satisfaga el travajo que tengo inpen.ᵒ que a mas de ser justicia reciv.ʳᵉ merced de la notoria Justificacion de V. S.

_Manuel de Segovia._

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_D.ⁿ Pascual Ibañez Sargento mayor de esta Plaza_,

Certifico que D.ⁿ Manuel de Segovia sangrador salio destinado de esta plaza para asistir a los enfermos de la campaña el dia seis de octubre.

Buenos Ayres 4 de Diz.ʳᵉ de 1778.

_Pascual Ibañez._

D.ⁿ Miguel Garcia Medico en la Cañada de la Cruz, Partido de Areco, certifico que el sangrador Manuel Segovia nombrado por orden del Exmo. S.ʳ Virrey, para relevar a Mariano Ferreira en dicho sitio, ha cumplido exerciendo con puntualidad y acierto hasta que encontrandose muy debil, por haver estado enfermo, para sufrir tanto exercicio, he determinado se retire á su casa en la ciudad de Buenos Ayres, por no haver donde se encuentra comodidad para su convalecencia: dada esta á peticion del mismo para que vista por los superiores se le tenga presente el mérito que de su parte ha contraydo el R.ˡ servicio.

Cañada de la cruz 5 de Sbre. de 1778.

_Miguel Garcia._

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PETICION DEL SANGRADOR M. FERREYRA

_M. I. C. J. y R._

Mariano Ferreyra vesino de esta ciudad ante V. S. como mas haya lugar en dro. parese y Dice: que por disposision de este Ilt.ᵉ Cavildo emprendido viage el suplicante al parage que bulgarmente llaman Cañada de la Cruz, no con otro fin, que el de executar el arte de sangrador, en las personas que se allaban asaltadas de la peste que actualmente subsiste; y mediante a que el exponente a desempeñado su cargo con la exactitud y exigencia que en iguales casos se requiere, como por menor lo comprueba, certificaz.ᵒⁿ que en devida forma presenta y jura y a que por razon de esta Interesante fatiga que a tenido, no se le a retribuido hasta haora cosa alguna que compense su trabajo personal, siendo evidente q.ᵉ vajo de este concepto, no tubo reparo el suplicante en poner en execucion en consorcio de los demas, que p.ᵃ este efecto fueron extraidos de esta Capital la orden q.ᵉ se les impartio p.ᵃ un tan loable fin: por cuio motivo, ocurro a la Integridad de V. S. a fin de que se sirva mandar, que incontinenti se le satisfaga lo que por razon del travajo q.ᵉ ha inpendido le corresponda y sea usual a los demas que sean del Arte del exponente cuia gracia con Just.ᵃ no duda este recivir de la Benebolencia de V. S.

D.ⁿ Miguel García Medico de la Cañada de la Cruz, Partido de Areco, certifico: que el Sangrador Mariano Ferreyra que assi mismo fue destinado a este fin p.ᵃ la asistencia de sus enfermos, ha cumplido con encargo, hasta que indispuesto por la misma epidemia quedo imposibilitado para seguir. Doy esta a peticion del dho. p.ᵃ que sirva por los superiores se le permita convalezer en su casa y tenga presente el merito que ha contraydo en el R.ˡ Servicio.

Octubre treynta y uno de 1778 dho. sitio.

_Miguel García._

Asi mismo certifico empezo ha servir en dha. campaña desde el veynte y seys de septiembre, hasta el en que di la antecedente certificacion. Diciembre 4 de 1778.

_Garcia._

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PETICION DE FR. F. MARTINEZ

S.ᵒʳ D.ⁿ Greorio Ramos Muy S.ʳ mio: con ocacion de hir el cirujano de esta Partida (llamado D.ⁿ Bartholome Gonzalez) a solicitar su sueldo: he de merecer a vmd. se sirva mandarme con dho. sujeto algun veatico de los quatro meses y onse días q.ᵉ andamos en campaña por el Rey, pues protexto q.ᵉ me hallo en la ultima miseria y los abitos hechos mil pedasos, como toda la demas ropa, del tragin al andar a caballo, pues es constante q.ᵉ todos los días camino las ocho o nueve leguas de ida y tantas de vuelta.

