Discurso de Venustiano Carranza en su Primer Informe de Gobierno

Chapter 1

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Discurso de Venustiano Carranza al abrir las sesiones extraordinarias del Congreso. 15 de abril de 1917. 15 de abril de 1917.

Discurso de Venustiano Carranza, al abrir las sesiones extraordinarias el Congreso, el 15 de abril de 1917.

Ciudadanos Diputados:

Ciudadanos Senadores:

Triunfante la Revolución de 1910 encabezada por el ilustre apóstol don Francisco I. Madero, se establecieron por la voluntad soberana del pueblo los poderes legítimos de la República, en substitución de la dictadura militar que resultó del Plan de Tuxtepec y que durante tantos arios pesó sobre el país; pero los elementos del antiguo régimen no podían conformarse con su derrota, y así, desde los primeros días del establecimiento del Gobierno legítimo, comenzaron las agitaciones de reacción, que no tardaron en formalizarse en la asonada militar de Veracruz provocada por el General Félix Díaz y secundada por varios militares que estaban en la guarnición de aquel puerto, en octubre de 1912.

La lenidad con que se procedió contra los responsables de ese atentado, y el error de haber trasladado al principal culpable de él a esta capital, en cuyo seno bullían con inusitada actividad todos los odios que el nuevo régimen había despertado en los favorecidos de la dictadura anterior, con motivo de los cuantiosos intereses que forzosamente tuvo que herir, fueron las causas inmediatas de que la reacción aumentase sus esfuerzos y les diese forma y organización apropiadas para destruir a la autoridad legítima y volverla a suplantar con un nuevo poder militar que abiertamente se proclamaba por todas partes, como indispensable para mantener en orden al pueblo mexicano.

La rebelión tenía, pues, que surgir fatalmente, como en efecto surgió, en las primeras horas de la mañana del domingo 9 de febrero de 1913, en que la Escuela de Aspirantes y algunos cuerpos del Ejército Federal, substraídos al deber por las maniobras del mismo general Félix Díaz y de los generales Bernardo Reyes y Manuel Mondragón, se levantaron abiertamente en armas.

Desde ese momento quedó, por tanto, iniciada la lucha contra el Gobierno legítimo, lucha en que era de esperarse hubiera éste triunfado sin grandes esfuerzos, dadas, por una parte, la pequeñez de las fuerzas sublevadas, y, por otra, la diversidad e importancia de elementos con que el anterior contaba para reducir a aquellas a la obediencia; pero por desgracia el mal tenía hondas raíces, la ambición no tenía dique y la traición, contaminándolo todo, había ahogado por completo el sentimiento del deber y extinguido, en lo absoluto, el pundonor militar.

Así fué como el general Victoriano Huerta, a quien se confió en mala hora la defensa de las instituciones y el apoyo de los Poderes Federales, arrojando sobre sí y sobre todo el Ejército la nota más odiosa que registra nuestra historia, usurpó el Poder Supremo del país, la tarde del día, 18 del misino mes de febrero, reduciendo a prisión al Presidente de la República, al Vicepresidente y a los miembros del Gabinete.

El Gobierno del Estado de Coahuila, que entonces estaba a mi cargo, había seguido con el más vivo interés todas las peripecias de la contienda; por lo mismo, grandísima fue la sorpresa que me causó el telegrama que me dirigió el expresado general Huerta y que recibí en las últimas horas de la fecha antes indicada, participándome que, autorizado por el Senado, había asumido el Poder Ejecutivo, y que estaban presos el Presidente y su Gabinete.

En el acto en que recibí el mensaje de Huerta, tomé la determinación de asumir una actitud resuelta contra atentado tan grande, y, llevando a la práctica mi propósito, a primera hora del día siguiente transmití dicho mensaje al Congreso del Estado, ya que el Senado no tenía facultades para designar al Primer Magistrado de la Nación y, por lo mismo, no pudo legalmente autorizar al general Huerta, para investirse con el carácter de Presidente de la República, expresándole que yo estaba resuelto a cumplir con los sagrados deberes de mi cargo y que esperaba que su determinación estaría de acuerdo con los principios legales y con los intereses de la Patria.

Es el momento de consignar aquí, como lo hago con todo placer, el más cumplido elogio a los diputados que integraban la Legislatura de Coahuila, pues en la misma fecha, 19 de febrero, se expidió el decreto número 1421, en el que se desconoció al general Victoriano Huerta en su carácter de Jefe del Poder Ejecutivo de la República, se desconocieron también los actos de éste, se concedieron al Ejecutivo del Estado facultades extraordinarias en todos los ramos de la Administración Pública para que procediera a. levantar fuerzas a fin de coadyuvar al sostenimiento del orden constitucional en la República, y, por último, se ordenó que se excitase a los Gobiernos de los Estados y a los Jefes de las Fuerzas Federales, Rurales y Auxiliares de la Federación para que secundasen la actitud del Gobierno de Coahuila.

