Córdoba

Part 50

Chapter 504,033 wordsPublic domain

Publicada esta carta, acudió D. Alonso de Aguilar, legalmente representado por el bachiller Diego Rodriguez de Jaen, apoderado tambien y procurador de los consortes en la causa de Aguilar, y apeló ante su ilustrísima pidiendo se declarase lo hecho nulo y de ningun valor y efecto por varias razones que alegó, entre las cuales figuran como principales: Que el D. Alonso no se habia apoderado de los diezmos como se suponia; que el obispo no podia ser juez de la causa por ser notoriamente sospechoso y capital enemigo del Sr. de Aguilar y de algunos de los otros excomulgados, y confederado, aliado y amigo del conde de Cabra y sus hijos, y de su valía y opinion, por lo que, como su contrario y enemigo declarado, habia sido echado de la ciudad por órden del rey; que mediante la referida sospecha no podia tener jurisdiccion, ni podia haber citado á D. Alfon y consortes á que compareciesen ante su ilustrísima en la villa de Montemayor, por cuanto esta era del Sr. Martin Alfon que estaba en la misma parcialidad, confederacion y adversidad que su ilustrísima contra el citado Aguilar y consortes; y aunque decia que habia seguido los dichos procesos á peticion del cabildo, no era así, ni pasó tal cosa. Que aunque la carta decia que D. Alfon estaba excomulgado por haber dado armas, caballos y otras cosas á los moros, la causa no era verdadera, y caso de haberlo hecho sería con justa razon para defensa y conservacion del reino de Castilla, en especial de Andalucía, por mandado y con poder del rey, en lo cual Dios no habia sido ofendido; que D. Alfon no prendió los canónigos, porque cuando esto ocurrió no se hallaba en Córdoba. Que tampoco habia incurrido en excomunion por lo que su ilustrisíma llamaba quebrantamiento y quema de las casas obispales y fraccion de la iglesia, porque esta no la habia habido ni se podia probar, y si en el palacio hubo alguna quema sería por culpa del señor obispo y de sus familiares, pues era notorio en la ciudad y sus comarcas que todo habia sucedido por autoridad de derecho y por justas y legítimas causas en defensa y amparo de la república. Que estando en Córdoba el dicho D. Alfon con la gobernacion de ella, como al presente la tenia, en paz y sosiego, ciertos caballeros y escuderos, todos familiares, criados y paniaguados del señor obispo, y por su mandado, entraron, se apoderaron y encastillaron en las casas obispales y torres de la ciudad juntas á ellas, y se fortalecieron dentro, haciendo muchos edificios de tapias y canterías (lo que hoy llamamos _barricadas_) con empalizadas, y fortalecieron las dichas torres por dentro y fuera con muchos almadraques, colchones, tapiales, puertas, mucha ropa y maderas, abasteciéndose asímismo de muchas viandas, pan, vino y pescado, de los propios bienes del señor obispo. Y asímismo se guarnecieron y abastecieron de muchas armas, lombardas, truenos, espingardas, culebrinas, serpentines y ballestas fuertes y comunes, así de palo como de acero, y otros muchos tiros de pólvora, con ánimo malévolo é intencion depravada, para desde allí tirar y ofender con sugestion diabólica á los alcázares del rey por tomarlos y ocuparlos, y por tirar contra los vecinos y moradores de Córdoba, turbándolos y damnificándolos y el pacífico sosiego en que estaban, levantándolos contra el D. Alfonso, para entregar la ciudad á sus adversarios. Que el plan de los parciales del obispo era traerle á la ciudad, entregársela, prender á D. Alfon y matarle, robando luego y destruyendo la poblacion en daño de la república. Que era notorio que su ilustrísima llevaba gente de armas de á caballo y de á pié apercibiéndose para llevar á cabo su propósito contra el juramento apostólico, homenage y fidelidad que habia prestado. Que el consejo de la ciudad, viendo los escandalosos movimientos, y no queriendo usar de rigor, llana y pacíficamente habia hecho requerir á los familiares y gente del obispo, intimándoles se desarmasen y desencastillasen, dejando libres las torres y castillos; á lo que no quisieron ellos condescender, antes por el contrario, obedeciendo á las sugestiones del obispo, siguieron haciéndose fuertes, esperando su socorro, invocando en las torres á su ilustrísima y á la demas gente que en su ayuda venia, á cuyas señales dicho señor y los de su concierto respondieron, con lo cual, creciendo el endurecimiento y obstinacion de sus familiares, empezaron á tirar contra la ciudad y contra los que estaban ocupando la fábrica y obra de la iglesia, donde mataron é hirieron muchos hombres. Que continuando en ello y viendo la ciudad el peligro y daño, por mandamiento de ciertos jueces hizo prender á dichos familiares, y si en tal acto hubo algun daño ó toma de bienes, seria culpa de dicho señor, fuera de que ya la ciudad le habia satisfecho y su ilustrísima se habia dado por contento. Que no era cierto se hubiesen impuesto contribuciones ó tributos á dicho señor obispo, clérigos y religiosos de Córdoba y su tierra, y si algunas se habian decretado, no habia sido señaladamente contra dichos clérigos y religiosos, ni esto se habia hecho sin mandado del rey, ni para objeto ageno al bien comun, redundando por consiguiente en beneficio del mismo estado eclesiástico. Que dichas imposiciones habian tenido por objeto la defensa contra los moros, que otras veces habian hecho entradas con ayuda de los parciales del obispo. Que tampoco eran reos de excomunion por haber prendido á los familiares de su ilustrísima, puesto que eran personas legas. Que cuando Pedro de Cárdenas y Juan de Angulo habian hecho salir al señor obispo de la ciudad y de S. Gerónimo, habian procedido por mandado del rey, por ser su ilustrísima escandaloso y parcial con el conde de Cabra y sus hijos, y porque procuraba con algunos grandes del reino adversarios del rey, entrar en Córdoba por fuerza y con escándalo en deservicio de S. M. para alzarse con la ciudad y su tierra.

