Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América
Part 28
Segun las decisiones judiciales los _billetes de crédito_ cuya emision prohibe expresamente la Carta federal, son los vales ó pagarés expedidos por el gobierno de un Estado, bajo su exclusivo crédito, á fin de que para los usos ordinarios circulen como dinero en el comercio, con la intencion de redimirlos despues, empeñándose al efecto la fé del mismo Estado.[165] La prohibicion constitucional no es aplicable por lo mismo á los billetes emitidos por el banco de un Estado sobre el crédito de fondos especiales, expresamente reservados para este fin. Durante todo el período de la administracion colonial se hacia mucho uso del _papel moneda_, y desde nuestra independencia hasta que se sancionó la Constitucion, se daba este nombre á los billetes de crédito, expedidos con la autoridad del Congreso de la Confederacion ó de los Estados en particular, para que circularan en el comercio. El objeto que tuvo la prohibicion constitucional fué precisamente impedir que los gobiernos siguieran haciendo emisiones de un sustituto al numerario, tan engañoso y nocivo. El Estado de Missouri emitió algunos de estos billetes con el nombre de _certificados_, los cuales fueron declarados inconstitucionales, á pesar de que no eran de forzosa admision (_legal tender_) para todo; pero lo eran en el pago de las contribuciones y en el de los sueldos y emolumentos de oficio de los empleados civiles y militares. Sin embargo, se declaró que segun la mente de la Constitucion no debian considerarse como billetes de crédito los documentos extendidos en nombre de un Estado, obligándose á pagar una cantidad en alguna fecha venidera por servicios personales ó dinero que se le hubiera prestado para atender á sus necesidades del momento.[166]
[165] «_Craig v. The State of Missouri_» (4 _Peters_ U. S. 410). En el caso de «_Briscoe v. The Bank of Kentucky_» (11 _Peters_, 257) se discutió muy largamente sobre cuáles son los _billetes de crédito_ que la Constitucion prohibe á los Estados emitir, y se dijo que eran: «documentos expedidos con la autoridad y bajo la fé del Estado, para que circulen como dinero efectivo,» declarándose que la cláusula prohibitoria de la Constitucion, no comprendia la fundacion de un banco, hecha en nombre y beneficio del Estado de Kentucky, con un capital de dos millones de pesos de su exclusiva propiedad, administrado por un presidente y doce directores elegidos por la Legislatura, pudiendo recibir depósitos, hacer empréstitos y emitir billetes pagaderos al portador á la vista, los cuales, en virtud de una ley posterior, debian ser de forzosa admision en los juicios ejecutivos para el actor, sopena de suspenderse por dos años la secuela del juicio, en caso de que se rehusare. El Sr. Magistrado Story no asintió á esta declaracion, añadiendo que el Presidente de la Suprema Corte Mr. Marshall, habia sido de su parecer cuando en el término anterior de las sesiones se informó á la vista en este mismo caso, que para él era idéntico al de «_Craig v. The State of Missouri_,» respecto á los principios que envolvia. Séame permitido manifestar, con todo el respeto que tributo á la Suprema Corte, que esta decision revoca en lo sustancial la que se dió en el precitado caso de Craig, y que enerva la fuerza é importancia de la prohibicion constitucional. En el caso de «_Linn v. State Bank of Illinois_» (1 _Scammon_ 87) resuelto por el Supremo Tribunal del Estado de Illinois en 1833 aparecen las siguientes circunstancias: que el banco era propiedad del Estado, tenia facultad para emitir billetes ó vales al portador desde uno hasta veinte pesos, que debian devengar intereses y recibirse en pago de los adeudos al Estado: que la Legislatura se habia comprometido á redimirlos, y que los acreedores que se resistieran á recibirlos en pago de sus créditos, tenian por vía de pena que esperar tres años, antes de que pudieran hacer efectivos sus cobros. Segun el mencionado tribunal habia una analogía tan perfecta entre este banco y el de Missouri, que era aplicable y obligaba al Estado como á todos los demás, la resolucion del caso de Craig, y declaró en consecuencia que era inconstitucional la ley del Estado que creaba el banco, y que sus billetes carecian de valor. En el caso de «_Mc Farland v. The State Bank_» (4 _Arkansas_ 44) la Suprema Corte del Estado de Arkansas declaró que le obligaba la decision dada en el caso de «_Briscoe v. The Bank of Kentucky_,» admitiendo sin embargo que derogaba la que se habia dado en el de «_Craig v. The State of Missouri_,» cuya derogacion lamentaba, porque á su juicio ella contenia la verdadera y sana doctrina constitucional. El banco de Arkansas se encontraba en el mismo predicamento y tenia los mismos principios constitutivos que el de Missouri: sus billetes eran billetes de crédito, si se sujetaban á las doctrinas asentadas en la decision del caso de Craig; pero no lo eran segun las que se aprobaron en la del caso de Briscoe, y, á juicio de la Corte, éstas eran las que debian aplicarse.[165a]
[165a] El principio asentado en el caso de «_Briscoe v. The Bank of Kentucky_,» fué confirmado despues en el de «_Dorrington v. The Bank of Alabama_,» 13 _Howard, U. S._ 12.