De acuerdo con este decreto, el Gobierno de mi cargo expidió la circular de 19 del citado mes de febrero, en la cual, después de referir los atentados cometidos por el general Huerta, concluí expresando que "el Gobierno de mi cargo, en debido acatamiento a los soberanos mandatos de nuestra Constitución Política, y en obediencia a nuestras instituciones, fiel a sus deberes y animado del más puro patriotismo, se veía en el caso de desconocer y rechazar aquel incalificable atentado a nuestro pacto fundamental, invitando a los Gobiernos y a todos los Jefes de los Estados de la República a ponerse al frente de la Legalidad."

De todos es conocido que el general Huerta, queriendo dar apariencia legal a la usurpación que acababa de cometer, obligó por la fuerza al Presidente y Vicepresidente de la República a hacer dimisión de sus altos cargos, para que, nombrado él mismo Secretario de Gobernación por el Ministro de Relaciones que en substitución del señor Presidente Constitucional asumió la Presidencia de la República, recayese ésta en él por la inmediata renuncia de aquel funcionario.

Este procedimiento llevado ostensiblemente a efecto por la fuerza de las armas, no podía legitimar ni por un instante la usurpación cometida contra los poderes legalmente constituidos, ni mucho menos dar el menor color o la más ligera apariencia de constitucionalidad a toda aquella intriga en la que tan desgarradas quedaban las instituciones del país, sobre todo cuando pocos días después fueron asesinados, con escándalo del mundo entero, los señores Madero y Pino Suárez, a quienes los autores del cuartelazo quisieron a todo trance hacer desaparecer, imaginando que de esta manera podrían disfrutar con toda tranquilidad del fruto de sus crímenes.

A raíz de estos sucesos se presentaron ante mí en el Palacio de Gobierno de Saltillo, el Cónsul y el Vicecónsul de los Estados Unidos, expresando que tenían instrucciones del Embajador americano Henry Lane Wilson, para decirme que desistiera de mi actitud de desconocimiento para el Gobierno del general, Huerta pues según afirmación, sería inútil toda resistencia, ya que el usurpador disponía de inmensos recursos para sofocar el movimiento de Coahuila; y me hicieron saber que acababa de ser reconocido el Gobierno de Huerta por todos los Gobiernos que tenían acreditada representación en la ciudad de México, inclusive el de Estados Unidos.

Agregaron también por instrucciones del Embajador Wilson, que todos los Gobernadores de los Estados habían aceptado el nuevo orden de cosas, y que era yo únicamente el que se ostentaba en actitud de rebeldía.

A todo esto contesté que tenía conocimiento de los elementos con que contaba la usurpación y de los reducidos de que yo disponía; pero que no aceptaba ningún arreglo y que cumpliría con mi deber como Gobernador del Estado, malquiera que fuese el resultado de la lucha.

Posteriormente obtuve copia del mensaje que Wilson dirigió sobre el particular al Cónsul y al Vicecónsul citados para que ejercieran presión sobre mí, y obtuvieran mi sumisión al Gobierno emanado del cuartelazo.

Pocos días después, estando mi Cuartel General en Villa de Arteaga, volvió a presentarse el Vicecónsul Silliman pidiéndome que dijera cuáles eran las condiciones que yo pondría para evitar la guerra, y que él se comprometía a hacerlas llegar al general Huerta por conducto del Embajador Lane Wilson, le di un oficio para el expresado Embajador, refiriéndome a las indicaciones que me habían sido comunicadas en la entrevista anterior celebrada con el Cónsul y el Vicecónsul de los Estados Unidos, y manifestando que para evitar la lucha armada exigía yo que salieran del país Victoriano Huerta, Félix Díaz, Aureliano Blanquet y todos los demás complicados en el cuartelazo y en los asesinatos del Presidente y Vicepresidente de la República; que evacuaran la capital las fuerzas que habían contribuido a la caída del Gobierno legítimo, y quedaran substituidas por fuerzas de los Estados de Coahuila y Sonora; que el Congreso designara substituto legal del Presidente, y que implantado el nuevo Gobierno resolviera éste qué castigo merecían los soldados que habían faltado a su deber.

El Vicecónsul Silliman se comprometió a hacer llegar ese oficio a la capital de la República, del cual no llegué a recibir contestación, y me reiteró que sus buenos deseos eran únicamente los de evitar el derramamiento de sangre.