El escrito de apelacion que esto contenia fué presentado por el bachiller Diego Rodriguez de Jaen con su carta de poder en 8 de julio de 1472, en la villa de Montemayor, por ante Juan Gonzalez y otros escribanos y notarios públicos, en las casas mismas donde tenia su habitacion el obispo D. Pedro, y hallándose presente su ilustrísima. Y en 1.º de agosto del propio año, compareció en Córdoba en presencia de otros escribanos el bachiller Ferran Romero, vicario del señor obispo, con una carta mensagera dirigida al bachiller Juan Vicario, y con ella respuesta de lo arriba espresado para que se la diera á los escribanos que habian hecho el requirimiento. Respondia y decia el obispo: Que por lo tocante á la incompetencia para conocer en la causa del Sr. de Aguilar, fundada en la parcialidad de su ilustrísima por el conde de Cabra y sus hijos, lo único cierto era, «que entrando en Córdoba el rey D. Enrique, D. Alfon de Velasco y D. Juan de Guzman, Luis de Paniagua y otros muchos caballeros, el dicho D. Alfon dió la fé á su ilustrísima y su ilustrísima al D. Alfon, que querian ser neutrales no favoreciendo á ninguna de las partes, y que uno á otro se guardarian la honra, y que despues de un año en presencia de Diego Gimenez de Góngora Prior y de Pedro de Foces, canónigos de esta santa iglesia, por parte del señor obispo, el dean de ella y otros por la parte del citado D. Alonso, y dentro de las casas de este se confirmaron las paces que tenian tratadas y en caso necesario las aprobaron con ciertas formalidades. Y el dia 4 de marzo de dicho año, viniendo dicho señor obispo de confesarse del convento de S. Pablo, el dicho D. Alfonso juntó mucha gente armada, y antes que entrára dicho señor obispo en sus casas, le echó fuera de la ciudad y á todos los de su familia, de lo que resultaba la enemiga que tenia dicho D. Alfon, dando favor á muchos que vivian malamente contra Dios y su Iglesia, sabiendo bien el referido que la intencion de su ilustrísima seria querer enmendarlo.» Que en cuanto á la incompetencia por falta de jurisdiccion, «el lugar donde estaba dicho señor obispo era donde habian de comparecer las personas del dicho regimiento por sí ó por su procurador, mayormente sabiendo el dicho D. Alfon que entre el Sr. Martin Alfon y los vecinos de Córdoba y su tierra y las villas de dicho D. Alfon, cada y cuando les parece á todos ó cualesquiera de ellos entran seguros en la dicha villa de Montemayor y pasan seguros por ella, como sucedió el dia 25 de julio del presente año de 72 cuando el jurado Ahumada, vecino de Córdoba, entró en la referida villa de parte de dicha ciudad á requerir al alcaide que le entregase ciertos presos, pues que entre ellos habia paz, quien habia respondido que no los tenia ni sabia de ellos, y si los tuviera se los entregára: de lo que resultaba ser frívola la apelacion.» «Y siendo como era notorio que en el lugar de Cañete el dicho D. Alfon arrendó á los almojarifes y vecinos de Córdoba todas sus rentas de dicho lugar, incluyendo en ellas las rentas de los _diezmos de menudo, vino y aceite_, de lo que resultaba estar excomulgado el dicho D. Alfon por la Bula Paulina y Estatuto del antecesor de dicho señor obispo, que lo fué el Illmo. Sr. D. Fernando: y siendo cierto que el dicho D. Alfon habia dado armas á los moros; y en cuanto á la prision de los canónigos que hizo el referido, era notorio, y que los tuvo presos en su villa de Cañete mas de medio año, y siendo tambien cierto que se habia apoderado de la torre de la santa iglesia tomándole al rey lo que tenia en ella, y usurpando las rentas reales que S. M. tenia en la ciudad, y echándole varias imposiciones en ella y su tierra; y siendo tambien cierto y notorio que habia quemado las casas de dicho señor obispo, y que combatió y tomó por fuerza los alcázares reales; y careciendo de toda verdad lo alegado para justificar las imposiciones echadas sobre el estado eclesiástico, como tambien el que sobre este punto se habian comprometido con la ciudad, y que las imposiciones eran contra los moros, pues antes eran en favor de ellos; y siendo cierto que el dicho D. Alfon habia sacado violentamente mucha gente de la iglesia, como que prendió dos clérigos beneficiados de ella porque llevaban las acémilas del obispo, las que le quitaron; y siendo cierto que en el mismo dia que fué electo dicho señor obispo lo robaron y asaltaron los alcázares, como tambien que dicho D. Alfon y Pedro de Aguayo lo echaron de la ciudad; denegaba su ilustrísima la apelacion interpuesta.»

