Comentarios a la Constitucion de los Estados Unidos de América

Part 19

Chapter 193,554 wordsPublic domain

[109] No están sujetos á la jurisdiccion del derecho comun que ejercen los tribunales federales los _crímenes y delitos militares y navales_, cometidos por individuos del ejército ó de la marina de los Estados Unidos en actual servicio, ni están incluidos en el «_Judiciary Act_» de Setiembre 24 de 1789. De estos conocen las cortes marciales del ejército y de la marina, instituidas por diversas leyes del Congreso. Los tribunales de distrito y de circuito no tienen mas jurisdiccion que la que expresamente les dan las leyes. «United States v. Hudson,» 7 Cranch, 32; «United States v. Bevans,» 3 Wheaton, 336; el magistrado Washington en el caso «Houston v. Moore,» 5 Wheaton, 29; Sergeant's Constitutional Law, 131 (1.ª edic). Sin embargo parece que en el caso «The United States v. Mackenzie,» se dejó sin resolver la cuestion de si los tribunales militares y navales de los Estados Unidos tienen jurisdiccion _acumulativa_ con los del fuero comun, sobre la materia á que nos venimos refiriendo, en virtud de las leyes del Congreso. En caso de que así fuese, la absolucion de una corte marcial seria una excepcion _perentoria_ contra todo procedimiento criminal de cualquier otro tribunal, supuesto que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo delito. Es tambien una opinion muy acertada la de que hallándose pendiente una averiguacion ante una corte naval, podrá alegarse la misma averiguacion como una excepcion _dilatoria_ ante cualquier tribunal ordinario de jurisdiccion criminal, porque seria injusto, absurdo é impracticable que simultáneamente se siguieran dos procesos por un mismo delito, ante dos tribunales distintos y coordinados de un mismo gobierno. El que primero comienza sus procedimientos avoca conocimiento de la causa, y desde entonces ejerce en ella una jurisdiccion privativa. Sin embargo, es mas segura la doctrina de que la ley de 23 de Abril de 1800, c. 33, que establece un código militar de marina para juzgar los crímenes y delitos cometidos en el servicio naval, quitó á los tribunales de la jurisdiccion ordinaria el conocimiento de esos delitos, sujetándolos exclusivamente á las cortes marciales, que norman sus procedimientos á ese código peculiar, llamado por Lord Mansfield «código militar marítimo, fruto de la experiencia de los siglos.» Esa ley del Congreso especificó los delitos de que podian conocer las cortes marciales de marina, declarando que todos los delitos cometidos por individuos pertenecientes á la marina, que no especificaba, serian castigados segun las leyes y costumbres establecidas para semejantes casos en el mar. Las opiniones de Lord Mansfield y de Lord Loughborough en el caso de «Johnstone v. Sutton,» (1 Term. R. 548) contienen principios sanos, que demuestran la justicia y necesidad de que sea privativa la jurisdiccion de esas cortes especiales sobre los delitos cometidos en el servicio de la marina, en él que los comandantes deben proceder por «Sospechas delicadas y por el testimonio de su propia vista, teniendo muchas veces que dar órdenes violentas que requieren una obediencia instantánea, circunstancias que solo un tribunal militar es capaz de apreciar debidamente.» Lord Mansfield observa además que «solo una Corte Marcial podrá conocer del caso en que se impute á alguno un delito que importe la infraccion de la ordenanza de marina, ó de los usos de la marina, cuando aquella nada contuviere sobre el particular.» La seccion 4.ª de la ley del Congreso de 3 de Marzo de 1825, c. 276, llamada comunmente «_the Crimes Act_,» parece que sustancialmente es una repeticion de la parte 8.ª de la ley de 30 de Abril de 1790, c. 36 y no es aplicable á la marina de los Estados Unidos, supuesto que no concede á los tribunales federales una _jurisdiccion expresa_, tal cual parecen requerir los casos precitados. Si tal hubiera sido la mente de la ley, era natural suponer que se hubiera conferido alguna jurisdiccion á los tribunales ordinarios sobre los delitos cometidos por individuos de la marina de los Estados Unidos en el mar despues de la expedicion del código naval de 1800, y las disposiciones específicas que contiene para que las cortes marciales de marina castigaran los delitos cometidos en la misma; y esta conclusion no solo es conforme con la sana interpretacion de la ley, sino con la disciplina y eficacia del servicio militar de la marina. Es incontrovertible que el Congreso en virtud de la Constitucion pudo someter el juicio y castigo de toda clase de delitos cometidos en el ejército y marina á sus respectivas cortes marciales, supuesto que se le confirió la facultad de «dar leyes para el gobierno y reglamento de las fuerzas de mar y tierra,» y los casos que «resulten en las fuerzas de mar y tierra» están exceptuados de la disposicion que previene que á nadie se obligue á comparecer y contestar cargos sobre un delito capital ó infamante por cualquier concepto, si no es por denuncia ó acusacion ante un gran jurado. «(_Enmienda V_)» La _ordenanza militar_ es un sistema de reglas para el gobierno de los ejércitos que están al servicio de la federacion, autorizadas por la ley del Congreso de 10 de Abril de 1806, y conocidas con el nombre de _articles of war_. La de _marina_ es otro sistema semejante para el gobierno de la marina, aprobado por la ley de 23 de Abril de 1800. Pero la _ley marcial_ es muy diferente; se funda en la necesidad suprema, y es decretada por un gefe militar. En el caso del capitan Mackenzie, á que antes hemos aludido, se volvió á someter el punto de jurisdiccion al tribunal de circuito de New York, el 20 de Marzo, 1843 (_United States v. Mackenzie_, _New York Legal Observer_, 371.) Despues de una acalorada discusion, el Magistrado Betts que formaba el tribunal, asesorando al gran jurado, dijo que era privativa la jurisdiccion de las cortes marciales de marina, y que los tribunales civiles no tenian ninguna sobre el precitado caso, del que estaba conociendo una de esas cortes, instalada en el puerto de New York, por el cargo que se hacia á Mackenzie de homicidio perpetrado abordo de la corbeta de guerra de los Estados Unidos _Somers_, cuando se hallaba en alta mar, mandando ahorcar á tres de la tripulacion que se habian amotinado.[108a]