Es oportuno rectificar aquí lo que a este respecto dijo no hace mucho el ex Secretario Knox, quien manifestó en una entrevista a la prensa que la intervención del Embajador Henry Lane Wilson, se debió a que yo me había dirigido a él solicitando su mediación, lo cual es completamente inexacto, pues los hechos sucedieron como quedan antes referidos.

Afortunadamente, la protesta viril, entusiasta y oportuna de la Legislatura de Coahuila, que sin medir los peligros, ni tener en cuenta la insignificancia de los recursos con que se contaba para tan grande empresa, como que se iba a combatir contra hombres resueltos a todo, faltos de escrúpulo y de todo sentimiento de moralidad, y sí sobrados de toda clase de elementos materiales, dio el resultado apetecido.

La acción noble y generosa de los diputados, abrazando al llamado del Ejecutivo del Estado, la causa de la legalidad, era sencillamente el patriotismo en acción, desbordante en pujanza y pronto a revestirse en formas heroicas y múltiples para reivindicar la ley ultrajada y devolver al pueblo mexicano las libertades perdidas; y como toda acción grandiosa es sugestiva, ella repercutió en todas partes en corazones juveniles que pronto volaron al servicio de la causa de la justicia.

El Plan de Guadalupe de 26 de marzo de 1913 fue el grito de guerra que lo más selecto de la juventud mexicana lanzó a los cuatro vientos del país contra la iniquidad triunfante, y ese grito no era más que la expresión vibrante y sonora de la conciencia nacional, expresión que reasumía el propósito firme, la voluntad deliberada del pueblo mexicano de no consentir más que el pretorianismo volviese a apoderarse de los destinos de la Nación, imponiendo por la fuerza la voluntad de una casta odiosa y odiada que por tantos años ha pesado sobre todos los ámbitos de la República, ahogando toda tentativa de progreso, matando toda idea de libertad y teniendo a los mexicanos, bajo el pretexto de salvarlos de la anarquía, reducidos a la condición de esclavos, que no ha sido otra cosa la farsa que siempre se ha hecho de las instituciones democráticas, que sólo han servido para suplantar la voluntad popular con la imposición de favoritos designados por acaparadores del poder público, a condición de servirles de dóciles instrumentos en sus designios.

En tal virtud, con el Plan de Guadalupe, el que fue sancionado por la Diputación Permanente de la Legislatura de Coahuila, en representación de ésta, en su decreto de 19 de abril del mismo año expedido en Piedras Negras, quedó perfectamente planteada la cuestión de la legalidad contra la usurpación, del derecho contra la asonada, de las instituciones libres contra la dictadura militar.

Al llamado que se hizo a los Gobiernos de los Estados excitándolos para que secundasen la actitud del de Coahuila, sólo correspondió el de Sonora, pues aunque el Gobernador del Estado, José María Maytorena, no se mostró muy dispuesto a ponerse del lado de la legalidad, la Legislatura sí reprobó abiertamente la usurpación, y nombrando Gobernador interino al C. Ignacio L. Pesqueira que era uno de los miembros, por decreto de 4 de marzo del mismo año de 1913 desconoció a Huerta.

La unión de Sonora con Coahuila, y, por consiguiente, el reconocimiento por aquel Estado del Plan de Guadalupe se efectuó el 18 de abril siguiente, habiendo tenido en ese acto la representación de dicho Estado, los señores Adolfo de la Huerta y Roberto C. Pesqueira, los que tenían también la de los hoy generales Álvaro Obregón, Salvador Alvarado y otros jefes militares.

Resuelta, pues, la lucha, el Gobierno de mi cargo tenía dos grandes objetos que atender: uno, la organización de los servicios públicos en cuanto lo permitiera el estado de guerra, para hacer sufrir a la población que no participaba en ella con las armas en la mano, los menores males posibles; y el otro, organizar el Ejército Constitucionalista de manera que correspondiese al fin a que debía encaminarse su acción, dotándolo de todos los elementos necesarios para que fuera eficiente.

Para lograr el primero de sus objetos, el Gobierno de mi cargo comenzó por expedir el decreto de 10 de mayo de 1913, en el que se establecieron las bases para el reconocimiento del derecho de nacionales y extranjeros para reclamar el pago de los daños causados durante la revolución de 1910 y los que se sufrieren durante la campaña que se acababa de emprender.

