The highest aim of the physicist
Chapter 2
54. Para el apoyo logístico al proceso de cese al fuego y de desmovilización, se establecerá una Comisión bajo la coordinación de las Naciones Unidas integrada por representantes de la URNG y del Gobierno de Guatemala. El número de integrantes de la Comisión se fijará en función de las necesidades.
Entrega de armas y municiones
55. Previa la desmovilización del último grupo de combatientes y a más tardar el “D+60”, la URNG deberá entregar a las Naciones Unidas todas las armas y equipo militar de sus efectivos, en mano o en depósito.
Inicio de la verificación
56. La verificación dará inicio el día “D” cuando empiece a regir el cese al fuego, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, sin que esto restrinja el cumplimiento de la función constitucional del Ejército de Guatemala en el resto del territorio nacional.
Coordinación y seguimiento
57. Para los efectos de la coordinación y seguimiento, las Partes se comprometen en designar, a distintos niveles, responsables que aseguren el enlace con la Autoridad de Verificación.
I. Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca a la Legalidad
Fase de incorporación inicial
58. La etapa de desmovilización tendrá una duración de dos meses y se entiende como la finalización de las estructuras militares de la URNG en los puntos de concentración acordados. Durante dicha etapa, se prevé la provisión de servicios tales como documentación provisional y capacitación y orientación vocacional, con miras a facilitar la incorporación posterior de los desmovilizados. La Autoridad de Verificación entregará a la Comisión Especial de Incorporación la lista definitiva de los desmovilizados establecida en los grupos de concentración a más tardar el día “D+30”.
59. La URNG remitirá la lista de los integrantes no sujetos a concentración beneficiarios de la fase de incorporación inicial a más tardar el día “D-15” a la Autoridad de Verificación. Dicha Autoridad, a su vez, la remitirá a la Comisión Especial de Incorporación cuando ésta se constituya.
Documentación provisional
60. Solicitar a la Misión de Verificación la emisión de documentación temporal para los desmovilizados y demás beneficiarios del Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la URNG a la Legalidad.
Seguridad de URNG
61. El Gobierno de la República se compromete a tomar las medidas administrativas y a garantizar las condiciones necesarias para hacer efectivos los derechos ciudadanos de los miembros de la URNG, particularmente el derecho a la vida, a la seguridad y a la integridad física y prestará particular atención a toda denuncia acerca de hechos atentatorios contra la seguridad de los miembros de la URNG. El respeto de este compromiso deberá ser especialmente verificado por la instancia internacional de verificación. Dicha instancia podrá proveer acompañamiento temporal a los miembros de la URNG cuando el caso lo amerite.
Orientación vocacional y capacitación laboral
62. Los miembros de la URNG dispondrán de asesoría y orientación vocacional durante la fase de desmovilización y posteriormente, si fuera necesaria. Una vez se acuerde el tipo de actividad económica a que se dedicarán, podrán contar con programas específicos de capacitación técnica y laboral.
Salud
63. Realizar en la etapa de desmovilización una revisión médica de los combatientes instalados en los puntos de concentración. Se tomarán las acciones necesarias para atender los casos identificados por la revisión en los campamentos o a nivel local. La Comisión Específica de Incorporación asegurará el acceso a los otros niveles de referencia de los pacientes que lo necesiten. Este subprograma se realizará con la cooperación del equipo de salud de la URNG y en consulta con él.
Asesoría jurídica
64. Iniciar la asistencia jurídica a los miembros de la URNG para apoyarlos en los aspectos jurídicos relacionados con su incorporación.
Reunificación familiar
65. Iniciar las medidas necesarias para hacer posible la reunificación de los miembros de URNG con sus familias. El Gobierno de la República se compromete a brindar todas las facilidades para el efecto.
Comisión Especial de Incorporación
66. Crear la Comisión Especial de Incorporación, que estará integrada por un número igual de representantes del Gobierno de la República y de la URNG, y representantes de los donantes, cooperantes y agencias de cooperación internacional, estos últimos con carácter consultivo. La Comisión se constituirá dentro de los 15 días posteriores a la firma del Acuerdo de Paz Firme y Duradera, y a ese efecto el Gobierno de Guatemala emitirá el decreto gubernativo correspondiente.