[108a] Se puede demandar en los tribunales de los Estados á un oficial de marina por asalto ilegal y prision arbitraria de sus subordinados, aunque el acto se haya cometido en alta mar y á pretesto de la disciplina naval. _Wilson v. Mackenzie_ 7 _Hill_, _New York_, 95.

II. De la aplicacion del derecho comun á los negocios civiles.

En el caso "Robinson v. Campbell," la Suprema Corte se inclinaba mucho á admitir que estaba vigente y era necesario aplicar el derecho comun en los negocios civiles propios de los tribunales de la federacion. El _Judiciary Act_ de 1789 (c. 20, sec. 34) declaró que con excepcion de aquellos casos en que la Constitucion, los estatutos ó tratados de la Union, dispongan otra cosa, las leyes particulares de los Estados deben considerarse como reglas de decision en los juicios del derecho comun, seguidos ante los tribunales de la Union, siempre que sean aplicables.[110] La ley posterior de 8 de Mayo de 1792, expedida para reglamentar los procedimientos de los tribunales federales (c. 36, sec. 2) aprobó la forma de los _writs_, ejecuciones y demás procedimientos; con excepcion de su estilo, así como la forma y modo de proceder que entonces se usaban en los litigios del derecho comun en los tribunales federales, disponiendo que en cuanto á los juicios de equidad se siguieran los principios y la práctica de los tribunales de equidad. Pero todas estas formas y modos de proceder quedaron sujetos á las modificaciones y adiciones que dichos tribunales creyeran conveniente establecer, segun su prudente arbitrio, así como á las reglas que la Suprema Corte de los Estados Unidos tuviera á bien prescribir en lo sucesivo á cualquier tribunal de distrito ó de circuito. Apoyándose en estas disposiciones, la Corte, en el precitado caso declaró que en los negocios seguidos ante los tribunales federales, los recursos tanto del derecho comun como de equidad, no debian sujetarse á las prácticas de los tribunales de los Estados, sino á sus respectivos principios, tales como se definen y se distinguen entre sí en el país de donde hemos derivado el conocimiento que de ellos tenemos.[111]

