The American Missionary — Volume 50, No. 03, March, 1896
Chapter 2
19° Si éste es el motivo de la oposición, también debe serlo suficiente para que las mugeres defiendan su causa, porque el silencio en esta ocasión, confirmaría el concepto que de ellas se tiene, de que no se cuidan, ni se interesan en negocios serios. A esta razón, que comprende a todas en general, se agrega la particular para la que escribe este papel, de que ha mucho tiempo tuvo la honra de ser admitida en una de las principales Sociedades económicas de este Reyno, cuya distinción, por el grande aprecio que hace de ella, quisiera ver extenderse a otras muchas de su sexo, para que fuera igual en ambos el empeño de desvelarse en bien de la Patria.
20° La questión, que se trata en la Sociedad económica de Madrid, sobre conceder o negar la entrada en ella al bello sexo, ha exercitado las plumas de dos Socios tan recomendables por su eloquencia, como por su talento, y aunque los dictámenes son contrarios, no se puede negar que ambos fundan el suyo en razones ingeniosas y bien probadas, pero como cada uno tiene derecho a su defensa, no podrán sentir estos Señores, que haya una, o más mugeres que tomen partido en una causa de tanta importancia para todas. La ventaja que llevan los hombres en este particular, no es menor que la que va de ser Juez a Abogado: nuestra sentencia está en sus manos, si se decide, que seamos admitidas a sus conferencias, dirán siempre que nos hicieron esta gracia, si nos niegan la entrada, ya se ve quanta superioridad encierra este procedimiento, pero no por eso hemos de desmayar, mientras no esté concluido el pleito.
21° El recomendable Socio, que se opone a la admisión de las mugeres, funda su dictamen, en que admitidas unas, se extenderá la gracia a todas, lo qual será al principio, en mucho perjuicio de la Sociedad, y al fin podrá causar su ruina. No niega que puede haber alguna, capaz de grandes convinaciones, de una constante meditación, de la constancia y sigilo necesario, pero hace comunes, y propias al sexo la petulancia, los caprichos, la frivolidad, y las pequeñeces. No halla edad, en que puedan ser las mugeres convenientes, porque en la niñez, y juventud serían inútiles, y perniciosas, en la vejez, molestas y pesadas. Dice más, que sólo irían a aumentar el tumulto, y desorden de las Juntas, y no a ilustrarlas, porque carecen de principios elementales, como necesita este cuerpo. Aún su contribución pecuniaria es despreciada, si supone primero la admisión de esta clase.
22° No se puede alabar bastantemente la rigidez de un Socio, que en medio de la corrupción de que se quexa en el siglo presente, conserva libre su corazón para juzgar a los dos sexos, sentenciando abiertamente contra el que llama alhagueño. ¡Exemplo digno de imitación por cierto! Pero si los hombres empiezan a santificarse de esta manera, ¿por qué no los seguiremos en quanto nos sea posible?
23° Es seguro que todas las mugeres no deben ser admitidas a la Sociedad, como tampoco son del caso para ella todos los hombres. Pero supuesto que nuestro impugnador no niega que hay algunas capaces de grandes convinaciones, de una constante meditación, de la constancia y sigilo necesario, sería declarada injusticia confundir a éstas en una misma sentencia con las petulantes, caprichosas y frívolas. El elegir y distinguir aquéllas de éstas, toca a los que goviernan el cuerpo. Señalen leyes estrechas, y precisas, y no se aparten nunca de su observancia. Confundir al reo con el inocente, al sabio con el ignorante; es el colmo de la tiranía, y los Amigos del País no deben ser nunca sus tiranos. Dígase por exemplo, que si una muger tuviere las prendas arriba indicadas, o fuere más aplicada que las otras, si presenta a la Sociedad una memoria digna, sobre qualquiera de los puntos que ésta abraza, o si hace algún descubrimiento en beneficio del país; en una palabra, dígase, que la que lo merezca, será admitida Socia, y podrá concurrir siempre que quiera. De este modo, ni los Señores que componen la Junta, tendrán facultad de admitir sino a las mugeres que lo merezcan, ni éstas solicitarán esta distinción como hermosas, ni como petimetras, sino como aplicadas, y útiles a la Patria. Si lo que ahora las aparta, es su continua distracción, y puerilidad, los Amigos del País, deben trabajar en corregir estos defectos, y se remediará el daño. Señalen premios, y estímulos a las mugeres aplicadas y laboriosas: sea uno admitirlas a la Sociedad, y entonces es natural que procuren merecerlo. Mientras no se haga así, y se las considere como un miembro podrido, o separado del cuerpo Social, ¿qué progresos pueden hacer? Ya sabemos quanto influxo tiene en todo la opinión; y así la mala, en que los hombres tienen ahora a las mugeres, es suficiente para mantenerlas siempre en la ignorancia.
