Discusión del dictamen de las reformas constitucionales a los artículos 28, 73 y 123

Part 20

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"Frente al ejercicio abusivo de las libertades económicas que propician sólo el interés particular es deber insoslayable del Estado salir en defensa de los intereses de la sociedad, adoptando, con la energía y el rigor que sean necesarios, las medidas adecuadas para preservar dichos intereses. Tanto más cuanto el desorden en este campo, venía repercutiendo en perjuicio de la mayoría nacional, bajo cuyo mandato y sólo por él deben actuar los poderes instituidos y legitimados por la Constitución del país.

Un acto de nacionalización no se da en el vacío histórico, ni por capricho ni como mero acto de poder".

Ya se ha referido este párrafo en otras intervenciones.

Es por el contrario, la respuesta a una serie de condicionantes políticos, sociales y económicos que se van gestando en el curso del tiempo y que en el complejo juego de las fuerzas sociales adquieren la madurez suficiente, la gravedad y el apremio de la urgencia que justifican su determinación y conjuran los peligros sociales que lo aconsejaron.

Tuvieron que coincidir en México los factores de una crisis mundial sin precedente y las diversas causas internas que comprometieron la economía nacional. El abuso egoísta de los empresarios de la banca y la insensibilidad social de ciertos grupos de mexicanos que contribuyeron a la descapitalización del país, así como la conciencia crítica de amplios sectores del pueblo que exigían decisiones tan grandes como los riesgos, para que el Estado, haciendo pleno uso de sus atribuciones, asumiera una respuesta revolucionaria con apoyo en los lineamientos esenciales de nuestra Constitución Republicana.

Y aquí el orador en contra decía que no se daban argumentos y que no se habían dado. Quizás lo que ocurra es que no se quieran escuchar, que no se comprendan. Que no se comprenda quizá que medidas como ésta surgen de la esencia de nuestra Constitución, y como la Constitución es el fruto de un movimiento revolucionario, que en el Partido Demócrata Mexicano quizá no se entienda, porque los argumentos que aquí se han dado, los de fondo, esenciales, son de que es una medida profundamente nacionalista, profundamente revolucionaria, que se encuentra en la esencia de nuestra Constitución.

Porque la nacionalización de la banca constituye una decisión histórica que tiene su raíz en nuestro movimiento revolucionario y en la Constitución de 1917. Efectivamente, tales medidas están inspiradas en nuestra filosofía política, en la mejor tradición ideológica de la nación, en el proyecto histórico del pueblo de México, en nuestro proyecto nacional.

Proyecto nacional de desarrollar la democracia social por la vía del nacionalismo revolucionario. Proyecto nacional de que el poder político sea en todos los casos expresión genuina de la voluntad mayoritaria del pueblo y que ningún otro poder, económico o de cualquier otra naturaleza, intente sobreponerse a los poderes soberanos de la República. Proyecto nacional de erradicar los privilegios, sea que persistan por incumplimiento de orden jurídico establecido, o bien, por deficiencias o suficiencias de éste.

Proyecto nacional de desterrar la carencias, las desigualdades y los rezagos sociales y la ignorancia y la desocupación. Proyecto nacional de que el trabajo sea reconocido como el recurso fundamental de la economía y el factor determinante para la distribución del ingreso y la riqueza; de que el trabajo sea un derecho plenamente ejercido y una obligación libre y voluntariamente aceptada; fuente de la dignidad de todo individuo, origen y destino de todos los derechos sociales; proyecto nacional, de que coexistan la economía estatal, la social, y la privada en un sistema equilibrado de la economía mixta, orientada precisamente a la consecución de nuestros

Propósito; proyecto nacional de que el Estado sea el rector del desarrollo económico y social donde el capital privado cumpla sin excepción las funciones sociales establecidas en la Constitución y se subordine invariablemente al interés general del país, de que la propiedad tenga una función social y el Estado el derecho de imponerle las modalidades que dicté el interés público; proyecto nacional de que el Estado sea consecuente siempre al carácter de la Constitución que le dio la existencia orgánica y a su propio origen popular revolucionario; proyecto nacional de que la Constitución sea ley suprema y al mismo tiempo programa histórico, instrumento del cambio social, proyecto nacional de la libertad como valor esencial de la democracia social, no como baluarte artificial para legitimar el despojo de los débiles o como pretexto para justificar abusos o atentar contra el interés social; por el contrario, la libertad como arma contra los privilegios injustos y para la lucha por el bienestar y la seguridad de todos. En suma, proyecto nacional de libertad, de democracia, de independencia y de justicia; gobernar para todos, sí; pero en beneficio de las mayorías; ni odios ni luchas aniquilantes sí, pero nunca más alianzas mediatizantes; solidaridad entre solidarios; gobierno fuerte, sí, por la fuerza que impone el mandato popular; liderazgo democrático, sí, para encauzar democráticamente la confrontación dinámica de las fuerzas sociales hacia el avance independiente y justo de la nación.