[110] Esta disposicion es inaplicable á la _práctica_ de los tribunales nacionales, y solo suministra una regla para que estos formen sus juicios. En el caso de _Swift v. Tyson_ (_Supreme Court U. S._ 16 _Peters U. S._ 1) se declaró que dicho estatuto se refiere solamente á las leyes y usos locales permanentes de un Estado, y á su interpretacion, admitida por los tribunales del mismo, tratándose de derechos y títulos, ó de la propiedad raiz y demás inmuebles que sean intraterritoriales por su carácter y naturaleza; pero que no se extendia á los contratos y otros instrumentos de carácter mercantil.

[111] En caso de que no hubiera tribunales de equidad en un Estado, esto no impediria que los de la federacion ejercieran la jurisdiccion de equidad, debiendo adoptar y seguir la jurisprudencia del ramo, existente en Inglaterra. Así es que el tribunal de distrito de la Louisiana tiene facultades de equidad, y en las causas de este ramo, debe seguir los principios, reglas y usos de los tribunales de equidad, tales como se contradistinguen de los del derecho comun. «_Gaines v. Relf_,» 15 _Peters U. S._ 9, «_Lorman v. Clarke_,» 2 _Mc Lean_, 568, 571.

Visto bajo este aspecto el derecho comun, puede considerarse como una parte de la jurisprudencia de los Estados Unidos. Mejorado como hoy se encuentra en Inglaterra, y especialmente en este país donde ha sufrido algunas modificaciones debidas á la benigna influencia de su extenso comercio, su ilustrada justicia, los principios republicanos y una sábia filosofía, el derecho comun ha llegado á ser un excelente código moral y civil, admirablemente adaptado para promover y afianzar la libertad y la felicidad de la vida social. La experiencia ha venido á demostrar que es un sistema lleno de principios robustos y sanos, muy conducentes al desarrollo de las libertades civiles, y en ninguna parte está manchado con una máxima política tan servil como la que se encuentra en el instituto de Justiniano: _Quod Principi placuit, legis habet vigorem_ (Inst. 1, 2, 6). Es la jurisprudencia comun de los Estados Unidos, y los primeros colonos lo trajeron de Inglaterra, estableciéndolo en este país, hasta donde podia amoldarse á nuestras instituciones y circunstancias peculiares. El Congreso de las Colonias Unidas lo reconoció en 1774, como parte de aquellos "derechos y libertades innegables que pertenecen á las respectivas colonias."[112] Llena todos los vacíos que no puede llenar el derecho positivo. La influencia de sus principios puede compararse á la de las artes y ciencias liberales: _adversis perfugium ac solatium proebent, delectant domi, non impediunt foris; pernoctant nobiscum, peregrinantur, rusticantur_. Para usar de las palabras del instruido jurista á quien ya antes he aludido: "Vivimos en medio del derecho comun, lo aspiramos con nuestro aliento, y se infiltra por nuestros poros; lo encontramos al despertar y al acostarnos, cuando viajamos y cuando estamos estacionarios en nuestros hogares: se mezcla con el mismo idioma que hablamos, y no podriamos aprender otro sistema de legislacion, si no aprendiéramos tambien otra lengua."[113]

[112] Declaracion de derechos de Octubre 14 de 1774; _Journal of Congress_, vol. 1, p. 28.

