Decreto De Division Administrativa De Los Territorios Nacionale

Chapter 4

Chapter 41,026 wordsPublic domain

C —San Martín del Chubut Capital: trazado del pueblo de su nombre. Norte — Distrito Diez y seis de Octubre. Este — Distrito Paso de los Indios. Sur —Departamento Sarmiento. Oeste — Límite con Chile.

D . — Cushamen Capital: traza del pueblo de su nombre. Norte — Paralelo 42° límite con el territorio del Río Negro. Este — Meridiano 10° al Oeste de Buenos Aires, límite con el departamento de Gaimán. Sur — Distritos Diez y seis de Octubre y Paso de los Indios. Oeste — Límite con Chile.

IV — SARMIENTO Capital: Colonia de su nombre. Norte — Departamentos 16 de Octubre y Gaimán. Este — Departamento Rawson y Océano Atlántico. Sur — Paralelo 46° límite con el Territorio de Santa Cruz. Oeste — Límite con Chile.

VII— SANTA CRUZ

Articulo 14. — Queda dividido el Territorio de Santa Cruz, cuya capital será Puerto Gallegos, en cinco departamentos con los nombres y límites siguientes:

I — DESEADO. Capital: Puerto Deseado, Norte — Paralelo 46°, que lo divide del Territorio del Chubut. Este Océano Atlántico. Sur — Río Seco. Oeste — Limite con Chile. Este departamento queda subdividido en dos distritos:

A — Deseado. Norte — Paralelo 46°, que lo divide del Territorio del Chubut. Este — Océano Atlántico. Sur — Río Deseado. Oeste — Límite con Chile.

B—Rio Seco Norte — Rio Deseado. Este — Océano Atlántico. Sur— Río Seco. Oeste — Límite con Chile.

II SAN JULIÁN Capital: pueblo San Julián. Norte — Río Seco, que lo divide del departamento Deseado. Este — Océano Atlántico. Sur — La Línea límite Sur de las secciones VII, XIII, XXI y XXVIII del plano de mensura de este Territorio. Oeste — Límite con Chile. Este departamento queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenden:

A. Las fracciones A, B, C y D de la sección VII del plano. B. La sección XIII del plano. C. La sección XXI del plano. D. La sección XXVIII del plano, hasta el limite con Chile.

III. — SANTA CRUZ Capital: pueblo Santa Cruz. Norte — Departamento San Julián. Este — Océano Atlántico. Sur— Límite Sur de las secciones XIV, XXII y XXIX del plano de mensura de este Territorio. Oeste — Limite con Chile. Este departamento queda subdividido en tres distritos que se que se denominarán con letras y comprenden:

A. La fracción A de la sección VIII y la sección XIV del plano de mensura de este Territorio. B. Sección XXII del plano de mensura de este territorio. C. Sección XXIX del plano de mensura de este Territorio, hasta el límite con Chile.

IV.— COYLE Capital: puerto Coyle. Norte — Departamento Santa Cruz. Este — Océano Atlántico. Sur— El limite Sur de las. secciones XV, XXIII y XXX del plano de mensura de este Territorio y su prolongación hasta el límite con Chile. Oste — Límite con Chile. Este departamento queda subdividido en cinco distritos que se denominarán con letras y comprenderán:

A. Las fracciones A y D de la sección XV. B. Las fracciones B y C de la sección XXIII. C. Las fracciones A y D de la sección XXIII. D. Las fracciones B y C de la sección XXX. E. Las fracciones A y D de la sección XXX y el resto del departamento hasta el límite con Chile.

V. — Rio GALLEGOS Capital: pueblo del mismo nombre. Norte- -Departamento Coyle. Este — Océano Atlántico. Sur — Límite con Chile. Oeste Limite con Chile. Este departamento queda subdividido en cuatro distritos que se denominarán con letras y comprenden:

A. La Sección XVI del pltmo de mensura de este Territorio B. Las fracciones B y C de la sección XXIV del plano de mensura de este Territorio. C. Las fracciones A y D de la sección XXIV del plano de mensura de este Territorio. D. La sección XXXI, hasta el limite con Chile

IX.— TIERRA DEL FUEGO

Art. 15. Queda dividido el Territorio de la Tierra del Fuego en cuatro departamentos, con los nombres y límites siguientes:

I. — SAN SEBASTIÁN. Capital: Establecimiento de Río Grande. Norte — Océano Atlántico. Este — Océano Atlántico. Sur — Límite con Chile.

II. — USHUAIA Capital: Ushuaia, que lo será también del Territorio. Norte— Paralelo 54° que lo divide del departamento San Sebastián. Este — Meridiano 9° de Buenos Aires. Sur — Canal del Beagle. límite con Chile. Oeste — Límite con Chile.

III.— BAHÍA TETHYS Norte— Océano Atlántico. Este — Océano Atlántico. Sur — Canal del Beagle y Océano Atlántico. Oeste — Meridiano 9°, límite con el departamento Ushuaia.

IV. — ISLA DE LOS ESTADOS. Comprenden las islas del mismo nombre y todas las otras que se encuentran en el Atlántico bajo la soberanía de derecho de la República Argentina.

X.— LOS ANDES.

Art. 16. Queda dividido el Territorio de Los Andes en cuatro departamentos, con los nombres y límites siguientes:

I.— SUSQUES, Ó DEL NORTE. Capital: Caseríos de Susques. Norte — República de Bolivia. Este — Cordillera Oriental hasta la República de Bolivia. Sur — Línea que, partiendo del Abra de Chorrillos y siguiendo el camino de Tocamar á Catua, vaya hasta la Aguada Rosló, en la cordillera Occidental. Oeste — Límite con Chile,

II. — PASTOS GRANDES ó DEL CENTRO Capital: Caserío de Pastos Grandes. Norte — Límite Sur del Departamento Susques. Este — Cordillera Oriental hasta el Abra de Chorrillos. Sur — Línea que, partiendo del Cerro Ratones, se dirija á la Sierra de Arcibarca, terminando en el Cerro del Azufre, de la Cordillera Occidental. Oeste — Límite con Chile.

III. — ANTOFAGASTA DE LA SIERRA Capital: Caserío del mismo nombre. Norte — Límite Sur del Departamento Pastos Grandes. Este — La Cordillera Oriental hasta el Cerro Ratones. Sur — Cordillera de San Buenaventura. Oeste— Límite con Chile.

IV. — SAN ANTONIO DE LOS COBRES Capital: pueblo del mismo nombre, que lo será también del Territorio. Cuesta de Acay, línea recta á Peñas Blancas; de Peñas Blancas, linea recta á Pastos Chicos; de Pastos Chicos al Abra de Chorrillos, y desde ese punto, línea recta hasta la cuesta de Acay.

Art. 17 Quedan derogados todos los decretos y disposiciones administrativas sobre límites, anteriores al presente, en cuanto le sean opuestos.

Art. 18 Comuniquese, publíquese y dése al Registro Nacional.

ROCA. J. A.

GONZÁLEZ.

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