The highest aim of the physicist
Chapter 1
Guatemala, 29 de diciembre de 1996
Que el proceso de negociación ha dado como resultado una agenda de alcance nacional orientada a la superación de las raíces de la conflictividad social, política, económica, étnica y cultural, así como de las consecuencias del enfrentamiento armado,
Que la implementación de dicha agenda constituye un proyecto complejo y de largo plazo que requiere la voluntad de cumplir con los compromisos adquiridos y el involucramiento de los distintos Organismos del Estado, así como de las diversas fuerzas sociales y políticas nacionales,
Que este empeño nacional supone una estrategia de implementación que priorice con realismo el cumplimiento gradual de los distintos aspectos de los acuerdos de paz en función del establecimiento de las bases políticas, institucionales, financieras y técnicas de su cumplimiento,
Que entre las bases políticas del proceso de implementación figura, en particular, el funcionamiento de las distintas comisiones generadas por los acuerdos, y otras instancias que permitan una concertación efectiva en la construcción de la paz,
Que el cronograma contenido en el presente Acuerdo ofrece un marco temporal que busca viabilizar este esfuerzo nacional, así como su acompañamiento por la comunidad internacional, de acuerdo a estos criterios de realismo y amplia concertación,
Que la aplicación de los acuerdos se verá facilitada por la creación de un mecanismo de acompañamiento y por la verificación internacional, cuyo propósito es dar, en su conjunto, mayor certeza, flexibilidad y confianza en el proceso de implementación,
Que el cumplimiento del Cronograma para la Implementación, Cumplimiento y Verificación de los Acuerdos de Paz debe propiciar que todas las fuerzas sociales y políticas conjuguen sus esfuerzos para abrir un nuevo capítulo de desarrollo y convivencia democrática en la historia del país,
El Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) (en adelante “las Partes”) acuerdan lo siguiente:
I. Presentación del cronograma
1. El cronograma de cumplimiento y verificación contenido en el presente Acuerdo constituye una guía para la implementación en el tiempo de aquellos compromisos contenidos en los acuerdos de paz cuyo cumplimiento puede, en este momento, ser calendarizado con confiabilidad. En este sentido, cuatro tipos de compromisos no están recogidos en el cronograma, y son los siguientes:
a) Los de carácter general y/o permanente, tales como el compromiso general del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos;
b) Los específicos supeditados a reformas constitucionales, cuya implementación depende de la aprobación de dichas reformas por el Congreso de la República, y de la posterior consulta popular;
c) Los específicos cuya ejecución está sujeta a consulta previa, en particular aquellos cuyas modalidades de cumplimiento dependen de las recomendaciones de las Comisiones Paritarias y otras comisiones establecidas por los acuerdos de paz; y
d) Los específicos cuyo cumplimiento depende del cumplimiento de otras acciones calendarizadas.
2. Corresponderá a la Comisión de Acompañamiento, creada en virtud del presente Acuerdo, decidir la calendarización posterior de los compromisos a que se refieren los literales b), c) y d); y recalendarizar los compromisos plasmados en el cronograma cuando fuera necesario para viabilizar el adecuado cumplimiento de los acuerdos de paz.
Estrategia
3. El cronograma se divide en tres fases: la primera cubre un período de 90 días a partir del 15 de enero de 1997; la segunda cubre el período hasta el final de 1997; y la tercera comprende los años 1998, 1999 y 2000. La estrategia de implementación durante las tres fases responde a los siguientes criterios:
a) Atender la calendarización ya establecida en los acuerdos;
b) Avanzar en forma simultánea en la implementación de todos los acuerdos;
c) Tener en cuenta con realismo los recursos humanos y materiales disponibles en cada fase;
d) Escalonar en el tiempo la ejecución de los componentes fundamentales de los acuerdos, buscando evitar una dispersión de los esfuerzos gubernamentales y no gubernamentales para su implementación;
e) Poner énfasis, al inicio del proceso de cumplimiento de los compromisos, en el establecimiento de los mecanismos de consulta previstos por los acuerdos, cuando dichos mecanismos existen, y de las bases institucionales, legales o financieras del cumplimiento de dichos compromisos;
f) Propiciar la participación efectiva de los sectores de la sociedad en la solución de sus necesidades, y en particular en la definición de las políticas públicas que les conciernen. En consecuencia, calendarizar aquellas acciones sujetas a la concertación social prevista en los acuerdos en función de los resultados de dicha concertación; y
g) En vista del papel central que tiene para el cumplimiento de los compromisos contenidos en los acuerdos de paz, el fortalecimiento de la recaudación tributaria y la priorización del gasto público hacia la inversión social, las partes han convenido en incluir en el apéndice la programación de metas intermedias anuales, en relación al Producto Interno Bruto, en materia de aumento de la carga tributaria, del incremento en la ejecución del gasto público para las áreas de educación, salud, seguridad ciudadana, sistema de justicia y de la reducción del gasto de defensa para los próximos años. Se incluye en dicho apéndice, a manera indicativa, las metas de crecimiento económico para el período 1997-2000.