Por todo lo anterior, señor Presidente, ruego a usted someta a consideración de la asamblea si está suficientemente discutido el dictamen, y en su oportunidad someterlo a votación.

Muchas Gracias.

El C. Presidente: Se ruega a la secretaría consulte a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta por la C. Ofelia Ramírez al Artículo 3º.

El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se pregunta a la Asamblea si se admite o se desecha la modificación propuesta. Los que estén por que se acepte sírvanse ponerse de pie... Desechada, señor Presidente.

El C. Presidente: Consulte la secretaría a la Asamblea si el Artículo 3º. se encuentra suficientemente discutido.

El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica, se pregunta si está suficientemente discutido el Artículo 3º. del proyecto del decreto. Suficientemente discutido, señor Presidente.

Se va a proceder a recoger la votación nominal del Artículo 3º. del proyecto del decreto en sus términos. Se ruega a la Oficialía Mayor haga los avisos a que se refiere el Artículo 161 del Reglamento Interior.

(VOTACIÓN.)

El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: Señor Presidente, se emitieron 303 votos en pro y 50 en contra.

El C. Presidente: Aprobado el Artículo 3º. en sus términos por 303 votos.

Se abre el registro de oradores para la discusión del Artículo 4º.

Están inscritos en contra, los ciudadanos diputados José García Lizama, Iván García Solís, Antonio Gershenson, Encarnación Pérez Gaytán, Rafael Aguilar Talamantes, Alfredo Reyes Contreras, Ignacio Moreno Garduño, Mariano López Ramos, René Rojas Ayala y Baltazar Ignacio Valadéz.

Oradores en pro: Miguel Ángel Morado, Gerardo Cavazos Cortez, Salvador Valencia Carmona, Irma Cúe de Duarte, Luis René Martínez Souverville, Armando Corona Boza y Salvador Valencia Carmona, por la comisión.

Tiene la palabra en contra el C. diputado José García Lizama...

El C. Presidente: Se informa que quedan registrados en contra, de acuerdo con el Reglamento, los siguientes seis compañeros diputados: García Lizama, López Ramos, Iván García, Antonio Gershenson, Encarnación Pérez y Rafael Aguilar Talamantes.

El C. Alfredo Reyes: Yo pedí en primer lugar en contra.

El C. Presidente: El reglamento dice seis. Varios diputados del PPS: Señor Presidente, el compañero Reyes solicitó primero la palabra.

El C. Rafael Aguilar Talamantes: Señor Presidente, cedo mi lugar al compañero Reyes.

El C. Presidente: El C. diputado Aguilar Talamantes cede su lugar al compañero Reyes Contreras.

Los oradores en pro son: Gerardo Cavazos Cortez, Salvador Valencia Carmona, Irma Cúe de Duarte, Miguel Ángel Morado Garrido, Luis René Martínez Souverville y Armando Corona, y Valencia por la Comisión.

Tiene la palabra el diputado García Lizama.

El C. José Augusto García Lizama: Muchas gracias, señor Presidente. H. Asamblea: Los empleados de las instituciones de crédito siempre han sido considerados como trabajadores de segunda, en comparación con los

demás, habida cuenta de que en el reglamento de trabajo de los empleados de las mismas se les sujeta a un tratamiento diferente y discriminatorio en sus relaciones laborales y se les impidió siempre el derecho a sindicalizarse.

El Presidente de la República, al leer su VI Informe de Gobierno, abrió una esperanza para estos trabajadores cuando dijo: "Los derechos de los trabajadores del sistema bancario serán respetados; el viejo anhelo de crear un sindicato bancario podrá fructificar, como ocurre en la mayor parte de los países del mundo.

Pero me pregunto, ¿quién autorizó el Reglamento que impide la sindicalización de los empleados de los bancos? ¿Acaso no es el mismo gobierno el que estableció este sistema de control? No es impedimento impuesto por los banqueros, sino por el mismo gobierno con el beneplácito y de común acuerdo con los banqueros.

