Colección de Documentos Inéditos Relativos al Descubrimiento, Conquista y Organización de las Antiguas Posesiones Españolas de Ultramar. Tomo 6, De La Isla De Cuba, III

Part 10

Chapter 104,357 wordsPublic domain

V. S.ª sabra que puede aver siete ó ocho dias que el S. Obispo escribio á su magestad diziendo que probiyese de otro gobernador, que á cabsa del alcalde mayor está la ysla perdida, y otras cosas que en la verdad, yo no se como se escriben, porque el alcalde mayor despues que su señoria del adelantado mi S. se partio desta Cibdad hasta el dia de oy, nunca la ysla ha estado tan sosegada y en paz despues que hizo justicia de los yndios que mataron los españoles, que no ay persona que diga ni de nueba de yndio que anda alçado, y los que andaban de mucho tiempo, no parescen ninguno ni se sabe dellos, antes los yndios de Bernardino de Quesada que andaban alçados y muy malos, se an benido todos de paz y están en esta cibdad sirbiendo al mismo Bernardino de Quesada, y estos dizen que al tienpo que andubieron por los montes no aliaron ni bieron yndio ni rancho dellos. No se porque escribe de un onbre que de berdad digo á Vuestra Señoria que no sé que razon ni cabsa ay para ello, que si otra cosa fuera yo le prometo á Dios y á V. S.ª que lo escribiera, y paresceme que antes abian descrevir y suplicar á su magestad mandase á su señoria del adelantado mi señor tubiese este onbre por su juez y no otro, porque es conpadre y padre de todos, y en tanta manera, que á mi de mi parte por mi mala condicion me pesa de tanta bondad, y fuera mijor escrevir á su magestad fuese servido de le adelantar el salario que le dá, porque digo de berdad á V. S.ª, que no se como se puede mantener y á V. S.ª suplico, pues es socorro de ydalgos pobres y buenos de su parte, lo suplique á su magestad, pues es tal persona y tan çelosa de su servicio y bien de la ysla y con tan poco partido no se puede remediar, sea servido su magestad de le hazer merced en adelantarle el salario hasta tanto que su señoria del adelantado mi señor pueble en aquella tierra, donde espero en Dios y en su gloriosa pasion á de ser remedio para todos y mas para sus servidores y criados.

Los ylustres pies y manos de V. S.ª beso por las mercedes que me ha hecho sin las aber servido ni merescido, y porque podrá ser que V. S.ª quiera ynbiar esta carta á que la vea su magestad, remitome á lo que Casillas le dira á V. S.ª de mi parte, y V. S.ª puede dezir muy con berdad que lo que escribo es ansi y que antes dexo que no añido, porque seria nunca acabar y no tener memoria para acordarse de tanto, porque á cada paso su señoria del Sr. Obispo haze un requerimiento á los oficiales de su magestad ante escribano publico, diziendo que el fator le debe los diezmos dos años, él y el tesorero Lope Hurtado lo mismo, y el contador que le á prestado dineros, y el fator respondio que el no queria responder porque era biejo y que por bolver por la hazienda de su magestad le abia preso á boz de Santa ynquisicion y que lo mismo le aria agora, que respondiesen los demas oficiales de su magestad, lo qual no sé lo que respondieron; V. S.ª abise á su magestad de todo esto y suplico á V. S.ª mire que tratando á los oficiales de su magestad desta manera, que esperaremos los demas.

Nuestro Señor la ylustre y muy magnifica persona de V. S.ª guarde y estado aumente y prospere como por V. S.ª es deseado, con bida de su señoria del adelantado mi señor, De Santiago de Cuba á XII de otubre 1540 años=Beso los ylustres pies y manos de Vuestra Señoria=Andres de Parada=entre dos rubricas.

374.

(_Sin fecha._)—Juan de Barrutia, en nombre del Adelantado Hernando de Soto, pide á S. M. ordene lo que proceda contra el Obispo, que se entromete en las causas criminales embarazando la justicia.—(_A. de I._, 54-1-15.)

