Chapter 5
Sobre este punto siempre ha habido atrasos de consideracion en Manila; muchos pudiera citar, pues como asesor que fui del tribunal mas de tres años sin sueldo alguno (y cuya plaza tan útil y necesaria no tuvo á bien aprobar S. M.), tengo noticias muy exactas sobre el caso, y un cuaderno de providencias que dicté, que algo probaria lo que en el caso dijese; mas como ya he dicho que mi objeto no es acusar á nadie, sino denunciar abusos en jeneral, y proponer remedios, concluyo en este particular diciendo, que si no se toma una medida enérjica y obligatoria, con estrecha responsabilidad efectiva y no nominal, el tesoro cada dia perderá mas y mas, y sufrirá quebrantos, como siempre los sufrió, y comprueba ser asi la Real cédula de 29 de Octubre de 1807, por la que S. M. estrañó tantas cosas sobre la administracion de la hacienda pública en Filipinas en aquella fecha, cuantos son los puntos y estremos que abraza esa Real cédula dictada y dirijida á cortar abusos, y poner en mejor estado la recaudacion y administracion de las rentas del estado. Esta Real disposicion, como digna de tenerse á la vista, y muy conducente á las reformas que conviene hacer, pues siguen los mismos ó mayores abusos, irá en copia al final, señalada con el número 2, por tener un tanto de ella casualmente entre mis papeles.
Las oficinas de la superintendencia de la hacienda pública, bien consideradas las ocupaciones y tareas, y que el capitan jeneral, como gobernador, tiene un secretario y una secretaría que pudieran despachar aquellas, seria muy útil y provechoso suprimirlas y ahorrar sus sueldos, y refundirlas en las oficinas de gobierno, ejerciendo las funciones de superintendente jeneral subdelegado el capitan jeneral, como lo fue por muchos años, habiendo acreditado la esperiencia que la reunion de toda la autoridad superior en la primera que manda las armas, es ventajoso para aquellos paises; pues es sabido que cuanto mas se divida y comparta la autoridad, es menos potente, tiene menos prestijio y fuerza moral, y por consiguiente como menos poderosa, menos respetada, y mas espuesta á desaires, que por pequeños que sean, mancillan el carácter de los primeros funcionarios de un estado. Ademas, las economías que esto proporcionaria son tambien de bastante bulto y peso para el efecto de esta reforma.
Al hablar de las rentas del tabaco y vino, ya se indicó que abundan de empleados, por lo que solo resta indicar que en la primera únicamente deben aumentarse elaboratorios y almacenes para manufacturar y conservar cuanto se pudiese trabajar y tener siempre abundantes surtidos de todas menos, no solo para remesar á la Península, sino para vender al estranjero, y satisfacer cuantos pedidos hiciese el comercio para esportar, pues como artículo de comercio puede tambien ser muy útil como ya se indicó. Esto ocuparia muchas familias, y les facilitaria subsistencias; ademas de lo muy provechoso y útil al tesoro nacional, que indudablemente aumentaria sus ingresos.
En la aduana habia mucho que decir, pero se deja al silencio por no incurrir en alguna inexactitud, porque sobre este establecimiento hay parte interesada que puede y debe promover las útiles reformas que crea le convienen. El comercio de Manila se ha quejado confidencialmente muchas veces del retraso que sufren los negocios y otros perjuicios que esperimenta por el método con que se hallan montadas las oficinas de aquella aduana, en donde de sol á sol y sin escepcion de feriados ni festivos deberia estar constantemente corriente el despacho; mas sobre todo, el comercio es quien debe representar y pedir para remover los obstáculos que le perjudiquen, y plantear la marcha de reformas adecuadas á sus necesidades.
Ultimamente, es de notar y saberse que en todas las oficinas hay un crecido y aun exorbitante número de escribientes indios que gozan dotacion desde cuatro pesos á doce cada mes; clase que yo juzgaria prudente suprimir, pues todo empleado debe saber que lo es para ocuparse de lo que se le confie y ponga á su cuidado, y escribir por sí y sin necesidad de sirvientes cuanto demande el negociado de su atribucion. Solo los jefes deberian tener cada uno un escribiente aventajado para copiar correctamente sus trabajos; pero que todas las mesas tengan una, y algunas dos plazas de escribientes, y ademas, como sucede en alguna oficina, haya mesas, que podremos llamar de trabajos jenerales, puesto que se juntan seis, ocho y aun mas á copiar, como mesa de escuela, no solo es chocante, sino engorroso y perjudicial, por las sumas que sus sueldos absorven. Esos indios mejor ocupados en tareas de su clase, serian otros tantos brazos útiles á la industria y agricultura de las Islas, en lo cual prestarian mas útiles servicios al estado, que no en la miserable holganza en que viven, esclavos del escaso sueldo que gozan.