24° La que sea digna del título de Socia, por las razones que acabamos de decir, también sabrá guardar el sigilo que le corresponda, porque el creer, que todas las mugeres son habladoras indiscretas, tiene muchas, y muy justas excepciones. Baste reflexionar de paso, que sin entrar a las deliberaciones de los Tribunales, de los Consejos, de las Academias, ni Sociedades, no hay conferencia en todos estos cuerpos por secreta que sea, que no llegue a divulgarse, citando muchas veces hasta los sugetos, que fueron de este dictamen o del otro. No son seguramente aquellas, las que revelan estos misterios de Estado, o de Gobierno, o de Política, en que no intervienen. Siendo pues, los hombres los que los publican, no digamos, que el sigilo es un carácter distintivo de su sexo. Por el contrario, se pudieran citar tantos, o más exemplos de la sabiduría, prudencia y valor de las mugeres, como de su constancia en guardar secreto, pero son tan obvios, que qualquiera lo sabe. Yo diría, que siendo este un efecto regular de la discreción, la persona en que ésta se halle, sea hombre o muger, sabrá guardarle. Con que si la Sociedad atiende a las calidades, que se han dicho para admitir mugeres, no debe dudar, que añadirá a ellas la de la prudente reserva quizá mejor, que los hombres, quienes, o por la emulación de los empleos, o de los talentos, refieren lo ocurrido a sus Juntas.
25° Pensar, que la concurrencia de las mugeres, sería perniciosa por los vicios que introducirían en las costumbres de las costumbres de los Socios, es una suposición harto fatal a entrambros sexos. Es digno de alabanza el zelo del que quiere desterrar al vicio, y precaver su general comunicación, pero no pretendamos imposibles. ¿Acaso la modestia, y retiro de las antiguas, que tanto se encarece, las libró de los asaltos de los hombres? Buen exemplo tenemos en las historias sagradas, y profanas, y en las costumbres de nuestros mayores. ¿Quándo han sido más frequentes los homicidios, los asesinatos, las violencias, y los raptos, que quando las mugeres estaban encerradas y guardadas con candados? A otros tiempos han sucedido otras costumbres no podemos decir mejores, pero no será difícil probar en buena filosofía, que si las dificultades aumentan los deseos, la facilidad los amortigua. Es constante, que a hombres, y a mugeres convendría vivir enteramente separados, pero debiera ser esta separación total, y para siempre mientras esto no se consiga, y queden como ahora sucede, mil motivos de juntarse, no digamos, que el añadir uno tan digno, sea la destrucción del género humano. Las Juntas de la Sociedad necesariamente se han de componer de muchos, y entre muchos no hay peligro de disolución. El recato no se ha extinguido, como se extinguen otras virtudes: todos quieren parecer buenos aunque no lo sean, y esto conserva la debida decencia en las concurrencias. Con que si en otras no hay abuso, ¿por qué lo habría en ésta? ¿Es posible que los hombres que allí asisten a tratar del bien común, se habían de trocar en un instante en libertinos? ¿No hay freno, ni respeto en tales Asambleas? Mas siendo cierto que lo hay, no debe temerse más peligro, que el que se advierte en todas las ocasiones que tienen de verse los hombres, y las mugeres; cuyo peligro no las prohibe absolutamente porque es necesario juntarse algunas veces, y porque el vicio de un particular no debe, ni puede destruir el bien general. Luego si las mugeres pueden ser útiles de alguna manera a la Sociedad, no hay razón para separar las de ella por un inconveniente remoto que no impide otras Juntas semejantes.
