China Persiste En Resolver Mediante Negociaciones Las Disputas
Chapter 5
62. La reclamación de Filipinas de su soberanía territorial sobre parte de las islas y arrecifes del archipiélago Nansha no tiene fundamento alguno ni por la historia ni por el derecho internacional.
63. Primero, el archipiélago Nansha no ha formado nunca parte del territorio de Filipinas. El ámbito territorial de Filipinas ya ha sido definido por una serie de tratados internacionales. Estados Unidos, país gobernador de Filipinas durante la época que nos concierne, era consciente de estos hechos. El 12 de agosto de 1933, Isabelo de los Reyes, ex senador filipino durante la dominación de Estados Unidos, escribió una carta al virrey Frank Murphy pretendiendo que algunas islas del archipiélago Nansha pasaran a formar parte integrante del archipiélago filipino por su proximidad geográfica. Esa carta fue transmitida al Departamento de la Armada y al Departamento de Estado estadounidenses. El 9 de octubre del mismo año, el secretario de Estado de los Estados Unidos dio respuesta a la carta que “Estas islas [...] se encontraban a una distancia considerable fuera de los límites del archipiélago filipino que España entregó en 1898”. En mayo de 1935, George Dern, secretario del Ejército de Estados Unidos, escribió una carta al secretario de Estado Cordell Hull en la que preguntaba la opinión del Departamento de Estado acerca de la “validez y propiedad” de la reclamación territorial de Filipinas sobre algunas islas del archipiélago Nansha. Un memorando de la Oficina de la Consejería de Historia del Departamento de Estado, firmado por S. W. Boggs, indicaba: “Obviamente, Estados Unidos no tiene ningún fundamento para abogar por que las islas relevantes formen parte del archipiélago filipino”. El 20 de agosto, el secretario de Estado Hull remitió una carta de respuesta al secretario del Ejército Dern en la que afirmaba que “Las islas del archipiélago filipino que Estados Unidos adquirió de España por el Tratado de 1898, son solo aquellas ubicadas dentro de los límites establecidos en el Artículo 3”, y que, refiriéndose a las islas relevantes del archipiélago Nansha, “Se puede observar que [...] no se ha encontrado ninguna mención en que España ejerciera su soberanía o estableciera su reivindicación sobre alguna de estas islas”. Todos estos documentos demuestran que el territorio de Filipinas nunca abarcaba parte alguna de las islas del Mar Meridional de China, hecho reconocido por la comunidad internacional, Estados Unidos en particular.
64. Segundo, la afirmación de que el “Conjunto de las Islas Kalayaan” es la “terra nullius” que ha sido descubierta por Filipinas no tiene fundamento alguno. Filipinas reivindica que fueron ciudadanos filipinos los que “descubrieron” estas islas en 1956, y lo utiliza de excusa para separar algunas islas y arrecifes del archipiélago Nansha de China a los que denomina “Conjunto de las Islas Kalayaan”. Este es un intento para crear confusión sobre nombres y conceptos geográficos, y desmembrar el archipiélago Nansha de China. De hecho, el ámbito geográfico del archipiélago Nansha es claro y definido, y el llamado “Conjunto de las Islas Kalayaan” es parte del archipiélago Nansha de China. El archipiélago Nansha, desde hace mucho tiempo, es parte inseparable del territorio de China y en ningún caso puede ser considerado “terra nullius”.
65. Tercero, el archipiélago Nansha tampoco es “territorio en fideicomiso”. Según afirma Filipinas, tras la Segunda Guerra Mundial el archipiélago Nansha se hizo “territorio en fideicomiso”, cuya soberanía estaba sin determinar. Esta afirmación de Filipinas no tiene fundamento ni por ley ni por hecho. Los territorios en fideicomiso tras la Guerra fueron todos claramente enumerados en los correspondientes tratados internacionales o documentos del Consejo de Administración Fiduciaria de las Naciones Unidas. El archipiélago Nansha no apareció nunca en esos documentos por lo que no es, en ningún sentido, un territorio en fideicomiso.
66. Cuarto, el derecho internacional no considera ni la “contigüidad o proximidad” ni la “seguridad nacional” fundamentos para la adquisición de territorio. Muchos países tienen territorios lejos de sus áreas territoriales propiamente dichas, y en algunos casos incluso cerca de las costas de otros países. Durante su dominio colonial sobre Filipinas, Estados Unidos tuvo una disputa con Holanda en relación a la soberanía sobre una isla próxima al archipiélago filipino; la reivindicación de Estados Unidos sobre la base de la “contigüidad geográfica” fue juzgada infundada en el derecho internacional. Asimismo, es aún más absurdo el invadir y ocupar territorio de otro país adhiriéndose a la llamada seguridad nacional.
67. Quinto, Filipinas afirma que algunas islas y arrecifes del archipiélago Nansha de China se localizan dentro de la zona económica exclusiva y de la plataforma continental de Filipinas y por ello pertenecen a Filipinas o pasan a formar parte de su plataforma continental. Esta afirmación pretende utilizar la jurisdicción marítima establecida por la CONVEMAR para denegar la soberanía territorial de China. Esto va en contra del principio del derecho internacional según el cual “la tierra domina el mar”, y totalmente en contra del objetivo y la finalidad de la CONVEMAR, como se estipula en el preámbulo, de “establecer [...] con el respeto a la soberanía de todos los Estados, un orden legal para los mares y océanos”. Por ello, un Estado costero solo puede reclamar jurisdicción marítima bajo la condición previa de respeto a la soberanía de otro Estado, no puede extender su jurisdicción marítima a un área bajo la soberanía de otro Estado ni mucho menos puede usar dicha jurisdicción como excusa para denegar la soberanía de otro Estado o incluso infringir su territorio.
68. Sexto, el llamado control efectivo de Filipinas se estableció sobre la base de una apropiación ilícita y es ilegal e inválido. La comunidad internacional no reconoce el “control efectivo” adquirido mediante la ocupación por la fuerza. El “control efectivo” de Filipinas se trata simple y llanamente de una ocupación por la fuerza de algunas de las islas y arrecifes del archipiélago Nansha de China. Tal ocupación viola la Carta de las Naciones Unidas y las normas básicas que rigen las relaciones internacionales y está claramente prohibida por el derecho internacional. El “control efectivo” de Filipinas establecido sobre la base de la invasión y ocupación ilícitas no puede cambiar el hecho básico de que el archipiélago Nansha es territorio chino. China se opone con firmeza a cualquier intento de considerar la apropiación de las islas y arrecifes del archipiélago Nansha de China como “hecho consumado” o “statu quo” y nunca lo reconocerá.