[166] «_Craig v. The State of Missouri_,» ubi sup. Segun parece, el Magistrado Story (Comentarios á la Constitucion vol. 3 p. 19) sostiene la opinion de que si prescindimos por un momento de la larga práctica seguida desde que se adoptó la Constitucion, y consideramos la cuestion como _res integra_, segun las sanas reglas de interpretacion, los Estados no tienen facultad para crear bancos cuyo papel deba circular como moneda corriente, supuesto que se les prohibió espresamente acuñar moneda, y cita en su apoyo las opiniones de Mr. Webster, Senador de la Union, y de Mr. Dexter, Secretario que fué de la Guerra. Mas contra estas opiniones podria citarse la opinion tan respetable ó acaso más de Mr. Hamilton, el primer secretario que desempeñó la cartera de Hacienda, fuera de que son decisivos en la materia el juicio contemporáneo de todo el país y la práctica que invariablemente se ha seguido. La circulacion de los billetes de banco, _checks_ y vales negociables, tiene por base el crédito privado, pues no son de forzosa admision, teniendo libertad las personas para recibirlos ó nó. Es claro, por lo mismo, que la Constitucion solo se refirió á los billetes de crédito, emitidos en virtud de alguna ley, en nombre y bajo la fé del Estado, para que circulen como dinero efectivo, de lo que teniamos ejemplos tan perniciosos en nuestra historia. Sus palabras fueron estas: "_los Estados no podrán emitir billetes de crédito_" [_no State shall emit bills of credit_]». Esta prohibicion no comprende la emision de billetes por personas particulares, individual ó colectivamente consideradas, sea que se asocien en virtud de algun contrato privado, como sucedia con el banco de New York á fines de 1791 antes de haber obtenido su carta de fundacion, ó sea que lo hagan en virtud de alguna carta de incorporacion, siempre que el Estado no preste su crédito, sancion penal ó coaccion para sostener la circulacion. Esta cuestion quedó resuelta en el caso de «_Briscoe v. The Bank of the commonwealth of Kentucky_,» declarando la Corte que la Constitucion no restringia la facultad de los Estados para fundar bancos, no tuvo la mente de proscribir los billetes de éstos, ni los consideró como _billetes de crédito_, 11 _Peters U. S._ 257, 345-349.
II. Los Estados no pueden sancionar leyes "ex post facto."
En el caso de "_Calder v. Bull_," (3 _Dallas_ 386) se trató con alguna extension de la inteligencia que debia darse á las palabras "_leyes ex post facto_" segun la Constitucion.
La Legislatura del Estado de Connecticut habia expedido una disposicion anulando el decreto del tribunal de testamentarías que declaraba sin validez un testamento, y mandando que el tribunal revisara el caso. Se suscitó entonces la cuestion de si esa disposicion era "ex post facto," y estaba comprendida por lo mismo en la prohibicion constitucional.
La Suprema Corte declaró que las palabras leyes "ex post facto" son técnicas y significan toda ley que hace criminoso un acto verificado antes de su expedicion, que no lo era cuando tuvo lugar: ó que hace más grave un delito de lo que era cuando se cometió: ó altera el castigo, imponiéndole uno mayor del que tenia cuando se perpetró: ó finalmente, modifica los principios legales de prueba, conformándose con otra menor ó distinta de la que antes se requeria para condenar al delincuente. Resolvió por lo mismo que la precitada disposicion de Connecticut, no estaba comprendida, ni en la mente ni en la letra de la prohibicion constitucional. Despues en el caso de "_Fletcher v. Peck_" se declaró que leyes _ex post facto_ son aquellas que cambian la pena de un acto, imponiéndole otra distinta de la que tenia cuando se cometió.[167] Esta definicion, notable por su brevedad y precision, abraza toda ley expedida despues de la comision del hecho, y que afecta á su autor por vía de castigo, sea corporal ó pecuniariamente. Solo deben tenerse como _ex post facto_ aquellas leyes que se refieren á los procedimientos penales y criminales, imponiendo castigos corporales ó pecuniarios, pero no á los civiles, aunque afecten derechos privados de una manera retrospectiva. Las leyes retroactivas y las de los Estados que privan á las personas de derechos ya adquiridos, á ménos que sean _ex post facto_ ó desvirtúen la obligacion de los contratos, no quedan comprendidas en la prohibicion constitucional, por contrarias que puedan ser á los principios de una sana legislacion. ("_Calder v. Bull_," 3 _Dallas_ 386; _Satterlee v. Mathewson_, 2 _Peters_, U. S. 413; _Watson v. Mercer_, 8 ibid. 88.)