La justicia, a la vez que la pública conveniencia, exigían imperiosamente una medida semejante; tanto porque tratándose de una guerra que tenía por suprema finalidad favorecer al pueblo mexicano, los gastos que ella ocasionase no debían pesar sólo sobre los individuos avecindados en las regiones en que el Ejército Constitucionalista operase, sino que lo que ellos ministrasen y que por falta de recursos no podía pagarse inmediatamente, quedase como un adeudo de la Nación que sería cubierto en la forma, plazos, términos y condiciones que a su tiempo fijaría la ley especial, que con tal motivo debería expedirse, como porque la conducta del Gobierno debía cimentarse sobre bases de estricta moralidad y ésta exige que se respete al derecho ajeno, el que debe, por lo mismo, recibir la correspondiente compensación, cuando el objeto que le sirve de materia se ha consumido en provecho público.

Aquí es la oportunidad de advertir para evitar una errónea inteligencia, que en el decreto a que me vengo refiriendo no se trata de daños que toda guerra civil lleva siempre consigo, consistentes en las trabas que en muchas ocasiones paralizan el comercio, en la inseguridad de las poblaciones, de los caminos y de las fincas de campo expuestas a la rapacidad de todos los que, aprovechando el desorden que producen las calamidades públicas, hacen su oficio u ocupación constante atentar contra la propiedad y las personas; en ese decreto se trata únicamente de los daños consistentes en la ocupación de la propiedad de los particulares por las autoridades constitucionalistas para las necesidades del servicio, como lo da a entender con toda claridad el artículo 3 del mismo decreto, y sobre todo, como en términos precisos lo dicen las disposiciones de 10 de agosto del citado año de 1913.

Al mismo objeto antes mencionado se encaminó la circular de fecha 7 de junio de 1913, expedida expresamente para facilitar el comercio entre los Estados Unidos del Norte y los Estados Unidos Mexicanos, evitando de este modo que las relaciones mercantiles entre ambos países quedasen suspensas con gravísimo daño de los habitantes de las dos naciones y con notorio menoscabo de los intereses pecuniarios del tesoro público.

Mas la medida de mayor importancia para la. consecución del objeto mencionado, fue el decreto de 17 de octubre del referido ario de 1913, en el que se dio organización al Gobierno Constitucionalista, determinando el número de Secretarías de Estado a cuyo cargo deberían quedar los diversos ramos de la Administración pública, y por el órgano de las cuales se debía tender de una manera eficaz a la satisfacción de las necesidades del momento y comenzar a implantar, aunque fuera provisionalmente, las reformas que demandaba la situación social y económica del país.

Si tenían que ser de trascendental importancia los servicios de las Secretarías de Guerra, de Gobernación y de Hacienda para la organización del Ejército y su provisión oportuna, para el cuidado y gobierno del territorio que paso a paso se le quitaba a la usurpación, y para arbitrarse en la mejor forma y administrar con el mayor orden los recursos necesarios para las exigencias cada día más grandes de la campaña, no era menos útil ni menos necesaria la labor que se puso a cargo de las otras Secretarías, labor que no podría dejar desempeñarse sin que el Gobierno de mi cargo se hubiera mostrado poco seguro en sus procedimientos y en el éxito final de ellos.

Desde el principio tuve la idea firme, que confirmé después muy ampliamente, que la victoria contra la usurpación del poder público no podría alcanzarse si no se concretaba la atención de una manera especial, a llevar a la conciencia del pueblo el convencimiento de la legalidad de la lucha de parte de la Revolución, y la necesidad de ella para el restablecimiento de los poderes consagrados por el voto del pueblo, y si, además, no se adoptaban todas las medidas adecuadas para vencer al enemigo, ya privándolo de los medios necesarios para sostenerse, ya levantando y poniendo enfrente de él un ejército poderoso tanto por el número como por la calidad de sus elementos.

Con este propósito y para realizar el segundo de los objetos antes mencionados, la Primera Jefatura expidió con fecha 20 de abril de 1913 un decreto llamando a los generales, jefes y oficiales del Ejército Libertador y Ejército Federal para que se incorporasen al Ejército Constitucionalista, ofreciéndoles ratificarles sus empleos en el ejército permanente al triunfo de la Causa Constitucionalista, hecha excepción de los generales, jefes y oficiales que en octubre de 1912 tomaron participación en la rebelión de Veracruz y de los que tomaron parte en la asonada militar de febrero de 1913.

Debo decir, de paso, que este llamamiento sólo fue atendido, además de los jefes que mandaban las fuerzas de Coahuila, Pablo González, Jesús Carranza, Cesáreo Castro, Francisco Coss y otros oficiales, por las fuerzas que mandaban los hoy generales Jacinto B. Treviño, Jesús Agustín Castro, Cándido Aguilar, Agustín Milán y otros oficiales más.

