Part 18
Iten resta por declarar lo que montó las tercias desta ysla pertenecientes a V. Magestad del tiempo que fue obispo Don Juan de Obitte para en quenta de lo qual se enbió a V. Magestad DCC pesos y el proceso que estava pendiente; hazemos memoria a V. Magestad para que esté avisado dello.
E de lo que ha pertenecido a V. Magestad de las dichas tercias desde el año de XXV asta agora, el obispo don fray Miguel Ramirez lo ha cobrado, e sobre ello le hezimos ciertos requerimientos para que nos diese quenta de cómo se avian gastado e sobrello replicó e dió cierta relacion de quenta que con su respuesta se lleva a V. Magestad e lo mesmo de la sede vacante que fue XXI meses. El obispo es partido allá; V. Magestad lo mande ver e provea en ello lo que mas sea serbido porque hasta agora no avemos podido con él que nos de quenta ny razon della mas de dezir que las ha gastado por la merced que V. Magestad hizo dellas a las yglesias.
A V. Magestad escrevimos como el año pasado se avian descubierto ciertas minas LX leguas desta cibdad e bendito Dios, se an mostrado razonables, por que el año pasado se fundieron LU e tantos pesos de oro y esperamos en Dios que este año no será menos, avnque en la cibdad son muy trabajosas de proveer de mantenimientos e son muy costosas a los vezinos, pues si viniesen negros todos nos dizen que se cogeria mucho mas oro avnque los vezinos que lo cogen, atenta la gran costa y el mucho travajo, se agravian de pagar el quinto porque tienen muy poquitos yndios y dizen que V. Magestad les avia de alargar las mercedes porque se pudiesen sustentar, e tanbien se quexan los vezinos que tienen yndios esclavos y negros que les costaron sus dineros e les parece que es pagar mucho de los yndios esclavos el quinto no pagándose en la Española sino el diezmo, e tambien de los negros que les cuestan a LXX e a LXXX pesos cada vno y les parece que hera harto pagar de XX vno, e a nosotros nos parece que de los negros que hera bien pagar de XV vno y de los esclavos yndios el diezmo e de los yndios naturales de la ysla el ochavo, e con esto e con las buenas minas se animarian muchos vezinos y estantes a yr a las dichas minas por donde las rentas de V. Magestad se acrezentarian e no se desminuyrian, porque es cierto que zesan de yr a coger oro muchos vezinos por no pagar el quinto.
La merced que V. Magestad hizo a esta ysla de las penas de la cámara para abrir los caminos se acabó en cinco de junio de este año e V. Magestad hizo merced a esta ysla de le porrogar la merced por otros cinco años e ansy parece por vn capítulo de vna carta que V. Magestad nos escrivió e porque no vino la carta dello nosotros no queremos acudir con ellos al dicho cavildo hasta que venga la carta de V. Magestad o mande responder lo que sea servido sobrello: el thezorero lo cobra e se estará ansy hasta ver respuesta de V. Magestad.
Contino acordamos a V. Magestad la sierra del cobre de esta cibdad porque su Renta tenemos por cierto se acrezentará y esta cibdad se poblará, y esto zesa por falta de maestros para que lo fundan; suplicamos á V. Magestad mande proveer en ello porque creemos que será cosa de ynportancia.
Lo que rentó la hazienda de V. Magestad el año pasado desde Abril de XXXI hasta avril de XXXII que se acabó la fundicion, se enbia a V. Magestad, que ha sido harto mas que los años pasados; plega a dios que lo acresciente para su servicio.
Dios nuestro señor la inperial persona de vuestra magestad guarde con acrecentamientos de muchos mas reinos e señorios: desta cibdad de Santiago de su ysla fernandina a IX de jullio de DXXXII años.
De Vuestra Sacra Cathólica Magestad humildes criados de V. Magestad que sus inperiales pies y manos besamos, Pero de Paz.=Hernando de Castro.=Lope Hurtado.
Despues de aver pagado los enpréstitos e salarios e los VIIU pesos de oro que se dieron a la ysla por la cédula de Vuestra Magestad para los negros, restan de debdas que cobramos de V. Magestad e de lo que el licenciado hizo de alcanze a Pero Nuñez de Guzman IIIIU pesos de oro, los quales enbiamos a V. Magestad por via de la Española con el thezorero Lope Hurtado que va a esos reynos a hazer relacion a V. Magestad de algunas cosas que convienen al servicio de V. Magestad; suplicamos a V. Magestad le de crédito en todo, porque ha visto quanto a esta ysla ha sucedido de quatro años a esta parte.=Pero de Paz.=Hernando de Castro.