[167] Toda ley que cambia el castigo de un acto criminal cometido antes de su expedicion es retroactiva, y solo dejará de ser nula cuando el cambio consista en la remision de una parte del castigo. «_Hartung v. The People_,» 22 _New York_ 95; «_The Sanchez v. The People_,» id. 147.
III. Los Estados no pueden mezclarse en los actos (CONTROL) de las autoridades federales en el desempeño de sus funciones.
Las Legislaturas de los Estados no pueden anular los juicios, ni fijar límites á la jurisdiccion de los tribunales federales. La de Pennsylvania intentó hacerlo; pero en el caso "_The United States v. Peters_" (5 _Cranch_ 115) la Suprema Corte declaró nulas y sin valor las disposiciones que habia dictado, usando al efecto de la facultad que necesariamente tiene, segun hemos visto, en su carácter de Supremo Tribunal de Justicia de la Nacion. Se ha declarado judicialmente además que los tribunales de los Estados no están autorizados para impedir ó suspender la ejecucion de los fallos de los tribunales de circuito de la federacion, lo que se hizo en el caso de "_Mc. Kim v. Voorhies_" (7 _Cranch_ 279) en que la misma Suprema Corte declaró sin efecto los procedimientos de un tribunal del Estado de Kentucky que asumia semejante autoridad. En el caso de "_Slocum v. Mayberry_" (2 _Wheaton_, 1) la misma Corte declaró que los tribunales de los Estados tampoco pueden inmiscuirse en los procedimientos de los empleados de rentas, cuando obrando en virtud de las leyes fiscales de la federacion, trabaren embargo en los bienes de los causantes, ya sea mandando devolver los bienes mediante fianza del ejecutado, ó suspendiendo el embargo provisionalmente, ó interrumpiendo de cualquiera otra manera el ejercicio de su autoridad; y que seria ilegal toda intervencion que en este particular se permitiera cualquiera de los Estados. Los tribunales de éstos tampoco pueden librar un _mandamus_ á los empleados federales, como se resolvió en el caso de "_Mc. Cluny v. Silliman_" (6 _Wheaton_ 598). Esta resolucion debió su orígen á que la Suprema Corte del Estado de Ohio sostenia su jurisdiccion sobre los actos oficiales del empleado federal encargado de la oficina de terrenos baldíos, pretendiendo obligarle á expedir la certificacion de una venta que se habia otorgado ante él. La Suprema Corte en esta vez asentó el principio de que los empleados de la federacion, en el desempeño de sus funciones oficiales, solo están sujetos al poder que los nombró.
Si el empleado de la federacion que trabó el embargo, ó el tribunal que lo manda en su caso, tienen autoridad sobre la cosa objeto del litigio, toca entonces exclusivamente á los tribunales federales la calificacion de su validez. Pero si estos tribunales carecieren de jurisdiccion sobre la cosa, por ejemplo, si el Marshal de la federacion, procediendo en virtud de un mandamiento de embargo, en vez de ejecutarlo contra A, asegurara la persona ó bienes de B, entonces tendrian expedita su jurisdiccion los tribunales de los Estados para amparar á la persona cuyos derechos habian sido injustamente atropellados; y debe advertirse que precisamente con este fundamento la Suprema Corte reconoció la jurisdiccion de los tribunales del Estado de Rhode Island en el caso de "_Slocum v. Mayberry_."