Sobre correos ya se ha dicho que el esponente con otro compañero de diputacion formuló varias reflexiones para dirijir una esposicion al trono con motivo de haber llegado á entender la reforma gravosa que en esta renta se introducia, aprobándose una oficina principal de un modo brillante y costoso sobre escasos productos y puramente eventuales, como se verá comprobado por dichas observaciones, que como se ha dicho, irán en copia al final, señalada con el núm. 1.o
Algo mas quisiera estenderme sobre el caso, mas no atreviéndome á aventurar nada sin datos exactos, suspendo ampliar mis reflexiones en este asunto, por evitar que luego se interpretasen de siniestras, hijas de mala fe, ó al menos de una crasa ignorancia, cuando precisamente en este asunto, sin ver el espediente que produjo la aprobacion de esa oficina brillante, y aun sin hacer uso de lo practicado anteriormente, no podria presentárseme cosa mas fácil que montar ese establecimiento de un modo que sin gravar al erario, fuese útil á los dependientes que debian ocuparse en él; mas esto no es de este lugar ni de mi incunvencia, al Gobierno toca examinar la planta que tiene, y conocidos sus vicios, reformarlos del modo mas económico y justo.
Resulta, pues, de todo lo dicho en este párrafo, que las oficinas de la hacienda pública de Filipinas necesitan de una reforma grande, y dejar reducido el número de empleados á los puramente precisos, útiles y necesarios: que por ahora no hay necesidad de conceder empleos á persona alguna para aquellas Islas, pues hay un sobrante de empleados muy considerable: que hay poca economía en la administracion, y que debe reformarse y procederse en ella con mas atencion y cuidado que hasta aqui: que debe desaparecer ese sistema ruinoso de libranzas, sustituyéndose á ese método de traer dinero á la Península la construccion de buques de guerra; pues el arsenal, la infinita multitud de maderas de construccion que producen las Islas y demas requisitos para el caso, todo lo posee Manila en tan alto y aventajado grado, cual puede desearse: que en la provision de vacantes que ocurran en todo jénero de empleos, y cuando ya no haya escedentes ó supernumerarios que colocar, debe ser atendido el mérito, aptitud y servicios de los empleados en aquellas provincias, y darse lugar en la escala que debe establecerse á los hijos de los españoles [22] que despues de muchos años de servicios en las Islas, han fallecido dejando á la posteridad su buen nombre, y á sus familias poco menos que en la indijencia: y por último, que las rentas del tabaco y vino deben ocupar un lugar muy preferente en el ánimo del Gobierno, para sacar de ellas todas las ventajas de que son susceptibles, mandando se les dé toda la amplitud y estension que deben tener en beneficio de la riqueza del pais y aumento de las utilidades para el tesoro público, adoptando para todo las medidas justas y prudentes que pueden conducir al logro de objetos tan importantes.
§. VIII.
ALMACENES DE PROVISION, FALUAS DEL MINISTERIO, HOSPITAL MILITAR Y REAL BOTICA.
Los almacenes jenerales de provisiones de Manila, muy útiles en su oríjen, son ya en el dia en estremo gravosos al erario por su nulidad, y perjudiciales al fomento de la riqueza comun de los vecinos. Se hallan bajo la inmediata inspeccion, gobierno y responsabilidad de un guarda-almacen mayor, inmediato subalterno de los señores contador y tesorero jeneral, ministros de la hacienda pública.
Estos almacenes no tienen ya en el dia motivo alguno que acredite ni autorice su estabilidad por la utilidad que prestan; al contrario, cuanto pueda decirse todo es poco para cerciorar la necesidad de suprimirlos enteramente, pues es indudable que en las actuales circunstancias (que no hay temor retrocedan, y si esperanzas de que mejoren) ninguna ventaja traen al tesoro público, y suprimidos ofrecen economías y ahorros considerables, y establecido el sistema de contratas particulares para cualquier cosa que se ofrezca, verificadas en subastas públicas anualmente para aquellos efectos de necesidad; y cuando fuesen necesarias las de otros artículos cuyo uso es menos frecuente, se lograria el fin de tener provision de cuanto fuese necesario, sin irrogar gastos de almacenaje, ni sufrir pérdidas por lo que se deteriora ó echa á perder. No hay ya que temer falten licitadores para todo que hagan los remates para suministrar cuantos artículos puede necesitar el Gobierno para sus atenciones, y sobre los que se halla establecido el sistema de acopios: la agricultura y la industria de las Islas, si no tan florecientes como fuera de desear, han tomado una aptitud majestuosa, y Manila y sus estramuros reunen ya capitalistas muy suficientes para llenar el objeto.