S. C. C. M.=Juan de Barrutya en nombre del adelantado Soto vuestro governador de la ysla de Cuba, dize que ya V. M. ha visto como el Obispo de la dicha ysla se entremete en las cabsas criminales á estorvar al vuestro alcalde mayor que en ella está por el dicho governador, que no haga justicia de delitos que han acaescido en la dicha ysla muy feos é atroces, é no contento con esto, toma á los escrivanos ante quien pasan las tales ynformaciones é se las ronpe á fin quel dicho alcalde mayor no haga justicia de los dichos delitos é asi trae todos sus criados armados é han fecho al dicho alcalde mayor muchos desacatos dinos de mucho castigo á V. magestad SSuplica sea servido de mandar despachar las cedulas que en razon dello estan acordadas é mandadas dar por V. magestad é para ello &.=Juan de Barrutya=entre dos rubricas.

375.

(Año de 1540.—_Octubre 15, Santiago de Cuba._)—El Cabildo protesta contra la inexactitud de los informes enviados á S. M. respecto al Alcalde mayor Bartolomé Ortiz, y hace elogio de este juez.—(_A. de I._, 54-1-32.)

S. C. C. Magd.=Aviendo escripto a V. M. estotra carta en que damos larga cuenta de las cosas desta ysla, a sabido este Cabildo que alguna persona por su propia pasion y ynterese, mas que con zelo del bien publico, a escripto a V. M. que por estar absente desta ysla el adelantado don Hernando de Soto, governador, y el alcalde maior no usar de su oficio como deve, está perdida esta ysla y que sy V. M. no lo remedia dando el cargo de alcalde maior a otra persona, que de cada dia se perdera mas, de que este Cabildo esta maravyllado porque sy asy fuese, por nuestra parte y tanbien los ofiziales de V. M. abryamos avisado a V. M., como lo hazemos de todo lo que se ofreçe, y suplicado lo mandase V. M. proveer; pero como no es justo que se diga lo que no pasa, no lo avemos escripto á V. M., antes estamos muy contentos de la governaçion del licenciado Bartolome Ortiz, alcalde maior que aqui dexo en su lugar el adelantado, porque como es honbre experto y letrado y muy recto juez, y qual conviene al serviçio de V. M. y al bien desta ysla, vezinos y della, y de su bondad estamos muy contentos, en lo que a V. M. se a escripto, no se a dado verdadera relaçion, porque antes agora, bendito Dios, está esta ysla mas pacifica que a estado muchos dias ha, y unos yndios que andavan alçados, que heran los mas malos, se an recogido y venydo a sus dueños, y asy suplicamos a V. M, no permyta aya mudança en nos dar nuevo alcalde maior, porquel que tenemos es tal como dezimos, y somos del muy bien tratados con justizia, porque demas de sus letras y bondad, como es antiguo en estas partes y sabe las cosas dellas, provee en todo lo que conviene al bien y utilidad de la tierra, y de tener alcalde maior que no fuese letrado, se recreçerian daños y ynconvynientes, y en esto no tenemos mas que suplicar á V. M.=S. C. C. Magd. nuestro Señor vuestra ynperial persona ynperio y real estado de V. M. guarde y acreciente por largos tienpos como sus vasallos deseamos. Desta cibdad de Santiago de su ysla de Cuba a quinze de Otubre de 540 años D. V. S. C. C.ª Magd. muy leales vasallos que sus reales pies y manos besamos=Francisco de Aguero=Hernando de Castro=Andres de Paradas, Joan de Agramonte=Por mandado de la justicia e regimiento=Cristoval de Torres, escrivano publico y del cabildo=con sus rubricas.

376.

(Año de 1540.—_Octubre 15, Santiago de Cuba._)—El Alcalde mayor, Bartolomé Ortiz, da cuenta del escándalo promovido por el Obispo. Comunica las noticias que tiene de Hernando de Soto en la Florida. Reitera la petición de volver á España por estar pobre, viejo y enfermo.—(_A. de I._, 54-1-32.)