Esta ruidosa causa duró muchos años: algunas personas principales y de autoridad procuraron interponerse entre el obispo, D. Alonso y la ciudad, para conciliar las diferencias que habia, y lograr se levantase el entredicho. Consiguieron esto último algunas veces, pero era tan díscola la condicion de los contendientes, que de todo sacaban pretesto para volver á la discordia. El señor de Sta. Eufemia habia logrado apoderarse de Pedroche, villa de la ciudad, y aunque se le requirió que la dejase, no quiso ejecutarlo. La ciudad salió con su pendon, y restauró á Pedroche: dió noticia al cabildo para que hiciera alguna demostracion, y á 14 de febrero de 72 se decretó que todos los prebendados salieran á caballo á recibir el pendon triunfante. Levantóse el entredicho despues del 15 de febrero de 73, y parecia reinar la concordia, pero duró poco tiempo, porque el conde de Cabra, que se acababa de apoderar de Almodovar, cometia en la ciudad y campiña grandes vejaciones: el de Aguilar exasperado volvió á sus pasados rigores, y el obispo volvió á poner entredicho á 19 de octubre. Empezó entonces la discordia entre el cabildo y el prelado: el cabildo apeló á Toledo; durante la apelacion interpuesta no se observaba el entredicho, y esto hizo temer á algunos prebendados que impetrándoles en Roma las prebendas, se movieran muchos y costosos pleitos, y así determinaron que si alguno fuese molestado por esta razon, todos le amparasen y defendiesen en los tribunales contribuyendo á las costas que se causáran. Declarada la division entre el prelado y el cabildo, siguió la discordia acerca de otros puntos, y con especialidad en el modo que se habia introducido en el arrendamiento y administracion de las rentas decimales, en que el obispo hacia remisiones y otras gracias sin la intervencion del cabildo ó sus diputados. Fué el resultado un Estatuto para que no se pudiesen en lo sucesivo arrendar las referidas rentas á prebendados, caballeros ni personas semejantes, y establecerse el tribunal llamado de _Cabeza de rentas_.

