Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social
Chapter 10
d) Velar por la igualdad y la equidad entre los sexos mediante el cambio de las actitudes, las políticas y las prácticas, fomentar la plena participación y la potenciación de la mujer en la vida social, económica y política, y lograr una participación más equitativa de uno y otro sexo en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles;
e) Examinar, con miras a su modificación, la legislación, los códigos públicos y las prácticas que perpetúen las prácticas discriminatorias;
f) Difundir información en términos sencillos a todos los sectores de la sociedad acerca de los derechos de las personas y los medios disponibles para resolver reclamaciones;
g) Fortalecer o crear mecanismos para vigilar y resolver las controversias y los conflictos relacionados con las prácticas discriminatorias, creando procedimientos de arbitraje y conciliación en los planos local y nacional;
h) Sentar un ejemplo a través de las instituciones estatales y el sistema de enseñanza para promover y proteger el respeto por la libertad de expresión, la democracia, el pluralismo político, la diversidad de orígenes, culturas y valores, la tolerancia religiosa y los principios y las tradiciones nacionales sobre los que descansan los países;
i) Reconocer que los idiomas que se hablan o utilizan en el mundo se deben respetar y proteger;
j) Reconocer que es de máxima importancia para todos vivir en cooperación y armonía, y velar por que las tradiciones y el patrimonio cultural de las naciones reciban plena protección;
k) Estimular a los medios de comunicación independientes a promover el conocimiento y la conciencia de la población acerca de todos los aspectos de la integración social con pleno respeto de la libertad de información y de expresión.
C. Igualdad y justicia social
74. Los gobiernos deben promover la igualdad y la justicia social mediante la adopción de las siguientes medidas:
a) Garantizar que todas las personas sean iguales ante la ley;
b) Realizar exámenes periódicos de la política pública, incluidas las políticas de salud y educación, y de los gastos públicos, teniendo en cuenta la igualdad y la equidad sociales y entre los sexos y fomentando la contribución positiva de esa política y esos gastos a la igualdad de oportunidades;
c) Ampliar y mejorar el acceso a los servicios básicos a fin de que lleguen a todos los sectores de la sociedad;
d) Proporcionar igualdad de oportunidades de empleo en el sector público y dar orientación, información y, según proceda, incentivos a los empleadores privados para que hagan lo mismo;
e) Promover la libre formación de cooperativas, organizaciones de la comunidad y otras organizaciones populares, grupos de apoyo mutuo, asociaciones recreativas y deportivas e instituciones similares que tiendan a fortalecer la integración social, prestando especial atención a las políticas encaminadas a brindar asistencia a las familias en sus funciones educacional, de socialización y apoyo material y espiritual;
f) Asegurar que se preparen programas de ajuste estructural encaminados a reducir al mínimo sus efectos negativos para los grupos y comunidades vulnerables y desfavorecidos al tiempo que se aseguren los efectos positivos de esos programas sobre dichos grupos y comunidades impidiendo su marginación de las actividades económicas y sociales; y arbitrando medidas para lograr que esos grupos y comunidades tengan acceso a los recursos económicos y a las actividades económicas y sociales y controlen esos recursos y actividades. Se deben adoptar medidas para reducir la desigualdad y la disparidad económica;
g) Promover el pleno acceso a la atención de la salud preventiva y curativa a fin de mejorar la calidad de la vida, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, haciendo especial hincapié en las mujeres y los niños;
h) Ampliar la educación básica mediante la adopción de medidas especiales a fin de proporcionar enseñanza escolar a los niños y jóvenes que viven en zonas poco pobladas y remotas, a los hijos de padres nómadas, pastores, migrantes o pertenecientes a poblaciones indígenas y a los niños de la calle, los niños y jóvenes que trabajan o cuidan a sus hermanos más pequeños y a padres con discapacidad o de edad avanzada, así como a los niños y jóvenes con discapacidad; establecer, en asociación con poblaciones indígenas, sistemas de enseñanza que satisfagan las necesidades especiales de sus culturas;
i) Asegurar que la ampliación de la educación básica vaya acompañada por una mejora de la calidad, una atención apropiada a los niños de diferentes capacidades, una cooperación entre la familia y la escuela y una vinculación estrecha entre los programas de enseñanza y las necesidades del medio laboral;
j) Evaluar periódicamente los sistemas escolares en función de los resultados alcanzados y difundir las conclusiones de las investigaciones relativas a la idoneidad de los diferentes métodos de evaluación;