Contenido de las fases
4. Con base a estos criterios, el énfasis principal, pero no exclusivo, de cada fase se aplica a los contenidos siguientes:
a) El cronograma de los primeros 90 días pone énfasis en: i) Preparar el cumplimiento de los acuerdos de mediano y largo plazo, en particular mediante el establecimiento de las comisiones previstas por los acuerdos y la elaboración y presentación de programas de acción en distintas áreas cubiertas por los acuerdos; ii) Realizar las acciones de corto plazo calendarizadas en los acuerdos de paz, en particular los procesos de cese al fuego y de incorporación de la URNG. Las acciones calendarizadas sobre la base del Día “D”, están sujetas a que las condiciones para el inicio del proceso de cese al fuego estén reunidas; y iii) Llevar a cabo otras acciones relacionadas con las consecuencias del enfrentamiento armado, como el diseño del programa de resarcimiento a las víctimas y la continuación de la atención a los refugiados y desplazados;
b) El cronograma del resto del año 1997, además del énfasis aplicado en el literal a), incluye lo siguiente: i) Nuevos programas de acción e inversión sociales y productivas; ii) Modernización y descentralización del Estado; iii) Reforma de la Administración Pública; iv) Estrategia global de desarrollo rural; v) Política fiscal; y vi) Reestructuración de la política de seguridad interna y de defensa nacional;
c) El cronograma para los años 1998, 1999 y 2000, además de los contenidos de los párrafos a) y b), desarrolla las acciones correspondientes a los resultados de las comisiones paritarias y las demás comisiones previstas por los acuerdos. Promueve, en particular, la agenda legislativa derivada de los acuerdos de paz en cuatro áreas: la reforma del Código Penal y el marco legal de la modernización de la administración de justicia; la temática de la tenencia y uso de la tierra; la adaptación de la legislación y de la institucionalidad al carácter multiétnico, multicultural y multilingüe de Guatemala; y las reformas al régimen electoral guatemalteco.
5. Corresponderá a la Comisión de Acompañamiento calendarizar las medidas que se deriven de las reformas constitucionales cuando dichas reformas estén aprobadas.
Ejecución del Cronograma
6. Para ejecutar el Cronograma, las partes han ordenado el conjunto de los compromisos contenidos en los acuerdos en cuatro ejes temáticos:
a) Eje de reasentamiento, incorporación de la URNG y reconciliación nacional;
b) Eje de desarrollo humano integral;
c) Eje de desarrollo productivo sostenible; y
d) Eje de modernización del Estado democrático, incluyendo el fortalecimiento de las capacidades de participación y concertación de las distintas expresiones de la sociedad civil.
7. En cada eje se agruparán los programas, subprogramas y proyectos correspondientes. El Gobierno ha decidido que la coordinación técnica de su acción en la implementación de los ejes corresponderá a la Secretaría Técnica de la Paz.
8. Reiterando que la aplicación de los acuerdos de paz debe propiciar que todas las fuerzas sociales y políticas del país enfrenten en forma solidaria y responsable las tareas inmediatas de la lucha contra la pobreza, la discriminación y los privilegios, el Gobierno está comprometido en impulsar la realización de dichas acciones con la participación efectiva de todos los sectores de la sociedad.
9. Las Partes hacen un llamado a los diversos sectores de la sociedad guatemalteca para que asuman un papel protagónico en la realización de la agenda de desarrollo plasmada en los acuerdos. Asimismo, llaman a la comunidad internacional a que siga acompañando los esfuerzos nacionales, en particular durante las fases iniciales del proceso de cumplimiento, mientras Guatemala fortalece sus capacidades propias en recursos humanos, institucionales y financieros.