[113] Du Ponceau sobre jurisdiccion, p. 91. Véase tambien Story, Com. sobre la Constitucion, 1,140,141; vol 2, p. 264-268. Este instruido comentador en el último tomo de su obra, sostiene con habilidad, y á mi juicio de una manera convincente, que á falta del derecho positivo, el comun regula, interpreta y fija las facultades y deberes del tribunal de _impeachments_, (tribunal que juzga á los funcionarios públicos por delitos oficiales) segun la Constitucion de los Estados Unidos; y aunque el derecho comun no puede servir de base de una jurisdiccion no otorgada por la Constitucion ó leyes; sin embargo, una vez otorgada aquella, debe ejercerse segun las reglas de ese derecho. Si así no fuera, nada habria que pudiera librarnos del despotismo absoluto de la opinion y de la práctica.

2. La jurisdiccion que tienen los tribunales federales _ratione personarum_, y que depende del carácter relativo de las partes litigantes ha dado materia á largas discusiones en el terreno judicial. La Constitucion les dá jurisdiccion para conocer de los litigios entre extranjeros y nacionales, y entre ciudadanos avecindados en diferentes Estados,[114] y sobre este particular tenemos una série de decisiones. Si se trata de un caso que dimana de la Constitucion, las leyes, ó los tratados de la federacion, poco importa quienes sean los litigantes porque el mismo asunto litigioso funda la jurisdiccion; pero si el litigio se ventila entre extranjeros y ciudadanos, ó entre ciudadanos de diversos Estados, es indiferente entonces cual sea su naturaleza, pues que la funda el carácter de las partes.

[114] "_Lessee of Butler v. Farnsworth_", 4 _Washington_ C. C. 101.

III. De la jurisdiccion sobre los negocios en que es parte interesada un extranjero.

En el caso de _Bingham v. Cabot_ (3 _Dallas_ 382), la Suprema Corte declaró que era necesario que los litigantes hicieran aseveraciones positivas acerca de su ciudadanía, ó de su nacionalidad cuando un extranjero estuviera interesado en el litigio, para que pudiera proceder la jurisdiccion de los tribunales de circuito, la que no podria sostenerse si de autos no aparecia esa circunstancia. La misma doctrina se sostuvo en los casos de "_Turner v. the Bank of North America_," (4 _Dallas_, 8) en los que se declaró además, que los tribunales de circuito ejercen una jurisdiccion que se limita á un número reducido de casos, especiales por sus circunstancias, y que la presuncion legal era que una causa no estaba sujeta á su jurisdiccion mientras no se probara lo contrario. De este principio tuvo su orígen la regla de que debe hacerse constar ante el tribunal el hecho ó las circunstancias que fundan la jurisdiccion, sea expresamente ó de una manera que no deje duda, segun la interpretacion legal. Por lo mismo, apareciendo que el demandado es ciudadano del Estado A por ejemplo, es necesario que el actor afirme ser ciudadano del Estado B, ó extranjero; y si el pleito versare sobre un pagaré, el tenedor deberá hacer constar que alguna de esas circunstancias concurrian en la persona á cuyo favor se extendió originalmente, supuesto que la jurisdiccion del tribunal se funda en la diversa condicion de uno y otro [Judiciary Act de 1879, sec. 11]. Pero un extranjero no podria demandar ante un tribunal de circuito de la federacion á un ciudadano americano residente en el extranjero, aunque éste tuviera bienes en el distrito contra los cuales se pudiera proceder, porque segun el Judiciary Act de 1779, no se puede seguir procedimiento ejecutivo contra una persona que no es vecina del distrito en que se instaura el litigio, ó que no se encuentra en él. Esto quita á los tribunales federales la facultad de decretar, fundándose en las leyes locales de los Estados, el secuestro de bienes del deudor que se ausenta ú oculta.