185.
(Año de 1532.—Julio 10.)—Carta del Contador Pedro Paz diciendo ser casado con hermana del Tesorero difunto Pero Núñez de Guzmán, en cuyas cuentas se le han cargado partidas que no recibió. Pide merced para sus herederos; que Vadillo ha sentenciado en su favor acerca de los agravios que le hizo Gonzalo de Guzmán, y como éste va á la corte en cumplimiento de la residencia, jura que le ha de destruir. Pide no se juzgue sin oirle. (_Extracto. Acad. de la Hist._ Colecc. Muñoz, t. 79, fól. 112, v.)
186.
(Año de 1532.—Julio 10.)—La ciudad de Santiago de Cuba recomienda al Emperador á Juan Millán, vecino y casado en la isla desde su conquista. Fué testigo en la pesquisa secreta que se hizo á Gonzalo de Guzmán y por ello ha tenido diferencias con el Obispo.—(_Extracto. Academia de la Hist._ Colecc. Muñoz, t. 79, fól. 112, vto.)
187.
(Año de 1532.—Agosto 8.)—Carta de Vasco Porcallo, recomendando, como procurador y vecino de la villa de Santi-Espíritus, á Gonzalo de Guzmán, en la residencia formada por el Ldo. Vadillo.—(_Extracto. Academia de la Hist._ Colecc. Muñoz, t. 97, fól. 112, vto.)
188.
(Año de 1632.—Agosto 14 Santiago.)—Carta de Gonzalo Fernandez á la Emperatriz. Van ahora dos navios cargados de azúcares, cañafístolas e cueros vacunos. El Obispo y Gonzalo de Guzmán marchan con ellos, de cuya ausencia reciben gran sentimiento. (_Acad. de la Hist._ Colecc. Muñoz, t., fól. 112, vto., _Extracto._)
189.
(Año de 1532.—Agosto 15.)—Carta del Contador Pedro de Paz noticiando que después que partió el Ldo. Vadillo, el Obispo Fr. Manuel Ramírez le ha descomulgado públicamente y dicho que lo han de destruir los Inquisidores; que el Obispo es enemigo declarado del Licenciado, el cual ha servido muy bien.—(_Extracto. Acad. de la Hist. Colecc._ Muñoz, t. 79, fólio 113.)
190.
(Año de 1532.—Agosto 15.)—Carta de Pedro de Avendaño á la Emperatriz, noticiando el envio de 1.450 pesos en el navío _Santa María de Ayuda_, en que va Gonzalo de Guzmán y juntamente el Obispo, el cual ha procurado infamar á Vadillo y hecho informes apasionados contra él. Ambos intentarán hacerle cuanto mal puedan. S. M. no consienta que un tan buen juez sea maltratado de sus enemigos. (_Extracto. Academia de la Hist._ Colecc. Muñoz, t. 79, fól. 153, vto.)
191.
(Año de 1532.—Agosto 15 Santiago.)—Carta del factor Hernando de Castro á la Emperatriz. Sirve ahora de veedor y ha visto estos abusos; que el oro de 400 ms. cada peso se le da ley de 450; al de quilates se le añade uno ó medio más; luego se cobran los derechos reales en este oro, y se piden. (_Acad. de la Hist._ Colecc. Muñoz, t. 79, fól. 112, vto. _Extracto._)
192.
(Año de 1532.—Agosto 18.)—Carta de Fr. Francisco de Avila, guardián, participando que el Obispo continúa haciendo oposición al monasterio; que llamó á los frailes, empleando palabras deshonestas que no se pueden escribir y les amenazó con la excomunión si no se derribaba lo que tenian hecho. Suplica se le ordene que obedezca las Reales ordenes. (_A. de I._, 54, 3, 4.)