Por este medio se proporcionaria un camino mas de ocupacion y utilidad á esos capitales, y al erario economías considerables, que es abrir una puerta mas á la prosperidad y riqueza de las Islas. Ademas, la calidad de los artículos de acopio y consumo recibirian mejoras en beneficio de los consumidores, y el erario ahorraria ademas de los gastos de almacenaje, los de conduccion que paga de los artículos que por su cuenta se acopian en las provincias, y de su riesgo se conducen á almacenes; y en el acopio de arroz en las provincias cosecheras donde se colecta para almacenes, cesarian algunas vejaciones que en ello suelen cometerse, y los indios adquiririan la perfecta libertad de poder vender sus cosechas cuando y como tuviesen por conveniente: porque es de saber que se les obliga á venderlo á título de para almacenes de provision, contra su voluntad y por los precios que el comprador suele designar, y con medidas, que si algunas son legales, no todas son perfectas.
Ultimamente, la supresion de los tales almacenes es de necesidad; porque entre los muchos beneficios de todas clases que reportaria este medida merecen contarse, principalmente el cortar ciertos abusos que hay, y aun fraudes que pueden cometerse, y librar de quebrantos y pérdidas á la hacienda pública, como alguna vez ha sucedido, sufriendo daños en los efectos almacenados, ya por malversacion de los almaceneros ó ya por descuido ó abandono, dando lugar á inutilizarse ó perderse en todo ó en parte los efectos acopiados. Este asunto demanda mas atencion de la que parece.
No es de menor utilidad la estincion de las falúas llamadas del ministerio, y que anualmente gastan de tres á cuatro mil duros, sin que dejen provecho alguno, ni reporte el erario utilidad de ninguna especie de su servicio: mas creo que este punto ya se resolvió en 1839; pero no teniendo noticia cierta de que asi sea, por si no se hubiese aplicado el oportuno remedio, se hace mencion de este gasto inútil, supérfluo, y cuanto de el se quiera decir.
El hospital militar y la llamada real botica son dos establecimientos que pueden considerarse como una mina bien esplotada, ó como un comercio lucrativo siempre, y nunca de pérdidas.
Se hallan como los almacenes bajo la inspeccion de los señores ministros de la hacienda pública, tesorero y contador: el primero dotado de un contralor, un administrador, tres médico-cirujanos, un escuadron de practicantes y sirvientes, desde el mayordomo hasta el último criado, y por último con una botica que es lo principal de la mina.
Las estancias de los enfermos, oí cierto tiempo salian al estado á razon de 28 á 30 rs. vn. por estancia: á la vista de Manila se halla el hospital de Cavite, en donde los enfermos no gozan menos que en Manila de aseo, buena asistencia y mejor trato; pero por contrata solo le cuesta al estado cada estancia dos tercios menos que las otras; es decir, 10 rs. vn.: ¿por que esta notable diferencia? Allá lo saben los que lo manejan, y algo tambien sé yo, pero no es este el lugar ni el tiempo de decirlo.
Este establecimiento podria y deberia suprimirse, para darle nueva forma, poniéndole por asiento renovado en subastas públicas por el tiempo que se estimase, procurando que los periodos no escediesen de cinco años ni bajasen de tres, aunque si fuera dable volverle á la planta que tenia cuando la hacienda pública le tomó por su cuenta, seria mas económico al erario y mas provechoso á los pobres enfermos.
De cualquiera de los dos modos que se montase serian ventajosos para la hacienda nacional los resultados, y mas porque consecuencia lejítima era que la real botica desapareciese, y con ella se quitase á la contaduría mayor ese juicio de cuentas de la botica y sus emanaciones: cuentas que es imposible ajustarlas cual corresponde, y menos ponerlas en el punto de vista conveniente para cerciorarse de la lejitimidad de sus ingresos y egresos con la debida claridad; porque si el boticario dice tales y cuales medicinas que se vendieron al público, tanto; tal cantidad por las que se consumieron en el establecimiento, tal por las que se deterioraron, inutilizaron ó se perdieron enteramente: ¿quien puede averiguar y saber lo cierto? ¿quien puede tachar esto, aunque particularmente sepa lo contrario? pues ¿y la puerta al fraude que tiene abierta el boticario por tantos conceptos para gozar cuanto quiera si se dejase llevar de la ambicion ó de un mal deseo? ¿quien podrá juzgar de todo esto? nadie: y si al boticario agrada especular de su cuenta y comprar medicinas bajo el nombre de un tercero, que sabe ha de comprar el hospital y ser él el abaluador, ¿que puerta no se le abre para ganar cuanto quiera y vender sus drogas al precio que guste ponerlas? Son muchas las anomalías de este establecimiento, con conocida esposicion de gravar al erario: asi, pues, esa botica debe desaparecer, porque si en su oríjen pudo ser de utilidad y mucha, segun se montó, ya en el dia segun su planta es por judicialísima y gravosa al erario.