26° Ni tampoco lo será el pretender, que carecen de conocimientos elementales, en las materias de que tratan las Sociedades. Yo quisiera saber, quántos de los hombres que a ellas concurren, tienen estos conocimientos elementales, y con todo asisten, y dan su voto. Los puntos que abraza la Sociedad son casi todos de hecho, por que cotejar entre las obras del extrangero, y nuestras, para ver lo que se puede adelantar, y decidir sobre las manufacturas que se presentan, son cosas que qualquiera que tenga ojos, y una mediana razón, sabrá entenderlas; hacer nuevos inventos en las artes, perfeccionar los conocidos, estimular a los fabricantes, labradores, y artesanos, a que trabajen con ventaja, y con perfección, calcular lo que falta en un país, y traerlo de otro en cambio de su sobrante por medio de un sabio comercio, aunque son cosas que piden meditación, y noticias, no son materias tan abstractas, que no las pueda comprender la muger que tenga talento regular. Basta que haya en la Junta quien sepa proponer estas especies con orden, claridad y distinción, para que las entiendan los demás.
27° Quando se erigieron las Sociedades económicas, pocos eran los que sabían, qué asuntos podían pertenecerles. Con todo muchos se alistaron a ciegas, llevados más de la curiosidad que produce un establecimiento nuevo, y de la gloria de ver alistados sus nombres, con otros que tenían por ilustres, que de amor a la patria, ni deseo de su felicidad. Enterados con el tiempo del obgeto de estos establecimientos, unos se aplicaron a estudiar estas nuevas materias, y otros dexaron de concurrir, desacreditando lo que no entendían, pareciéndoles esto más fácil, que instruirse. Sin embargo, en todas las Sociedades ha quedado un número competente de Individuos, que no tienen los principios elementales, que desea el ilustre Socio que se opone a la admisión de las mugeres, por esta ignorancia. Pero aún concedida ésta, comparada con la de algunos hombres, pudieran pretender la preferencia las mugeres, por la mayor facilidad con que se imponen en los asuntos, y por los primeros pensamientos oportunos que suelen tener, para resolver con ventaja ciertas dificultades.
28° Si hubo vicio en los que se alistaron en las Sociedades sin la debida instrucción para ser útiles en ellas, también le hubo en los cuerpos, que admitieron a todos indistintamente, por acumular fondo de caudales, ya que no de luces. Esta pobreza de los cuerpos patricios, clama por el remedio, pero mientras no le haya por otros arbitrios, los obliga a aumentar el número de contribuyentes, sin examinar su mérito por otras circunstancias. Pero aun en esta clase, no le parece al Socio nuestro impugnador, que pueden ser útiles las mugeres. Yo diría que si por otras razones es conveniente su admisión, contribuyen también con sus caudales. Los caudales que ahora se grita que disipan en el luxo, y en la vanidad, procúrese, que los apliquen en utilidad común, lo qual podrá verificarse siempre que se haga tomar interés por la patria, y por el Estado.
29° El luxo es excesivo, y las mugeres le ocasionan: esto no admite duda: pero quánto mayor es un desorden, tanto más preciso hace el remedio. Vemos que no bastan a ponerle las vehementes declamaciones de los Predicadores, las sabias providencias del Gobierno, la pobreza de las familias, y la dificultad de los matrimonios: ¿pues, quien sabe, si sería más eficaz que todos estos, el interesar a las mugeres en el bien de la patria? Esto se conseguía, llamándolas a la Sociedad de los Amigos del País. Allí verían, cómo se desvelan unas gentes acomodadas, y empleadas en otros negocios, por la prosperidad de sus compatriotas. Verían que si premian al comerciante, al labrador, al fabricante, y al artesano, es para estimular a todos, y para que florezca en España el comercio, la agricultura, las fábricas, y las artes; con tales exemplos no podrían mirar después con indiferencia la causa común.
30° El obgeto de las Sociedades, no puede ser más justo, pero para que tengan el complemento que desean son menester dos cosas, la primera, que los unos se apliquen a trabajar y perfeccionar sus labores, la segunda, que estos trabajos, y labores tengan despacho, porque de otra suerte ninguno quiere atarearse en hacer lo que después no ha de vender. Si se pretende dar fomento a nuestras artes, y fábricas, es necesario, que nos contentemos con lo que aquí se trabaja. Al principio se hará violento tomar lo menos vistoso, y de peor gusto, dexando los géneros estrangeros, que exceden en ambas calidades; pero si no empezamos por este sacrificio del gusto ofrecido en las aras del amor patriótico, nunca florecerán nuestras labores. ¿Y estas labores, que ha introducido, y a que da valor el luxo, no son generalmente las que forman el adorno de las mugeres? Pues a éstas conviene interesar, para que se adornen a menos costa , o sus caudales no redunden a beneficio del estrangero, vistiéndose de géneros del país. Su concurrencia a la Sociedad, podrá inspirarles estas máximas, ventajosas al Estado: allí oirán los perjuicios que acarrea su extremado luxo, y los medios de evitarlo. Pídaseles, que contribuyan a la patria con sus luces, con sus manos, y con sus caudales. No duden los hombres, que todo esto ofrecerán las mugeres, si ellos les dan parte en sus resoluciones, y las estimulan a pensar en el bien general que tanto muestran que apetecen.