El viejo anhelo de los empleados bancarios de sindicalizarse se abrió puertas en la expresión del Presidente, pero desgraciadamente es el propio Presidente el que en la Iniciativa de las Reformas y Adiciones que envió al Congreso, limita las posibilidades de organizarse en un sindicalismo pleno.

Es regla general el derecho de los trabajadores a sindicalizarse según lo expuesto en el apartado A del artículo 123, y el apartado B constituye una excepción en atención al servicio público que prestan los organismos a que se refiere el mismo, más de ninguna manera puede concluirse que en dicho régimen de excepción deban de incluirse los empleados en las entidades de la administración pública paraestatal.

Existen infinidad de argumentos para apoyar la idea de que los trabajadores de la banca nacionalizada quedan incluidos en el Apartado A y no en el B, pero yo solamente deseo referirme a algunos de ellos que, en mi concepto, son los más graves dada su trascendencia legal, social y política.

La razón de ser la excepción en que quedan colocados los trabajadores al servicio del Estado, para quienes se instituyó el apartado B que rige precisa y únicamente entre los poderes de la Unión, el gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores, según está claramente especificado en esta Constitución; la razón, decía, radica en la seguridad de la función del gobierno que desarrollan las entidades de la administración pública del Estado, toda vez que el Estado no puede en ningún momento suspender sus actividades y funciones, más estas razones de Estado no pueden de ninguna manera aplicarse a los trabajadores de empresas que no implican la función propia del Estado, y así se han venido considerando como consta en innumerables empresas como Petróleos Mexicanos, la Comisión Federal de Electricidad, Ferrocarriles Nacionales de México entre otras, que nadie puede negar representan recursos de importancia estratégica.

En otros países, en donde existe el derecho de sindicalización de los empleados bancarios, sus derechos no están limitados a los marcos de excepción de un trabajador de la administración pública estatal.

La exposición de motivos de la iniciativa de decreto del Presidente de la República, de fecha 17 de septiembre ppdo., para justificar la inclusión de los trabajadores bancarios en el apartado B argumenta: "Para defender los intereses de la nación en el proceso de desarrollo económico, social y cultural, es menester que el Estado cuente con instrumentos idóneos que le permitan dar seguridad y estabilidad a la política financiera. Por eso, en la medida en que el gobierno federal preste el servicio de banca y crédito, se hace necesario que las relaciones laborales en esta materia se rijan por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cuyo efecto en la presente iniciativa se propone agregar una fracción a dicho apartado.

Tal argumentación me parece inconsistente para justificar la proposición que se hace, ya que la defensa de los intereses de la nación en el proceso de desarrollo económico social y cultural, no queda a cargo ni bajo la responsabilidad de los empleados, sino de los funcionarios y dirigentes de confianza de la banca ahora estatizada, y la seguridad y estabilidad de la política financiera sólo la puede dar el propio Estado mediante políticas convenientes, democráticas y honestamente puestas en práctica.

Convendría por lo demás, ser congruentes con las palabras del presidente José López Portillo cuando dijo: "Lo he dicho muchas veces, el secreto del éxito nacional y su estabilidad, es un sindicalismo combativo que busque la justicia para quienes trabajen" Y un entendimiento con un gobierno que busca el interés general. Cuidemos no caer en el estatismo que tiene como fundamento la teoría de la seguridad nacional, que conforme se va consolidando nulifica al individuo y lo pone al servicio ilimitado del supuesto combate total contra los conflictos culturales, sociales, políticos y económicos. No caigamos en el error de que para defender los intereses de la nación, se limiten como en toda situación de emergencia, las libertades individuales. No confundamos la voluntad del Estado con la voluntad de la nación. No utilicemos instrumentos que supuestamente dan seguridad y estabilidad a la política financiera y que luego se convierten en un mecanismo absoluto sobre las personas y que cuando se institucionalizan, producen inseguridad entre los individuos y la sociedad.

El concepto de seguridad absoluta, malévolamente manipulado, propicia la tutela del pueblo por élite, de poder de toda índole y conduce a una desigualdad de participación y decisión en los resultados del desarrollo integral y humanista.

Hay actualmente gobiernos militares en Latinoamérica y en los países dominados por el comunismo, que invocan la idea de la seguridad nacional y de la seguridad de la sociedad. Y lo único que buscan es la seguridad de permanencia en el poder de los gobiernos que tienen sometidos a sus pueblos. Aquí en México, el término seguridad nacional, seguridad financiera, seguridad pública, es objeto de abuso y manipuleo para asegurar la fuerza y el poder del PRI.