Si en un principio no hubo mas botica en Manila que la del hospital, y las que despues establecieron en sus conventos los regulares, y las que mucho ha cesaron, en el dia hay otras cinco, que aun cuando sola una (la del convento hospital de S. Juan de Dios) se halla rejenteada con los requisitos legales necesarios, ello es que existen cinco, y que todas despachan, y se lucran estraordinariamente, y si la del hospital militar se abriese al público, como las otras, podrian sacarse de ella para pago de sueldos de los empleados que tiene y medicinas de valde para el consumo de la casa; mas el estar cerrada al público le priva de estas ganancias.
Por último, es tambien de notar en este lugar, que sin embargo de estar cerrada al público esta botica, hay vecinos con cartas de privilejio, por medio de la cual se proveen de sus medicamentos. Esta carta es una órden que en mi tiempo daban los señores contador ó tesorero de la hacienda, y con ella el boticario despachaba las recetas que el agraciado solicitaba: para cobrar el importe de estas recetas, que se hacia por años, las pasaba el boticario con su cuenta y visto bueno del contralor del hospital á las oficinas principales de la hacienda, y los señores ministros comisionaban un empleado de su confianza que fuese realizando esas recetas: todo anomalía, todo injusticia si se quiere, y todo rutina, abuso y despotismo, que es necesario destruir y crear órden, regularidad y estricta justicia.
§. IX.
DE LA MONEDA PROVISIONAL EN FILIPINAS.
El peso español es la moneda universal del comercio entre todas las naciones del Asia, y como el jiro esterior atrae asi constantemente la circulacion, los gobiernos de todas las colonias de aquella parte del mundo se han visto obligados á crear una moneda colonial, que por su valor intrínseco no pudiese ser estraida, y que entreteniéndose en el comercio interior de las provincias, alimentase y multiplicase los cambios.
En Filipinas no hubo necesidad de adoptar esa medida mientras duró su comercio con Nueva-España, porque entonces recibian aquellas islas anualmente un millon ó mas de pesos mejicanos y el situado de 250,000, y ademas de esto los negocios que se hacian durante esa época sobre frutos naturales é industriales del pais eran casi insignificantes; y si aun en el dia circula en Filipinas la moneda suficiente para entretener el tráfico esterior, esto procede de que las ventajas que este ha sacado del comercio con todas las naciones de Europa, cuya balanza está á su favor, son mayores que las pérdidas de dinero que hace en su comercio con la India y China, y ademas la admision de los pesos de todas las repúblicas de América, habilitados por medio del resello en Filipinas, han estacionado esta moneda en las Islas, cuya medida le es provechosa.
Esta situacion, sin embargo, es precaria y mucho, porque si por algun accidente político de guerra ó de variacion de comercio en las respectivas naciones europeas, ó bien por escasez en las cosechas de Filipinas, llegasen á cesar ó disminuirse las importaciones estranjeras de moneda á Manila, precisada esta plaza á hacer frecuentes remesas de ella á la China y á la India para socorrerse de artículos necesarios á su consumo, vendria con el tiempo á agotar todo su numerario, y arruinar no solo su comercio esterior, sino aun el interior, por las graves dificultades que allí ofrece el establecimiento de un crédito público. Ademas de que tratándose de dar impulso á la agricultura é industria de aquellas Islas, seria necesario para ello muchos millones de pesos en constante circulacion en las provincias, y hacer una rebulsion grande de capitales del comercio al interior de las provincias, y esto no puede practicarse en un pais en que apenas circula la moneda necesaria para mantener el gobierno y jiro esterior, y que ha empezado á fomentarse por el comercio antes de cimentar su agricultura é industria, que parece debia ser lo primero; pues sin la agricultura todo es precario y miserable: por eso ha dicho un escritor en nuestros dias, »que la agricultura es la riqueza de los imperios, y que por poderoso y magnífico que sea un reino, si no se aprovecha de ella, á pesar de todo su fausto y poderío, no tiene mas que una soberbia indijencia."