Con el mismo fin a que me vengo refiriendo, se expidió el decreto de 14 de mayo de 1913 que puso en vigor la ley de 25 de enero de 1862 para juzgar al general Victoriano Huerta y a sus cómplices y castigar a los que atentaren contra la independencia y seguridad de la Nación.

También se expidió con igual objeto el decreto de 4 de julio de 1913 que estableció siete Cuerpos de Ejército y distribuyó las regiones dominadas por la Revolución.

Igualmente se expidió, con el mismo fin, el decreto de 17 de noviembre de 1913 poniendo en vigor las leyes de organización y competencia de los Tribunales Militares reformando en dicho decreto y otros que se expidieron con anterioridad, varias disposiciones de aquellas lo mismo que de la ley de 25 de enero de 1862 para hacerlas adaptables a las circunstancias.

También se expidió el decreto de 31 de julio de 1914 que dispuso que los Jueces de Instrucción Militar conocerían de los delitos del orden federal, siempre que los reos no debieran ser juzgados por la ley de 25 de enero.

No me detendré en llamar vuestra atención sobre la importancia y oportunidad de todas esas disposiciones, oportunidad e importancia que su simple enunciado revela, supuesto que a nadie escapa que era indispensable, por una parte, llamar a las filas constitucionalistas a todos los que hicieron la Revolución de 1910, lo mismo que a los federales que tuvieron plena conciencia de sus deberes y estuvieron dispuestos a cumplirlos, y, por otra, indicar que no se dejaría sin castigo a Huerta y a todos los que lo habían secundado en el cuartelazo, lo mismo que a los que habían iniciado la rebelión contra el Gobierno legítimo de la República.

Era también indispensable de todo punto destruir todo obstáculo que se opusiese a la marcha de la Revolución, y, con ese objeto, reprimir con severidad todo intento de los que no simpatizaban con ella y que no contentos con no participar en la empresa que se llevaba a efecto, tomaban el partido de hostilizarla con vías de hecho, ligándose abiertamente a sus enemigos.

Mas si había que combatir sin tregua y por cuantos medios se tenían a la mano, a los sostenedores de la usurpación, era también preciso procurar el orden en el Ejército Constitucionalista, y no dejar sin represión y castigo los delitos del orden militar, que la prudencia más elemental exigía no dejar pasar desapercibidos, lo que justifica la organización y establecimiento de los Tribunales Militares y la competencia extraordinaria que les fue concedida.

Más adelante, y, a reserva de que se rinda a Vuestra Soberanía memoria detallada de la gestión de las Secretarías en el largo período de tiempo transcurrido, desde el principio de la guerra hasta hoy, haré una ligera reseña de los trabajos más importantes llevados a término por cada una de ellas, para que tengáis una idea del estado que guarda la Administración pública en todo el país; pero antes séame permitido seguir la relación de la marcha general de los acontecimientos.

Después de haber logrado dominar a las huestes huertistas y obligado a salir fuera del país a los principales responsables de los crímenes de febrero de 1913 y de haber obtenido la rendición incondicional del Ejército Federal, conforme a los tratados de Teoloyucan, se ocupó al fin la ciudad de México y con ese motivo y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 39 del Plan de Guadalupe, se expidió el decreto de 20 de agosto de 1914, en el que se dispuso que desde esa fecha el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista se haría cargo del Poder Ejecutivo de la Nación.

Esta disposición, a la vez que marca que la empresa iniciada por el Gobernador de Coahuila, acogida con patriótico celo por la Legislatura del mismo Estado y organizada y proclamada por el entonces pequeño Ejército Constitucionalista en la memorable fecha del 26 de marzo de 1913, llegaba felizmente a su término, y por lo tanto, la obra de reivindicación y justicia que la había provocado, iba a cumplirse, señala también el momento en que la Revolución triunfante debía entrar en un nuevo período para organizar al país, volviéndolo lo más pronto posible al orden constitucional.

Permitidme que os diga que el decreto a que me vengo refiriendo, demuestra con toda evidencia que la Revolución se había desarrollado felizmente en un período de tiempo relativamente corto y que, por lo mismo, hasta la fecha no habían sido muy considerables los sacrificios que había tenido que hacer la Nación ni muy serios los daños que, como consecuencia inevitable de la guerra, habían tenido que sufrir los habitantes del país, daños y sacrificios que se habrían reparado en breve término, si la ambición no hubiera movido al espíritu de la discordia para encender nuevamente la tea de la guerra civil, lanzando al país a mayores calamidades, y llegando a comprometer hasta su autonomía.