Discurso de Carlos Salinas de Gortari en la Universidad Nacional Autonóma de México

Part 2

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Con las reformas al artículo 25 se establecen en un solo cuerpo de ideas los fines de la rectoría del Estado que derivan del propósito de garantizar que el desarrollo sea integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuyo desarrollo y seguridad protege la Constitución.

Para llevar esos propósitos a la realidad se establecen y ordenan de manera explícita las atribuciones del Estado en materia económica, siempre referidas al interés general y limitadas estas atribuciones, por la propia Constitución y las leyes. Con ello se afirma el principio de legalidad en la función rectora del Estado y se le hace consistente con los instrumentos de la política económica y de la estrategia del desarrollo nacional.

En lo que concierne a la economía mixta mexicana se establece la concurrencia del sector público, del sector social y del privado a los propósitos generales del desarrollo nacional, incorporando a todas aquellas formas de actividad económica que contribuyen al desarrollo de la nación. Para el sector público se establece que tendrá a su cargo exclusivo, las áreas estratégicas que la Constitución especifica. Se consigna explícitamente al sector social como integrante fundamental de la economía mixta, con lo que se recoge una aspiración de las organizaciones sociales de México. Se reconoce la función social del sector privado, así como la conveniencia de que existan condiciones favorables para el desenvolvimiento de la empresa privada, sujetando su desarrollo al interés público.

El artículo 26 establece explícitamente las facultades del Estado para planear el desarrollo nacional, implícitas hasta entonces, en la propia Constitución y establecidas en leyes secundarias. Al recoger en la Constitución los propósitos, atribuciones y las bases del Sistema Nacional de Planeación Democrática, Y la participación de toda la sociedad en el proceso, se fortalece la capacidad del Estado para hacer converger los esfuerzos de la sociedad hacia el desarrollo integral de la nación, que contemple el avance político, económico, social y cultural del pueblo, de manera sólida, dinámica, permanente, equitativa y eficiente.

Las nuevas fracciones XIX y XX que adicionan el artículo 27 tienen por propósito introducir el concepto de desarrollo rural integral, así como condiciones para una impartición expedita de la justicia agraria y el fortalecimiento de la seguridad jurídica en el campo.

El artículo 28 se reforma y adiciona de acuerdo con la filosofía y los principios que se establecen en el artículo 25 que, a su vez, son correspondientes con la filosofía de todo el texto constitucional. Se introducen las bases para regular el abasto y los precios, así como para imponer aquellas limitaciones que eviten intermediaciones innecesarias o excesivas que provocan el alza de los precios. Se sientan las bases jurídicas para la vital modernización del comercio interno. Se introduce la protección de los consumidores, propiciando su organización. Se especifican las actividades que tendrá a su cargo el Estado, las cuales no serán sujetas a concesión. Con ello se delimita con precisión el ámbito exclusivo del sector público, y los alcances de la participación del Estado. Se fundamenta la existencia de instituciones, organismos y empresas que requiera el Estado para su eficaz desempeño en las áreas estratégicas y de carácter prioritario.

Así, hoy, la rectoría del desarrollo por parte del Estado es el ejercicio de la responsabilidad gubernamental en el ámbito económico. Es decir, como Cualquier Estado moderno, el Estado mexicano promueve, induce y orienta la acción de la nación hacia los grandes objetivos del desarrollo; ello lo hace mediante los instrumentos que por ley tiene la facultad de ejercer; dentro de ellos destacan la acción tributaria, del gasto público, la arancelaria y la financiera, entre otros. El Estado moderno no puede abdicar de su responsabilidad de conducir de manera soberana la marcha de su economía. Así se lleva a cabo en México; pero, adicionalmente, en nuestro país, la rectoría económica del Estado se ejerce dentro de nuestro régimen de economía mixta mediante su participación directa en la actividad productiva. Esta participación directa representa sólo la cuarta parte de todo lo que se produce en el país; si bien no es absorbente, sí genera una influencia cualitativa muy Importante.

Es necesario subrayar que el ejercicio de la rectoría económica no requiere de un Estado grande sino democráticamente fuerte. La expansión indiscriminada del Estado como política de desarrollo no resuelve los problemas, y sí conduce a congestionarlo Y a disminuir su eficiencia para atender áreas que sí son estratégicas para el país. Por ello, recientemente se han venido instrumentando la venta o liquidación de entidades públicas no estratégicas ni prioritarias, como una medida que quita desperdicios Y evita inercias, y al mismo tiempo, permite atender con eficacia las áreas fundamentales y, en aquellos casos en que los programas de desarrollo así los justifiquen, ampliar la promoción y la participación en áreas prioritarias.