k) Asegurar que todas las personas puedan tener acceso a una diversidad de actividades de enseñanza formal y no formal durante toda su vida que les permita contribuir a la sociedad y beneficiarse de su plena participación en la sociedad; utilizar todas las formas de educación, incluidos los medios de educación no convencional y experimental como los cursos por televisión y por correspondencia, por conducto de las instituciones públicas, las instituciones de la sociedad civil y el sector privado, a fin de proporcionar oportunidades a quienes en la infancia no recibieron la enseñanza necesaria, a los jóvenes en el proceso de transición de la escuela al mundo laboral y a quienes deseen proseguir su educación y mejorar sus capacidades a lo largo de la vida;
l) Proporcionar a las niñas igualdad de un acceso a todos los niveles de la educación, incluida la formación no tradicional y profesional, y velar por que se adopten medidas para luchar contra los diversos obstáculos culturales y prácticos que dificultan su acceso a la educación, adoptando medidas tales como la contratación de maestras, la introducción de horarios flexibles, la atención a los familiares a cargo y a los hermanos y el suministro de instalaciones adecuadas.
D. Atención de necesidades sociales especiales
75. Para atender a las necesidades especiales de los grupos de la sociedad, los gobiernos deben:
a) Determinar medios concretos de alentar a las instituciones y los servicios sociales a adaptarse a las necesidades especiales de los grupos vulnerables y desfavorecidos;
b) Reconocer y fomentar las capacidades, el talento y la experiencia de los grupos vulnerables y desfavorecidos, y determinar medios de prevenir el aislamiento y el distanciamiento y de permitirles hacer una contribución positiva a la sociedad;
c) Asegurar el acceso al trabajo y a los servicios sociales gracias a medidas tales como educación, enseñanza de idiomas y asistencia técnica a las personas desfavorablemente afectadas por barreras lingüísticas;
d) Dar apoyo, mediante la promulgación de leyes, incentivos y otros medios, según proceda, a las organizaciones de los grupos vulnerables y desfavorecidos, para que puedan promover los intereses de sus grupos y participar en la adopción, a nivel local y nacional, de las decisiones de carácter económico, social y político que orientan a la sociedad en general;
e) Mejorar las oportunidades de las personas desfavorecidas y vulnerables para que procuren obtener cargos en los órganos legislativos, los gobiernos, el poder judicial y otros cargos de autoridad o influencia pública;
f) Adoptar medidas para integrar en la vida económica y social a las personas desmovilizadas y las personas desplazadas a causa de conflictos civiles y desastres;
g) Fomentar y proteger los derechos de las poblaciones indígenas y darles la posibilidad de efectuar elecciones que les permitan mantener su identidad cultural y participar al mismo tiempo en la vida económica y social del país en que residen, con pleno respeto de sus valores culturales, idiomas, tradiciones y formas de organización social;
h) Aplicar el Plan de Acción aprobado por la Cumbre Mundial en favor de la Infancia, de 1990, y ratificar, según proceda, y aplicar las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño;
i) Alentar a los jóvenes a participar en las deliberaciones y en las decisiones que les afectan y en la planificación, aplicación y evaluación de políticas y programas; velar por que los jóvenes adquieran los conocimientos especializados que les permitan participar en todos los aspectos de la vida en sociedad y valerse por sí mismos, para lo cual deben adoptarse programas de educación pertinentes e innovadores; y establecer leyes y medidas que protejan a los jóvenes de los malos tratos físicos y mentales y de la explotación económica;
j) Adoptar medidas concretas para preparar a los jóvenes para una vida responsable en la edad adulta, particularmente a los jóvenes que han abandonado la escuela y a los niños de la calle;
k) Promover las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad20 y preparar estrategias para aplicar esas Normas. Los gobiernos, en colaboración con las organizaciones de personas con discapacidad y el sector privado, deben favorecer la igualdad de oportunidades, con objeto de que las personas con discapacidad puedan contribuir a la sociedad y beneficiarse de su plena participación en ella. Las políticas relativas a las personas con discapacidad no deberían centrarse en sus discapacidades, sino en sus capacidades, y deberían velar por la dignidad de esas personas en su calidad de ciudadanos;
l) En el contexto de los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad21 y los objetivos mundiales del envejecimiento para el año 200122, examinar o elaborar estrategias para aplicar el Plan de Acción Internacional sobre el envejecimiento23, a fin de que las personas de edad puedan aportar la mayor contribución posible a la sociedad y desempeñar una función plena en la comunidad;
m) Facilitar la aplicación de las directrices para la planificación de nuevas medidas y la adopción de medidas complementarias adecuadas en la esfera de la juventud24, con objeto de promover la integración de la juventud en las sociedades;
n) Adoptar medidas para que las personas pertenecientes a minorías participen plenamente en el desarrollo de su sociedad y contribuyan a él.