Es inobjetable que siendo el apartado B un régimen de excepción, los derechos de los trabajadores restringidos a dicho apartado se encuentran limitados tanto en el orden laboral como en la libertad sindical.

Para conocer la situación en que quedarían los trabajadores bancarios, tenemos que remitirnos a la Ley Reglamentaria del Apartado B del artículo 123 constitucional, que regiría sus relaciones laborales, misma que fue hecha con diferente intención y aplicación concreta.

De su análisis concluimos que se eliminarían derechos ya adquiridos por los empleados bancarios, mismos que ya han gozado.

Al fin, hasta ahora, los trabajadores bancarios han tenido derecho a percibir utilidades en los repartos correspondientes. Y del contenido de la ley reglamentaria respectiva se desprende que no existe garantía de tal beneficio ya conquistado en la lucha de los trabajadores y expresado en nuestro derecho laboral. Todo en perjuicio de más de 140 mil empleados bancarios y sus familias.

La citada ley señala, por otra parte, el Artículo 31, que tanto en las horas de jornada legal los trabajadores tendrán obligación de desarrollar las actividades cívica y deportivas que fueran compatibles con sus aptitudes, edad y condición de salud, cuando así lo disponga el titular de la dependencia respectiva.

Lo que de acuerdo con la experiencia propiciaría e incrementaría los ofensivos e inminentes acarreos que hasta ahora se han venido haciendo con los empleados del gobierno en manifestaciones públicas y callejeras, de apoyo a autoridades y hasta mítines políticos en apoyo a candidatos de todo nivel del partido del gobierno. Aunque desde luego esto de los acarreos también sucede con los trabajadores organizados por líderes oficialistas, que venden los derechos de los empleados bancarios, a cambio de un plato de lentejas, que representa, en esta ocasión, el Banco Obrero.

Aún hay más, la libertad de independencia de los sindicatos que formen a los trabajadores de los bancos, en caso de que quedaran en el apartado B, se verían nulificados con el sistema de central única, perdiendo así la posibilidad de constituir sus propias federaciones o confederaciones, de acuerdo con sus intereses y conveniencias legítimas, ya que el Artículo 78 de la Ley Reglamentaria a que quedarían sujetos establece: "Artículo 78. Los sindicatos podrán adherirse a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado...", y aquí viene lo bueno: "única central reconocida por el Estado..." A lo que habrá que agregar "que los líderes de estos sindicatos son impuestos y por razones políticas partidistas y de intereses de grupos extrasindicales, lo que deriva en el control político de los trabajadores e implica el control de las voluntades de los mexicanos en apoyo al partido en el poder.

Por lo demás se crearían simultáneamente conflictos de intereses, derechos y obligaciones entre trabajadores, el INFONAVIT y el FOVISSSTE, entre trabajadores el Instituto Mexicano del Seguro Social y el ISSSTE, por las tantas lagunas, imprecisiones, imprevisiones y prisas por sacar adelante a como dé lugar una iniciativa presidencial que por su trascendencia amerita mayor reflexión, y sobre todo confiar en los mexicanos empleados de los bancos.

Tradicionalmente el pueblo es el desconfiado, pero ahora en reciprocidad el gobierno es el que desconfía del pueblo y eso es sumamente peligroso. Nos da la impresión de que los asesores del Presidente en este caso quieren pasar también a la historia a como dé lugar, a cualquier precio, a lo que nosotros, el Poder Legislativo, no nos debemos prestar, pues debemos actuar como representantes de la nación y no sólo como miembros de un determinado partido político; para qué tanta prisa, para que luego nos salgan con que hay que aprobar también apresuradamente una ley que edite y que se ponga en vigor otra ley en la fecha establecida, como nos acaba de suceder con el Código Fiscal de la Federación, sólo porque así lo propuso el Ejecutivo. Recordemos que el trabajo es la clave esencial de toda la cuestión social, que el trabajo y su superior dignidad están lo mismo sobre el capital que sobre el Estado y, sobre todo, que la dignidad del trabajador es fundamental.

Como vamos, si el Poder Legislativo, que representa al pueblo más que cualquier otro poder, por poderoso que parezca, no toma el lugar que le corresponde, más pronto que tarde todos los mexicanos quedaremos en el apartado B, como sucede en los partidos militaristas o comunistas, en donde todos están en un sólo organismo controlado por el gobierno.