Ocurrió en 1474 la muerte de D. Enrique IV, y de aquí nuevos motivos de contrariedad y encono entre D. Alonso de Aguilar y el obispo D. Pedro. La mayor parte de las ciudades y señores de vasallos se declararon por D. Fernando y D.ª Isabel, y con ellos el prelado de Córdoba y el conde de Cabra; y D. Alonso, siguiendo al marqués de Villena, abrazó la parcialidad de D.ª Juana, á quien valido de su preponderancia en Córdoba hizo aclamar por reina. A este acto de violencia pudo agregarse otro para hacerle impopular. Un año antes un herrero, fanático como toda la demas gente de baja condicion, habia movido un gran motin contra los conversos ó _cristianos nuevos_, cometiendo grandes robos, incendios y atropellos en las viviendas de aquellos presuntos apóstatas, y matando á muchos. D. Alonso de Aguilar dió muerte por su mano al herrero y tuvo que refugiarse con muchos conversos en el alcázar viejo, guareciéndose allí contra el furor de la plebe. No sabemos positivamente que el cabildo aprobase aquel bárbaro desahogo popular, que sin duda alguna tenia el carácter de tal, puesto que siguieron el ejemplo de Córdoba Montoro, Adamuz, Bujalance, Rambla, Santaella y otros lugares del obispado, dando fuertes indicios de querer hacer otro tanto Palma y Baena; pero sí creemos que la impolítica contemplacion de los magnates con los conversos de mala fé, que pululaban por desgracia, tenia justamente exasperado al pueblo, y que en un siglo en que las creencias religiosas del estado llano eran tan poco ilustradas, estas repugnantes matanzas eran el resultado lógico de la pugna entre las ideas nacionales y las de la corte. Ahora bien, podia no ser siempre mengua participar de las ideas é instintos nacionales contra el desgraciado sistema que seguia la corte de Enrique IV, y solo bajo este concepto aventuraremos la especie de que el cabildo de Córdoba no repugnaria quizás aquel popular escarmiento. Lo cierto es que por aquel tiempo se compuso decididamente con su obispo, y le siguió dócil y resuelto cuando este se declaró por D. Fernando y D.ª Isabel; en prueba de lo cual mandó dar mil maravedís de albricias al criado del rey que le trajo la nueva de su victoria contra el rey de Portugal.

Del ruidoso pleito entre D. Pedro Solier y D. Alonso de Aguilar no hallamos rastro despues del año 75, en el cual consta que tuvo que intervenir el fiscal de la curia romana por S. S., habiéndose dado poder á varios procuradores para que compareciesen ante el Illmo. Sr. D. Rodrigo, obispo de Albano, cardenal y vice-cancelario, juez especialmente nombrado por el Papa en dicho pleito. Ignoramos si llegó á darse sentencia, ó si quedó paralizado por muerte del obispo D. Pedro, ocurrida en 1476. (En el Archivo de la Sta. iglesia, caj. P, desde el núm. 258 en adelante, existen todas las piezas pertenecientes á esta famosa causa.)

El silencio de los cronistas del reinado de Enrique IV acerca de unos hechos de tanto bulto, no se estrañará si se atiende á que tampoco hacen mencion de otras violencias muy semejantes que por los mismos años exactamente padecia de parte de otro magnate otro prelado mas calificado todavía. El arzobispo de Santiago D. Alonso de Fonseca se hallaba en 1466, con los canónigos y clérigos que le eran fieles, sitiado en su misma catedral por gente armada á las órdenes de un magnate, que se cree fuese el conde de Trastamara D. Per Alvarez Osorio, quien ya en otra ocasion habia hecho lo mismo con el arzobispo D. Rodrigo de Luna. (Véase el estracto del viaje del conde bohemo Leon de Rosmital publicado por D. Pascual de Gayangos en el tomo I de la _Revista española de ambos mundos_, pág. 739 y siguientes.)