En el caso "_The United States v. Barney_" (6 _Wheaton_ 598) el juez de distrito de Maryland daba mucha amplitud á la exencion que de los poderes de los Estados gozan los empleados federales en el ramo de correos, declarando que el dueño de una posada no tenia derecho á retener un caballo dedicado al servicio de la posta por las pasturas que habia suministrado. La ley expedida por el Congreso en Marzo de 1790 prohibe que se impida el libre tránsito de los correos, y el cobro de una deuda nunca podria justificar su detencion, ó la de los medios necesarios para su trasporte, segun los principios del derecho comun, (_Common Law_) ni segun los estatutos. En el caso de que nos ocupamos, el juez declaró que nadie podia tener derecho para quitar del carruaje que lleva la correspondencia pública un caballo, aun suponiendo que fuera robado; como tampoco para arrestar al conductor por deudas ó delitos leves, si para esto era necesario estorbar el tránsito de la correspondencia. Pero en otro caso posterior de que conoció el tribunal de circuito de Pennsylvania, (_United States v. Hart_, 1 _Peters_ C. C. 390) se declaró que dicha ley no debia interpretarse de modo que su observancia fuera perjudicial á la paz y tranquilidad públicas. Si el conductor al pasar por una ciudad muy poblada, contrariando las disposiciones de policía llevase el carruage con demasiada velocidad, los funcionarios locales podrian pararlo, y aun mandar detener momentáneamente la correspondencia. Podrian así mismo detener á cualquier delincuente que caminase en el carruaje, presentando una órden escrita al efecto (_warrant_) y aun arrestar al conductor, si, por ejemplo, cometia un asesinato en la calle y luego se colocaba en el pescante, aun mandando detener el correo, si era necesario. La conservacion de la tranquilidad se sobrepone en estos casos á los inconvenientes que puedan resultar al público por dicha detencion.[168]
[168] Los gariteros en los caminos nacionales que pasan por terrenos de los Estados, no pueden parar el carruaje que lleva la correspondencia pública por falta de pago del peage. El recurso que puedan tener, si acaso existe alguno, consistirá en demandar al contratista. _Hopkins v. Stockton_, 2 _Watts &. Serg._ 163.
Pero si en la mayor parte de los casos que se refieren á esta materia se ha negado á las autoridades de los Estados toda ingerencia en las atribuciones que legítimamente corresponden á la federacion, hay otros en que tambien se prohibe á los tribunales federales que se mezclen en los procedimientos de los tribunales de los Estados, salvo cuando les toca ejercer la jurisdiccion para conocer en grado de apelacion, de que están investidos. En el caso de "_Diggs and Keith v. Wolcott_," (4 _Cranch_, 179, S. P.) se declaró por regla general que los tribunales de la federacion no pueden mandar suspender los procedimientos de los Estados, revocándose un decreto del tribunal federal de circuito de Connecticut que prohibia á las partes en un juicio de derecho estricto que continuara los procedimientos entablados ante el tribunal de un Estado. Y en el caso "_Ex parte Cabrera_," (1 _Washington_, C. C. 232) se declaró que los tribunales de los circuitos federales no pueden entrometerse en el ejercicio de la jurisdiccion de los Estados. Pero á pesar de que estas decisiones son intergiversables, en el caso de "_Lansing and Thayer v. The North River Steamboat Company_," el juez del distrito setentrional de New York prohibió á los demandados que ocurrieran á los tribunales del Estado para impetrar los recursos legales que les concedia la legislacion del mismo Estado, lo que, á mi juicio, equivalia á arrogarse sobre la jurisdiccion de los tribunales de los Estados facultades que pugnaban directamente con la doctrina de la Suprema Corte de los Estados Unidos. En el foro inglés tenemos el caso de "_Kennedy v. Earl of Casillis_," en que el tribunal de Cancillería de Inglaterra impensadamente libró órden prohibiendo á una de las partes que prosiguiera un juicio ante el _Court of Sessions_ de Escocia, lugar del domicilio de los litigantes. Se declaró que el tribunal escocés era competente y además que era un tribunal extranjero independiente, aunque sujeto á la Cámara de los lores en cuanto á las apelaciones, lo mismo que la Cancillería. Si la Cancillería tuviera facultades para mandar suspender los procedimientos del tribunal escocés, éste á su vez podria suspender los de aquel, lo que daria por resultado que se estorbarian mútuamente en el ejercicio de sus respectivas jurisdicciones. En el incidente que al efecto se entabló Lord Eldon declaró que, en la órden relativa, su intencion habia sido referirse únicamente á los bienes que estaban ubicados en Inglaterra, y la revocó del todo.[169]
[169] El Procurador General ha declarado y sostenido oficialmente que el Poder Judicial de la federacion no tiene más facultades para ordenar al Ejecutivo que suspenda la ejecucion de una ley ó el cumplimiento de un deber constitucional, que la que pudiera tener para impedir que la legislatura expidiese una ley. _Opinions of the Attorneys General_, Julio 27, 1824. Vol. 1. 507, 508.
IV. Los Estados no pueden sancionar leyes que desvirtúen la obligacion de los contratos.
Llegamos á una prohibicion constitucional muy interesante y que afecta de una manera radical la manera de legislar de los Estados. De todas las cláusulas prohibitorias de la Constitucion, ninguna ha suscitado tantas y tan luminosas discusiones y prolongados litigios como la que prohibe á los Estados sancionar leyes que desvirtúen la obligacion de los contratos. Me esforzaré en hacer una relacion exacta y completa de las diversas decisiones judiciales que la definen y robustecen.