IV. De la jurisdiccion sobre los negocios seguidos entre ciudadanos de diversos Estados.

El "_Judiciary Act_," en su seccion 11ª da jurisdiccion á los tribunales de circuito para conocer de los negocios en que una de las partes interesadas es extranjero. En el caso de "_Mossman v. Higginson_" se declaró que dicha jurisdiccion se limitaba á los litigios entre ciudadanos y extranjeros, y no comprendia aquellos en que tanto el actor como el reo fueran extranjeros. De manera que si consta en autos que uno de los litigantes es extranjero, debe hacerse constar tambien que el otro es ciudadano americano. La misma declaracion se hizo en el caso de "_Course v. Stead_"(4 _Dallas_ 22). El principio que rige sobre este particular es que debe aparecer en las mismas constancias procesales que el carácter de las partes funda la jurisdiccion del tribunal, y los puntos fijados en el último caso fueron confirmados en los de "_Montalet v. Murray_" (4 _Cranch_, 46) "_Hodgson v. Bowerbank_" (5 _Cranch_, 393) y "_Sullivan v. The Fulton Steamboat Company_" [6 _Wheaton_ 495]. En el de "_Maxfield v. Levy_," [4 _Dallas_, 330] que se vió en el tribunal de circuito de Pennsylvania, se trataba de la jurisdiccion que nace del carácter de las partes y censuró con acritud el tribunal que maliciosamente se hubiera querido crear por medio de fraudes una jurisdiccion contraria á la mente de la Constitucion y al derecho. Se habia instaurado un juicio de lanzamiento entre ciudadanos de _un mismo Estado_, en que debian ser calificados los títulos de propiedad de un terreno. A fin de fundar la jurisdiccion federal una de las partes habia otorgado intencionadamente á título gratuito una escritura en favor de un ciudadano de otro Estado, con el único objeto de constituirlo nominalmente actor. El tribunal desechó la demanda, manifestando que tanto la Constitucion como las leyes de la Union, con mucha solicitud habian fijado límites precisos entre la autoridad judicial de la federacion y la de los Estados en particular, procurando con empeño que se conservara la línea que las divide. No era de tolerarse ningun plan fraguado con el fin de eludir la ley de la tierra, para crear una jurisdiccion por medio de un fraude.[115] Mas si á ciudadano de un Estado, hallare por conveniente cambiar su domicilio, y se trasladare con su familia á otro Estado, teniendo de buena fe la intencion de residir permanentemente allí, y no por un simple pretesto, aun suponiendo que su objeto sea el de aprovecharse de la jurisdiccion de los tribunales federales, se hace desde luego ciudadano del último Estado y con este carácter puede demandar ante dichos tribunales.[116]

[115] El Magistrado Washington sostuvo la misma doctrina en el caso de "_Hurst v. Mc. Neil_" [_Washington C. C._ 70, 83.] "_Starling Havko_" [5 _Mc. Lean_, 318] Pero en el de _Briggs v. French_. (2 _Summer_ 257) fué resueltamente desechada, sosteniendo el juez que conferia título legal la escritura de traslacion de dominio de un terreno, otorgada por un ciudadano á otro, con el fin de poner al último en aptitud de seguir un litigio sobre dicho terreno ante los tribunales federales; y que ninguna persona extraña al litigio tenia derecho para investigar el motivo porque habia sido otorgada.

[116] _Lessee of Cooper v. Galbraith_, 3 _Washington C. C._ 546; _Case v. Clark_, 5 _Mason_ 70; _Cartlett v. Pacific Insurance Co._