S. C. C. M.—Fray Francisco de Avila, guardian del monesterio de Sanct Francisco que es en la cibdad de Sanctiago de la ysla Fernandina, besa los Reales pies de V. Magestad; los dias pasados que puede aver dos meses escrevi a V. Magestad como por mandado de Vuestra Magestad e del provincial de Sancto Domingo de la ysla Española, avia llegado a esta ysla Fernandina en conpañia del licenciado Juan de Vadillo, oydor de V. Magestad, a hedificar en esta cibdad de Sanctiago vn monasterio el qual por muchas cédulas de V. Magestad nos ha sido muchas vezes mandado hazer y edificar, e quando aqui llegamos el obispo desta cibdad no estava en la ysla, pero de sus clérigos fuimos muy mal recibidos, los quales nos hizieron por espacio de tres meses muy mal tratamiento, denostándonos y diziendo palabras ynjuriosas, e si pudieran echarnos de la tierra lo hizieran; pero como venimos con el dicho licenciado no lo osaron hazer, con favor del qual començamos a hazer vna yglesia de paja, segun las casas de la tierra para dezir misa e los oficios divinos y adonde nos recogiésemos segun que mas largamente lo escrevi a V. Magestad en otra carta antes desta; en esto sucedió que vino el obispo, el qual le pesó segun que nos lo mostró con nuestra venida e ha trabajado todo lo que él ha podido por nos echar de la tierra, no teniendo acatamiento a los mandamientos e cédulas que sobre este caso V. Magestad a esta cibdad ha enbiado, máxime a vna cédula que nuestra señora la ynperatriz le enbió, poniendo por delante que no teniamos bulas bastantes concedidas de la sede apostólica para edificar el dicho monesterio, con ser verdad que los previllegios de nuestra horden han sido examinados en la chanzelleria e abdiencia de V. Magestad en la cibdad de Santo Domingo e dados por bastantes e suficientes para hedificar casas e monesterios, e con los dichos privillegios appostólicos se han edificado muchas casas en todas las yslas, ansi de nuestra horden como del glorioso Sancto Domingo, e allende de todo esto particularmente vistos por el dicho licenciado Juan de Vadillo, dixo que eran bastantes e que en ellos no avia falta e a todos los vnos e los otros contradize el obispo diziendo que no valen nada ser con favor del dicho oydor de V. Magestad, e emos bivido favoreciéndonos como juez hasta que el dicho licenciado se bolvió a Santo Domingo, y en el tiempo que el dicho licenciado se fue, el dicho obispo no estava en esta ysla, pero vino desde a obra de X o XII dias el qual dicho obispo despues de venido nos enbió a llamar a su casa e con la poca voluntad que siempre tuvo a este servicio como aquel que ya no tenia contradicion, nos trató muy mal de la lengua, en que nos dixo palabras muy desonestas las quales no son de escrevir a V. Magestad por su desonestidad, allende de nos dezir que nos descomulgaria e nos haria otros malos tratamientos e que nos mandaria derribar todo quanto aviamos hecho, por lo qual supplicamos a V. Magestad que si nos mandase que sigamos la obra del dicho monesterio, pues él va a Castilla, le mandé que obedezca los mandamientos de V. Magestad e no tenga que hazer con nosotros él y sus clérigos.
E porque como dixe en otra carta que escrivi a V. Magestad la posibilidad de los vezinos desta ysla no es tanta que por si puedan hazer el dicho monesterio, supplicamos a V. Magestad nos mande ayudar para la obra. Dios nuestro señor la inperial persona de V. Magestad guarde con acrescentamiento de muchos mas rreynos e señorios como su rreal carazon desea amen: desta su ysla Fernandina a XVIII de agosto de DXXXII años.
De Vuestra Sacra catholica Magestad humillde capellan de Vuestra Magestad que sus inperiales pies y manos besa, frai Francisco de Avila, guardian.
193.
(Año de 1532.—Agosto 20.)—Carta del cabildo de Santiago á S. M. con noticias y peticiones. Nuevas quejas del Obispo; con él ha marchado Gonzalo de Guzmán, proponiéndose ambos que se tenga al licenciado Vadillo por apasionado, siendo juez recto. La catedral queda sin acabar: el Obispo se lleva las limosnas; no quiere consentir el monasterio de San Francisco; ha excomulgado á las autoridades; lleva derechos excesivos y no obedece las provisiones de la Audiencia sobre ellos. Piden se determine lo que han de hacer respecto á los nombramientos que provee la Virreina de tenientes gobernadores, alguaciles, escribanos, etc.—(_A. de I._, 54, 1, 32.)