En todas las provincias de las Islas circula muy poca moneda, y en algunas ni aun la necesaria para que los naturales puedan cubrir las cargas del gobierno; y de ahí ha provenido la necesidad de conmutar el pago del tributo de dinero á especie, juntamente con los informes ventajosos á su propio provecho que los alcaldes darian de palabra ó por escrito para esta novedad. Mucha parte de los indios comercian entre sí por medio de simples permutas, y los mestizos les hacen pagar cara con sus frutos la moneda de que necesitan para vestirse y pagar sus contribuciones. No hay, pues, que esperar ni fomento en la agricultura y artes, ni la grande estension y progreso de que es susceptible el consumo de las rentas estancadas sin la creacion de una moneda colonial estacionaria dentro de las mismas provincias de Filipinas, que las liberte de la suerte precaria del comercio esterior, que proporcione al indio las ventajas justas de su trabajo, que morando con él en su pueblo, le incite á su goce, como medio fácil de socorrer en el momento las necesidades de la vida, y que sea tambien un aliciente para el lujo que hasta cierto punto importa mucho fomentar en los indios, como estímulo poderoso para inclinarlos al trabajo.
Ultimamente, la creacion de esta moneda provisional para Filipinas producirá el grande beneficio de contener la escesiva estraccion que los chinos hacen del peso español, por solo la ventaja de su valor estrínseco; pues esta se aumentará y pondrá al nivel del que tiene en las demas plazas de Asia, y este aumento obligará á los chinos á preferir la estraccion de los frutos naturales de Filipinas en cambio de los efectos que importan ellos en sus champanes. Esta nacion ha llevado hasta el estremo las medidas restrictivas de la estraccion de los pesos españoles de su imperio, marcando cuantos entran en él con tanto número de contraseñas, que desfigurados y desconocidos, no pueden ya volver á ser estraidos para el cambio esterno. Sin embargo, algunos suelen volver, y para habilitarlos á la circulacion se les echa el resello que á los pesos de las repúblicas de América, y asi corren en el mercado de la capital y de las provincias, y son admitidos en las tesorerías del estado.
No hay noticias hasta hoy de que en Filipinas haya minas de plata; pero es un hecho positivo que abunda el oro de tan baja calidad y tan mezclado de plata, que tiene poco mayor valor que aquella, y esta circunstancia favorecida de la introduccion de algunas barras de plata de América conducidas por los estranjeros, la refundicion de las monedas de medio duro por reales y medios de plata fuerte que circula en las Islas, y el aprovechamiento de la mucha plata vieja en muebles que alli hay á precios muy bajos, por haber sido adulterada y trabajada en China, facilitarian al Gobierno los medios de la creacion de la moneda colonial, sin necesidad de gastos ni anticipaciones de caudal alguno, y con solo admitir de los interesados sus respectivas materias en oro ú plata bajo de ensaye, y retornarles su valor en la moneda acuñada, que produzcan deducidos gastos puramente indispensables: tambien podria y deberia el Gobierno admitir en pago de las contribuciones el oro que se saca de los lavaderos, á los mismos precios que lo estraen los chinos, y bajo ensaye de su casa de moneda, donde los profesores intelijentes que al efecto deben ir de España, dictarán todas las providencias necesarias para llevar á efecto una empresa, que sin disputa es la base de todo fomento en las Islas, con conocida ventaja á los consumos de las rentas.
Es, pues, parecer fundado en esta materia la siguiente esposicion de artículos:
1.º Que se cree una moneda provisional para la circulacion interior de las provincias de Filipinas.
2.º Que al efecto se establezca alli una casa de moneda, montada con toda economía por el objeto á que se dirije, y aun pudiera ser conveniente que su plantacion se hiciese por medio de una empresa de particulares por tiempo determinado.
3.º Que la ley de esta moneda sea igual á la de las monedas de igual clase adoptadas en las demas colonias del Asia de las naciones europeas.
4.º Que se subdivida su valor cuanto sea posible, atendidas las necesidades del tráfico interior y objeto de su creacion.
5.º Que se admita en la casa de moneda todo el oro y plata en especie que presenten los particulares para la acuñacion, reintegrándoseles con la moneda de ley que resulte, deducidos los indispensables gastos.
6.º Que se autorice á aquel Gobierno para admitir en pago de contribuciones el oro de las minas y lavaderos de Filipinas, bajo ensaye.
7.º Y por último: que por facultativos se forme un reglamento, en el cual se ponga toda prevision en evitar todo fraude sobre la materia.
Este asunto se ha tratado antes de ahora, y mas de una vez, en Manila, donde existen sugetos que podrian informar con mucha estension sobre el establecimiento de que se trata, y ventajas que produciria al pais y al estado.
§. X.
CABILDO ECLESIASTICO Y CURAS PARROCOS DE LAS ISLAS.