Al desprenderse el Estado de entidades no fundamentales, está abriendo espacios para apoyar el avance de la reestructuración productiva del país y encontrar la posibilidad en un contexto de recursos escasos, para apoyar programas realmente prioritarios. En la medida en que el Estado ha destinado recursos para financiar la expansión o sanear financieramente a las entidades no prioritarias, ha tenido que restar recursos para otras actividades fundamentales. Debe entonces reconocerse que en la medida en que se continúen vendiendo o liquidando entidades no prioritarias, se podrá, en consecuencia, fortalecer las que sí lo son, cumpliendo así el mandato moderno de rectoría del desarrollo.

En México, el Estado es la representación constitucional de la nación soberana. Pero el Estado también son sus hombres; la calidad del Estado mexicano se ve realzada por la calidad de los hombres que han decidido dedicar su vida a él. Si los hombres que hicieron la Revolución mexicana y crearon nuestro Estado moderno merecen admiración, también debemos dársela a aquellos que inmediatamente nos han antecedido. Mexicanos como Jesús Reyes Heroles, político, historiador, universitario y, sobre todo, hombre permanente del sistema político, contribuyeron a hacer posible que México, cuando se le somete a un reto o a una prueba como la que vivimos, sea superior a su reputación de valor y coraje.

Los hombres del Estado mexicano hicieron posible que nuestra Constitución fuera ejemplo para otros y no mera imitación; que la administración favoreciera a los muchos en lugar de a unos cuantos; que nuestras leyes dieran igual justicia a todos a pesar de sus diferencias particulares; y que la jerarquía social en la vida pública dependiera de la capacidad personal. Nos enseñaron a valorar los hábitos del trabajo y no del ocio, de la dedicación y no de la herencia, como acicate a la voluntad para enfrentar los desafíos. Nos legaron la capacidad para analizar y discutir, como requisito y no como impedimento para la acción. Nos mostraron que la decisión no es fruto de la ignorancia ni que la reflexión mueve a la inhibición.

Hombres del Estado mexicano como Reyes Heroles, fueron educados para pronunciar grandes palabras y emprender grandes acciones. El país que hoy somos, con sus enormes cualidades y sus cotidianamente combatidos defectos, es producto de la dedicación de hombres como él. Sus méritos como hombre de Estado fueron aun superiores a sus cualidades como individuo. Siempre con la confianza de un mejor porvenir a pesar de la incertidumbre que en momentos nos envolvía, actuó decisivamente, con compromiso social y en forma apasionadamente nacionalista. Como los hombres de la época clásica, Reyes Heroles engrandeció al Estado mexicano por su decisión, su sentido del deber y su claro sentimiento del honor en la acción. Hombres como él tienen a toda la nación por su tumba, porque solamente la pasión por el honor nunca envejece.

La Constitución de 1917 sintetiza la experiencia política y jurídica del pueblo de México. No sólo refleja la composición de factores reales de poder y la intervención de los legisladores ilustres que participaron en la lucha constitucional, sino que representa un proyecto de desarrollo nacional, actualizado y por lo tanto vigente. De la misma forma en que la Constitución desde su versión original recogió la tradicional división entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, como vía para evitar la concentración de autoridad y el riesgo de tiranía, las reformas aprobadas en diciembre de 1982 establecen la concurrencia entre los sectores público, social y privado, como mecanismo para armonizar libertades individuales y derechos sociales y garantizar comunidad de objetivos y convergencia de acciones en el proceso de desarrollo nacional. Los sectores de la sociedad en su participación en la vida económica del país no se obstaculizan, así como los poderes de la Unión en el ejercicio de la autoridad no se contraponen: la división de poderes es instrumento de equilibrio global en la acción de gobierno y la concurrencia de sectores es factor de fortaleza conjunta del Estado y de la sociedad en el proceso de desarrollo.

De manera destacada y frecuente, el presidente Miguel de la Madrid ha rechazado la supuesta dicotomía entre Estado fuerte o sociedad civil fuerte: los Estados se debilitan cuando las sociedades se desarticulan, y tienen capacidad efectiva de rectoría cuando la sociedad civil es fuerte y organizada. Convencido de ello, el presidente de la República promovió que se precisen a nivel constitucional el concepto de rectoría del Estado y las modalidades de funcionamiento de nuestro régimen de economía mixta. Con una participación social ampliada y un Estado por ella fortalecido, los mexicanos podemos vencer la crisis económica, impulsar la justicia, vigorizar la vida democrática y fortalecer la soberanía nacional. https://www.memoriapoliticademexico.org/Textos/7CRumbo/1985%20CSG.RecEdo.html

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