Reglamento de la Comisión Especial de Incorporación
67. La Comisión Especial deberá estructurar, mediante un reglamento específico que se aprobará en un plazo no mayor de 30 días a partir de su instalación, la organización de sus responsabilidades de coordinación, de gestión financiera y de toma de decisiones acerca de los subprogramas y proyectos derivados del Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca a la Legalidad; asimismo, la Comisión Especial definirá los mecanismos financieros adecuados, incluyendo la posibilidad de fideicomisos, en consulta con los donantes y cooperantes, que faciliten un ágil y eficaz cumplimiento del programa de incorporación.
Fundación para la Incorporación
68. La URNG se compromete a constituir la Fundación para la Incorporación. El Gobierno se compromete a facilitar los trámites de constitución de la Fundación.
J. Otros compromisos
Divulgación
69. Dar la más amplia divulgación al conjunto de los acuerdos de paz.
III. Cronograma del 15 de abril al 31 de diciembre de 1997
A. Acuerdo global sobre derechos humanos
Resarcimiento
70. Poner en vigencia el programa de resarcimiento y/o asistencia a las víctimas de las violaciones de los derechos humanos y promover la legislación pertinente, tomando en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Esclarecimiento Histórico.
Conscripción militar
71. Ver "Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática", párrafo 129 del presente Acuerdo.
Regulación de la portación de armas
72. Ver "Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática", párrafos 130 y 131 del presente Acuerdo.
Fortalecimiento de las instancias de protección de los derechos humanos
73. Apoyar las iniciativas tendientes a mejorar las condiciones técnicas y materiales con que pueda contar el Procurador de los Derechos Humanos para cumplir con sus tareas de investigación, vigilancia y seguimiento de la plena vigencia de los derechos humanos en Guatemala.
B. Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado
Identificación de tierras para el reasentamiento de los desarraigados
74. Realizar los estudios adicionales que permitan identificar las tierras estatales, municipales y privadas con opción de compra para propósito de reasentamiento de la población desarraigada.
Reasentamiento
75. Concluir la programación y/o resolución de los procesos de retorno y traslado para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas con base en la libre voluntad y decisión manifestada por ellas.
Documentación
76. Intensificar el proceso de documentación personal de toda la población que carezca de ella, particularmente de las poblaciones desarraigadas y miembros de la URNG, incluyendo la inscripción en el Registro de Ciudadanos de los hijos de desarraigados y miembros de la URNG nacidos en el exterior.
Integración productiva de la población desarraigada
77. Realizar programas de integración productiva en el marco de una política de desarrollo sostenible y sustentable, y con equidad, en las áreas y regiones de reasentamiento. Ver Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, párrafos 102, 103 y 106 del presente Acuerdo.
Resolución expedita de los conflictos de tierra
78. Ver "Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria", párrafo 108 del presente Acuerdo.
Esquemas concertados de planificación para el desarrollo
79. Ver "Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria", párrafo 86 del presente Acuerdo.
Implementación del plan de educación
80. Reconocer los niveles educativos formales e informales de las personas desarraigadas y reconocer los estudios no formales de los promotores educativos y de salud.
Fortalecimiento de los gobiernos y organizaciones locales
81. Ver "Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria", párrafo 167 del presente Acuerdo.
C. Acuerdo sobre el Establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento de las Violaciones de los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia que han Causado Sufrimientos a la Población Guatemalteca
Comisión de Esclarecimiento Histórico
82. Funcionamiento de la Comisión y decisión de ésta de prorrogar su mandato o rendir su informe.
D. Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas
Comisión Paritaria para la Reforma y Participación
83. Crear la Comisión Paritaria de Reforma y Participación, integrada por representantes del Gobierno y de las organizaciones indígenas.
Comisión Paritaria sobre Derechos Relativos a la Tierra
84. Crear la Comisión Paritaria sobre Derechos Relativos a la Tierra de los pueblos indígenas, integrada por representantes del Gobierno y de las organizaciones indígenas.
Defensoría de la mujer indígena
85. Crear una defensoría de la mujer indígena, con su participación, que incluya servicios de asesoría jurídica y servicio social.
E. Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria
Sistema de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural para asegurar la participación de la población
86. En congruencia con los Acuerdos sobre Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado y de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, el Gobierno se compromete prioritariamente a (i) restablecer los Consejos Locales de Desarrollo, (ii) promover una reforma a la Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural para ampliar el espectro de los sectores participantes en los Consejos Departamentales y Regionales de Desarrollo, y (iii) asegurar el debido financiamiento del Sistema de Consejos, a fin de promover la participación de la población en la identificación de las prioridades locales, la definición de los proyectos y programas públicos y la integración de la política nacional de desarrollo urbano y rural.
Capacitación municipal
87. Establecer y ejecutar, en concertación con la Asociación Nacional de Municipalidades (ANAM), un programa permanente de capacitación municipal que sirva de marco para los esfuerzos nacionales y la cooperación internacional en la materia.
Participación de la mujer en el desarrollo económico y social
88. Teniendo en cuenta los resultados del foro previsto en el párrafo 29 del presente Acuerdo, dar seguimiento a los compromisos relativos a la mujer contenidos en los acuerdos de paz.
Comisión Consultiva para la Reforma Educativa
89. El Ministerio de Educación integrará la Comisión con los participantes del proceso educativo, incluyendo una representación de la Comisión de Reforma Educativa prevista en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.
Educación y capacitación extraescolar
90. Formular e iniciar programas de educación, capacitación y tecnificación extraescolar, así como programas de capacitación en comunidades y empresas y, en el área rural, programas destinados a mejorar la capacidad de gestión empresarial y a incrementar la calificación, diversificación y productividad de los recursos humanos.
Educación cívica
91. Preparar y producir los materiales necesarios para la ejecución del programa de educación cívica nacional para la democracia y la paz que promueva la defensa de los derechos humanos, la renovación de la cultura política y la solución pacífica de los conflictos.
Programa de apoyo a estudios
92. Desarrollar y difundir a nivel nacional programas de becas, bolsas de estudio, apoyos económicos y otro tipo de incentivos que posibiliten la continuidad en la formación educativa de estudiantes necesitados.
Capacitación de docentes y administradores
93. Desarrollar programas de capacitación permanente para maestros y administradores educativos.
Aporte a la Universidad San Carlos
94. Entregar puntualmente a la Universidad San Carlos la asignación privativa que por mandato constitucional le corresponde.
Compra de medicamentos
95. Estudiar y aplicar modalidades de compra que aseguren la transparencia en la negociación comercial, calidad y bajo precio de los medicamentos, básicos o genéricos, de mayor demanda en el sector público.
Gasto público en vivienda
96. Asignar a la política de vivienda el equivalente a no menos del 1.5% de los ingresos tributarios contenidos en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para 1998, con prioridad en el subsidio de la demanda de soluciones habitacionales populares, fortaleciendo para ello al Fondo Guatemalteco de la Vivienda (FOGUAVI) y al Fondo de Subsidio para la Vivienda (FOSUVI).
Participación comunitaria en vivienda
97. Facilitar la creación y fortalecimiento de sistemas de participación comunitaria, tales como cooperativas y empresas autogestionarias y familiares, que aseguren la incorporación de los beneficiarios en la ejecución de los planes, construcción de viviendas y prestación de servicios.
Revisión de leyes laborales
98. Promover los cambios legales y reglamentarios contenidos en el informe sobre leyes laborales solicitado en el párrafo 21 del presente Acuerdo.
Inspección laboral
99. Desconcentrar e incrementar servicios de inspección laboral que fortalezcan la capacidad de fiscalización del cumplimiento de las normas laborales de derecho interno y las derivadas de los convenios internacionales de trabajo ratificados por Guatemala.
Organización de trabajadores
100. Agilizar los procedimientos para el reconocimiento de la personalidad jurídica de las organizaciones laborales y para el caso de trabajadores agrícolas sujetos a contratación mediante contratistas, se propondrán reformas tendientes al reconocimiento jurídico ágil y flexible de formas asociativas que permiten negociar dicha contratación.