E. Atención de las necesidades sociales especiales de los refugiados, las personas desplazadas y las que buscan asilo, los migrantes documentados y los migrantes indocumentados
76. Con objeto de atender a las necesidades especiales de los refugiados, las personas desplazadas y las personas que buscan asilo:
a) Se insta a los gobiernos a que aborden las causas fundamentales de los movimientos de refugiados y de personas desplazadas adoptando medidas adecuadas, particularmente en relación con la solución de conflictos; el fomento de la paz y la reconciliación; el respeto de los derechos humanos, incluidos los de las personas pertenecientes a minorías; y el respeto de la independencia, la integridad territorial y la soberanía de los Estados. Los gobiernos y todas las demás entidades deben respetar y proteger el derecho de las personas a permanecer en sus hogares en condiciones seguras y deben abstenerse de adoptar políticas o prácticas que obliguen a las personas a huir;
b) Se insta a los gobiernos a fortalecer su apoyo a las actividades internacionales de protección y asistencia a los refugiados y, según proceda, a las personas desplazadas, y fomentar la búsqueda de soluciones duraderas a la difícil situación de esas personas. Se alienta a los gobiernos a que, cuando procedan así, refuercen los mecanismos regionales e internacionales que promuevan la responsabilidad compartida respecto de la protección y la asistencia a los refugiados. Se deben adoptar todas las medidas necesarias para velar por la protección física de los refugiados, en particular, de las refugiadas y los niños refugiados, y especialmente contra la explotación, los malos tratos y todas las formas de violencia;
c) Se debe brindar apoyo internacional adecuado a los países de asilo con objeto de que atiendan a las necesidades fundamentales de los refugiados y presten asistencia en la búsqueda de soluciones duraderas. Se debe prestar asistencia a las poblaciones de refugiados a los efectos de que logren valerse por medios propios. Los refugiados, y particularmente las refugiadas, deben participar en la planificación de las actividades de asistencia a los refugiados y en su puesta en práctica. Al planificar y poner en práctica las actividades de asistencia a los refugiados, debe prestarse especial atención a las necesidades concretas de las mujeres y los niños refugiados y desplazados. Se debe facilitar a los refugiados el acceso a servicios adecuados de alojamiento, educación y salud, incluida la planificación de la familia, así como a otros servicios sociales necesarios. Los refugiados deben respetar las leyes y reglamentos de sus países de asilo;
d) Los gobiernos y otros agentes pertinentes deben crear condiciones generales que permitan la repatriación voluntaria de los refugiados en condiciones seguras y dignas y el regreso voluntario y en condiciones seguras a sus hogares de origen de las personas desplazadas en el interior de sus países y su reintegración sin contratiempos en la sociedad;
e) Se insta a los gobiernos a que respeten el derecho internacional relativo a los refugiados. Se invita a los Estados que aún no lo han hecho a que consideren la posibilidad de adherirse a los instrumentos internacionales relativos a los refugiados, particularmente, la Convención de 195125 y el Protocolo de 196726 relativos al Estatuto de los Refugiados. Además, se insta a los gobiernos a que respeten el principio de la "no devolución", es decir, el principio de no obligar a regresar a las personas a los lugares en que su vida o libertad esté amenazada por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social concreto u opinión política. Los gobiernos deben velar por que las personas que busquen asilo en el territorio de los gobiernos tengan acceso a un órgano de audiencia imparcial y deben facilitar la tramitación sin demora de las solicitudes de asilo, velando por que las directrices y los procedimientos para determinar la condición de refugiado tengan en cuenta la situación particular de la mujer;
f) Los gobiernos y agentes pertinentes deben respetar el derecho de las personas a buscar y obtener en otros países asilo contra la persecución.
