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Constitución de la República Oriental del Uruguay de 1997

CAPÍTULO I Artículo 1°.- La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio. Artículo 2°.- Ella es y será para siempre libre e independiente de todo poder extranjero. Artículo 3°.- Jamás será el patrimonio d...

Chapters

4. Part 4

CAPÍTULO I Artículo 149.- El Poder Ejecutivo será ejercido por el Presidente de la República actuando con el Ministro o Ministros respectivos, o con el Consejo de Ministros, de...

5. Part 5

CAPÍTULO II Artículo 183.- Cada Ministerio tendrá un Subsecretario que ingresará con el Ministro, a su propuesta, y cesará con él, salvo nueva designación. Artículo 184.- En cas...

3. Part 3

CAPÍTULO I Artículo 104.- La Asamblea General empezará sus sesiones el primero de marzo de cada año, sesionando hasta el quince de diciembre, o sólo hasta el quince de setiembre...

2. Part 2

CAPÍTULO I Artículo 73.- Los ciudadanos de la República Oriental del Uruguay son naturales o legales. Artículo 74.- Ciudadanos naturales son todos los hombres y mujeres nacidos...

6. Part 6

CAPÍTULO IV Artículo 222.- Se aplicarán al Presupuesto Departamental, en lo pertinente, las disposiciones de los artículos 86, 133, 214, 215, 216 y 219. Artículo 223.- Cada Inte...

1. Part 1

CAPÍTULO I Artículo 1°.- La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio. Artículo 2°.- Ella es y será p...

7. Part 7

CAPÍTULO II Artículo 270.- Las Juntas Departamentales y los Intendentes serán elegidos directamente por el pueblo, con las garantías y conforme a las normas que para el sufragio...

9. Part 9

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y ESPECIALES A)     Si el plebiscito fuera proclamado afirmativo, por resolución firme de la Corte Electoral, la presente reforma entra...

8. Part 8

CAPÍTULO II Artículo 309.- El Tribunal de lo Contencioso - Administrativo conocerá de las demandas de nulidad de actos administrativos definitivos, cumplidos por la Administraci...