Obremos conscientemente, responsablemente, e invitemos a que las partes interesadas obren con cordura, para evitar que se originen más hechos lamentables como los despidos de

trabajadores que quisieron formar sindicatos libres en Reynosa, Tamaulipas, en el Banco Longoria, y en Guadalajara, Jalisco, en el Multibanco Comermex, así como la muerte de un empleado de Bancomer, según se viene comentando entre los empleados bancarios.

Señores diputados: la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales fue la única comisión que fue tomada en cuenta, ignorando, no sé si intencionalmente o por error, ignorando la competencia y responsabilidad de la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Según el Artículo 56 de la Ley Orgánica del Congreso General, sobre todo porque la proposición de la iniciativa presidencial incluye la adición de una fracción al apartado B del Artículo 123, relativo al trabajo.

La Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, en los considerandos del dictamen que somete a la consideración de esta Asamblea, dice simple y escuetamente, que como todo fruto de todo estudio y análisis, dizque razonado: "Por la proposición que contiene la iniciativa del Ejecutivo Federal de adicionar el Artículo 123 de la Constitución General de la República, en su apartado B, los trabajadores bancarios obtendrán el reconocimiento de sus derechos". ¡Qué sesudo estudio y análisis!

Sé que me estoy dirigiendo a diputados de diferentes partidos políticos, y a una mayoría aquí formada por diputados electos en cada distrito uninominal, que, independientemente de su filiación, tienen un alto sentido de dignidad, como representantes populares, y que actuarán con independencia de criterio.

A esta independencia de criterio quiero invocar para que no se acepte la parte del dictamen que discutimos, impidiendo que los trabajadores bancarios queden incluidos en el apartado B del Artículo 123 constitucional; en consecuencia, y teniendo en consideración que a los casos no exceptuados, se les aplica el contenido del apartado A, me permito presentar a la consideración de ustedes una modificación al dictamen, en el sentido de que se excluya del mismo el Artículo 4º. Dejo en poder de la secretaría la proposición.

Voy a leer la modificación.

Modificación que al Artículo 4º. del dictamen sobre reformas y adiciones al Artículo 123 constitucional, presenta por mi conducto, la fracción parlamentaria demócrata.

Artículo 4º. Se excluye el dictamen.

El C. Presidente: Consulte la secretaría a la Asamblea si se admite o se rechaza la modificación propuesta por el C. diputado José García Lizama.

El C. secretario Everardo Gámiz Fernández: En votación económica se pregunta si se admite o se desecha la modificación propuesta.

Los que estén porque se acepte, sírvanse ponerse de pie...

Los que estén porque se deseche, sírvanse ponerse de pie... Desechada, Señor Presidente.

El C. Presidente: Tiene la palabra en pro el C. Diputado Gerardo Cavazos Cortez.

El C. Gerardo Cavazos Cortez: Compañeros diputados: Al arribar a esta tribuna popular, para representar los puntos de vista razonados del sector obrero del Partido Revolucionario Institucional, nos encontramos, claro está, de entrada, con la no grata sorpresa que ha presentado aquí el diputado Lizama del Partido Demócrata Mexicano; digo no grata y además rara, porque hace apenas unos momentos planteaba con toda energía la defensa de los exbanqueros, y hoy, en una actitud rara, se convierte en abogado y defensor gratuito de los trabajadores.

Cuestiona su posición al gran Banco Obrero, posición que los trabajadores rechazamos categóricamente pero, además, queremos dejar claro en esta Asamblea nacional para qué sirve el Banco Obrero y quiénes son los propietarios de esta institución. Me permito, por lo tanto, para dar luz a este debate, dar lectura a algunos puntos de las funciones de nuestro banco Obrero.

Es éste un campo muy importante en el cual el Banco Obrero S. A., está empeñado, pero siendo además una institución creada con el esfuerzo de los trabajadores a través de su ahorro sistemático busca cubrir objetivos sociales por medio de la creación e implantación de mecanismos que, sin descuidar los aspectos bancarios esenciales, hagan posible el acceso de los trabajadores a los servicios financieros que, de otra forma, estarían fuera de su alcance.

El banco Obrero sirve para la creación, conservación y desarrollo de fuentes de empleo, protección del salario del trabajador, sistemas y mecanismos de servicios bancarios que permitan otorgar atención masiva a los trabajadores, capacitación y elevación del nivel de vida socioeconómico del trabajador.