Política económica
101. Propiciar medidas concertadas con los distintos sectores sociales tendientes a incrementar la inversión y la productividad, en el marco de una estrategia general de crecimiento con estabilidad y equidad social.
Programa de inversiones del sector público agropecuario
102. Iniciar la ejecución de un programa de inversiones del sector público agropecuario en las cadenas productivas vinculadas a la agricultura, silvicultura y pesca.
Programa de inversiones para el desarrollo rural
103. Iniciar la ejecución del programa de inversiones para el desarrollo rural, con atención especial a las zonas de reasentamiento de población desarraigada y de mayor índice de pobreza, con énfasis en infraestructura básica (carreteras, caminos rurales, electricidad, telecomunicaciones, agua y saneamiento ambiental) y proyectos productivos, por un monto de Q300 millones para 1997.
Fondo de Tierras
104. Promover y presentar ante el Congreso de la República una iniciativa de ley para la constitución del Fondo de Tierras. Dicha ley establecerá, entre otros los objetivos, funciones, mecanismos de financiamiento y adjudicación, origen y destino de las tierras. El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria indica que las operaciones del fondo de tierras deberán iniciarse a más tardar en 1997.
Fideicomiso
105. El Fondo de Tierras creará un fideicomiso dentro de una institución bancaria participativa para la asistencia crediticia y el fomento del ahorro preferentemente a micro, pequeños y medianos empresarios.
Crédito y servicios financieros
106. Promover las condiciones que permitan a los pequeños y medianos campesinos acceder a recursos de crédito de forma individual o colectiva, y de una manera financieramente sostenible. En particular, con el apoyo del sector empresarial y de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, se propiciará el fortalecimiento de agencias locales de ahorro y crédito, tales como asociaciones, cooperativas y otras, que permitan la canalización del crédito y el ofrecimiento de servicios financieros a pequeños y medianos empresarios en forma eficiente y ajustada a las necesidades y condiciones locales.
Jurisdicción agraria y ambiental
107. Promover la creación de una jurisdicción agraria y ambiental dentro del Organismo Judicial, teniendo en cuenta las disposiciones del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.
Resolución expedita de los conflictos de tierra
108. Teniendo en cuenta los compromisos del Acuerdo sobre Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado, el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, y las recomendaciones de la Comisión Paritaria sobre Derechos relativos a la Tierra de los Pueblos Indígenas, el Gobierno se compromete a establecer e iniciar la aplicación de procedimientos ágiles para dirimir litigios sobre tierras y otros recursos naturales (en particular arreglo directo y conciliación). Además, establecerá procedimientos que permitan definir fórmulas compensatorias en caso de litigios y reclamos de tierra en los que agricultores, campesinos y comunidades en situación de extrema pobreza han resultado o resultaren desposeídos por causas no imputables a ellos. En este marco, la población desarraigada merecerá especial atención.
Registro y catastro
109. Promover los cambios legislativos que permitan el establecimiento de un sistema de registro y catastro descentralizado, multiusuario, eficiente, financieramente sostenible y de actualización fácil y obligatoria.
Impuesto territorial
110. Promover la legislación y los mecanismos para la aplicación, en consulta con las municipalidades, de un impuesto territorial en las áreas rurales de fácil recaudación por dichas municipalidades. El impuesto, del cual estarán exentas las propiedades de pequeña superficie, contribuirá a desestimular la tenencia de tierras ociosas y la subutilización de la tierra. No deberá incentivar la deforestación de tierras con vocación forestal.
Administración fiscal
111. Fortalecer los mecanismos existentes de fiscalización y recaudación tales como control cruzado, número de identificación tributaria y crédito fiscal por retención del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado.
112. Tener en funcionamiento un programa especial dirigido a los grandes contribuyentes con el objeto de garantizar que cumplan debidamente sus obligaciones tributarias.
113. Evaluar y regular estrictamente las exenciones tributarias con miras a eliminar los abusos.
114. Poner en funcionamiento estructuras administrativas que específicamente atiendan los programas de recaudación y fiscalización del presupuesto de ingresos y la aplicación de las leyes tributarias correspondientes.