S. C. C. M.=En los nabios próximos pasados que desta ysla de Cuba fueron a España, escrevi largo a V. M. del estado desta ysla y lo que a mi paresció convenia escrevirse para que se proveyese en ello su servicio, a lo qual me remito, porque las cartas an ydo duplicadas y se abrán recibido. Despues acá lo suçedido es, que por el mes de junio deste año un dia del Señor, a la ora de anochecido, el obispo desta ysla don Diego Sarmyento enbió a llamar a su casa a Hernando de Castro, fator de V. M., que por ausencia del thesorero Lope Hurtado servia su oficio de thesorero de V. M., sobre cosas que el fator dice tocavan al serviçio de V. M., y estando el dicho fator dentro de la casa del dicho obispo, en lo alto dellas, dió boces diciendo: «que me matan; aqui del Rey; favoresceme», que se oyan por las ventanas de la dicha casa, y acudia gente, y quiso Dios que yo me hallé a la sazon a la puerta de mi posada, que es cerca de la del obispo, y como oy escándalo y bozes que matavan al fator, acudí presto al ruido, que si tan presto no acudiera y se encendiera mas el ruido, fuera trabajoso de apaciguar y oviera muerte o heridas de alguna persona, y hallé muchos criados del obispo armados con espadas desnudas y lanças guardando y defendiendo la puerta de la casa del obispo, y otros de fuera en la calle armados para se la entrar y conbatir, y el fator dentro dando vozes, y estando yo pacificando el ruido, como no se entendiese mas y pensando todo junto si ronperian y entrarian las casas del obispo para ver lo que dentro pasaba, entre los onbres del obispo que estaban guardando la puerta salió yncontinenti el fator, y se puso de rodillas en el suelo delante my, dando gritos, en cuerpo y destocado, pidiendo justicia de Dios y del Rey y mia, en el real nonbre de V. M. Yo me abraçé con él y lo levanté del suelo, y lo llevava a su casa, que es junto a la del obispo, y salió luego detras del dicho fator el alguazil de la Ynquisicion diziéndome que lo llevava preso por la Ynquisicion, que no se lo ynpidiese ni estorvase. En esto estaba ya mucha mas gente, y para paçificar el ruido, díxele que yo me queria yr con el, y luego llegó Francisco de Aguero, que era alcalde ordinario desta cibdad de Santiago por V. M., casado con una hermana de la mujer de dicho fator, con jente armada en su favor, y como me vido en la quistion, pacificose. Mandé a su gente con pensar que se volviese luego y se apartase del escándalo, y quedó solo conmigo, y el caso de Ynquisicion fue, que luego le dió su casa por carcel y mandó con pena que no hablase sino solo con los de su casa, y asi mismo a Juan de Agramonte, contador de V. M., porque hablava en favor del dicho fator, su conpañero, por la Ynquisiçion le dió su casa por carçel, y a un sobrino del fator que avia sido alguazil mayor desta ysla, y quando el dicho fator yva a su casa y yo con él, llevaba tanto temor, diziendo «si an de salir a matarme de casa del obispo» y respondiole su cuñado Francisco de Aguero, «yendo aqui el alcalde mayor no se hará tal, que haremos todo lo que pudiéremos yo y los alcaldes y alguaziles.» Tovimos aquella noche toda y otras siguientes que apaciguar y rondar la cibdad, que estava muy escandalizada, porque llevaban lanças de casa de los mercaderes conpradas en casa del obispo y otros. (Cierto, si tan presto yo no acudiera a la quistion, fuera mucho mal.) Hize pesquisa de ofiçio por ante Calderon, escrivano público y de mi juzgado, del dicho ruido y escándalo acaescido en la calle real, para castigar lo que pudiese, y lo demas remitillo y hazer relaçion dello a V. M. Súpolo el obispo y llamó al dicho escrivano a su casa, como Ynquisidor, y miró y leyó mi pesquisa no publicada, y en ella estaba que le oyeron desde su ventana del dicho obispo dezir a vozes, «Llame a los christianos viejos y de corona que vengan a favorescer la Ynquisicion» y tomole la pesquisa original de su poder y un requirimiento que el fator me avia hecho antel, y otro que yo en nonbre de la jurisdiçion real de V. M. le avia fecho al dicho obispo, que me hiziese saver si pretendian al dicho fator por la Ynquisicion o como ordinario obispo, para que yo proveyese en el caso lo que fuese justiçia, y si lo avian preso por blasfemio ayrado, me lo remitiese para que yo conosçiese dello. Ansi mysmo por esto quiso proceder contra my por la Ynquisicion, diziendo que la ynpedia y estorvava y me desacatava contra ella, y que tomaba aquellas escrituras para enviar por consejo a Castilla si procederia contra my. No ha querido volver ni restituir las dichas escrituras y pesquisa al dicho escrivano, teniéndoselas por fuerça y contra su voluntad, y de la justiçia de V. M., cuyas son, y por eso no enbio con esta el testimonio de lo dicho. V. M. dé crédito a my carta porque he hecho relaçion cierta de lo que pasó, y provea en ello su serviçio. Las provisiones reales que rescivi de V. M. este año la una cerca de las casas de piedra y ladrillo que han de hazer en esta ysla para perpetuar los que tienen yndios de repartimyento, y los solteros que los tienen se casen dentro de tres años y traygan sus mujeres de España, sino que le sean quitados los yndios, las publiqué y notifiqué segun que por V. M. se mandó. El cunplimyento y relacion que se mandó enbiar enbio: si mas largo fuere nescesario particularizarlo las personas a quien se notificó enbiare si mas nescesario fuere.