1467. Murió por estos años D. Fernando Ruiz de Aguayo, cuya memoria es muy venerada por su gran piedad y por las fundaciones magníficas que hizo. Dotó en la capilla de S. Acacio, fundacion de su tio el obispo D. Fernando Deza, seis capellanías, de mas de 600 ducados de renta cada una, y dos sacristías, cada una de mas de 100 ducados. En la capilla de S. Pedro dotó doce memorias por D.ª Leonor de Bocanegra, su prima, y tambien dejó dotacion para que en el Sagrario ardiese un cirio continuamente; y á fin de que en la procesion de las vísperas y fiesta de las Once mil Vírgenes se llevase la cabeza de Sta. Ursula, dejó para distribucion 50 maravedís de moneda blanca. Eran por este tiempo muy usadas las resignas y permutas aun en beneficios desiguales: así este prebendado fué primero canónigo, luego racionero, y por último beneficiado de Hornachuelos, conservando la chantría.

1471. En agosto de este año se acabó el altar que hizo á S. Leandro y S. Isidoro el racionero Juan Garcia de Henares.

1475. A 7 de agosto se dió posesion de la dignidad de maestrescuela al cardenal de Sto. Angelo, que ya era canónigo, y en 20 de setiembre tomó posesion de un canonicato, en nombre y como procurador de Pedro Martinez de Osma, maestro en artes y sagrada teología, el dean D. Lope de Sandoval. No hacia ocho años que D. Lope de Sandoval, siendo chantre, habia tomado posesion de su canonicato á mano armada, y ahora era ya dean. ¿Se tratará quizás de dos prebendados del mismo nombre?

Pedro Martinez de Osma era catedrático muy afamado de la universidad de Salamanca, y el papa Sixto IV, movido de su gran sabiduría y virtud, le habia dado aquel canonicato. Tuvo insignes discípulos, pero enseñó algunos errores en el tratado de Penitencia. Por comision de S. S. el arzobispo de Toledo D. Alonso Carrillo juntó en Alcalá de Henares cincuenta y dos doctores para examinar las proposiciones que se le censuraban, y habiéndose condenado nueve por heréticas, el doctor Osma se retractó de ellas dócilmente, celebrando todos su humilde y modesto rendimiento, que le hizo mas glorioso que habia sido antes por su sabiduría.

1477. Los Reyes Católicos habian dado comision al conde de Cabra para que ajustase treguas con el rey de Granada, nombrándole al mismo tiempo capitan general del reino de Córdoba. Fué esto muy sensible á D. Alonso de Aguilar, y estimulado de la emulacion, ó del enojo que al granadino tenia desde que en 1470 habia concedido al mariscal el seguro de Granada para el desafío pendiente entre ambos, le salteó el reino talándole los campos y haciéndole cuanto daño pudo. Volviendo de su incursion contra los moros, pasó por el estado del conde, y le hizo tambien gravísimos daños, con que enconadas mas las antiguas enemistades, se convirtió la tierra en teatro de robos y homicidios. Al saber estos daños y alborotos, mandó la reina á Córdoba por corregidor á Diego de Merlo para que apaciguase á aquellos señores y solicitase de D. Alonso la satisfaccion de sus agravios. Consiguió con su buen carácter y mejor maña que este le entregase á Montarque por prenda, hasta satisfacer al conde de Cabra, y luego empezó á castigar á los delincuentes. Llevaba un dia el alcalde mayor dos homicidas presos, y de acuerdo de D. Alonso y algunos caballeros salieron otros á quitárselos. El alcalde se defendió, y fué herido. Noticioso Merlo de lo que sucedia á su alcalde, clamando «favor al rey y á la justicia,» se metió con algunos ministros en el tumulto; pero concurrió tanta gente en defensa de los reos, que para salvar la vida tuvo que refugiarse en S. Lorenzo cerrando las puertas. Vino D. Alonso á los ecos del tumulto, y viendo que los refugiados no querian abrir las puertas de la iglesia, solicitó que la turba popular las quebrantase. Rehusaron los tumultuados cometer semejante sacrilegio, pero D. Alonso mandó llamar á setenta de sus esclavos que las hicieron pedazos, sacando á Merlo, á quien envió el magnate á su castillo de Aguilar. La reina noticiosa del caso, disimuló prudente, y se contentó con hacer que D. Alonso pusiese á Merlo en libertad; pero ya el altivo señor no volvió á predominar en Córdoba. Estos hechos, aunque estraños á la historia de la catedral, son interesantes como complemento de las memorias de los años 1465 y siguientes.