77. Para promover el trato equitativo y la integración de los migrantes documentados particularmente los trabajadores migratorios documentados y sus familiares:
a) Los gobiernos deben velar por que los migrantes documentados reciban un trato justo y equitativo, lo que incluye el pleno respeto de sus derechos humanos, la protección por parte de la legislación del país de acogida, el acceso adecuado a las oportunidades económicas y los servicios sociales; la protección del racismo, el etnocentrismo y la xenofobia; y la protección de la violencia y la explotación. Se debe prever la enseñanza de idiomas en reconocimiento de la importancia fundamental que tiene la adquisición de conocimientos lingüísticos a los efectos de la integración efectiva de los migrantes documentados, incluidos los que no vayan a acceder al mercado laboral mientras, los recursos lo permitan. La pronta integración es fundamental para que los migrantes documentados puedan aportar sus aptitudes, conocimientos y capacidad potencial al desarrollo de los países de destino, y entraña una comprensión recíproca entre los migrantes documentados y el país de acogida. Los migrantes documentados han de conocer y respetar los valores, leyes, tradiciones y principios del país de acogida, el cual, a su vez, debe respetar las religiones, culturas y tradiciones de los migrantes documentados;
b) Se insta a los gobiernos de los países de acogida a que consideren la posibilidad de conceder, según proceda, derechos y obligaciones civiles y políticos a los migrantes documentados que tengan derecho a la residencia a largo plazo y a que faciliten su naturalización. Se debe poner especial empeño en propiciar la integración de los hijos de los migrantes a largo plazo, brindándoles las mismas oportunidades de educación y formación que a los nacionales, permitiéndoles que ejerciten una actividad económica y facilitando la naturalización de quienes se hayan criado en el país de acogida. De conformidad con el artículo 10 de la Convención sobre los Derechos del Niño27 y todos los demás instrumentos pertinentes reconocidos universalmente, todos los gobiernos, particularmente los de los países de acogida, han de reconocer la importancia decisiva de la reunificación de la familia y fomentar su incorporación en la legislación nacional a fin de garantizar la protección de la unidad de las familias de los migrantes documentados. Los gobiernos de los países de acogida deben velar por la protección de los migrantes y sus familias, dando prioridad a programas y estrategias que luchen contra la intolerancia religiosa, el racismo, el etnocentrismo, la xenofobia y la discriminación por razón de sexo y promuevan la necesaria sensibilización pública al respecto;
c) Los gobiernos y los agentes pertinentes deben fomentar el intercambio internacional de información sobre instituciones de educación y formación con objeto de promover el empleo productivo de los migrantes documentados mediante un mayor reconocimiento de la enseñanza y los títulos del extranjero;
d) Los gobiernos deben fomentar la armonía interracial y la comprensión entre las culturas mediante programas adecuados de educación que incluyan la formación en materia de sistemas de arreglo de controversias y prevención de conflictos en las escuelas.
78. Para abordar las preocupaciones y necesidades humanas fundamentales relacionadas con los migrantes no documentados:
a) Se insta a los gobiernos a que cooperen en la reducción de las causas de la migración indocumentada, salvaguardando los derechos humanos fundamentales de los migrantes indocumentados, impidiendo su explotación, brindándoles cauces adecuados para recurrir con arreglo a la legislación nacional y castigando a los delincuentes que trafiquen con seres humanos;
b) Los países de destino, los países de tránsito y los países de origen deben cooperar, según proceda, para ordenar las corrientes de inmigración, impedir la migración de indocumentados y, cuando proceda, facilitar el regreso de los migrantes y su reintegración en sus comunidades de origen;
c) Se insta a los gobiernos a que cooperen para reducir los efectos de la migración de indocumentados en los países de acogida, teniendo presentes las circunstancias y necesidades especiales de esos países, en particular de los países en desarrollo;
d) Se insta a los gobiernos a que promuevan la adopción de medidas eficaces para proteger a todos los migrantes indocumentados y a los miembros de su familias contra el racismo, el etnocentrismo y la xenofobia.