Cerca de lo del cobre y quinto del oro y otras cosas que conbienen a esta ysla tengo escrito como digo a V. M. y sus ofiziales y el regimiento desta cibdad, ansi mysmo escribe. Es cosa ynportante y cunplidera al bien desta ysla. Suplico V. M. lo favorezca como se efetue y vayan adelante para se remediar los vezinos desta ysla.

Nuevas de la Florida creo V. M. las avrá avido por la via de la Habana mas ciertas y breves, porque quando aqui las venimos a saber acontece saverse ya en España primero. El governador desta ysla don Hernando de Soto con su exército que alli pasó, anda en su conquista y demanda de ricas tierras, de que escrive que tienen larga relaçion. De lo que sucediere avisaré a V. M. para que por todas vias vayan. Hasta agora aqui no tenemos otra nueva.

El obispo desta ysla de Cuba lleva a los abintestatos y auntestatos de los clerigos difuntos en ella, y los cobra con su abtoridad, no consintiendo que las yglesias do son curas suçedan, ny los receptores de los bienes de los difuntos por V. M. para los enviar a España a sus parientes, y las yglesias padezcan proveza y los que la sirven haceseme conciençia. Aviso dello a V. M. para que provea justiçia y su serviçio y de orden en ello. Tanbien creo que el regimyento desta cibdad lo escribe.

Yo padezco gran nescesidad, como lo tengo escrito a V. M. con la poca ayuda de costas que tengo, que no son sino dozientos pesos de oro por año, sin otros provechos ni yndios que aya tenido ni tengo. Suplico a V. M. lo remedie con aquella ayuda de costa mas que fuere su serviçio desde el dia que salí de Sanlucar al servicio del y volvere a mi casa, dexado, y mas umilmente suplico a V. M. que porque mis enfermedades que acá me an sobrevenido sirviéndolo an sido y son grandes y los gastos y el provecho muy poco y tengo necesidad de cura de España y porque demas soy onbre de mas de cinquenta años y no tengo acá refrigerio de cura ny serviçio qual a ello convenga, por estar my mujer en España y ha tres años que resido en el, sea servido de darme licençia para me yr en España a curar, y ansi lo mande V. M. dando mi residencia por procuras y fiadores, si luego no se me tomase, porque por ella no sea detenido, y sobre todo V. M. provea su servicio, que con ello terne yo todo el contento que debo y soy obligado a my Rey y señor y a su servicio, cuya vida con aumento de mas reynos y vitorias nuestro señor Dios prospere por largos años. De la cibdad de Santiago, puerto desta ysla de Cuba a quinze dias del mes de otubre de mill quinientos quarenta años=S. C. C. M.=Vasallo y humil criado servidor de V. muy alta y sacra Mag.^d que sus reales pies y manos besa=El licenciado Bartholome Ortiz=Sigue una rúbrica.

377.

(Año de 1540.—_Diciembre 24._)—La Real Audiencia de Santo Domingo comunica al Emperador que Vasco Porcallo ha descubierto en la isla de Cuba ciertas minas de oro, otras de unas piedras azules de que se saca oro y plata.—(1.ª S., t. I, pág. 576.)

378.

(Año de 1541.—_Enero 11._)—Carta del Emperador al obispo Fr. Diego Sarmiento, encargándole la enmienda de su proceder, sin la cual procederá al remedio.—(_Acad. de la Hist. Índice general del Consejo de Indias_, fol. 381 vto.)

379.

(Año de 1541.—_Febrero 13._)—Carta al obispo de Cuba para que no apremie á los feligreses á que paguen los diezmos en dinero.—(_Acad. de la Hist. Índice general del Consejo de Indias_, fol. 332.)

380.