1478. Tomó posesion del obispado D. fray Alonso de Burgos, confesor de la reina católica D.ª Isabel, electo á 12 de noviembre de 76. Pasó todo el año 77 acompañando á la reina en Estremadura para reducir á su servicio las ciudades y villas declaradas á favor de D.ª Juana.

A fines de octubre de 1478 entraron en Córdoba los reyes D. Fernando y D.ª Isabel, con singular gozo y festivas aclamaciones de los ciudadanos. Con su venida cesó la tirania de D. Alonso de Aguilar, á quien mandaron entregase los alcázares, la Carrahola y demas fortalezas, y todos los propios que tenia usurpados. Hiciéronse pesquisas de malhechores y homicidas, hubo castigos merecidos, y se puso en quietud y seguridad la provincia. A D. Alonso se le mandó salir de la ciudad.

1482. Habiéndose recibido en el año anterior la Bula del papa Sixto IV para establecer en España el Tribunal de la Inquisicion, el obispo D. fray Alonso que deseaba ardientemente verlo instituido en Córdoba, por el sumo cuidado en que le tenian los conversos, que á título de cristianos gozaban de dignidades, beneficios y empleos con el poder consiguiente á estas categorias, de importancia en aquellos tiempos, instó mucho á los reyes para conseguirlo, y en 1482 ya estaba establecido y formado. Fueron los primeros prebendados inquisidores el Dr. Pedro Martin del Barrio, canónigo y vicario del obispo, el bachiller Alvar Gonzalez de Capillas, canónigo, y el bachiller Anton Ruiz de Morales, canónigo y despues chantre; agregándose á estos el P. Fr. Martin Caro, guardian del convento de S. Francisco.

En este mismo año, usando por la primera vez los reyes de España del derecho de nombrar obispos y presentarlos al Papa para su confirmacion, segun acababa de ajustarse con Roma con motivo de la repulsa que sufrió de parte del rey católico el cardenal Riario, sobrino del papa Sixto, nombrado por S. S. obispo de Cuenca (pues hasta entonces habian tenido y practicado las iglesias de España el derecho de elegir sus prelados), nombraron los reyes católicos á D. Fr. Alonso de Burgos para el obispado vacante de Cuenca, y para el obispado de Córdoba á D. Tello de Buendia, varon insigne en virtud y letras, que prestó grandes servicios á la Iglesia y al Estado, y reconcilió con los reyes al indómito arzobispo de Toledo D. Alonso Carrillo. Esta nominacion de los reyes se hacia por peticion ó súplica, hasta que Adriano VI concedió al emperador Carlos V la facultad de nombrar los obispos. _Ad regias preces dabat Papa Episcopos._

1485. Al año de tomar posesion del obispado D. Tello de Buendia, falleció, y fué sepultado en el quinto nicho del sepulcro de los cinco obispos que fabricó D. Leopoldo de Austria.

1486. En este año tomó posesion del obispado de Córdoba D. Iñigo Manrique, confirmado por Inocencio VIII despues de ciertas tentativas que hizo para recuperar la facultad de nombrar de que su antecesor habia hecho renuncia.

1488. A 15 de julio entraron en Córdoba los reyes de vuelta de la campaña contra los moros, y D. Iñigo recibió al rey con su cabildo en la catedral, donde fué á dar gracias al Todopoderoso por la conquista de Loja, Illora, Moclin y otros lugares. Así que la reina, que se hallaba en Córdoba, recibió la noticia de la toma de Loja, fué al templo con el mismo piadoso objeto, y allí se formó una solemne procesion á la iglesia de Santiago, patron de España, asistiendo la reina con la infanta D.ª Isabel hasta volver á la catedral y finalizar la funcion.

Este obispo D. Iñigo hizo imprimir en Venecia el año 89 el Breviario y Misal de la iglesia de Córdoba.