Sacra Cesárea Católica Magestad.—En seis del mes de Jullio se partió el licenciado Juan de Vadillo y el thesorero Lope Hurtado, e con él se escribió á Vuestra Magestad como la residencia de Gonzalo de Guzman se abia acabado é otras cosas que convenian al bien desta ysla é servicio de Vuestra Magestad é lo que despues ay que Vuestra Magestad deba saber es, que Gonzalo de Guzman partió desta ysla en diez y seis dias de agosto é con él el obispo desta ysla, é porque á Vuestra Magestad se ha escrito muchas veces como lo principal de su yda del obispo se publica que es á sustentar las cosas que en esta rresidencia ha abido contra Gonzalo de Guzman é para ello quiere dezir que lo que ha sentenciado y echo el licenciado Vadillo que ha sido con pasion, é porque ansi creemos que lo diran, acordamos de avisar á Vuestra Magestad como el obispo é Gonzalo de Guzman son muy enemigos del dicho licenciado, por do está muy cierto que contra él han de dezir é yntentar quanto mal pudieren, lo qual el no merece sino que Vuestra Magestad le haga mercedes porque certificamos á Vuestra Magestad que á esta ysla no ha pasado otro mas celoso del servicio de Vuestra Magestad ni que mas zelo aya tenido de hazer justicia como Vuestra Magestad lo puede mandar ver por la residencia quel dicho licenciado envia.
Sabrá Vuestra Magestad como estando el obispo en Jamayca, queriéndose partir con el dicho licenciado un vezino que se dice Juan Millan para yr ante Vuestra Magestad á le ynformar de muchas cosas que publicamente decia ansi del obispo como de Gonzalo de Guzman, y el dia que se queria partir lo salió á prender un clérigo que se dice Ponce de Asis diciendo [ser] aqui de la Sancta ynquisision y el dió muy grandes voces llamando «aqui del Rey» y salió mucha gente, y el licenciado Vadillo dando voces que llamasen al gobernador Manuel de Rojas é diciendo muchas cosas á los que lo prendian porque usurpaban la juredicion rreal de Vuestra Magestad, por manera quel clérigo á la sazon dejó el preso. El otro dia sabido por el gobernador y el licenciado la cabsa de su prision luego le mandaron prender y entregar al clérigo. E de ay á pocos dias vino el obispo de Jamayca é luego procedió contra el dicho Juan Millan hasta que sustanció la cabsa y esto hecho procedió contra el licenciado é thesorero é otros muchos diciendo quel dicho licenciado abia salido é quitado el dicho Juan Millan, siendo herege, é otros que no abian dado favor ni ayuda al clérigo, por manera quel obispo pronunció por pregones descomulgados al licenciado Vadillo é al thesorero Lope Hurtado é á Pedro de Avendaño é á Soto é á otros, é dió pena en oro ansi como al gobernador veinte y cinco pesos é al dicho Avendaño veinte y seis é á otros á quatro é á dos pesos é contra otros es público que lleva ynformaciones para les hazer daño, é porque es muy notorio en esta ciudad la enemistad quel obispo tiene con el dicho licenciado é con el thesorero é con otros é creemos que les ha de procurar de hazer mucho daño con los señores de la Santa ynquisision, acordamos de avisar dello á Vuestra Magestad para que pues el obispo siendo su enemigo y estando absente ha tomado las dichas ynformaciones contra los susodichos, que Vuestra Magestad mande que no sean molestados sino que sean oydos é de jues que no tenga la pasion quel obispo tiene, y suplicamos á Vuestra Magestad mande proveer que la persona que hobiere de proceder sobre esto de la santa ynquisision, quel poder que para ello toviere lo presente ó pregone porque se conozca el ques jues dello, que si se supiera quel clérigo lo podia prender no hobiera lo que ubo y en esto Vuestra Magestad nos hará mucha merced. Ya se a escripto á Vuestra Magestad como el obispo se va á esos rreynos y dexa esta yglesia por acabar y es público que lleva mas de tres mil pesos é de todo lo que a recibido de limosnas y de su propia renta de la yglesia é de la merced que Vuestra Magestad hizo de los mill pesos, de la manda de Diego Velazquez, no ha querido dar quenta aunque por este cabildo se le a pedido y asi se va y nos dexa la yglesia por acabar con dos ó tres clérigos syn complir las denidades como es obligado; suplicamos á Vuestra Magestad que pues es servicio de Dios, mande que con toda brevedad se acabe é que se sirva con sus dignidades como es justicia é no quiera llevárselo el obispo todo.