3l° Otro Socio igualmente que el primero por su mérito, y circunstancias, ha escrito aprobando la admisión de las mugeres en la Sociedad. Dice que el pensamiento no es nuevo, que se suscitó desde los principios, y que tuvo patronos ilustres, pero que a pesar de esto, no tuvo efecto por entonces, esto es, no se resolvió con la formalidad que pedía la materia. Encarece el mérito de las dos Señoras que han sido ya admitidas. Indica las reglas que se deben seguir para la admisión de otras, mediante las quales, no parece que se puede temer ningún desorden en este punto. No aprueba, que una vez admitidas, se les cierre la entrada a las Juntas, y concluye con aprobar que su asistencia es conveniente a la Sociedad, y a las mismas mugeres; a éstas, porque las anima a emplear bien sus talento, y a aquélla; porque le suministra un aumento de luces, y de caudal, que se invierta en sus loables fines.
32° A la verdad, es digno de perpetuo reconocimiento de parte de las mugeres, el ilustre Socio, que se ha atrevido a tomar su defensa. Las razones en que la funda, y la delicadeza de su estilo, todo tiene un mérito muy particular. Las gracias más enérgicas que podemos darle, son trabajar por ponernos en el caso que desea, para hacer justa nuestra admisión, la qual nosotras mismas debemos anhelar que solamente se conceda al mérito, a la aplicación, y a la virtud.
33° Después de un Apologista tan digno, debe parecer fría qualquiera otra defensa en favor de las mugeres, pero este temor no me ha desanimado, antes me confirma en la bondad de la causa, porque sola esta razón pudiera arrastrar a protejerla al Socio nuestro partidario y a los sugetos que fueron del mismo dictamen, quando se propuso a los principios. Grandes son sin duda las calidades de las dos Señoras que ha admitido la Sociedad de Madrid, por lo tanto merecen ser las primeras, y las que han obligado a salvar la ley no promulgada todavía en favor de su sexo, pero extiéndase también a otras, que tengan las calidades ya mencionadas. Para la Sociedad deben serlo además de todo lo expuesto en este papel, la mayor inteligencia, que tienen las mugeres respecto de los hombres, en varias materias, que se le presentan cada día, y que deben promover, como importantes al bien general. Tales son los hilados, los tegidos, los encages y todas las labores propias del bello sexo. Todos estos ramos será casualidad, que los entiendan algunos de los hombres, y deben saberlo todas las mugeres. Unidos unos y otros en una Junta, al que preside toca emplear a cada uno en los que entienda. No será menester más para rectificar muchas cosas, porque felices fueran las artes, si sólo tratasen de ellas los artífices.
34° Concluyamos, pues, de todo lo dicho que si las mugeres tienen la misma aptitud que los hombres para instruirse; si en todos tiempos han mostrado ser capaces de las ciencias, de la prudencia, y del sigilo, si han tenido y tienen las virtudes Sociales; si su aplicación puede ser conveniente a ellas mismas y al estado; si puede ser un remedio a los desórdenes que tanto se gritan, el aplicarlas a los asuntos que comprehende la Sociedad; si el peligro, que amenaza a ésta de su concurrencia es remoto; y aun éste puede precaberse, no admitiendo sino a las que sean verdaderamente dignas de ello; si no es nuevo en el mundo que intervengan a las deliberaciones; si actualmente ocupa una muger la Presidencia de las ciencias en una Corte de Europa, que es más que sentarse como individuo en un cuerpo, las materias que trata nunca son tan abstractas; y si en fin se trata de hacerlas amigas del país, lo qual sería en mucha utilidad éste, con tales hipótesis, lejos de ser perjudicial la admisión las mugeres, puede y debe ser conveniente.
Zaragoza y Junio 5 de 1786. Josepha Amar.
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