II. Cronograma de los 90 días a partir del 15 de enero de 1997
A. Acuerdo Global sobre Derechos Humanos
Resarcimiento y/o asistencia a las víctimas de violaciones a los derechos humanos
10. Establecer la entidad estatal que tenga a su cargo una política pública de resarcimiento y/o asistencia a las víctimas de violaciones a los derechos humanos, y presentar un programa de resarcimiento.
B. Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado
Documentación
11. Promover ante el Congreso de la República las reformas que correspondan a la ley de documentación personal de la población desarraigada por el enfrentamiento armado interno (Decreto 73-95). Dichas reformas, a la vez de solucionar los problemas de las poblaciones desarraigadas en esta materia, deberán constituir la solución a la carencia de documentación personal de los miembros de la URNG. Se solicitará al Congreso de la República que conozca y resuelva este asunto durante los dos meses posteriores a la presentación de la iniciativa correspondiente.
Identificación de tierras para el reasentamiento de los desarraigados
12. Presentar los estudios existentes sobre las tierras estatales, municipales y privadas con opción de compra (ubicación, régimen legal, adquisición, extensión, linderos y aptitud agrícola), para propósitos de reasentamiento de población desarraigada.
Remoción de minas
13. Ejecutar un programa para remover todo tipo de minas, teniendo en cuenta que tanto el Ejército de Guatemala como la URNG proporcionarán a las Naciones Unidas información detallada sobre explosivos, minas y la existencia de campos minados.
Fondo para reasentamiento de la población desarraigada
14. Crear el Fondo para la ejecución del Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por el Enfrentamiento Armado.
Plan de educación para la población desarraigada
15. Solicitar a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura la presentación del plan específico de educación de la población desarraigada.
Reasentamiento de la población desarraigada
16. Acelerar las negociaciones en marcha entre el Gobierno, los refugiados y los desplazados para asegurar el retorno voluntario de las personas desarraigadas a sus lugares de origen o al sitio que ellos elijan, en condición de dignidad y seguridad.
C. Acuerdo sobre el Establecimiento de la Comisión para el Esclarecimiento de las Violaciones de los Derechos Humanos y los Hechos de Violencia que han Causado Sufrimientos a la Población Guatemalteca
Comisión de Esclarecimiento Histórico
17. La Comisión se integrará y definirá la fecha de su instalación e inicio de su funcionamiento. Los trabajos de la Comisión durarán un período de seis meses contados a partir de su instalación, prorrogables por seis meses mas, si así lo decide la Comisión.
D. Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas
Comisión de Oficialización
18. Crear la Comisión de Oficialización de Idiomas Indígenas con la participación de representantes de las comunidades lingüísticas y la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, que estudiará modalidades de oficialización, teniendo en cuenta criterios lingüísticos y territoriales.
Comisión para los Lugares Sagrados
19. Crear la Comisión para la definición de los lugares sagrados, integrada por representantes del Gobierno y de las organizaciones indígenas, y de guías espirituales indígenas para definir estos lugares así como el régimen de su preservación.
Comisión Paritaria de Reforma Educativa
20. Crear la Comisión Paritaria para el diseño de una reforma educativa que responda a la diversidad cultural y étnica de Guatemala, integrada por representantes del Gobierno y de las organizaciones indígenas.
E. Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria
Revisión de leyes laborales
21. Presentar un informe sobre los cambios legales y reglamentarios realizados en 1996 con el objeto de hacer efectivas las leyes laborales y sancionar severamente sus infracciones, incluyendo aquellas referentes al salario mínimo, el no pago, retención y retraso de salarios, las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo y el ambiente en que deba prestarse, así como los cambios legales y reglamentarios que requieren ser promovidos a partir de 1997.
Ampliación del Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario
22. Fortalecer y ampliar la participación de organizaciones campesinas, mujeres del campo, organizaciones indígenas, cooperativas, gremiales de productores y organizaciones no gubernamentales, en el Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario (CONADEA), como el principal mecanismo de consulta, coordinación y participación social en la toma de decisiones para el desarrollo rural.
Dependencia sobre tierras
23. Poner en marcha la Dependencia Presidencial de Asistencia Legal y Resolución de Conflictos sobre la Tierra con cobertura nacional y con funciones de asesoría y asistencia legal a los campesinos y trabajadores agrícolas para hacer valer plenamente sus derechos.