El caso de "_Fletcher v. Peck_," fué el primero en que se discutió. En 7 de Enero de 1795 la legislatura del Estado de Georgia dió una ley autorizando la venta de una grande extension de terrenos baldíos, los que fueron en tal virtud enagenados á algunos individuos que formaban la sociedad llamada "Compañía de Georgia." Peck vendió parte de los terrenos á Fletcher, en virtud del título que le daba la concesion, asegurando en la escritura de traslacion de dominio que le otorgó, que el Estado, cuando expidió la ley, estaba en posesion legal de los terrenos, tenia buen derecho para vender, que por lo mismo la concesion era válida y que su título no habia claudicado. En 13 de Febrero de 1796 la misma legislatura del Estado de Georgia, derogó la ley de 1795 y declaró nula la concesion, porque se habia obtenido mediante fraude y cohecho. En este estado las cosas, Fletcher demandó á Peck por falta de cumplimiento del contrato. Una de las cuestiones que se presentaron á la Suprema Corte, fué, si segun la Constitucion la legislatura habia podido derogar la ley de 1795 y rescindir la venta hecha en virtud de ella.
La Corte declaró que cuando una ley, por su misma naturaleza produce los efectos de un contrato, confiere derechos perfectos y su derogacion no puede quitarlos, ni anular ó destruir el título que se adquirió en virtud del contrato. Una concesion es un contrato, segun la mente de la Constitucion, cuyas palabras fueron de tal manera redactadas, que comprenden tanto los contratos consumados como los perfeccionados simplemente, porque unos y otros encierran obligaciones que ligan á las partes contrayentes. Una concesion es un contrato perfeccionado, y la parte que la hace, aunque sea la legislatura de un Estado, no puede desconocerla, ni declarar nulo un acto suyo, sea cual fuere la causa que alegue. La concesion extingue los derechos del que la hace, é implica la obligacion de no vindicarlos. La disposicion constitucional proteje lo mismo la concesion que hace un Estado á un individuo, como la que hace un individuo á otro; y tanto prohibe á los Estados que desvirtúen la obligacion de los contratos celebrados entre individuos particulares, como que desvirtúen sus propios contratos, ó aquellos en que fueren partes interesadas.[170] En consecuencia se resolvió que, supuesto que en virtud de la ley de 1795 el terreno habia pasado á manos de un comprador de buena fé, mediante justo título, el Estado de Georgia no habia podido constitucionalmente expedir la ley que desvirtuaba y anulaba el derecho de propiedad que habia adquirido legalmente.
[170] El Estado de Arkansas instituyó un banco cuyos billetes, segun la ley de fundacion, debian ser admitidos en pago de todos los adeudos al tesoro del mismo Estado, que era el solo dueño de las acciones. Judicialmente se declaró que la derogacion de dicha ley no desvirtuaba la obligacion que el Estado tenia de recibir en pago de sus créditos los billetes expedidos antes. «_Woodruff v. Trapnal_» [10 _Howard U. S._ 190.] «_Paup v. Drew_,» (ibid 218.) En los casos «_Baltimore &. S. R. Co. v. Nesbit_» [10 _Howard_, U. S. 396] «_Buter v. Pennsylvania_» (id 402) «_East Hartford v. Hartford Bridge Co._» (id. 511) se discute estensamente sobre el significado de las palabras «desvirtuar un contrato.»
El segundo caso en que la Suprema Corte tuvo que examinar la misma cláusula constitucional fué el de "_The State of New Jersey v. Wilson_" [7 _Cranch_ 164]. En su decision, declaró que la ley de la legislatura que eximia los terrenos comprados para un establecimiento de indios, del pago de contribuciones, equivalia á un contrato que no podia ser rescindido por leyes posteriores. En 1758 la legislatura colonial de New Jersey autorizó la compra de ciertos terrenos para los indios Delawares, con la relacionada exencion. Los terrenos fueron comprados y entregados á los administradores para uso de los indios, quienes, como una compensacion, renunciaron los derechos que tenian sobre otros. Los ocuparon hasta el año de 1803, en que fueron vendidos á particulares, en virtud de una ley expedida por la misma legislatura, la que por otra que dió en 1804 derogó la de 1758 que concedia la exencion de contribuciones. La Corte declaró que la ley de 1758 era un contrato, y la de 1804 una violacion de ese contrato, nula por consiguiente segun la Constitucion federal.