Aqui a importunado el obispo á este cabildo para que le paguen los diezmos en dineros y no en frutos é para ello mostró una zédula de Vuestra Magestad é nos la notificó, é porque este cabildo esta pobre é no puede enviar procurador sobre ello, suplicamos á Vuestra Magestad que no mande pagalle los diezmos sino en los frutos de la tierra como los vezinos los cogen, porque si de otra manera se hiciese, seria destruir la ysla porque los mas no recogen oro sino estos frutos con que se mantienen é en esto Vuestra Magestad hara mucha merced.
Sabrá Vuestra Magestad como aqui fue recibido Manuel de Rojas por teniente de gobernador con provision de la virreyna como tutriz de su hijo é aqui le ovedecimos por un capítulo de una carta de Vuestra Magestad en que manda que le recibiésemos é porque aqui se á dicho que Juan de Villorio que está en Santo Domingo tiene los poderes para prover los dichos tenientes é podria ser que como envia como gobernador otras provisiones para que reciban escribanos é alguaciles que tambien enviará poder para otra persona que sea teniente, suplicamos á Vuestra Magestad que nos envie á mandar con provision ó carta de Vuestra Magestad si se recibiran ó no porque no herremos, ó aquello que Vuestra Magestad mas sea servido de se hazer. Ansi mismo sabrá Vuestra Magestad quel alguacil mayor que prove la virreyna nombra alguacil menor como él lo quiere é no como conviene á la ciudad; aunque este cabildo se lo diga, no lo quiere hazer sino á su voluntad: suplicamos á Vuestra Magestad que envie á mandar que los alguaciles que aqui se obieren de poner se presenten en el cabildo e ante él juren, e sea la persona á quien se diere el tal cargo aprovada por el gobernador é esté avisado para que convenga como ha de ser.
Muchas veces se ha escrito á Vuestra Magestad la necesidad desta ysla, é como se le cumplió la merced de los ocho años que Vuestra Magestad le tenia echa para que del oro que cogiesen no pagasen mas del diezmo é porque los oficiales de Vuestra Magestad llevan el quinto y es mucho trabajo á los vecinos y dejan de coger mucho oro, sobresto humilmente suplicamos á Vuestra Magestad sea servido de conceder á esta ysla por el tiempo que fuere servido que no paguen mas del dicho diezmo del oro que cogieren con yndios, é con negros comprados con sus dineros que no paguen sino de quinze uno, é con esto esta ysla se rremediará é acrecentará en las rentas de Vuestra Magestad.
Muchas veces se ha escrito á Vuestra Magestad los ympedimentos quel obispo ha puesto para que no se haga monasterio é lo que agora pasa es quel obispo envió á llamar á dos frayles que están aquí é sobre tratallos muy mal de palabra les dijo que les derrocaria la casa si la hazen mas de la hecha; suplicamos á Vuestra Magestad que, sin embargo de lo quel obispo sobre ello digere, Vuestra Magestad mande que se haga la dicha casa, pues toda la ysla lo pide.
Vuestra Magestad fué servido de hazer merced á esta ysla de sus rentas del año de mil quinientos treinta y uno para que se emplearan en negros é se repartiesen por los vecinos desta ysla, é porque á esta ysla no vienen tanta cantidad de negros que se pudiesen emplear en ellos los dichos siete mill pesos, humilmente suplicamos á Vuestra Magestad mande dar licencia para que los dichos pesos de oro se puedan llevar á esos reynos á su rriesgo para con ellos concertarse en Sevilla ó en Portugal con persona que los traya ó en ello Vuestra Magestad provea como mas sea servido.