Información catastral
24. Iniciar el proceso de levantamiento de información catastral en áreas pilotos.
Programa de educación cívica
25. Presentar un programa de educación cívica nacional para la democracia y la paz que promueva la defensa de los derechos humanos, la renovación de la cultura política y la solución pacífica de los conflictos.
Programa de inversiones para el desarrollo rural en el período 1997-1999
26. Elaborar y presentar un programa de inversiones para el desarrollo rural con énfasis en infraestructura básica (carreteras, caminos rurales, electricidad, telecomunicaciones, agua y saneamiento ambiental) y de proyectos productivos por un monto de Q 300 millones para el año 1997.
Legislación y fortalecimiento de la administración tributaria
27. Presentar un informe sobre
a) las reformas al Código Tributario y al resto de la legislación realizadas en 1996 con miras a eliminar las disposiciones que facilitan la evasión fiscal y establecer mayores sanciones a la evasión, la elusión y la defraudación tributaria,
b) las medidas realizadas para garantizar la correcta y rápida aplicación o devolución del crédito fiscal y sancionar severamente a quienes no reintegran al fisco el IVA retenido, y
c) las medidas adicionales que se consideren necesarias.
28. Promover y presentar las iniciativas correspondientes para fortalecer la institucionalidad para la recaudación y fiscalización tributaria.
Foro de la mujer
29. Propiciar la convocatoria de un foro de la mujer sobre los compromisos relativos a los derechos y participación de la mujer, plasmados en los acuerdos de paz.
F. Acuerdo sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática
Instancia multipartidaria legislativa
30. Solicitar a la Presidencia del Congreso de la República que se integre la instancia multipartidaria, con el propósito de mejorar, modernizar y fortalecer el Organismo Legislativo conforme a la agenda propuesta en el Acuerdo.
Comisión de Fortalecimiento de la Justicia
31. El Presidente de la República promoverá la integración de la Comisión de Fortalecimiento de la Justicia encargada de producir en un plazo de seis meses, y mediante un debate amplio en torno al sistema de justicia, un informe y un conjunto de recomendaciones susceptibles de ser puestas en práctica a la mayor brevedad de conformidad con la agenda propuesta en el Acuerdo.
Policía Nacional Civil
32. Promover y presentar la iniciativa legal que norme el funcionamiento de la nueva Policía Nacional Civil.
Academia de Policía
33. Tomar la disposición que los integrantes de la nueva estructura policial deberán recibir formación en la Academia de Policía, en donde se les proporcionará una alta preparación profesional, una cultura de paz y de respeto a los derechos humanos y a la democracia, y de obediencia a la ley.
Desmovilización de los Comités Voluntarios de Defensa Civil
34. Concluir, 30 días después de la derogación del decreto de creación de los Comités Voluntarios de Defensa Civil, la desmovilización y desarme de los mismos.
G. Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral Reformas constitucionales
35. El Gobierno de la República promoverá ante el Congreso de la República el Proyecto de Reformas Constitucionales contenidas en las secciones A y B del Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral.
Comisión de Reforma Electoral
36. Solicitar al Tribunal Supremo Electoral que conforme y presida una Comisión de Reforma Electoral encargada de publicar un informe y un conjunto de recomendaciones sobre la reforma electoral y las modificaciones legislativas correspondientes. Se recomienda que dicha Comisión quede integrada a más tardar tres meses después de la suscripción del Acuerdo de Paz Firme y Duradera, con los representantes que indica el Acuerdo. Asimismo, se recomienda que los trabajos de la Comisión concluyan en un plazo de seis meses a partir de su constitución.
H. Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego
Vigencia
37. El cese al fuego definitivo entrará en vigencia a partir de las 00:00 horas del día “D”, fecha en que deberá estar instalado y con capacidad de funcionamiento el mecanismo de verificación de las Naciones Unidas. Dicha fase debe finalizar a más tardar el día “D+60”, con la desmovilización de la URNG.
38. Las Partes se comprometen a mantener la situación actual de cese de actividades militares ofensivas por parte de la URNG y cese de actividades contrainsurgentes por parte del Ejército de Guatemala hasta el día “D”.
39. Las Naciones Unidas informarán a las partes sobre la instalación del mecanismo de verificación con la mayor antelación posible, a fin de que se fije el día “D”.