115. Simplificar y automatizar las operaciones de la administración fiscal.
Normas para la elaboración y ejecución del presupuesto
116. A partir de 1997, incorporar anualmente en las normas y lineamientos para la formulación del anteproyecto del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, la prioridad hacia el gasto social, los servicios públicos básicos y la infraestructura física de apoyo a la producción y el fortalecimiento de los organismos de derechos humanos y el cumplimiento de los acuerdos de paz.
Profesionalización y dignificación de los servidores públicos
117. Promover y presentar las iniciativas de ley para:
a) Establecer la carrera de servicio civil; y
b) Asegurar el efectivo cumplimiento de la Ley de Probidad y Responsabilidades.
Fiscalización
118. Reformar, fortalecer y modernizar la Contraloría General de Cuentas.
Modernización del Organismo Ejecutivo
119. Promover y presentar ante el Congreso de la República:
a) Una reforma de la Ley del Organismo Ejecutivo; y
b) Una reforma de la Ley de Compras y Contrataciones para promover la descentralización de los sistemas de apoyo a la administración pública.
F. Acuerdo sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática
Estudios judiciales
120. Fortalecer la Escuela de Estudios Judiciales y la Unidad de Capacitación del Ministerio Público, como lugares centrales en la selección y formación continua de jueces, magistrados y fiscales.
Servicio Público de Defensa Penal
121. Presentar al Congreso de la República las iniciativas de ley necesarias para establecer el Servicio Público de Defensa Penal con el objeto de proveer asistencia a quienes no pueden contratar servicios de asesoría profesional privada.
Consejo Asesor de Seguridad
122. Instalar el Consejo Asesor de Seguridad.
Secretaría de Análisis Estratégico
123. Crear la Secretaría de Análisis Estratégico para informar y asesorar al Presidente de la República a manera de anticipar, prevenir y resolver situaciones de riesgo o amenazas de distinta naturaleza para el Estado democrático.
Supervisión de los organismos de inteligencia del Estado
124. Promover y presentar una ley que establezca las modalidades de supervisión de los organismos de inteligencia del Estado por una comisión específica del Organismo Legislativo.
Departamento de Inteligencia Civil y Análisis de Información del Ministerio de Gobernación
125. Crear un Departamento de Inteligencia Civil y Análisis de Información que dependerá del Ministerio de Gobernación y será responsable de recabar información para combatir el crimen organizado y la delincuencia común por los medios y dentro de los límites autorizados por el ordenamiento jurídico y en estricto respeto a los derechos humanos.
Policía Nacional Civil
126. Promover las iniciativas y tomar las acciones necesarias para establecer la carrera policial.
127. Promover las acciones y programas que permitan el fortalecimiento de las Academia de Policía para que ésta esté en capacidad de formar al nuevo personal policial a nivel de agentes, inspectores, oficiales y mandos superiores, y actualizar a los que están en servicio.
128. Definir los procedimientos que permitan que el ingreso a la carrera policial, los ascensos y la especialización dentro de ella tengan lugar a través de la Academia de Policía.
Ley de Servicio Cívico
129. Promover ante el Congreso de la República la Ley de Servicio Cívico, que incluirá el servicio militar y el social, en base a lo acordado por el equipo paritario de trabajo que en la actualidad trata el tema.
Tenencia y portación de armas
130. Promover y presentar ante el Congreso de la República la reforma a la Ley de Armas y Municiones.
Registros de Armas y Municiones
131. Transferir los registros que actualmente se encuentran en depósito en el Departamento de Control de Armas y Municiones del Ministerio de Defensa al Ministerio de Gobernación.
Reconversión del Ejército
132. Hacer funcionar a las instituciones, instalaciones y dependencias educativas, financieras, de salud, comerciales, asistenciales y de seguros de carácter público que correspondan a las necesidades y funciones del Ejército de Guatemala en las mismas condiciones en que operan las otras instituciones similares y sin fines lucrativos. Todos los egresados de los Institutos Adolfo V. Hall pasarán a formar parte de las reservas militares del país. Disponer convenientemente de la frecuencia de televisión asignada al Ejército de Guatemala.
Disolución de la Policía Militar Ambulante
133. Disolver y desmovilizar la Policía Militar Ambulante.
Reorganización y despliegue de fuerzas militares