F. La violencia, la delincuencia, el problema de las drogas ilícitas y el uso indebido de drogas
79. Para abordar los problemas creados por la violencia, la delincuencia, el uso indebido y la producción de drogas, el uso y el tráfico de drogas ilícitas y la rehabilitación de los adictos se requiere:
a) Introducir y aplicar políticas concretas y programas de salud pública y servicios sociales para prevenir y eliminar todas las formas de violencia en la sociedad, en particular, para prevenir y eliminar la violencia en el hogar, y para proteger a las víctimas de la violencia, prestando especial atención a la violencia contra las mujeres, los niños, los ancianos y las personas con discapacidades. En particular, se debería aplicar y poner en vigor en el plano nacional la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Además, deberían respetarse las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño;
b) Adoptar medidas cabales para eliminar todas las formas de explotación, abuso, hostigamiento y violencia contra la mujer, en particular, la violencia en el hogar y la violación; se debería prestar atención en especial a la violencia derivada de prácticas tradicionales o habituales nocivas y de todas las formas de extremismo, y se deberían incluir medidas preventivas y de rehabilitación de las víctimas;
c) A fin de prevenir la participación de niños y jóvenes en la delincuencia, la violencia, el uso indebido y el tráfico de drogas, ejecutar programas que canalicen su energía y creatividad a su propio mejoramiento y el de sus comunidades;
d) Mejorar los mecanismos para la solución pacífica de los conflictos y la reintegración de la sociedad después de los conflictos, incluidas las actividades en pro de la reconciliación y el fomento de la confianza entre los grupos en conflicto, la capacitación en la solución no violenta de los conflictos en todos los niveles de la educación, la reconstrucción de las instituciones sociales destruidas, la reintegración de las personas desplazadas y las personas con discapacidades y el restablecimiento del imperio de la ley y el respeto por los derechos humanos;
e) Establecer una asociación con las organizaciones no gubernamentales y de la comunidad a fin de adoptar las medidas necesarias para la rehabilitación de los delincuentes, especialmente los menores de edad, y su reintegración en la sociedad. Entre las medidas se incluirán las encaminadas a mantener a los delincuentes en contacto con sus familias durante el encarcelamiento y a reintegrarlos a un empleo productivo y a la vida social después de su puesta en libertad;
f) Fortalecer la cooperación y la coordinación internacionales para elaborar estrategias, políticas, leyes y otras medidas encaminadas a luchar contra la delincuencia organizada nacional y transnacional y el uso de la violencia y el terrorismo;
g) Adoptar estrategias nacionales eficaces y ambientalmente idóneas para prevenir o reducir sustancialmente el cultivo y el procesamiento de plantas utilizadas para el tráfico ilícito de drogas, prestando atención en particular al apoyo nacional e internacional para los programas de desarrollo que crean alternativas económicas viables a la producción de drogas, y promover la integración plena de los grupos sociales que participan en esas actividades;
h) Luchar contra el uso ilícito de drogas y sustancias sicotrópicas y el tráfico de drogas, la corrupción y los delitos conexos mediante la adopción de medidas nacionales y coordinadas en el plano internacional, fortaleciendo a la vez los programas integrados y multisectoriales encaminados a prevenir y reducir la demanda para el consumo de drogas, a fin de crear una sociedad libre de drogas ilícitas. En cooperación con las instituciones de la sociedad civil y el sector privado, se debería fomentar la prevención del uso indebido de drogas y proporcionar educación preventiva para los niños y los jóvenes, programas de rehabilitación y educación para ex drogadictos y alcohólicos, especialmente niños y jóvenes, con objeto de que puedan obtener un empleo productivo y lograr la independencia, dignidad y responsabilidad necesarias para llevar una vida productiva, libre de drogas y de delitos;
i) Trabajar en el plano nacional e internacional a fin de individualizar las redes de tráfico de drogas y de blanqueo de dinero, enjuiciar a sus jefes y poner fin a la obtención de ganancias derivadas de esas actividades delictivas;
j) Dar apoyo a las estrategias globales de prohibición de las drogas y fortalecer los esfuerzos encaminados a controlar los precursores químicos y las armas de fuego, las municiones y los explosivos, a fin de impedir que pasen a manos de grupos de narcotraficantes y terroristas;