(Año de 1541.—_Marzo 1, Santiago._)—Información de los perjuicios que causa la cédula en que se mandó fabricar casas de piedra á los que tengan indios encomendados, y solicitud de Sebastián Rodríguez, en nombre de la villa de San Salvador, para que la orden no tenga efecto.—(_A. de I._, 54, 2, 2.)

381.

(Año de 1541.—_Marzo 14, Talavera._)—Real cédula al obispo de Cuba, diciendo que aunque por la isla se ha suplicado de su provisión de protectoría siga en ella según la nueva que con ciertas cláusulas se le envía. Que cuide de visitar en persona los pueblos de indios, al menos una vez al año, que así serán mejor tratados y enseñados.—(_Colec. Muñoz_, t. XCII, fol. 115 vto.)

382.

(Año de 1541.—_Marzo 29._)—Real cédula expedida á petición de Fr. Antón Palomino, procurador de la iglesia de Santiago de Cuba, ordenando se cumpla la de 30 de Junio de 1528, y en consecuencia se entreguen á dicha iglesia 460 pesos que montó la mitad de las rentas de la Sede vacante.—(_Acad. de la Hist._, colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)

383.

(Año de 1541.—_Mayo 5, Santiago._)—Carta de Gonzalo Fernández al Emperador con noticias de recaudación y minas.—(_Colec. Muñoz_, t. LXXXII, fol. 220 vto. Extracto.)

Desde 12 de marzo hasta 6 deste mayo se han fundido 11.819 pesos de que ha tocado a V. M. 1774. Es gran miseria como andan las minas. Esta sierra de cobre da grandes esperanzas; hay muchas betas de metal. El maestro aleman ha fundido en pocos dias casi cien quintales, cobre muy bueno, y dicen tener algo de oro. Va una parte y ya otra vez embiamos. Estan tomadas las cuentas de Lope Hurtado y satisfecho el alcance.

Ha 17 años que sirvo a V. M. sin provecho. Pido los 50.000 mrs, de salario de escribano de minas y relaciones ó licencia para dejar el cargo.

384.

(Año de 1541.—_Mayo 29, Santiago._)—Carta de Lope Hurtado al Emperador denunciando hechos del obispo.—(_Colec. Muñoz_, t. LXXXII, fol. 220 vto.)

He dado cuenta de mi cargo: asi las dieran otros tesoreros, y yo soy mal quisto porque vuelvo por la real hacienda, no empresto della, ni de depósitos.

La iglesia catedral desta ciudad no hay quien tome por ella grave cosa, es que el Pastor goce la renta del obispado, que cada año 1.250 pesos y mas 750 que se le dan del arca de V. M. y con todo esto se queda, no dando a la iglesia, ni al hospital, ni a las dinidades la parte que les cabe. Y no contento con esto, a los clérigos que mueren en esta isla los hereda, e aunque vienen sus parientes a heredalles, porque les de la hacienda les lleva a 400 y a 300 pesos, y a otros se lo lleva todo. Pone ogaño por cirio pascual una vela de dos libras, y el cirio que tenía el año pasado le vendio a Vasco Porcallo para su iglesia, que vive en la villa de la Trinidad. Demas que vendio a Alonso Sanchez, vecino de la villa de Santispiritus para su iglesia, una redomita de olio y crisma en seis castellanos. Vea V. M. si allegará nuestro Pastor hartos dineros. Un terno de brocado viejo que trujo de Castilla lo da a la iglesia por cinco veces mas de lo que vale, y el aderezo de pontifical que trujo para decir misa, lo cuenta a la iglesia[17].

[17] Decreto al margen. _Remédiese._

Mandó V. M. al obispo pasado que los derechos de los difuntos lleven los clerigos segun en Santo Domingo y no obstante llevan cuatro veces mas. Llevan por tres cartas de descomunion 675 mrs. El obispo por cada firma 88 mrs.

El alcalde mayor se nos iba de hecho y logramos detenerle hasta otro viaje. Esta tierra se va acabando: mándese dar el oro al décimo.

El rebellin que V. M. mandó hacer no se ha empezado, porque V. M. no dijo de que se gastase[18].

[18] Adjunta á la carta está la minuta de contestación del Emperador mandando, en cuanto á las cosas del obispo, que informen el gobernador y alcalde mayor y que restituya lo que llevó por el pontifical.

385.