Despliegue de verificación
40. Del día “D-10” al día “D”, las Naciones Unidas desplegarán sus efectivos y equipos para efectuar la verificación del cese al fuego en los lugares establecidos por las partes en los Anexos del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego.
Lugares a verificar
41. Para los efectos de la verificación, durante el período de cese al fuego, habrá representantes de Naciones Unidas en las unidades militares del Ejército de Guatemala designadas en el anexo C y en los puntos de concentración de la URNG designados en el anexo A del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego.
Prohibición de actividades de propaganda política
42. Durante el desplazamiento y en los puntos de concentración, las fuerzas concentradas no podrán efectuar propaganda ni acción política fuera de los puntos de concentración.
Zona de seguridad
43. Alrededor de cada punto de concentración se establecerá una zona de seguridad de 6 kilómetros de radio, donde no podrá haber unidades militares del Ejército de Guatemala, Comités Voluntarios de Defensa Civil (CVDC) ni efectivos de la URNG.
44. A estas zonas sólo podrán acceder las unidades de verificación de Naciones Unidas. Las actividades policiales podrán realizarse previa coordinación con la verificación de las Naciones Unidas.
Zona de coordinación
45. Alrededor de cada zona de seguridad se establecerá una zona de coordinación de 6 kilómetros adicionales, donde los desplazamientos de las unidades militares del Ejército de Guatemala y de los CVDC sólo podrán hacerse previa coordinación con la Autoridad de Verificación de las Naciones Unidas.
Información sobre efectivos y armamento
46. La URNG proporcionará a las Naciones Unidas información detallada sobre el número de efectivos, listado de personal, inventario de armas, explosivos, minas y toda la información necesaria sobre la existencia de campos minados, municiones y demás equipo militar, tanto en mano como depositado. Asimismo el Ejército de Guatemala proporcionará la información actualizada sobre el número de efectivos que movilizarán los comandos militares del Ejército de Guatemala designados en el anexo C del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego. Ambas partes deberán entregar dicha información a la verificación a más tardar el día “D-15”.
47. Las Partes se comprometen a entregar a la Autoridad de Verificación, dentro del plazo establecido de común acuerdo con ellas, toda información complementaria o adicional requerida por dicha Autoridad.
Inicio de desplazamiento
48. Las Unidades del Ejército de Guatemala designadas en el anexo C del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, iniciarán su desplazamiento a partir del día “D+2” al día “D+10” o, de ser posible, antes.
49. Los efectivos de la URNG iniciarán su desplazamiento hacia los puntos de concentración designados en el anexo A del Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, a partir del día “D+11” al día “D+21” o, de ser posible, antes. Serán acompañados en estos desplazamientos por la misión de verificación.
50. Las Partes comunicarán a la Autoridad de Verificación de las Naciones Unidas, no más tarde del día “D-10”, el programa completo de desplazamientos de sus respectivas fuerzas (composición, ruta a seguir, inicio del desplazamiento y toda otra información que permita dar cumplimiento a la verificación).
Limitación del espacio aéreo
51. Entrará en vigor el día “D” y deberá quedar restringida la utilización del espacio aéreo de la siguiente forma:
a) Estarán prohibidos los vuelos militares sobre las zonas de seguridad, excepto por desastre o calamidad pública, en cuyo caso deberán informarlo previamente a la Autoridad de Verificación de las Naciones Unidas.
b) Los vuelos militares sobre las zonas de coordinación estarán permitidos previa información a la Autoridad de Verificación de las Naciones Unidas.
Control de armamento
52. Del día “D+11” al día “D+42” en los puntos de concentración de la URNG las armas, municiones y demás equipo militar deberán ser depositados en lugares especiales designados por las Naciones Unidas, salvo el equipo y arma individual de los combatientes mientras permanezcan en dichos lugares.
Operatividad
53. La desmovilización escalonada de los combatientes de la URNG y su incorporación dentro de un marco de legalidad, a la vida civil, política, socioeconómica e institucional del país estará acorde a lo establecido en el Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de la URNG a la Legalidad y en función de la aplicación del Acuerdo sobre Cronograma de Implementación, Cumplimiento y Verificación de los acuerdos de paz. La desmovilización se hará en la forma siguiente:
a) del día “D+43” al día “D+48”: un 33%;
b) del día “D+49” al día “D+54”: un 66%;
c) del día “D+55” al día “D+60”: un 100%.
Comisión de Apoyo Logístico