La doctrina que se fijó en el caso de "_Bingham v. Cabot_" fué confirmada despues en el de _Abercombrie v. Dupuis_ (1 Cranch 343) aunque con alguna repugnancia, pues parece que los magistrados que formaban la Corte no estaban completamente satisfechos de que sus predecesores hubieran circunscrito su jurisdiccion. Pero en el caso de _Strawbridge v. Curtiss_ (3 _Cranch_ 267) se declaró que eran todavía mas estrechos y precisos los límites de la jurisdiccion federal. En este caso la Corte desechó la demanda porque uno de los actores y otro de los demandados eran ciudadanos de un mismo Estado, declarando que en los negocios de interés comun de dos ó mas personas, sea que éstas intervengan como parte actora ó demandada, es preciso que todas sean idoneas para demandar ó ser demandadas en los tribunales federales. La inmediata cuestion que se presentó en esta materia fué si bajo la denominacion de "ciudadano" se comprendia una corporacion ó sociedad segun la mente de la Constitucion, y si podia demandar ante los tribunales de la federacion en virtud de su carácter legal. En los casos "_The Hope Insurance Company v. Boardman_" _y_ "_The Bank of the United States v. Deveaux_" (5, _Cranch_, 57, 61) se resolvió que una corporacion no es "ciudadano" en virtud de ese carácter, y que la aptitud que pueda tener para comparecer ante los tribunales federales dependerá enteramente del carácter de los individuos que la formen, circunstancia que debe hacerse constar en autos por medio de la correspondiente aseveracion. De manera que una corporacion formada de ciudadanos de un Estado puede demandar á un ciudadano de otro Estado ante los tribunales de circuito de la federacion; pero si algunos de los socios que forman dicha corporacion fuere ciudadano del mismo Estado que la persona demandada, esta circunstancia haria fenecer la jurisdiccion de los tribunales federales.[117] La regla de que en los litigios que se comenzaren en los tribunales federales, todos los individuos que en ellos intervengan, sea como parte actora ó demandada, deben tener el carácter necesario para fundar la jurisdiccion, es aplicable tambien á los negocios principiados en los tribunales de los Estados, pero pasados luego á los federales.[118]

[117] Parece que la regla que se asienta en el texto ha sido virtualmente modificada por algunas decisiones recientes. Estas, sin mantener que una corporacion es "ciudadano" para el efecto de la jurisdiccion, sostienen sin embargo que los litigios que se sigan ante los tribunales por ó contra una corporacion, con tal carácter, deben considerarse como litigios entablados por ciudadanos del Estado que creó dicha corporacion, ó contra ellos segun fuere el caso, no debiendo admitirse ninguna afirmacion ó prueba en contrario para declinar la jurisdiccion «_Ohio & Mississippi Railroad Company v. Wheeler_,» 1 _Black U. S._ 286. Véase tambien 20 _Howard_ U. S. 232; 16 _Howard_ U. S. 314.

[118] «_Ward v. Arredondo_» 1 _Paine_ CC. 410; «_Bank of Cumberland_ v. _Willis_» 3 _Sumner_, 472. En el caso «_The Louisville Railroad Company v. Letson_,» (2 _Howard_ U. S. 497) se revisó y revocó la doctrina perjudicial y mezquina que contienen los casos de «_Strawbridge v. Curtiss_» (3 _Cranch_, 367) «_Bank of the United States v. Deveaux_,» (5 _Cranch_, 84) y «_Commercial Railroad Bank of Vicksburg v. Slocomb_,» (14 _Peters_ U. S. 60.) En aquel se sostuvo que una corporacion, creada y dedicada á los negocios de su institucion en un Estado, era _habitante_ del mismo, podia ser tratada como «_ciudadano_» para el efecto de demandar y ser demandada, aun á pesar de que alguno de sus miembros no fuere ciudadano del mismo Estado en que se entablara la demanda y á pesar tambien de que el mismo Estado fuera miembro de la corporacion. Esta decision, de suma importancia y muy conveniente, devolvió á los tribunales federales una jurisdiccion que les era esencial en los litigios entre ciudadanos de diferentes Estados. La ley del Congreso de 28 de Febrero de 1839 vino á corroborarla, y tanto por sus palabras como por su espíritu, se tiene como una amplificacion de las facultades de los tribunales federales respecto al carácter de las partes.