Yo S.ʳ no me pongo en camino con dho. S.ʳ por tener orden nuevam.ᵗᵉ del govierno q.ᵉ siempre prosiga aqui; por q.ᵉ la epidemia ahora prosigue con mayor vigor y fuerza y si yo falto siquiera un día moriran sin confecion y por fin sin todos los demas sacramentos, con q.ᵉ vea xmd. por quien el mandarme siquiera dos o tres meses de lo caido pues me veo empeñado con varios sugetos de aqui p.ᵃ mantener mi vicio de polvilllo esperansado a mi sacram.ᵒ en lo q.ᵉ nos passan al mes, como el S.ᵒʳ Then.ᵉ de Rey nos digno al tiempo de la Partida con q.ᵉ asi yo no tengo mas empeño q.ᵉ el de vmd. Pues de lo contrario me vere compelido a fuerza de mis necesidades hirme a esta a solicitar dho. assumpto aunq.ᵉ este Parage quede desamparado. Y asi S.ʳ Si acasso vmd. se digna o el Ilustro cabildo mandarme algo, con el mismo cirujano de esta Partida se puede hacer, quien lleva todo mi poder p.ᵃ recivirlo. Yo celebrare que vmd. disfrute de salud como toda las demas prole de su casta. Cuya vida D.ˢ Gue. m.ˢ a.ˢ a S.ⁿ Antonio de Areco y Diciembre 8 de 1778.

B. la M. D. vmd.

Su aff.ᵐᵒ cap.ⁿ y seg.ᵒ ser.ʳ

_Fr Fran.ᶜᵒ Martinez._

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PETICION DEL SANGRADOR M. DE RUEDA

Mui Ill. Cavildo.

Manuel de Rueda, Sangrador nombrado por el S.ᵒʳ Teniente de Rey, para el Rincon de S.ⁿ Pedro, con el doctor Lagosta y despues con Don Geronimo Arechaga, con el devido respeto a V. S. expone que haviendo este obtenido permiso (mediante no haver en dho. Partido enfermos) p.ᵃ pasar a la Estancia del Rey, me dejo en el expresado Rincon para conducir la Caja de Medicina, y demas Equipages. A su llegada a la nominada Estancia me escrivio una Esquela en que me manifiesta haver en ella dos Sangradores por lo q.ᵉ no me havia menester y asi que executase lo que fuese mi voluntad: determine havida Lizencia, el día 15 del corriente, del Com.ᵗᵉ de la Partida y del referido Medico. A Suplicar a V. S. S. que en virtud de lo expuesto y de la adjunta certificacion, se sirvan V. S. S. dar la disposicion necesaria para el pago de mis sueldos en atencion a las miserias y travajos padecidos en dha. Camp.ᵃ por la falta de havilitacion, de viveres y bastim.ᵗᵒˢ de mi ropa y a la presente hallarme inhavilitado, de donde poderlo haver. Cuya gracia espera merecer de la piedad de V. S. S. Buenos Ayres 19 de Diz.ʳᵉ de 1778.

_Manuel de Rueda._

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D.ⁿ Diego de Salas Coronel de los Reales Exercitos, Comandante del Batallon de Milicias de Infantería y theniente de Rey de esta Plaza.

Certifico que el Sangrador Manuel de Rueda salio por disposicion de este Govierno, de esta Ciudad en veinte y ocho de Julio proximo pasado para la asistencia de los enfermos que en el Partido de S.ⁿ Pedro se hallaban acometidos del Epidemico contaxio que se experimentaba en esta Jurisdiccion y averse retirado en quinze del corriente, finalizada su Comision y para que conste, a pedim.ᵗᵒ del ynteresado doy esta para los fines que le combenga.

Buenos Aires Diciembre 17 de 1778.

_Diego de Salas_

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PETICION DEL CIRUJANO J. GRANADO Y DEL SANGRADOR G. GONZALEZ

Sello quarto, un quartillo, años de mil setecientos y setenta y ocho y setenta y nueve.

Exmo. S.ᵒʳ Virrey.

D.ⁿ Joseph Granado Zirujauo destinado en calidad de Medico al Partido de los Arrezifes y asi mismo Geronimo Gonzales Mro. Sangrador, de orn. del S.ʳ The.ᵉ de Rey al Socorro de la asistencia y Curacion de enfermos durante la epidemia a (que dhos. fue servido mandar en la campaña) con el mas sumiso respecto ante la notoria Justificacion de V. Ex.ᵃ paresen y Dizen han llegado desnudos de vestuario y careciendo de R.ᵉˢ para su mantens.ᵒⁿ diaria respecto no haverlo [****] p.ʳ estar preocupados En dho. destino cinco meses y nuebe días Sin haverseles Suministrado Suplemento alguno para dho. efecto.

Por lo que ocurren para su remedio a la innata Clem.ᵃ de V. Ex.ᵃ que se digne mandar se le satisfaga lo que tienen en [****] en dha. ocupaz.ᵒⁿ por tanto.

A V. Ex.ᵃ se Sup.ᶜᵃⁿ Se sirva mandar hazer como piden merced que esperan obtener de la notoria piedad de V. Ex.ᵃ

_Josef Granado._ _Geronimo Gonzalez._

“al margen: Exmo. S.ᵒʳ