Ansi mismo se ha escrito á Vuestra Magestad como se llevan de los enterramientos y obsequias excesivos derechos é dello este cabildo se envió á agraviar á la abdiencia é dieron su provision para que no se lleven mas derechos de los que llevan en Santo Domingo, y el licenciado Juan de Vadillo que vino por juez de rresidencia, lo mandó ansi guardar, é notificóse al obispo é no ha querido que se cumpla, sino todavía llevan lo que suelen, de que esta ciudad é ysla recibe agravio; suplicamos á Vuestra Magestad mande que se guarde lo que los oydores mandaron é que no lleven mas derechos de los que llevan en la dicha ciudad de Santo Domingo: al presente no se ofrece otro que dezir sino que Dios nuestro señor guarde la ymperial persona de Vuestra Magestad con acrescentamiento de muchos mas reynos y señoríos como Vuestra Magestad desea: desta su ysla de Cuba á veinte de agosto de quinientos treinta y dos años.
De Vuestra Sacra Cesárea Católica Magestad, humillísimos vasallos de Vuestra Magestad que sus ymperiales pies y manos besan.=Juan Barba.=Pedro de Paz.=Lope el Franco.=Andrés de Parada.=Hernando de Castro.=Por mandado de los señores justicia é regidores, Cristobal del Najar, escribano público y del cabildo.
194.
(Año de 1532.—Septiembre 24.)—Carta del licenciado Vadillo á la Emperatriz, participando haber fenecido la residencia de Gonzalo de Guzmán y cuentas de tesoreros. Confirma el juicio que del Gobernador y del Obispo tenían formado los oficiales reales y el regimiento de Santiago. Da noticias de las poblaciones de la isla. La carta está decretada en el Consejo de Indias. (_Acad. de la Hist._ Colec. Muñoz, t. 79, fol. 148 vto. Extracto.)
Fenecida la residencia y cuentas partí de Cuba en 9 de Julio y llegué a Sta. María del Puerto, ques el mas cercano de aquella isla en esta, el 21 de dicho mes. Yo llegué a Santiago en 6 de Noviembre de 531; luego mandé a todas las villas como era venido á tomar residencia a Gonzalo de Guzman, la que empezaria en 1.º de Enero. Hasta este dia entendí en las cuentas del difunto tesorero Pero Nuñez de Guzman y de camino hice pregonar que los que tenian indios y no tenian casas, las edificasen y poblasen, pena de perderlos, conforme a una ordenanza que se hizo sobre la administracion de los indios. V. M. lo mande cumplir[41].
[41] _Al gobernador que lo haga guardar._
Ytem. Apregoné a los solteros que tenian indios se casasen dentro un año, pena de perderlos[42].
[42] _Prorogacion de otro año, y luego ejecútese la pena._
Tomé a Guzman la residencia; condenéle en los mas de los cargos, y sobre algunos en privacion de oficios; en otros hice remision a V. M. para quien le otorgué apelacion y ante quien le mandé parescer, y porque no pudieron fenecerse los procesos dentro los 60 dias, remitilos á un Alcalde ordinario que los terminase y cerrados los enviase á esta Audiencia para sentenciallos, porque allá no habia letrado. No los remití al nuevo Teniente porque no gustaba de tener pendencia con Guzman, y convenía fuese á visitar los indios de la tierra.
Desde 1.º de Marzo entendí en cuentas de oficiales, de penas de cámara. A Pero Nuñez de Guzman hice cargo de 56.000 pesos desde 22 de Abril 522 a 27 de Junio 527. Hice alcance de 3.439 pesos, que lo mas se pagó de sus bienes y lo restante repartí entre sus fiadores.
Tomé cuenta de un año y siete meses que en diversas veces hizo de Tesorero el fator Hernando de Castro; y a los herederos de Andrés de Duero, que fué tesorero diez meses y dos dias, y a Lope Hurtado, que lo es dos años, dos meses, cuatro dias cuyo cargo fué, reducido á pesos de oro fino 25.175 pesos, que dió cuenta con pago. Dice que el año 31 valieron las rentas reales 7.000 pesos.
Mandó V. M. quel Obispo no tuviese el repartimiento que le dió Guzman, y que Obispo y Guzman diesen los repartimientos a conquistadores pobladores. Ocultaron la cédula hasta que venida una sobrina del Obispo, se puso dicho repartimiento en cabeza de su marido, pero en realidad quedó en el Obispo, y él cobraba el oro que sacaban sus indios hasta que fuí yo, que los oficiales viendo la contravención, le tomaron para V. M. el oro que habia habido con ellos; se metió á fundir. De todo lleva testimonios el tesorero Lope Hurtado.