(Año de 1541.—_Mayo 31._)—Licencia al obispo Fr. Diego Sarmiento para venir á estos reinos por año y medio, atendiendo á estar muy falto de salud y no haber allí médico, cirujano ni botica.—(_Acad. de la Hist. Índice general del Consejo de Indias_, fol. 332, y Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)

386.

(Año de 1541.—_Julio 6._)—Cédula al obispo de Cuba Fr. Diego Sarmiento, ordenando que no se entrometa en los bienes de los clérigos, dejándoles testar libremente.—(_Acad. de la Hist. Índice general del Consejo de Indias_, fol. 332.)

387.

(Año de 1541.—_Julio 6._)—Cédula ordenando que de los diezmos del Obispo de Cuba se saquen los excusados de cada pueblo, según la creación y sacados, se hagan los demás diezmos en montón, del cual se saque la cuarta del Obispo y sobre ella se le den hasta 500.000 maravedís.—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)

388.

(Año de 1541.—_Julio 17, Santiago._)—Carta, de Lope Hurtado al licenciado Vadillo, oidor de Santo Domingo, noticiando tropelías del Obispo y estancia del Almirante en la ciudad.—(Colec. Muñoz, t. LXXXII, fol. 217. Extracto.)

Hice por vm. en la corte cuanto pude. El Obispo, porque no quise pagarle los diezmos en dinero me descomulgó y pasados seis dias alzó la excomunion, pero me mandó que no llevase a la iglesia la silla de espaldas que llevaba trece años ha. Luego, sobre si yo habia de firmar en su libro de cuentas ciertas partidas y negarme yo á ello, vino á mi casa acelerado con cuatro ó cinco criados armados; yo me puse en una cámara alta con mi espada, rogándole se fuese con Dios, y porque no podia haberme, dijo: «_Tomad mozos este bordon y prendedle por la Inquisicion._» Insistí que no le debia nada y se fuese. No logró hacerme, como pensaba, la afrenta que hizo al Fator. Otro dia, estando yo con el Almirante, me envió mandamiento para que fuese á su casa _que convenia al santo Oficio_. Fui; hízome ante escribaño algunos sobre si tuve recado de pagarle, si me intimaron la excomunion. Me la intimó de nuevo añadiendo penas de 200 pesos, casa por carcel y no hablar sino con los de casa. Ahora está buscando quien diga contra mi para hacer malas informaciones. No toma los testigos que no acomodan, ni se sirve de los dichos sino lo que me daña. El Almirante va espantado y dice lo contará á vv. mm.

P. S. Otro dia que se fue el Almirante desta ciudad me descarceló el obispo. Nos prende por la Inquisicion y al cabo de ocho dias nos suelta. El Almirante se volvió malo a cabo de nueve dias, el cual como es tan ingrato a los servicios que le hacen, cada uno se está en su casa y él en la de doña Guiomar.

Vease como venga provision desa Audiencia que remedie los excesos del obispo.

389.

(Año de 1541.—_Julio 18, Santiago._)—Carta de Lope Hurtado al Emperador sobre el asunto de la que antecede.—(Colec. Muñoz, t. LXXXII, fol. 217. Extracto.)

Repite los términos de la carta anterior esplicando el origen, que fue haber llegado cédula para que el obispo volviese 295.000 mrs. de las iglesias, que el Fator le habia dado, y porque el Tesorero le pagaba los diezmos en frutos, y en el cabildo de Regidores se acordó que en ellos los pagase el vecino que quisiera. Al Almirante de Indias, que llegó de Jamaica, dijo el obispo que habia de destruir a los oficiales reales. Pide remedio contra estas tropelias.

390.

(Año de 1541.—_Julio 26._)—Cédula ordenando que á ninguno se obligue á conducir los diezmos á la capital, sino pagándoselo Obispo ó clérigos.—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)

391.

(Año de 1541.—_Octubre 5, Santiago._)—Carta de Lope Hurtado al Emperador en queja del Almirante de Indias.—(Colec. Muñoz, t. LXXXII, fol. 217. Extracto.)

El Almirante pidió mil pesos prestados de la real hacienda: contradígelo y está mal conmigo. Lleva a Santo Domingo, de Jamaica, doce indios que ha hecho esclavos[19]. La Audiencia de Santo Domingo nos ha enviado provision para que el rebellin se haga á costa de V. M.

[19] Decreto al margen.—_Quel Presidente lo vea y castigue._

392.